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Marco legal puerto Colombia


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2015  •  Apuntes  •  1.694 Palabras (7 Páginas)  •  159 Visitas

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Marco legal.

El municipio de puerto Colombia  comprende tres corregimientos: Salgar, Sabanilla Montecarmelo, pero en esta investigación solo se abarcara el corregimiento de SALGAR y su centro de mandato que es Puerto Colombia; donde se encuentra la sede de la alcaldía municipal cabildo y sede de los organismos nacionales que allí hacen presencia. Con un área total de 93 Km cuadrados y 30.000 habitantes, Puerto Colombia se convierte en el municipio con excelente habitabilidad del departamento del Atlántico.

El conpes 113 del 2008 manifiesta que ninguna persona tiene derecho a  padecer hambre; desde aquí se parte para sostener la protección de los habitantes del corregimiento de salgar, teniendo en cuenta que la constitución expresa en el artículo 44 fundamentales de los niños a la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral. Etc…Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia; rarificando que no solo comprende a los niños si no al núcleo familiar del corregimiento(salgar) en cuanto a inseguridad alimentaria se refiere.

LEY 1355 DE 2009 del ICBF enfatiza en la salud pública y también se adoptan medidas para su control, atención y prevención.

PROYECTO DE LEY 203 DE 2007 SENADO el objetivo de la presente ley tiene como objetivo generar un marco legal de la seguridad alimentaria y nutricional nacional para lograr que los colombianos en todas las edades y condiciones dispongan, accedan y consuman alimentos en suficiente cantidad, variedad, calidad e inocuidad y se proteja especialmente a la población que se encuentra en inseguridad alimentaria y en extrema pobreza, mediante el compromiso y la corresponsabilidad de las entidades gubernamentales, los organismos internacionales, los gremios, la sociedad civil, las familias y las personas.

DECRETO 2055 DE 2009 (junio 4) por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, CISAN. Objeto. El presente decreto tiene por objeto crear la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional -CISAN- la cual tendrá a su cargo la coordinación y seguimiento de la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional -PNSAN-, siendo instancia de concertación entre los diferentes sectores involucrados en el desarrollo de la misma.

Podemos decir que a nivel gubernamental, Colombia tiene un sin número de leyes y decretos en los que se establecen para la protección del todas las personas así mismo de la familia. Recordamos que todos tenemos derecho a una alimentación digna y un buen vivir.

Podríamos mencionar los programas que el departamento del atlántico tiene:

Tales como caribe sin hambre reducir la incidencia de la desnutrición crónica infantil por debajo del 2,5%, en todos los países de la región al año 2025. Es decir, en el plazo de una generación. Tal propósito se enmarca dentro de la tercera meta del primer Objetivo de Desarrollo del Milenio (ODM), de reducir a la mitad, entre 1990 y 2015, el porcentaje de personas que padecen hambre. Es más, profundiza esa meta, ya que establece un desafío aún mayor.

Programa de Alimentación Escolar (PAE) que consiste en que os niños se alimenten en las instituciones y accedan a un almuerzo.

Fundación Amigos de los niños Barranquilla, Children International. Son los niños y los jóvenes la población más vulnerable y más aquellos que viven en pobreza carentes de muchas necesidades que les permitan vivir dignamente. Es por esto que la Fundación Amigos de los Niños Barranquilla a través de sus programas y estrategias brinda la posibilidad a niños, jóvenes y comunidad de salir adelante y ser personas de bien a la sociedad.

La Secretaria de la Mujer, a través del programa ‘Transfórmate Tú Mujer’, pionero en la región Caribe, ha beneficiado a 10.450 mujeres de diferentes estratos de todo el Atlántico, con capacitaciones e impulso de pequeños negocios que les permita la independencia económica. Este programa ayuda a solucionar los problemas que se presenten en sus hogares, a través de la oportunidad que les brinda.

El Gobernador del Atlántico José Antonio Segebre Berardinelli solicitó al Gobierno Nacional que no recorte el presupuesto para el programa de alimentación escolar para el año 2016.

Segebre Berardinelli recordó  que en el presupuesto para el 2016,  la Gobernación asignó la suma de $5 mil millones, aspirando conseguir otros recursos adicionales por $3 mil millones para el programa de alimentación escolar.

Explicó que la idea es que el Gobierno Nacional mantenga los $18 mil millones del año anterior, más los $ 5 mil millones asignado por la Gobernación, se llegaría a la cifra de $ 23.000 millones.

“Para cumplir con el Programa de Alimentación Escolar en el Atlántico y cubrir todo el año,  se necesitan  $ 26 mil  millones”, expresó Segebre Berardinelli.

Ley 1098 de 2006 – Código de la Infancia y la Adolescencia: El artículo 204 establece que los gobernadores, gobernadoras, alcaldes y alcaldesas, en los primeros cuatro meses de su período de gobierno, deben elaborar un diagnóstico sobre los temas de infancia, niñez y adolescencia teniendo en cuenta el ciclo de vida, el enfoque de garantía y restablecimiento de derechos, con el fin de establecer los problemas prioritarios y las estrategias a corto, mediano y largo plazo que se implementarán en el plan de desarrollo. Así mismo, determina que el DNP y los Ministerios de la Protección Social y Educación Nacional, con la asesoría técnica del ICBF, deben diseñar lineamientos técnicos mínimos que deberán contener los planes de desarrollo en materia de infancia, niñez y adolescencia teniendo en cuenta el ciclo de vida, el enfoque de garantía y restablecimiento de derechos. Las Asambleas y los Concejos, por su parte, deben verificar, para su aprobación, que el plan de Desarrollo e inversión corresponda con los resultados del diagnóstico realizado.

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