La demanda en el proceso jurisdiccional administrativo
Rodrigo MartinezDocumentos de Investigación15 de Agosto de 2021
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Módulo 19. Practica forense administrativa y fiscal
Unidad 3. El juicio contencioso administrativo y el amparo en materia administrativa y fiscal
Sesión 4. Jurisdicción administrativa y juicio de nulidad
Actividad 1. La demanda en el proceso jurisdiccional administrativo
Actividad 2. Contestación y ampliación de la demanda
Actividad Integradora. Las medidas cautelares
Nombre del estudiante: Martínez Reyes Agustín Rodrigo
Matricula: ES1821010218
Grupo: DE-DEPFAF-2102-M19-007
Profesor: María Fernanda Gómez Morales
06 agosto de 2021
Sesión 4. Jurisdicción administrativa y juicio de nulidad
Introducción3
Actividad 1. La demanda en el proceso jurisdiccional administrativo 4
Actividad 2. Contestación y ampliación de la demanda8
Actividad Integradora. Las medidas cautelares11
Conclusiones y fuentes de consulta14
INTRODUCCIÓN
Para dar inicio al estudio de esta sesión, es conveniente mencionar de acuerdo al autor Ovalle en de acuerdo a lo que estipula el artículo 1º de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación que “El Tribunal Fiscal de la Federación es un tribunal administrativo, dotado de plena autonomía para dictar sus fallos de acuerdo a las atribuciones que la ley le confiere” (Ovalle Fabela, 1982) ; es decir es un órgano jurisdiccional medular de la justicia administrativa en nuestro sistema jurídico, el cual es conformado de acuerdo a su jurisdicción, organización y competencia, con el fin de poder identificar las funciones que realiza, así como su operatividad en la práctica del Derecho Administrativo y Fiscal.
Por otra parte, conoceremos la naturaleza del proceso jurisdiccional administrativo por medio del cual, toda persona que resulte agraviada en su esfera jurídica por un acto o resolución emitida por cualquier autoridad de la administración pública, puede tramitar la anulación que corresponda, así como acceder a la reparación o restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado, imponer sanciones por faltas graves de los servidores públicos y particulares, así como fincar el pago de indemnización y sanciones pecuniarias que deriven de los daños y perjuicios (LOTFJA, 2016, art. 4).
Con el fin de poder aplicarlos en la tramitación eficaz de la demanda, su contestación y sus posibles ampliaciones, considerando los plazos rectores, las causales de improcedencia y sobreseimiento, las reglas para las notificaciones, así como la posibilidad del trámite de medidas cautelares y la suspensión de la ejecución del acto impugnado conforme a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Actividad 1. La demanda en el proceso jurisdiccional administrativo
1. Lee hasta el apartado “Demanda” del texto de apoyo.
2. Espera la sentencia pública proporcionada por tu docente en línea.
3. Con base en ésta sentencia y en un documento de texto, redacta la demanda que le recaiga a la sentencia, de conformidad con lo que establece el 14 de la LFPCA.
MARIANA SANCHEZ SANCHEZ
VS.
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA
FISCAL Y ADMINISTRATIVA
EXPEDIENTE: 6288/11-05-02-7
ASUNTO: JUICIO DE NULIDAD
SEGUNDA SALA REGIONAL NORTE-CENTRO II
SEGUNDA SALA REGIONAL NORTE-CENTRO II
P R E S E N T E.
Lic. Agustín Rodrigo Martinez Reyes, en mí carácter de Apoderado Legal de la C. Mariana Sánchez Sánchez persona moral con Clave del Registro Federal de Contribuyentes SAM951610XXX, personalidad que acredito con el Testimonio Notarial 987654321 que al efecto acompaño, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la jurisdicción de esa H. Sala, en AV. Miguel Hidalgo número 2051, con números telefónicos 2291234567, y para efecto de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 67 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se señala la cuenta de correo electrónico marianasanchez856@gmail.com; autorizando en los términos y para los efectos establecidos en el último párrafo del artículo 5° del citado ordenamiento, a la Licenciada Miranda Alicia González Pérez, con respeto comparezco y expongo:
Que, por medio del presente escrito, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 13 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; y 23 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, vengo en nombre y representación de mí mandante Mariana Sánchez Sánchez a promover demanda de nulidad en contra de los actos que adelante se detallan.
Con el objeto de dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 14 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se señala lo siguiente:
RESOLUCIÓN QUE SE IMPUGNA.
