MARCO LEGAL PARA LA CREACIÓN DE UN TIPO DE EMPRESA EN COLOMBIA
omtabares16 de Octubre de 2013
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MARCO LEGAL PARA LA CREACIÓN DE UN TIPO DE EMPRESA EN COLOMBIA
Vamos a crear una empresa de tipo Sociedad por Acciones Simplificadas.
Para poner en marcha la idea de negocio nos basaremos inicialmente en el Código de Comercio de Colombia, el cual regula a los comerciantes y los asuntos mercantiles nacionales, y en la Ley 1258 de 2008 que enmarca las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).
Basados en lo anterior, se entiende que una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS) es un tipo de sociedad, caracterizado por ser una estructura societaria de capital, con autonomía y tipicidad definida, que contiene normas de carácter dispositivo que permiten no sólo una amplia autonomía contractual en la redacción del contrato social, sino además la posibilidad de que los asociados definan las pautas bajo las cuales han de gobernarse sus relaciones jurídicas. Este tipo societario puede constituirse por una o varias personas, a través de los siguientes tipos de documentos.
a) Mediante documento privado (autenticado, reconocido o con presentación personal) por sus signatarios (parágrafo 1 artículo 5º ley 1258 de 2008; artículo 40 C.C de Co).
b) Mediante Escritura Pública de constitución, cuando hay aporte de inmuebles. (Parágrafo 2 artículo 5º; artículos 6º y 7º).
Cualquiera que sea el documento escogido debe contener los siguientes requisitos:
• Nombre, documento identidad y domicilio (ciudad o municipio) de accionistas.
• Razón social seguida de las palabras sociedad por acciones simplificada o S.A.S.
• Domicilio principal.
• Término de duración (puede ser indefinido).
• Enunciación de actividades principales.
• Capital autorizado, suscrito y pagado.
• Clase, número y valor nominal de las acciones.
• Forma de administración.
• Nombre, identificación y facultades de los administradores (se debe designar, cuando menos un representante legal).
• Nombramientos.
• Cláusula compromisoria.
Lo anterior debe presentarse en la Cámara de Comercio, junto con el formulario de matrícula de sociedades diligenciado y el formato adicional de registro, así como cancelar el valor de los derechos de inscripción, para que el ente realice la verificación del cumplimiento de los requisitos y remita la información a la DIAN y sea asignado el NIT, el cual quedará consignado en el certificado de matrícula.
Durante la realización de este proceso inicial, es importante validar que el nombre y marca de la empresa no haya sido registrado anteriormente, identificar el código de mi actividad económica, consultar el uso del uso para saber si la ubicación de mi empresa es adecuada, lo cual puede realizarlo en la página web de la Cámara de Comercio.
Una vez terminado este proceso se debe inscribir los libros de actas y de contabilidad, dirigirse a la DIAN para obtener la resolución de facturación, realizar inscripción en el registro local de impuesto de industria y comercio , realizar los trámites de seguridad laboral e industrial ante las EPS y cajas de compensación familiar.
Culminada la formalización de la empresa, se procederá a la contratación del personal rigiéndonos por el Código Sustantivo del Trabajo de Colombia y la siguiente normatividad del que rige el Sistema General de Riesgos Profesionales:
• Decreto Ley 1295 de 1994 Organización y administración de los riesgos profesionales en el país.
• Decreto 1771 de 1994 reglamenta los re-embolsos por accidentes de trabajo y enfermedad profesional.
• Decreto 1772 de 1994 por el cual se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al sistema general de riesgos profesionales.
• Decreto
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