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Incoterm DDP


Enviado por   •  8 de Abril de 2023  •  Documentos de Investigación  •  1.635 Palabras (7 Páginas)  •  63 Visitas

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  1. Incoterm DDP (Delivered Duty Paid)
  1. Significado

Las siglas del Incoterm DDP son el acrónimo de “Delivered Duty Paid” el cual traducido al español quiere decir “Entregado con derechos pagados”, además este término significa que el vendedor tiene el máximo de obligaciones en la importación. (Internacionalmente, 2015)

  1. Concepto

Es el término internacional de comercio que se utiliza cuando el vendedor cubre al máximo las responsabilidades de la mercancía: realizar trámites aduaneros, cubrir los gastos de transporte (hasta dejarla en el destino acordado) y hacer los pagos de importación en aduana, entre otras obligaciones. (OneCore, 2017)

Esta modalidad de compraventa entre distintos territorios se caracteriza por atribuir al comprador la responsabilidad en materia de costes de la realización de la operación. Se asume que esta modalidad de comercio internacional supone que es la compañía vendedora la que cuenta con un nivel de riesgo significativamente mayor. Esto provoca a menudo que los tratos alcanzados mediante DDP supongan precios más altos para el comprador. (Sanchez G., 2019)

  1. Características
  1. Obligaciones del vendedor

El DDP Incoterms establece que el vendedor deberá:

  • El vendedor suministra la mercancía y factura comercial sobre el contrato compra-venta teniendo él las licencias de importación y exportación para llevar a cabo los trámites requeridos para la exportación o importación de la mercancía.
  • Se hace cargo del contrato del transporte de la mercancía poniendo a disposición del comprador la mercancía dentro de la fecha indicada. Además, debe de asumir todos los riesgos por daños o pérdida de la mercancía hasta que ésta sea entregada.
  • Paga todos los costos relacionados a la mercancía hasta que ésta haya sido entregada, además de los trámites de aduana que se hubiera acordado.
  • Paga todos los gastos de las operaciones, ya sea la comprobación de la calidad, de peso, de medida, de recuento, etc. que sean necesarios para poder entregar la mercancía proporcionando las expensas del embalaje requerido, además de pagar los gastos de carga al obtener la documentación en el país de importación, y reembolsar los contraídos por el comprador.
  • Asume todos los costos y riesgos hasta que la mercancía haya llegado a su destino.
  • Asume todos los gastos de la aduana, siendo así que asumirá todas las formalidades de aduana sobre importación, es decir a obtener los documentos que sean necesario según el régimen comercial del país y sobre los controles de la frontera que se tenga estipulado en el destino. (Internacionalmente, 2015)
  1. Obligaciones del comprador

El DDP Incoterms establece que el comprador deberá:

  • El comprador tiene que pagar el precio que se ha impuesto en el contrato de compra-venta, además de proporcionar ayuda hacia el vendedor sobre cualquier licencia de importación.
  • Aceptar el orden adecuado de entrega y pago de los gastos sobre la inspección previa del embarque.
  • Este Incoterm puede involucrar un seguro, pero no existe riesgo para el comprador.
  • Toma posesión de la entrega tan pronto como sea expuesta a su disposición, es decir que, el caso del Incoterm DDP, a partir de ello se asume todos los riesgos de daño o pérdida de la mercancía, pagando también los costos para posteriores traslados de la mercancía desde dicho momento.
  • Facilitar todo tipo de documentos que se precisa para la importación, que el vendedor pueda requerir a fin de su disposición. (Internacionalmente, 2015)
  1. Ventajas y desventajas
  • Originalmente el Incoterm 2020 DDP, fue publicado en los Incoterms® 1967 y ha continuado sin cambios desde entonces.
  • El vendedor debe entregar los productos como se establece en DAP, pero esta vez todos los trámites de despacho de importación corren por cuenta y riesgo del vendedor.
  • Esto puede funcionar bien con transacciones nacionales o transacciones dentro de una unión aduanera. Sin embargo, para el comercio internacional a través del océano puede ser especialmente problemático.
  • Pero al contrario de EXW, donde el comprador debe realizar los trámites de despacho de exportación, con el incoterm 2020 DDP el vendedor debe realizar los trámites de despacho de importación.
  • Las reglas del país importador pueden exigir que un importador sea una entidad comercial registrada en ese país.
  • También es posible que deba emitirse un permiso de importación y dado que es muy poco probable que el vendedor sea una entidad comercial registrada o reconocida en el país importador, es probable que haya todo tipo de problemas.
  • También hay que considerar si el país importador cobra IVA / GST sobre las importaciones, a menos que se acuerde lo contrario en el contrato y lo permita ese régimen fiscal, el vendedor deberá pagar todos estos impuestos, en cuyo caso es posible que no pueda recuperarlos.
  • Además, y dependiendo de la forma en que el país importador determine su divisa local equivalente para calcular el valor del arancel, si esa es la fecha de exportación, surgen un par de preguntas:

¿Qué documento tendrá el vendedor como prueba de esto mediante una anotación a bordo?

¿Será capaz de producir una factura de embarque o una carta de porte marítimo consignada a sí misma como evidencia de esto?

  • Algunos regímenes aduaneros ahora están considerando que el comprador del vendedor del Incoterm 2020 DDP es responsable de cualquier penalización de aranceles y multas, a pesar de que no figuren en los trámites de despacho de importación, ya que es más fácil penalizarlos que perseguir a un vendedor extranjero.
  • Probablemente el Incoterm 2020 DDP no llegue lo suficientemente lejos. Es decir, el Incoterm EXW requiere que el comprador cargue el transporte en el punto de entrega, pero el Incoterm 2020 DDP no requiere que el vendedor descargue en el punto de entrega.
  • Posiblemente A2 también debería haber permitido dos variantes, una en la que no se descargue la mercancía, y otra en la que ya haya sido descargada. (Internacionalmente, 2015)

La mayoría de las ventajas se concentran para el comprador (importador), pues es quien asume menos costos, responsabilidades y riesgos. Para el exportador, si bien es lo contrario, tiene oportunidad de buscar ofertas más competitivas por su parte y tener mayor control de la mercancía. (Ortíz, 2020)

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