MARCO JURÍDICO EMPRESARIAL Y PROPIEDAD INTELECTUAL
SAMSFEnsayo21 de Mayo de 2020
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UNIVERSIDAD ENRIQUE DÍAZ DE LEÓN
CONTRATOS CIVILES EN JALISCO
MERCADOTECNIA ESTRATÉGICA / NEGOCIOS INTERNACIONALES
MARCO JURÍDICO EMPRESARIAL Y PROPIEDAD INTELECTUAL
MAESTRA: LÓPEZ GARIBAY ESTHER CECILIA
NOMBRES:
BARRIOS CÓRDOVA SWALT RONALD JULYÁN
CERVANTES ZURUTUZA BRENDA
FLORES SÁNCHEZ DULCE ANDREA
LOPEZ SIERRA LUIS ANGEL
SÁNCHEZ FALCÓN SAMANTHA SAZIL
SANDOVAL ÁNGEL JULIÁN
GUADALAJARA, JALISCO 11 FEBRERO 2020
Introducción
El presente documento pretende demostrar de manera tanto teórica como práctica, el aprendizaje del equipo sobre los temas de este primer período para la materia de Marco Jurídico y Propiedad industrial. Cabe resaltar que en el mismo se integran los conocimientos obtenidos en la clase, así como los provenientes de tareas de investigación en los cuales se profundizó aún más con el fin de tener un amplio panorama sobre el tema.
Comenzamos con una breve explicación sobre la importancia de este tema en nuestro desarrollo profesional. Si bien todos deberíamos saber leer contratos, esta no es una realidad muy común y es que se requiere de varias premisas para entender a profundidad el contenido de dicho documento. Para nuestro desarrollo, esto tiene vital importancia ya que no solamente nos enfrentaremos a la firma de contratos, sino a su creación y redacción. Por ello, se vuelve obligatorio que seamos capaces de llevar esta tarea a cabo conforme a la ley y sin dar lugar a errores o confusión.
En los ámbitos laborales de Mercadotecnia y Negocios Internacionales, al pertenecer al área económico-administrativa, trabajaremos bajo los términos de diversos contratos la mayor parte del tiempo y muchas veces lo haremos totalmente basados en los mismos. De ahí que sea tan importante que conozcamos lo necesario para entenderlos a fondo y contar con la capacidad de crearlos correctamente.
Una de las mayores dificultades con las que nos enfrentaremos en esta investigación, será el entender los términos formales, ya que al no conocernos podríamos toparnos con malentendidos o definiciones poco claras. Sin embargo contamos con el soporte de los apuntes hechos en clase como guía, junto con la revisión de investigaciones de todo el equipo que puedan servir como ejemplo para discernir entre información correcta y errónea.
Marco Teórico
Definición del derecho
Para comenzar debemos tener claro la definición de la ciencia social con la que estaremos trabajando.
“El Derecho es el conjunto de normas que imponen deberes y normas que confieren facultades, que establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia” (Pereznieto y Castro & Ledesma Mondragon)
Clasificación del Derecho
Dada la infinidad de acciones que requieren estar reguladas para mantener el buen funcionamiento de la sociedad, se requiere de una separación de estas para ser tratadas de manera especializada. A pesar de estar seccionadas, es importante recordar que siguen ligadas a las demás.
Con base a lo aprendido en clase, consideramos la siguiente estructura. Sobre ella se profundizará más en los primordiales para los temas posteriores.
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Derecho Constitucional
Es una rama del Derecho Público cuyo campo de estudio es el análisis de las leyes fundamentales del estado plasmadas en la Carta Magna. Esto se requiere para mantenerla actualizada a la situación del país y en casos de discrepancias con alguna de las actualizaciones para aplicar jurisdicción.
Derecho Financiero
Se trata de una rama del Derecho Público que regula la constitución y gestión de la Hacienda Pública y toda actividad financiera.
Derecho Fiscal
Apartado del derecho financiero que estudia y regula las relaciones las relaciones jurídicas entre el estado y el contribuyente.
Derecho Tributario
Apartado del Derecho Financiero que estudia y regula la administración y obligaciones de los contribuyentes en torno a sus tributos.
