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Memoramdum De Control Interno


Enviado por   •  15 de Abril de 2014  •  11.801 Palabras (48 Páginas)  •  363 Visitas

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MEMORANDUM DE CONTROL INTERNO Y RECOMENDACIONES

En el marco de las tareas ejecutadas respecto de la revisión de la versión preliminar del

Estado de Situación Patrimonial de inicio del INSTITUTO PROVINCIAL AUTARQUICO

UNIFICADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (IPAUSS) al 9 de enero de 2002, se han

analizado los principales aspectos del sistema de control interno imperante en los Institutos

predecesores (IPPS e ISSP) - en su mayoría vigentes en el IPAUSS-, sin haber sido ello el

objetivo principal de la labor, oportunamente convenida con el organismo

En orden a ello, se describen distintas cuestiones significativas que se han advertido, como así

también se ponen a consideración de la Dirección un conjunto de recomendaciones que

podrán ayudar a superar las debilidades de control interno que afectan la gestión de la entidad.

I. ASPECTOS GENERALES

A. FUSION DE LOS EX INSTITUTOS EN EL IPAUSS

La entidad se encuentra en un proceso de reorganización generado por la fusión de los ex-

Institutos. La existencia de signos marcados de confrontación entre dos culturas

organizacionales hace indispensable que la conducción continúe su intervención en busca de

puntos en común entre ambas, si bien se han observado indicios de mejora desde las tareas

iniciales de esta Auditoría.

Aspectos tan básicos como el uniforme utilizado por el personal o la identificación de los

edificios con los ex-Institutos, con carteles que incluso versan: “Ingreso exclusivo de personal

del IPPS”, dificultan una adecuada gestión de una entidad única.

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Si bien la conducción ha actuado en la determinación de una nueva estructura y la reubicación

del personal, han quedado las áreas operativas marcadamente separadas en dos Direcciones,

sintiéndose más afectado, por el proceso en cuestión, el personal de las áreas administrativas

de apoyo, toda vez que la fusión unificó esencialmente estas actividades.

Con la existencia de dos Direcciones, una previsional y otra asistencial bajo el criterio de

estructuración por líneas de actividad plasmado en la legislación, prevalece en la actualidad la

identificación con los ex-Institutos por sobre el sentimiento de pertenencia al IPAUSS.

Tómese por ejemplo, que la comisión de verificación de deudas del ISSP en la práctica recayó

esencialmente en un agente proveniente del IPPS -pudiendo considerarse una “comisión

unipersonal”-, sin intervención material de agentes de extracción ISSP.

Agréguese a la cuestión planteada, la sensación del personal del ex ISSP en cuanto a que la

fusión en realidad constituyó una absorción..Lo expuesto, como sensación del personal, es

una variable organizacional que ha de contemplarse para la gestión, toda vez que por algunos

hechos esa cuestión podría verse involuntariamente abonada, como, entre otros, por el

establecimiento del centro de toma de decisión en el edificio del ex IPPS.

Hasta aquí se ha expuesto una realidad claramente tangible que ha de ser gestionada, por eso

se estima necesario establecer una estrategia de corto y mediano plazo que busque la

generación de una cultura IPAUSS, sin un rechazo directo a las culturas predecesoras que

provocaría el efecto contrario.

En el establecimiento de dicha estrategia podrían contemplarse las siguientes cuestiones:

• un sistema de capacitación continua del personal como esencial en cuanto a la

culturización del mismo, sobre temas generales como específicos,

• el desarrollo de talleres de trabajo con funcionarios y agentes de distinta extracción para el

tratamiento de cuestiones comunes (v.g.: presupuesto, normativa general, circuitos

administrativos y operativos, capacitación, etc.),

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• la visualización horizontal de la organización -hacia los procesos- (sobre lo cual nos

explayaremos),

• la generación de puntos de acuerdo para la toma de decisiones con participación de

funcionarios de distinta extracción,

• la reversión de signos elocuentes de exteriorización de diferenciaciones y/o separaciones.

B. AMBIENTE DE CONTROL

1. No se ha visualizado en la política organizacional de la entidad un tratamiento de

relevancia de los aspectos vinculados al establecimiento de un sistema de control interno.

Asimismo, en la gestión de los mandos medios no se observa una consideración de

materialidad respecto del establecimiento de actividades de control en forma sistémica dentro

de las áreas de su responsabilidad, e incluso en el personal, en general, no es evidenciable una

cultura del control.

Como dato adicional, cabe mencionar lo expresado por varios miembros de dichos mandos

medios, que señalaron que era necesario que el Directorio estableciera los circuitos

administrativos del ente con los respectivos manuales que contemplen actividades de control,

omitiendo de hecho, la responsabilidad propia por el control interno en las áreas bajo su

mando.

