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MARCO JURÍDICO EMPRESARIAL Y PROPIEDAD INTELECTUAL


Enviado por   •  21 de Mayo de 2020  •  Ensayos  •  8.035 Palabras (33 Páginas)  •  128 Visitas

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UNIVERSIDAD ENRIQUE DÍAZ DE LEÓN

CONTRATOS CIVILES EN JALISCO

 MERCADOTECNIA ESTRATÉGICA / NEGOCIOS INTERNACIONALES

MARCO JURÍDICO EMPRESARIAL Y PROPIEDAD INTELECTUAL

MAESTRA: LÓPEZ GARIBAY ESTHER CECILIA

NOMBRES:

BARRIOS CÓRDOVA SWALT RONALD JULYÁN

CERVANTES ZURUTUZA BRENDA

 FLORES SÁNCHEZ DULCE ANDREA

LOPEZ SIERRA LUIS ANGEL

  SÁNCHEZ FALCÓN SAMANTHA SAZIL

SANDOVAL ÁNGEL JULIÁN

GUADALAJARA, JALISCO 11 FEBRERO 2020


Introducción

El presente documento pretende demostrar de manera tanto teórica como práctica, el aprendizaje del equipo sobre los temas de este primer período para la materia de Marco Jurídico y Propiedad industrial. Cabe resaltar que en el mismo se integran los conocimientos obtenidos en la clase, así como los provenientes de tareas de investigación en los cuales se profundizó aún más con el fin de tener un amplio panorama sobre el tema.

Comenzamos con una breve explicación sobre la importancia de este tema en nuestro desarrollo profesional. Si bien todos deberíamos saber leer contratos, esta no es una realidad muy común y es que se requiere de varias premisas para entender a profundidad el contenido de dicho documento. Para nuestro desarrollo, esto tiene vital importancia ya que no solamente nos enfrentaremos a la firma de contratos, sino a su creación y redacción. Por ello, se vuelve obligatorio que seamos capaces de llevar esta tarea a cabo conforme a la ley y sin dar lugar a errores o confusión.

En los ámbitos laborales de Mercadotecnia y Negocios Internacionales, al pertenecer al área económico-administrativa, trabajaremos bajo los términos de diversos contratos la mayor parte del tiempo y muchas veces lo haremos totalmente basados en los mismos. De ahí que sea tan importante que conozcamos lo necesario para entenderlos a fondo y contar con la capacidad de crearlos correctamente.

Una de las mayores dificultades con las que nos enfrentaremos en esta investigación, será el entender los términos formales, ya que al no conocernos podríamos toparnos con malentendidos o definiciones poco claras. Sin embargo contamos con el soporte de los apuntes hechos en clase como guía, junto con la revisión de investigaciones de todo el equipo que puedan servir como ejemplo para discernir entre información correcta y errónea.


Marco Teórico

Definición del derecho

Para comenzar debemos tener claro la definición de la ciencia social con la que estaremos trabajando.

“El Derecho es el conjunto de normas que imponen deberes y normas que confieren facultades, que establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia”  (Pereznieto y Castro & Ledesma Mondragon)

Clasificación del Derecho

Dada la infinidad de acciones que requieren estar reguladas para mantener el buen funcionamiento de la sociedad, se requiere de una separación de estas para ser tratadas de manera especializada. A pesar de estar seccionadas, es importante recordar que siguen ligadas a las demás.

Con base a lo aprendido en clase, consideramos la siguiente estructura. Sobre ella se profundizará más en los primordiales para los temas posteriores.

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Derecho Constitucional

Es una rama del Derecho Público cuyo campo de estudio es el análisis de las leyes fundamentales del estado plasmadas en la Carta Magna. Esto se requiere para mantenerla actualizada a la situación del país y en casos de discrepancias con alguna de las actualizaciones para aplicar jurisdicción.

Derecho Financiero

Se trata de una rama del Derecho Público que regula la constitución y gestión de la Hacienda Pública y toda actividad financiera.

Derecho Fiscal

Apartado del derecho financiero que estudia y regula las relaciones las relaciones jurídicas entre el estado y el contribuyente.

Derecho Tributario

Apartado del Derecho Financiero que estudia y regula la administración y obligaciones de los contribuyentes en torno a sus tributos.


Las fuentes del derecho

El derecho también puede ser clasificado por su fuente, por lo que independientemente de la rama a la que pertenezcan en las categorías mencionadas anteriormente, cada norma jurídica puede pertenecer a alguno de los siguientes tipos:

Formales

Dictan las situaciones y condiciones que se deben cumplir para que una norma sea válida y/u obligatoria en un tiempo y población determinados. A esta clasificación pertenecen las siguientes fuentes:

  • Ley - Se encuentra dictaminada por la autoridad pública, para encaminar las acciones de los individuos hacia el bien común.
  • Costumbre - En ella no se requiere intervención de las autoridades para su cumplimiento, pues es parte de su educación.
  • Jurisprudencia - Se aplica cuando hay 5 casos concretos que requieren la revisión y actualización de una ley. Es obligatoria y temporal.

El derecho Formal se puede jerarquizar con la pirámide de Kelsen, en la que se considera el derecho plasmado que es objetivo y se encuentra vigente.

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Materiales o Reales

Son los elementos físicos y fenómenos sociales que determinan las necesidades de la sociedad, y sirven de retroalimentación para actualizar las normas jurídicas siendo un impulso al proceso legislativo.

Históricas

Documentos antiguos que tienen plasmado el derecho y cómo ha evolucionado a través del tiempo. En su mayoría han perdido la vigencia, pero siguen siendo útiles como punto de partida para direccionar las actualizaciones a las normas.

Definición de Contrato

Para comenzar con la tarea de generar un contrato de manera práctica, es prioritario que conozcamos sus bases, y por ello citamos a Monroy:

Un contrato es un acuerdo de voluntades que crea o transmite derechos y obligaciones a las partes que lo suscriben. El contrato es un tipo de acto jurídico en el que intervienen dos o más personas y está destinado a crear derechos y generar obligaciones. Se rige por el principio de autonomía de la voluntad, según el cual, puede contratarse sobre cualquier materia no prohibida. Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento y las obligaciones que nacen del contrato tienen fuerza de ley entre las partes contratantes. (Monroy, 2008)

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