Las fuentes del derecho
El derecho también puede ser clasificado por su fuente, por lo que independientemente de la rama a la que pertenezcan en las categorías mencionadas anteriormente, cada norma jurídica puede pertenecer a alguno de los siguientes tipos:
Formales
Dictan las situaciones y condiciones que se deben cumplir para que una norma sea válida y/u obligatoria en un tiempo y población determinados. A esta clasificación pertenecen las siguientes fuentes:
- Ley - Se encuentra dictaminada por la autoridad pública, para encaminar las acciones de los individuos hacia el bien común.
- Costumbre - En ella no se requiere intervención de las autoridades para su cumplimiento, pues es parte de su educación.
- Jurisprudencia - Se aplica cuando hay 5 casos concretos que requieren la revisión y actualización de una ley. Es obligatoria y temporal.
El derecho Formal se puede jerarquizar con la pirámide de Kelsen, en la que se considera el derecho plasmado que es objetivo y se encuentra vigente.
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Materiales o Reales
Son los elementos físicos y fenómenos sociales que determinan las necesidades de la sociedad, y sirven de retroalimentación para actualizar las normas jurídicas siendo un impulso al proceso legislativo.
Históricas
Documentos antiguos que tienen plasmado el derecho y cómo ha evolucionado a través del tiempo. En su mayoría han perdido la vigencia, pero siguen siendo útiles como punto de partida para direccionar las actualizaciones a las normas.
Definición de Contrato
Para comenzar con la tarea de generar un contrato de manera práctica, es prioritario que conozcamos sus bases, y por ello citamos a Monroy:
Un contrato es un acuerdo de voluntades que crea o transmite derechos y obligaciones a las partes que lo suscriben. El contrato es un tipo de acto jurídico en el que intervienen dos o más personas y está destinado a crear derechos y generar obligaciones. Se rige por el principio de autonomía de la voluntad, según el cual, puede contratarse sobre cualquier materia no prohibida. Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento y las obligaciones que nacen del contrato tienen fuerza de ley entre las partes contratantes. (Monroy, 2008)
Conociendo esto, nos damos cuenta de que los contratos funcionan en base a prueba y error. Esto los vuelve sujetos a cambio en cualquier momento siempre y cuando los implicados den su consentimiento a tal cambio.
El acuerdo y los contratos
Un acuerdo no requiere de un contrato, sin embargo un contrato si depende de que exista un acuerdo. Como concepto, podemos adoptar la siguiente definición "El acuerdo supone la existencia de al menos dos voluntades, que llegan a acercar sus diferencias para tomar decisiones o accionar en conjunto."
Es primordial que para que un contrato entre en vigencia, haya un acuerdo de todas las partes participantes. Es común que el contrato sea establecido por una de las partes y la(s) otra(s) acepten sus términos, sin embargo también existe la posibilidad de que los términos y cláusulas sean negociados.
Sujetos y objetos
Como toda acción humana hay un sujeto que lleva a cabo tal acción y uno o varios objetos involucrados en ella, por lo que en el área de derecho también se manejan estos conceptos.
Sujeto
El sujeto de derecho se refiere a un ente o unidad que tiene posee un derecho o un deber en un espacio y tiempo dado. Se diferencia de la persona, ya que la persona es un ente capaz de adquirir un derecho o deber, pero puede que aún no lo tenga, mientras que para ser un sujeto de derecho debe poseerlo.
En un contrato, los sujetos adquieren derechos, obligaciones o ambos que siguen ciertas acciones con un fin determinado.
Objeto
Se entiende por objeto todo aquello que forme parte de una acción jurídica, sin ser un sujeto en ella. Por lo tanto todo lo que existe en el mundo fuera del hombre se puede considerar un objeto de derecho.
Para un contrato es fundamental aclarar los objetos involucrados y las acciones que los sujetos llevarán a cabo con ellos su cumplimiento.
Estructura de los contratos
Nombre del Contrato
Todo contrato debe tener un nombre antes de poder ser formalizado y entrar en vigencia, por lo que existen dos tipos:
- Nominado - Tiene un nombre asignado legalmente por las autoridades.
- Innominado - Su nombre es asignado por las partes participantes.
Proemio
Indica las partes que serán participes en el contrato, con un nombre asignado a cada parte de acuerdo al tipo de contrato utilizado. Incluye un representante legal para cada parte, con el nombre y cargo del representante plasmados en tal sección.
Declaraciones, acreditación o antecedentes
Expresa la naturaleza del contrato, junto con su objeto. También se incluye el nombre y cargo de los representantes nuevamente, agregando una acreditación de su personalidad jurídica y los comentarios que cada parte considere prudente o necesaria. Finalmente se expresa el domicilio legal.
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