Resulta conveniente un compromiso de la totalidad de la organización respecto de la

necesidad del control, el cual se integre con sus tareas habituales (el control en los procesos),

para el cumplimiento de la misión de la entidad.

Para ello, debe determinarse una estrategia hacia el control y la concientización del personal

en la materia, siendo recurrente en este caso la necesidad de capacitar sobre esta temática.

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Cabe aclarar que esa capacitación sólo puede dar los frutos esperados si se la enmarca en una

estrategia de control que contemple el rediseño de los procesos que involucren las actividades

de control acordes.

2. Por otra parte, se ha corroborado un estilo de conducción del máximo nivel organizacional

de la entidad que contempla dos facetas claramente marcadas: formalismo en la toma de

decisiones, que lo lleva a intervenir en decisiones de dispar relevancia -tanto políticas como

administrativas-, y una proximidad estrecha con la línea, favorecida por la disposición de la

construcción de oficinas bajo la posible concepción de “puertas abiertas”.

Ello puede poseer un efecto no deseado en cuanto al mantenimiento de las líneas jerárquicas

que establece la estructura burocrática adoptada, si no se toman los recaudos necesarios,para

evitar influencias inadecuadas.

En tal sentido, se genera una mezcla entre la formalidad extrema y la flexibilidad amplia

generada por el contacto habitual entre las líneas y los miembros del ámbito de los estamentos

superiores.

De esta forma a niveles inferiores se llega a decir respecto de cuestiones de decisión de

segundo y tercer nivel (planificación y ejecución) que las mismas debían ser definidas por los

niveles altos de la conducción, lo cual impacta directamente sobre las decisiones no tomadas

por la línea que claramente son técnicas.

La presente cuestión dificulta expresar una recomendación de efecto directo. Señalando que el

reconocimiento por parte del máximo nivel de autoridad del impacto que esta cuestión posee

sobre niveles inferiores, actúa como la mejor recomendación, y en orden a ello la

consideración del grado de conveniencia del acceso descendente sin respetar el nivel

jerárquico, hará al respeto del nivel jerárquico ascendente.

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C. EVALUACIÓN DE RIESGO

No se ha comprobado la existencia de procesos de evaluación de riesgo de la actividad y de la

organización, debidamente estructurados y formalizados.

Si bien la entidad realiza dicha evaluación en forma implícita , se torna esencial en esta

instancia la clara identificación de las líneas de actividad de la entidad y la consideración

explícita de los riesgos asociados, para el rediseño de los procedimientos y la adopción de las

actividades de control acordes.

D. ACTIVIDADES DE CONTROL

La entidad no posee manuales de procedimientos, con circuitos operativos y administrativos

debidamente formalizados.

Se ha relevado la existencia de algunos procesos específicos regidos por actos

administrativos, en general, del Directorio, pero no contempla en la existencia de manuales

de procedimiento.

En ese marco, se ha observado la existencia de determinadas actividades de control

implementadas en forma aisladas, o con alcance limitado si no se articulan en un sistema con

otras actividades de control y con los otros elementos de un sistema de control interno

(ambiente de control, evaluación de riesgo, información y monitoreo).

Bajo criterios de control interno del modelo aceptado en el ámbito provincial, se entiende que

es necesario el rediseño de los procesos administrativos y operativos, sustentado en los

manuales respectivos.

Dichos manuales, entre otros aspectos , han de considerar:

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• una metodología para su elaboración previamente adoptada, buscando un esquema claro

de transmisión de su contenido al usuario, y una participación activa del mismo y de las

áreas de control en su preparación,

• la estandarización de las actividades de la entidad limitando las cuestiones excepcionales,

• la definición en detalle de los niveles de decisión dentro de los procesos, concordando con

las misiones y funciones de la estructura orgánica funcional,

• la previsión de la mayor cantidad posible de decisiones programadas, con el

establecimiento de procesos de tratamiento de las decisiones no programadas,

• la eliminación de posibles duplicidades de tareas que pudieran hoy existir (v.g.: el

tratamiento de afiliados y cotizantes),

• la elección de actividades de control (v.g.: líneas de autoridad -con niveles de autorización

- y responsabilidad definidas, separación de funciones, oposición de intereses,

restricciones de acceso, revisiones específicas, reprocesamiento, etc.).

En el estado actual de los procesos del ente, la confección de los manuales constituye una

instancia del mentado rediseño de circuitos, que exige una muy relevante etapa inicial de

análisis que permita un conocimiento completo de la entidad.

