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Joint venture y transferencia de tecnologia

morgan1919Ensayo4 de Febrero de 2013

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JOINT VENTURE Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA.

JOINT VENTURE O EMPRESA CONJUNTA.

Existen diversas formas de hacer negocios, hacer alianzas comerciales es una de ellas, el contrato de “joint venture” es una figura apta para unirse con otro y celebrar un acuerdo comercial, sin embargo para realizar este tipo de contratos surgen algunas interrogantes como:

1.-¿Qué es el joint venture?

2.-¿Qué tipos de Joint Venture se conocen?

3.-¿Cuáles son los beneficios que ofrece?

4.-¿Cuáles son los requisitos?

5.-¿Qué documentos se necesitan?

La empresa que desee compartir un espacio con otra, beneficiarse de su prestigio, crear un negocio nuevo, desarrollar un nuevo producto, incursionar en un mercado o alguna otra similar, puede utilizar la figura de joint venture para realizarlo. Con esta figura se comparten esfuerzos, riesgos, beneficios e incluso la responsabilidad para lograr un fin común.

¿QUÉ ES EL JOINT VENTURE?

Comenzaremos citando que el joint venture es un tipo de contrato que realiza entre empresas o personas físicas.

Para realizar un concepto mas concreto, citaremos varios definiciones encontradas sobre joint venture, de manera que, podamos extraer una definición mas completa del termino.

1.- Jorge Enrique Romero-Pérez. * Director del Instituto de Investigaciones Jurídicas, catedrático de Derecho económico internacional, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica.(EL CONTRATO DE JOINT VENTURE. LA EXPERIENCIA DE COSTA RICA)

Convenio conocido también como Joint Adventure o Joint Interprise,que consiste en la asociación temporal de dos o más sociedades para realizar operaciones civiles o comerciales de gran envergadura económico-financiera, con objetivos y plazos limitados, dividiéndose la labor según aptitudes y posibilidades y, soportando los riegos respectivos de acuerdo con los pactos que se hagan entre ellas.

2.- Según la página web “tuempresa”3 : “Joint Venture es un contrato que permite la participación tanto de personas físicas como morales mediante su aporte de capital, tecnología, canales de distribución, personal, conocimiento de mercado, entre otros, para cumplir un objetivo específico que requiere de la suma de capacidades.”

3.- la pagina web “Wikipedia” lo menciona de la siguiente manera: “Empresa conjunta o joint venture es un tipo de acuerdo comercial de inversión conjunta a largo plazo entre dos o más personas (normalmente personas jurídicas o comerciantes).

Una joint venture no tiene por qué constituir una compañía o entidad legal separada. En castellano, joint venture significa, literalmente, ‘aventura conjunta’ o ‘aventura en conjunto’. Sin embargo, en el ámbito de lo jurídico no se utiliza ese significado: se utilizan, por ejemplo, términos como «alianza estratégica» y «alianza comercial», o incluso el propio término en inglés. El joint venture también es conocido como «riesgo compartido», donde dos o más empresas se unen para formar una nueva en la cual se usa un producto tomando en cuenta las mejores tácticas de mercadeo.”

Por lo tanto definiremos:

Joint venture o empresa conjunta, es un acuerdo de voluntades entre personas físicas y morales, en el que se constituye una asociación temporal, en la que tendrán un aporte conjunto de capitales, tecnología, canales de distribución, personal, conocimiento de mercado, entre otros, para cumplir un objetivo específico que requiere de la suma de capacidades de las dos partes. Compartiendo incluso hasta los riesgos jurídicos y comerciales, estableciendo una relación de “ganar-ganar”.

¿QUÉ TIPOS DE JOINT VENTURE SE CONOCEN?

De acuerdo con las aportaciones realizadas y la forma de realizar la colaboración conjunta los contratos de joint venture pueden clasificarse en:
 


1.- Joint Venture de alianzas estratégicas: No es obligatorio realizar un aporte económico. Es la suma de características de cada miembro puestas al servicio de un fin colectivo. 
 


2.- Joint Venture de coinversión: Es un negocio conjunto con aporte monetario o de bienes y una misma dirección, que es el propósito de obtener mayores utilidades de las que pudieran alcanzarse individualmente.
 


3.- Joint Venture contractual: Las personas implicadas realizan una actividad en común, pero no establecen una nueva empresa, sino acuerdos de colaboración en los que se estipulan cláusulas que rigen las actividades que cada parte realizará, la forma de repartir ganancias y riesgos.


¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS QUE OFRECE?

Permiten compartir recursos financieros, humanos, tecnológicos, esfuerzos y responsabilidades.


Supera barreras comerciales, construyendo nuevos nichos de mercado en culturas distintas.
Permite incrementar utilidades y productividad, alcanzar mayor efectividad por sinergia, trabajando conjuntamente.


Facilita el mejorar sistemas de calidad, ampliar relaciones o conexiones y, en general, elevar la competitividad. 
Tienden a promover la investigación y con ello el avance tecnológico y gerencial.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?

Para celebrar un contrato de joint venture se requieren mínimo dos partes involucradas, que generalmente son personas morales nacionales o internacionales que desean mejorar su propia condición a través del posicionamiento en el mercado de la otra parte ofreciendo como contraprestación ventajas competitivas, posibilidad de expandir el mercado, entre otras.

Negociaciones de las partes para establecer un acuerdo de Joint Venture, siempre que sea lícito.


Establecer a través de un contrato las obligaciones y derechos de cada una de las partes en función del proyecto conjunto.

Se define el tipo de aportaciones en capital o bienes que cada uno de los participantes aporta.


Se debe fijar en el contrato el tipo de moneda que se tomará como base para todas las transacciones referentes al Joint Venture.


Se puede formalizar o no ante fedatario público.

La formalización es lo más recomendable porque permite que el negocio puede ser tenido en cuenta en las mediciones nacionales sobre apertura de nuevas empresas y movimiento del sector privado, lo cual contribuye al diseño de políticas favorables para los empresarios, procurando el bienestar económico y generando oportunidades para los ciudadanos.


¿QUÉ DOCUMENTOS SE NECESITAN?


Un contrato por escrito, resultado de las negociaciones, en que cada parte esté debidamente enterada de sus derechos y obligaciones con los documentos anexos necesarios.
 


Algunos de los contratos que se pueden establecer son:
 


1.- Contratos de Transferencia de Tecnología: regulan las aportaciones de los contratantes en materia de tecnología y las aportaciones de cada uno en función del proyecto.
 


2.- Contratos sobre mercadeo y distribución: establecen la forma en que se van a distribuir los productos o servicios producto del Joint Venture.
 


3.- Contrato acerca del uso de marcas y patentes: establecen los derechos en lo relativo al uso de marcas o patentes, para la comercialización de sus productos.


CLAUSULAS FUNDAMENTALES DE UN CONTRATO JOINT VENTURE.

Aportación de cada parte

Definición, organización, dirección y control del negocio o proyecto

Personas responsables y modelo de gestión a seguir

Definición de la aportación económica y su valuación monetaria o económica

Transferencia de tecnología (know-how)

Recursos financieros y aportaciones de capital riesgo

Confidencialidad

Propiedad intelectual

Distribución de beneficios y absorción de perdidas

Procedimiento de liquidación

Métodos alternos de solución de conflictos

Causas de terminación

Leyes tribunales aplicables

ANEXOS

Contrato de transferencia de tecnología

Acuerdo acerca del uso de marcas y patentes.

REGULACIÓN DE LAS JOINT VENTURE.

Se rigen bajo las siguientes leyes :

1.- LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES (LGSM)

2.- LEY GENERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA (LFCE) para el supuesto de concentración.

RELACIÓN DE LOS CONCEPTOS.

Despues de haber conocido las definiciones de los conceptos, “joint venture” y “transferencia de tecnología” pordemos crear la relación que existe entre estos.

Pondremos al termino “joint venture” como el principal, ya que con este comenzara la relación laboral de las empresas que ayan realizado el contrato, de esta manera, pondremos a la “transferencia de información” como una parte esencial del joint venture, ya que, de esta dependerá el flujo y la comunicación de las empresas en gran parte.

Al trabajar en un joint venture o empresa conjunta, necesitaremos los permisos de propiedad de la otra empresa, para poder hacer uso de su imagen y slogans, al mencionar que se esta trabajando como empresa conjunta, también requeriremos del uso de sus productos posiblemente para actividades como la promoción y publicidad, y obviamente la otra empresa deberá estar enterada de todas estas actividades en las que estaremos haciendo uso de elementos que estén integrados en sus registros de propiedad intelectual.

A continuación se presentaran algunos ejemplos de contratos JOINT VENTURE, en los que se podrá observar una gran aportación de TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA.

TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA O KNOW-HOW.

Este es un termino

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