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Fideicomiso


Enviado por   •  10 de Febrero de 2013  •  1.530 Palabras (7 Páginas)  •  339 Visitas

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Existe fideicomiso cuando en un contrato una persona le transmite la propiedad o determinados bienes a otra, en donde está la ejerce en beneficio de quien se designe en el contrato, hasta que se cumpla un plazo o condición.

El FIDECOMISO

Fideicomisario Persona en cuyo beneficio se ha instituido el fideicomiso.

Fideicomitente Parte que transfiere al fiduciario bienes o derechos determinados.

Fiduciario Las obligaciones del fiduciario son: cumplir con los fines del fideicomiso, guardar el secreto fiduciario, contabilizar individualmente cada negocio fiduciario, rendir cuentas como administrador y ejecutor del fideicomiso, pagar los impuestos, tasas y otras cargas y defender el patrimonio fideicometido. Administra los bienes o derechos objeto del fideicomiso para la realización de fines lícitos y predeterminados en el acto constitutivo, y en cuyo desempeño debe emplear el cuidado de un buen padre de familia.

El contrato de fideicomiso se utiliza de varias maneras en nuestro ordenamiento se ha reconocido que este contrato se utiliza para la realización de varios propósitos, entre ellos, de administración, mortis causa, garantía, inversión, seguros.

Características del Contrato de Fideicomiso

El contrato de fideicomiso tiene las siguientes características:

Mercantil: Esta regido por el Código de Comercio que es el que regula la actividad comercial.

Real: El fidecomiso necesita para su existencia y ejecución, el traspaso del patrimonio fideicometido, a manos del fiduciario y ello lo convierte en real.

Consensual: Es necesario para su constitución el acuerdo expreso de las partes intervinientes; al menos la voluntad del fiduciario y el fideicomitente.

Formal: El fideicomiso debe ser otorgado en documento privado o público escrito. En los casos en que el fideicomiso estará constituido, al menos en parte, por bienes inmuebles, deberá otorgarse escritura pública ante notario y ésta se inscribirá en el Registro Público.

Es típico: Por el hecho de estar contemplado dentro del articulado del Código de Comercio, el fideicomiso goza de tipicidad.

Final: Esto significa que fideicomiso se realiza por algo y para algo, y todo el actuar de las partes contratantes está destinado al logro de dicho fin.

Patrimonio Autónomo: El patrimonio fideicometido se convierte en un conglomerado de bienes y derechos diferentes completamente separados de la hacienda del las personas que intervienen en el contrato: fiduciario (principalmente), fideicomisario y fideicomitente.

De gestión profesional: Para lograr el fin deseado, el fideicomiso debe ser administrado por un gestor profesional capaz de cumplir las indicaciones tanto del contrato como de la ley.

Elástico: La enorme elasticidad que presenta la figura del fideicomiso permite que se puedan llevar a cabo múltiples negocios de acuerdo con las necesidades del fideicomitente.

La legislación costarricense indica que quedan prohibidos

a) Los fideicomisos con fines secretos.

b) Los fideicomisos en los que beneficio se conceda a diversas personas que sucesivamente deben sustituirse por muerte de la anterior, salvo el caso en que la sustitución se realice en favor de personas que, a la muerte del fideicomitente, están vivas o concebidas.

c) Los fideicomisos cuya duración sea mayor de treinta años, cuando se designe como fideicomisario a una persona jurídica, salvo si ésta fuere estatal o una institución de beneficencia, científica, cultural o artística, constituida con fines no lucrativos.

d) Los fideicomisos en los que al fiduciario se le asignen ganancias, comisiones, premios u otras ventajas económicas fuera de los honorarios señalados en el acto constitutivo.

CLASIFICACION DE LOS FIDEICOMISOS

Fideicomisos Mortis Causa

Este tipo de fideicomisos producen sus efectos jurídicos luego del fallecimiento del fideicomitente. Se divide en dos categorías:

1. Los fideicomisos testamentarios: consisten en que el fideicomitente, encontrándose con vida, constituya un fideicomiso. Lo dota de determinados bienes, a fin de que cuando sobrevenga su muerte, el fiduciario los entregue a la persona o personas designadas como fideicomisarios.

2. Los fideicomisos basados en pólizas: son aquellos en los que el fideicomitente suscribió, de antemano, una póliza de vida. Ya ha designado como beneficiaria a una entidad fiduciaria. En el momento en que fallezca el fideicomitente, la entidad recibe el monto de la póliza. El beneficiario, entonces, constituye con ese dinero, un fideicomiso, para los fines que ya había determinado previamente el fideicomitente.

Fideicomisos Intervivos

Esta categoría engloba a todos aquellos fideicomisos que se constituyen y generan sus efectos en vida del fideicomitente. Sus categorías son:

1. Fideicomisos de garantía: son constituidos por una persona física o jurídica que es o que se va a convertir en deudor de una obligación, generalmente crediticia. En este caso el Fideicomitente transmite al Fiduciario la titularidad de bienes, designando como fideicomisario o fideicomisarios de esos bienes a la persona o personas que vayan a ser sus acreedores.

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