Recién tras ese conocimiento y la consecuente evaluación de riesgo, se podrá iniciar el

rediseño propiamente dicho, y la elaboración de manuales acordes y su presentación adecuada

ante los usuarios.

Cabe enfatizar, que si bien los manuales han de ser autorizados por el nivel alto de la jerarquía

de la institución, el rediseño y la elaboración de aquellos constituye una tarea vinculada a

decisiones técnicas, con participación de las distintas áreas involucradas y de los sectores

proveedores de servicios (como informática) y de control.

Dada la dimensión que ha asumido la nueva entidad, se estima conveniente la constitución de

un área que entienda en la materia de organización y métodos, e incluso en materia de

normativa general, no sólo inicialmente sino en forma habitual a la luz de la flexibilidad que

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han de poseer los manuales y la necesidad de nuevos procedimientos frente a nuevas

actividades o modificación de actividades preexistentes.

E. INFORMACIÓN

1. Cabe expresar que la entidad no posee un sistema de información acorde a la característica

de su misión.

El esquema de registración de transacciones de la entidad, que contempla el uso de

herramientas informáticas y el soporte de papel (con distintos niveles de seguridad) sin

conexión, confiabilidad y disponibilidad de información de acceso amigable y oportuno, no

puede considerarse un sistema de información.

Se ha practicado una circularización interna respecto de los registros utilizados, que si bien

no fue cumplimentado por toda la organización, muestra por un lado la existencia de datos

registrados por impulso de agentes actuantes, la inexistencia de otros que podrían ser

indispensables y la falta de conciliación de datos de distintas fuentes (se encuentra a

disposición de la entidad el listado de circularización).

2. No se ha obtenido evidencia de que exista en la entidad información gerencial para toma

de decisiones o para control, emitida en forma periódica o por excepción.

Por otra parte, no se pudo advertir que la conducción posea, con la periodicidad necesaria,

información básica confiable de la gestión de la entidad. En términos generales, se observó

que a ella accede por solicitudes puntuales, cuando la solicitud debería reservarse para la

información de excepción.

3. Cuando se plantea en apartados previos la necesidad de rediseños de procesos, de suyo se

incorpora la necesidad de establecer un sistema de información, que contemple a la entidad en

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su “totalidad” y sus transacciones en conjunto, y que aporte información confiable tanto de

tipo contable como de uso gerencial.

La definición de nuevos procesos y sus actividades de control, debe incluir la selección de

Sensores que aporten información del estado de situación de los mismos y dé las alarmas para

la toma de decisiones inmediatas.

De esta forma se contempla la posibilidad de que la entidad, en última instancia, pueda

acceder a tableros de comando.

F. MONITOREO

Las limitaciones que se han indicado respecto de los cuatro elementos de control precedentes,

trae aparejada la ausencia de un adecuado esquema de monitoreo tanto gerencial como de

unidad de auditoría interna.

Se ha tomado conocimiento de la intención de constituir una unidad de auditoría interna,

considerando conveniente su participación proactiva en los procesos de rediseño que se

pudieran establecer en cuanto a la materia de su competencia, y la inclusión, dentro del plan

de auditoría dispuesto, de la realización de auditorías operativas de procesos.

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II. ASPECTOS ESPECIFICOS

A. SISTEMA DE REGISTRACIÓN CONTABLE

1. Los Institutos predecesores del IPAUSS no poseían contabilidad patrimonial, por ende no

existía un control contable sobre las operaciones y en consecuencia no poseía el área contable

una participación relevante en los circuitos administrativos existentes.

En ese orden de ideas, se ha observado una limitada intervención de dicha área en los

procesos existentes. Fundamentalmente participa en instancia de cancelación de obligaciones

-momento en que en muchos casos toma conocimiento de cuestiones de efecto económico

financiero, a veces en forma tardía-, y todo aquello vinculado a la elaboración y ejecución de

presupuestos y rendiciones de cuentas, pero como se ha indicado sin una presencia con el

objetivo del control contable bajo un esquema de análisis de cuentas.

Es por ello, que se entiende la necesidad de la implementación de un sistema contable

inmerso en un rediseño de circuitos administrativos y operativos que recomendamos en el

presente documento.

2. Asimismo, se estima necesaria la integración de la contabilidad presupuestaria y

patrimonial que se establezca. Si ella fuera informática exigiría la determinación de interfaz

entre partidas presupuestarias y cuentas contables procurando el registro de la transacción una

sola vez.

Cabe señalar que es indispensable que la determinación de un manual de cuentas con los

asientos estándares que surjan de un conocimiento adecuado de la actividad de la entidad (que

pudiera enmarcarse en el rediseño sugerido), recordando que la contabilidad patrimonial

refleja en su totalidad las cuestiones económicas, financieras y patrimoniales de la misma.