Por escrito recibido el día 29 de noviembre del 2011, la C. Mariana Sánchez Sánchez, compareció ante este tribunal a demandar la nulidad de la resolución negativa ficta, recaída al escrito de ampliación del recurso de revocación recibido el día 23 de junio de 2009, por la recaudación de renta en Torreón, Coahuila de la secretaria de finanzas del gobierno del estado de Coahuila, por medio del cual la demandante combate los crédito fiscales No. 4734302955, 4734302056 y 4734302957.
AUTORIDADES DEMANDADAS.
1.- SEGUNDA SALA REGIONAL NORTE-CENTRO II
DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS.
1.- El pasado 29 de noviembre de 2011 fue presentado por mi representada un escrito ante la SEGUNDA SALA REGIONAL NORTE-CENTRO II, del Servicio de Administración Tributaria, en la ciudad de TORREÓN, COAHUILA, mediante el cual presentaba su declaración de suspensión de actividades.
2.- LA SEGUNDA SALA REGIONAL NORTE-CENTRO II, del Servicio de Administración Tributaria de la ciudad de TORREÓN, COAHUILA al respecto, se manifiestan que no es procedente la declaración de suspensión de actividades, derivado de que, de conformidad con la Regla 2.5.12 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, el aviso de suspensión de actividades presentado por la contribuyente no es procedente.
3.- LA SEGUNDA SALA REGINAL NORTE-CENTRO II, del Servicio de Administración Tributaria de la ciudad de TORREÓN, al respecto pretende que mi representada continúe haciendo declaraciones de los impuestos correspondientes al tiempo en curso.
3.- Toda vez que la resolución impugnada trasgrede diversas disposiciones jurídicas aplicables del Código Fiscal de la Federación, y que vulnera sensiblemente los derechos de mí mandante, se presenta esta demanda.
PRUEBAS.
1.- DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en la resolución número 6688/11-05-02-7, de fecha 23 de JUNIO del 2009, correspondiente al expediente del Procedimiento Administrativo en Materia Fiscal número 123456789 el cual se ofrece para sustentar los Conceptos de Impugnación esgrimidos.
2.- PRESUNCIONAL, en su doble aspecto, tanto legal como humana, en todo aquello que favorezca a los intereses de mí representada. Esta prueba se relaciona con todos y cada uno de los hechos y se ofrece para sustentar los Conceptos de Impugnación esgrimidos.
3.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, en todo aquello que favorezca a los intereses de mí representada. Esta prueba se relaciona con todos y cada uno de los hechos y se ofrece para sustentar los Conceptos de Impugnación esgrimidos.
CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN
PRIMERO.- Causa agravio a mi representada la resolución de la autoridad, consistente en la NEGATIVA FICTA, hecho que con el transcurrir del tiempo genera impuestos y obligaciones que debieron ser suspendidas en el momento de la declaración presentada ante la autoridad correspondiente y en el cual se incumplen las formalidades que marca la Ley en Materia Fiscal:
SEGUNDO.- Dadas las circunstancias generadas por esta acción ilegal de la autoridad correspondiente, mi representada ha generado gastos de representación para su defensa, los cuales crean un agravio económico que se solicita sean cubiertos por la autoridad que se demanda.
NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO INTERESADO.
Inexistente
PRETENSIÓN QUE SE DEDUCE.
1.- A través de esta demanda y con fundamento en los razonamientos lógico jurídicos expresados en los Conceptos de Impugnación que hacen valer, con fundamento en los artículos 51 y 52 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se demanda la nulidad de la resolución contenida en el folio Número 6288/11-05-02-7, de fecha 23 de JUNIO del 2009, emitida por SEGUNDA SALA REGIONAL NORTE -CENTRO II, del Servicio de Administración Tributaria de la ciudad de TORREÓN, COAHUILA, a través de la cual se determina la NEGATIVA FICTA.
2.- El pago de gastos ejercidos para la defensa de mi representada en consecuencia a dicha resolución de la autoridad correspondiente.
3.- La cancelación de todo crédito fiscal existente a partir de la fecha de la declaración de suspensión de actividades de parte de mi representada.
ANEXOS
1.- Copia certificada del Testimonio Notarial Número 456789654, pasado ante la Fe del Notario Público Número 25 de la ciudad de TORREÓN, COAHUILA, Licenciado Agustín Rodrigo Martinez Reyes , de fecha 29 de noviembre del 2011, a través de la cual se acredita la personalidad del promovente.
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