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Firma De Comercio Y La Contabilidad Mercantil

roger199022 de Mayo de 2012

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FIRMA DE COMERCIO:

Es el nombre que se le da al establecimiento mercantil o que utiliza el comerciante en nombre propio en las relaciones de tipo comercial para diferenciarlo de otros.

CLASES DE FIRMAS:

- Individuales: pueden ser originarias o derivadas.

-Originarias: es aquella que inicialmente usa un comerciante para su actividad.

-Derivadas: es aquella que se adquiere. La ley ordena en este caso agregarle a la firma una expresión que indique que es sucesor, se refiere a una sociedad mercantil y se forma mediante el contrato de sociedad, ademas se suele aplicar a ese distintivo la palabra razón social si son sociedades de personas y denominación social si son sociedades de capital.

LA CONTABILIDAD MERCANTIL:

Son todas las anotaciones que hace el comerciante de las operaciones que efectúa tanto civiles como mercantiles en libros especiales destinados para tal efecto con el objeto de conocer a través de ellos su situación económica.

IMPORTANCIA DE LA CONTABILIDAD MERCANTIL:

Es importante porque permite al comerciante enterarse de la situación de acreedor o deudor que tengan los terceros en relación con su empresa, permite detallar y comprobar los valores que integran su patrimonio, tambien nos permite determinar el resultado de las operaciones en cada uno de los ejercicios económicos.

LIBROS OBLIGATORIOS:

Segun el Art. 32 del Código de Comercio todo comerciante debe de llevar en idioma castellano su contabilizad la cual comprenderá el libro diario, mayor y de inventario, además puede tener libros auxiliares para mayor orden y claridad de sus transacciones .

REQUICITOS LEGALES PARA LOS LIBROS DE CONTABILIDAD:

-Externos o de forma: El libro diario y de inventario debe estar en idioma castellano, no puede ponerse en uso sin que haya sido previamente presentado al tribunal mercantil a fin de poner en el primer folio de cada libro una nota habilitada fechada y firmada por el juez y el secretario, se estampara en todas las demás hojas el sello de la oficina.

-Se prohíbe a los comerciantes: Alterar en los asientos el orden y la fecha de las operaciones descritas, dejar blancos en el cuerpo de los asientos o a continuación de ellos, borrar los asientos o parte de ellos, arrancar hojas, alterar la encuadernación o foliatura y mutilar alguna parte de los libros.

-Se prohibe los errores y omisiones: Se salvarán en otro distinto, en la fecha en que se anotaré la falta.

-Interno o de fondo: En el libro diario se asentarán, día por día, las operaciones que haga el comerciante de manera clara quien es el acreedor y deudor en la negociación a que se refiere, se resumirán mensualmente los totales de esas operaciones siempre que se conserven los documentos que comprueben tales operaciones, los comerciantes por menor, cumplirán con la obligación que impone el artículo con sólo asentar diariamente un resumen de las compras y ventas hechas al contado y detalladamente las de crédito y los pagos y cobros con motivo de estos.

En el libro mayor: se debe detallar en forma individual las diversas operaciones que han sido asentadas en el libro diario. No hay disposición especial en el Código de Comercio sobre la forma de llevarse este libro.

LA CONTABILIDAD COMPUTARIZADA:

Es un medio para agilizar y facilitar al contador su trabajo, se asienta de igual manera el libro diario, el mayor y de inventario, como los totales que deben informarse al cliente de manera más efectiva y a su vez hacer la respectiva declaración.Se imprime la información en hojas especiales que ya han sido previamente presentados alTribunal Mercantil a fin de poner en el primer folio de cada libro una nota habilitada fechada y firmada

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