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3. Por otra parte, es necesario involucrar a la organización en la definición del presupuesto,

identificando los productos presupuestarios, los procesos, las actividades, los esquemas de

medición física y, en condiciones óptimas, la determinación de estándares de producción.

Simultáneamente, en instancias futuras, podrá trabajarse en la implementación de una

contabilidad de costos, bajo la metodología que se estime razonable para el caso, tras un

rediseño inicial de procesos (considerando que la contabilidad de costos puede dar lugar a

nuevos rediseños).

B. SISTEMAS INFORMÁTICOS

1. Los comentarios que realizamos respecto de los sistemas informáticos deben enmarcarse

en la concepción del papel estratégico que posee este herramental en entidades de las

características del IPAUSS, en las cuales la paulatina masificación de transacciones tienden a

limitar los procesos manuales y exigen elementos que permitan un mejor control e

información bajo la condición de oportunidad.

Asimismo, se considera necesario una concepción integrada de aplicaciones informáticas bajo

un único sistema y un alcance integral del mismo a todas las transacciones de la entidad.

Bajo el esquema indicado en el párrafo previo, podrán dirigirse las acciones en la materia

hacia la definición de una base de datos de “personas” que posea las distintas instancias de su

situación en relación al IPAUSS (v.g.: aportante previsional, afiliado a servicios sociales,

pasivo, afiliado adicional, aportante en varios empleos, beneficiario de otros regímenes

previsionales, etc.).

Por otra parte, entendemos necesario trabajar sobre la cultura informática de la entidad,

considerando a la informática como herramienta diferenciadora para la gestión.

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2. Como cuestión inicial respecto de las disfunciones en materia informática, debemos

resaltar la inexistencia de un plan de sistemas, con lo que él exige para su elaboración -desde

el conocimiento de la entidad y la evaluación de riesgo hasta las definiciones de prioridades- y

las implicancias en las tareas de corto, mediano y largo plazo. Difícil es desarrollar

aplicaciones informáticas razonables si no se cuenta con un esquema de prioridades, como el

que debe aportar el plan de sistemas.

3. Enmarcado en lo indicado en los párrafos previos, puntualizamos un conjunto de

cuestiones que ameritan su consideración futura, en orden a que se ha advertido deficiencias

que ubican a la cuestión informática como de riesgo relevante para la entidad.

Así, distinguimos los comentarios entre los ex Institutos, puesto que en términos generales el

IPAUSS ha heredado sus aplicaciones informáticas, a saber:

• Sistemas del ex ISSP:

a. La necesidad de un estándar propio de desarrollo que contemple el ciclo de las

aplicaciones (análisis, diseño, programación, prueba y puesta en operación), la

documentación y esencialmente la relación con los usuarios. Esta última cuestión

asume importancia esencial a efectos de planificar las acciones del área informática.

b. El establecimiento de una estructura del área de sistemas adecuada con la distinción de

responsabilidades (v.g.: analistas, programadores, administradores -de sistema / red,

base de datos-, etc.).

c. La definición formalizada de una política de seguridad física y lógica, que contemple,

entre otras cosas, los accesos a los sistemas, a la información y a los equipos, los

controles de versiones de software y la política general de back up de la entidad,

además del establecimiento de un plan de contingencia.

d. La separación adecuada del ambiente de desarrollo y el de operación. La intervención

de personal de sistemas en esta última área debe limitarse - esencialmente a cambios

de versiones de software o tareas sobre contingencias-, registrarse y monitorear.

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e. La limitación del acceso del personal del área de sistemas a información de usuarios,

evitando la generación de informes especiales elaborados por dicha área a

requerimiento específico de usuarios (opción: establecimiento de informes estándares

o aportar datos básicos para proceso en PC), ello sólo limitado a casos excepcionales

debidamente autorizado y no como práctica habitual. La información debe estar a

disposición del usuario en la forma en que ellos determinen - en el marco del

desarrollo del software y no por solicitudes ocasionales- y en virtud de las facultades

que le confiera sus funciones y posición en la estructura.

f. El establecimiento de actividades de control (ej.: seguridad de acceso, niveles de

operación, autorización y aprobación, validaciones de datos, campos exigidos,

controles referenciales, control por oposición de interés, etc.), incluyendo cortes de

control con revisión externa.

g. Como se indicó, la generación de un plan de sistemas, estableciendo módulos de

desarrollo en orden a la estrategia informática del ente, un relevamiento de recursos

informáticos y las posibilidades de inversión en equipamiento y software.

h. La evaluación de la performance de los soportes actuales (físicos y lógicos) y de otros

existentes en el mercado, a la luz de las decisiones estratégicas asumidas y de las

proyecciones futuras. Incluyendo el mayor uso de las herramientas de los gestores de

base de datos -entre ellas las de consulta- y limitando el uso de programación sobre el

lenguaje adoptado para las aplicaciones.

i. El uso de los controles de integridad relacional que poseen los gestores de base de

datos.

j. La definición de una estrategia de capacitación del personal en materia de seguridad

informática y de uso de los recursos disponibles.

k. El uso del sistema informático como herramienta de operación y no sólo de registro.

l. Si bien se planteó la necesidad de que los sistemas abarquen la operatoria en su

conjunto, debería considerarse, en esta instancia, que el sistema contemple

íntegramente las transacciones soportadas por él, incluso, si es del caso,

complementándose con operaciones manuales.

m. La elaboración de informes gerenciales estándares periódicos y por excepción.

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n. La identificaciones unívocas de transacciones (ejemplo ND y NC).

o. La cancelación completa de transacciones, caso contrario emitir informes de

excepción automáticos para su tratamiento especial.

• Sistemas del ex IPPS- (le son aplicables las consideraciones generales expuestas respecto

del ex ISST):.

a. La integración de las distintas aplicaciones de materia previsional.

b. El uso de las aplicaciones como herramienta de gestión y no sólo de registro, buscando

el otorgamiento asistido de los beneficios.

c. No debe existir discrepancia entre la realidad de los beneficios que surge de los

expedientes y la que surge de la aplicación informática. De existir cuestiones

operativas que dificultan la registración, debe adaptarse la aplicación y no el dato.

d. El control del stock de beneficios no debe depender exclusivamente de la gestión del

área de sistemas. Establecer controles externos al sistema sobre el stock y novedades

(el uso del tablero de control y las revisiones especiales por muestreo pueden ser de

utilidad).

e. La definición de un plan, con metas claras predefinidas, para la validación o

actualización de información histórica que el ente posee de los aportantes. Asimismo,

la exigencia de que toda información rectificativa o adicional recibida en oportunidad

de tramitar el otorgamiento de un beneficio sea cargada al sistema según parámetros

de intervención específica de las áreas actuantes y bajo criterio de excepción con

niveles de autorización especial.

C. DISPONIBILIDADES Y TESORERÍA

1. Respecto del esquema de cancelación de obligaciones de la entidad, hemos observado un

número limitado de firmantes de las órdenes de pago (OP) y, en su caso, las órdenes de

entrega (OE).

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Más allá de la normativa que pudiera existir en la jurisdicción, un saludable circuito

administrativo exigiría la explícita intervención de las áreas y funcionarios actuantes en

cuanto a: la liquidación, la registración presupuestaria, la aprobación del responsable del

servicio administrativo financiero, la liberación de fondos y, ya producida la erogación, la

registración contable del pago.

2. No se ha advertido como práctica normal la anulación de la totalidad de la documentación

respaldatoria de las erogaciones realizadas, lo cual exige explícitas instrucciones en la

materia.

3. El uso de OE, como un medio de puesta al pago utilizado por el ISSP, no contemplaba un

esquema posterior de seguimientos y conclusión lo suficientemente efectivo para evitar la

existencia de un significativo número de OE pendientes de cancelación, con impacto en el

ejercicio presupuestario, el control de imputación bajo el concepto adelanto a las OP

definitivas, e incluso el desconocimiento de la imputación definitiva de pagos (hemos

advertido transferencias internas a Río Grande para pago de OE no canceladas en el sistema).

En términos del uso dado por el organismo de este medio de excepción, en la práctica se ha

convertido en un medio habitual de cancelación de deudas, que no cuenta con un circuito de

control acorde a la magnitud de los montos que con ellas se han cancelado.

Su utilización se vincula a la necesidad, por razones de continuidad de servicios, de

efectivizar pagos sin contar con los tiempos necesarios para el proceso de elaboración,

autorización y aprobación de la OP. Esta situación podría ser compatible con el uso de fondos

permanentes o rotatorios - con la cuantía necesaria para hacer frente a las erogaciones-, que ha

de contemplar la obligación del responsable de rendir cuentas “periódicamente”, único medio

para lograr su reposición.

4. Hemos apreciado como constante en la gestión de pago, la anulación de OP, aspecto que

debe considerarse de excepción, con tratamiento especial y con una limitada existencia.

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Es habitual que esa anulación se produzca por reparos del Tribunal de Cuenta Provincial

(TCP) en su intervención previa y se emita una nueva OP. En realidad dicha observación no

hace más que “limitar el pago”, vale decir autorizar el remanente. En casos que se han

sometido a revisión la limitación se producía por montos de poca materialidad en relación al

importe “no observado”.

En consecuencia, estimamos que con la OP con el monto limitado se podrá efectuar el pago,

sin iniciar nuevamente el proceso de emisión y autorización de la OP, con el dispendio

administrativo consecuente y el posible perjuicio a terceros.

Luego, continuar con el tratamiento de la observación, ya sea aportando nuevos elementos al

Órgano Superior de Control o mediante la definitiva desafectación presupuestaria del monto

limitado y, de ser del caso, la notificación al acreedor.

Es más, no se ha advertido que la entidad posea el conocimiento del universo de las

observaciones del TCP, pues ellas sólo existen en el expediente y se torna difícil su

seguimiento desde la gerencia.

5. La tesorería muestra un limitado esquema de seguridad física. Sus riesgos inherentes

exigen un régimen de acceso restringido al sector, ya sea por la existencia de efectivo (aunque

con el pago bancario de beneficios previsionales se limita), como por la documentación que

implica erogaciones, identificación de proveedores y sus representantes o las chequeras en

uso.

6. Las entidades predecesoras al IPAUSS poseían cuentas bancarias de movimientos

relevantes de doble propósito, recaudadoras y pagadoras, que percibían fondos de terceros

como de cuentas propias. Como pauta de control interno recomendable, se considera

conveniente el uso de cuentas recaudadoras y pagadoras, y no cuentas mixtas que dificultan el

seguimiento de partidas y su reflejo contable.

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La entidad ha practicado una reestructuración de las cuentas bancarias heredadas de los ex

Institutos, cuestión que no fue motivo de la presente revisión, no obstante, a partir de lo

sometido a revisión es que se entiende menester realizar la presente recomendación.

7. Los partes de Tesorería no guardaban las formalidades necesarias (v.g.: numeración y

firma) que exigen estos documentos.

Asimismo, tanto la recepción de extractos como las conciliaciones eran efectuadas por dicha

área, que si bien puede ser de utilidad para el sector, no posee la entidad en cuanto a elemento

de control que aporta la conciliación realizada por un sector independiente.

La rigurosidad respecto a cuestiones formales, la consideración permanente de la integridad

de recursos y egresos, y la consecuente existencia de controles por oposición de intereses en

los procesos vinculados al manejo de fondos, constituyen elementos claves que el organismo

debe considerar en forma permanente.

Incluso, la depuración de partidas de antigua data (por ej.: depósitos no acreditados en cuenta

corriente desde el año 1992 en la cuenta BTF 171001 ISSP, depósitos no acreditados desde

1994 y débitos bancarios no registrados desde 1992 de la cuenta BTF 371005/4 ISSP) con

intervención del área contable es indispensable para evitar el manejo discrecional de los

fondos por parte de la Tesorería. Asimismo, respecto de ellas cabe su investigación a la luz de

la normativa provincial sobre el particular.

En un esquema de falta de control adecuado, la integridad de los recursos de la entidad

depende exclusivamente de las características personales de los agentes afectados al manejo

de fondos, aspecto no admisible para un sistema de control interno.

8. El uso de la cuenta corriente N° 1710198/3 del BTF (IPPS) en la que depositan los

haberes previsionales impagos debería ser suplido por un adecuado esquema contable y no

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por la inmovilización de saldos bancarios. Es más, si bien el ente incluye en la versión

preliminar del Estado Contable al presente conceptos como “Fondos de Terceros”, dichos

fondos son del Instituto, el que posee un pasivo con los beneficiarios.

9. Los registros de bancos que posee la entidad no contemplan una adecuada identificación

de los conceptos que generan movimientos.

La simple lectura de un registro debe permitir al usuario la comprensión de aquello asentado,

sin depender de las aclaraciones de quien efectuó el registro del movimiento.

La presente cuestión ha de considerarse en la implementación de registros contables

patrimoniales, que puede hacer uso de subdiarios o de mayores auxiliares.

D. PRÉSTAMOS PERSONALES

1. De las evaluaciones realizadas en vinculación al régimen de préstamos otorgados por el

IPPS, hemos observado que la aplicación informática de registro, seguimiento y control de los

préstamos otorgados por el organismo posee importantes limitaciones, como la ausencia de

información en campos importantes que no son exigidos por la misma (ej.: vencimiento de la

primer cuota), o la ausencia de información relevante, como el efectivo pago de las cuotas, lo

que exige controles externos.

El sistema debería proporcionar una adecuada actualización de la deuda por afiliado y por

organismo, que actúe como inventario de los saldos que debería poseer contaduría.

Esta distinción surge como relevante y debe considerarse a efectos del proceso de análisis

contable del saldo de la operatoria, a fin de acceder a una adecuada exposición en el Estado

Contable y no omitir acreencias, como el caso de deudas de afiliados por dificultad en la

retención, cuyo importe, aunque no sería relevante, no pudo identificarse en la información

sujeta a revisión.

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2. El circuito administrativo y operativo debería permitir el control contable de la gestión de

préstamos.

Para ello es recomendable que el área contable reciba en forma directa la información de

otorgamiento y desembolso de crédito, y de cancelaciones realizadas por las entidades que

actúan como agentes de retención.

Y por otra parte, se complemente con la información recibida periódicamente del área

operativa de préstamos, respecto de la ejecución de los planes individuales de préstamos, que

cuente con la información en detalle de retenciones realizadas por los empleadores (ver

recomendación respecto de aportes y contribuciones).

3. Dado que hemos comprobado, al realizar la circularización de préstamos, que algunas

direcciones que la entidad posee eran inexistentes o incorrectas, es que debería actualizarse la

base de datos de los beneficiarios de los préstamos, en orden a resguardar la posibilidad de

cobro.

4. Se han advertido, en las pruebas realizadas, que la cantidad de préstamos por resolución

que se encuentra en la base es inferior, en algunos casos, a los que figuran en el acto

aprobatorio.

La definición de la aplicación informática de registro y control debería exigir la incorporación

a la base respectiva de todos los préstamos aprobados, ya sea que se efectivicen o que en

última instancia se desista de su desembolso.

5. Hemos observado la existencia de créditos aprobados que nunca fueron liquidados sin

identificar los motivos en la base de datos. Es así que el otorgamiento de préstamos ha de

vincularse a la existencia de remanentes financieros que surjan de los análisis de flujos de

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fondos de la entidad, aspecto este a tener en consideración previo a la emisión del acto

administrativo de otorgamiento de préstamos.

6. De las pruebas por muestreo realizadas se observó la inexistencia de un criterio uniforme

para el análisis de la relación Cuota / Ingreso para el otorgamiento de los préstamos. A ello

ha de agregarse la falta de documentación predeterminada que refleje el cálculo que se

efectuara con el adecuado detalle de los conceptos considerados.

Asimismo, se ha observado que, en la mecánica de confección de los formularios

estandarizados no todos los campos fueron completados y, por ende, controlados dentro del

circuito de otorgamiento del préstamo.

En la elaboración de formularios estandarizados es relevante que si se determina la necesidad

de ciertos datos, se exija, en todos los casos, su incorporación puesto que de no ser así (como,

por ejemplo, en el caso de “destino del préstamo”) las prácticas adoptadas le quitan al

formulario la “seriedad” otorgada por la formalidad frente a los usuarios, con efecto en el

debilitamiento del proceso de otorgamiento.

7. En lo atinente al importe del pagaré suscripto como garantía del crédito no se ha advertido

un criterio uniforme. De la documentación relevada se observaron que en algunos casos el

monto incorporado corresponde al capital del préstamo y en otros al total de cuotas a pagar

(sistema francés).

8. En cuanto a préstamos por turismo acordados por el ISSP -cuyo saldo no fue identificado

en la versión preliminar del Estado Contable sujeto a revisión-, se ha comprobado que la

información aportada por la entidad de la aplicación informática que poseía no permitía un

adecuado seguimiento y control de los préstamos otorgados, y que no proporcionaba el

respectivo saldo.

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Las limitaciones de la información imposibilitaron la determinación del saldo vigente a la

fecha de inicio del IPAUSS.

Entre los aspectos resaltables de la inconsistencia de la información aportada, se ha observado

la ausencia de datos relevantes en la base, como la fecha de vencimiento de la primera cuota

para el seguimiento de la evolución del plan.

Además de ello, de la información relevada no se pudo determinar un criterio uniforme para

establecer la fecha de vencimiento de la primera cuota, que al mismo tiempo sea consistente

con el esquema normativo aplicable.

En cuanto a la documentación de los legajos de otorgamiento, se ha apreciado la ausencia de

documentación necesaria para analizar la relación Cuota-Ingreso y de datos relevantes en los

formularios estándares utilizados, por ejemplo: firmas de funcionarios actuantes e incluso de

solicitante en algún caso (firma inexistente pero certificada por funcionario actuante).

Las recomendaciones respecto del presente programa son similares a las indicadas

previamente en relación a otros planes de crédito, no obstante la instancia de conclusión del

mismo hace que el esfuerzo de la entidad deberá avocarse a la validación del saldo pendiente

de recupero.

9. La entidad ha decidido el autoaseguramiento para los programas de préstamos,

aplicándole un adicional sobre la cuota. No se incorporó a la versión del Estado Contable bajo

revisión una reserva sobre el particular, ni se advirtió la existencia de información de seguros

percibidos, riesgo en curso y siniestralidad.

Es importante considerar que a los efectos contables no ha de considerarse la percepción del

seguro como utilidad y la siniestralidad afectando directamente al resultado del ejercicio,

puesto que de esta forma se estaría realizando un reconocimiento inapropiado de resultados.

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Asimismo, se torna indispensable contar con una base de datos de siniestralidad para el uso

futuro en la evaluación de adicionales -incluidos los actuariales- y en el análisis de la

conveniencia del autoseguro o su tercerización.

E. PRÉSTAMOS A ORGANISMOS

1. Respecto de los saldos expuestos de Inversiones en Préstamos a Organismos, se ha

advertido una inadecuada deducción de comisiones bancarias, toda vez que ellas no

constituyen gasto incluido como recupero en el monto de cuota determinada.

2. Se omitió la inclusión en el saldo contable del interés corrido de la cuota a pagar por la

Dirección Provincial de Puertos con vencimiento 10/01/02 por $49 mil.

En el caso del crédito con la Dirección Provincial de Energía, el saldo no contempló un cobro

de $157 mil.

3. Respecto de la intervención del Banco de Tierra del Fuego (BTF) en el proceso de cobro,

no se ha obtenido respuesta de la circularización realizada. Es por ello que se estima

necesario, considerando la morosidad de la Dirección Provincial de Puertos, continuar con los

reclamos y pedidos de información, actuando explícitamente respecto de la responsabilidad

que le cabe a la entidad bancaria frente a lo oportunamente convenido.

F. OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS PREVISIONALES Y LIQUIDACIONES

PERIÓDICAS

1. No se ha advertido en el circuito administrativo de otorgamiento que existan controles de

materialidad, en especial por oposición de intereses o revisiones específicas. El control se

basa en aprobaciones jerárquicas y en el dictamen legal, es así que no se observaron controles

posteriores respecto del cómputo o de la determinación del haber previsional original.

22

Asimismo, el circuito posee una limitada participación de procesos informáticos en el

otorgamiento de beneficios, como la falta de actualización de datos del historial de activos.

Tal situación afecta tanto al proceso de cómputo como al de determinación del haber

previsional, actividades que en última instancia constituyen un proceso esencialmente manual.

De la revisión de expedientes realizada, se ha observado que el beneficio puede poseer una

realidad informática y otra en el soporte de papel. Vale decir, que se constataron datos

individuales del beneficiario (como categoría -jubilación por cargo político con número de

categoría-, antigüedad, permanencia en la categoría, años de servicio y título, entre otros) que

no eran coincidentes con la información digitalizada, y que evidenciaba la ausencia de

consideración de estos datos para la liquidación por la aplicación informática y la poca

confiabilidad de la misma como proveedora de información.

En este esquema, la liquidación del haber es manual y su incorporación al sistema es relevante

para la liquidación periódica del haber, con limitados controles posteriores.

Es por ello que se estima necesario definir como objetivo en la materia acceder a un

otorgamiento asistido por el sistema. En las condiciones actuales de la entidad, se entiende

que es el momento adecuado para actuar en esa dirección, considerando:

• La actualización de información del historial de activo.

• La incorporación paulatina al sistema de liquidaciones estandarizadas.

• La limitación de liquidaciones manuales a casos excepcionales con tratamiento

especial.

• La parametrización en el sistema de la intervención de distintos sectores bajo los

criterios de niveles de aprobación y de control por oposición de intereses.

En ese orden de ideas habrá de incorporarse a la base de beneficiarios, todos los datos

necesarios para determinar el haber bruto y el importe de los descuentos, de acuerdo a los

legajos de otorgamiento y las leyes de aplicación.

23

2. Asimismo, respecto de la liquidación mensual, el IPPS practicaba revisiones manuales

con escasa documentación respaldatoria de la intervención realizada, y fue informado que

respecto del stock de beneficios el IPAUSS implementó el control desde sistemas (aspecto no

relevado por no formar parte de nuestra tarea directa).

De producirse la modificación sin la intervención de un sector externo al de procesamiento

informático, se está frente a una situación que calificamos de alto riesgo por la dependencia

que las áreas usuarias poseen de dicho sector.

De no producirse ello, la gestión de control de stock deberá quedar documentada de forma tal

de permitir revisiones posteriores sobre el funcionamiento de la actividad de control

desplegada.

Entendemos que cabe revisar los procesos actuales, tendiente a detectar la necesidad de

actividades de control vinculadas a las novedades (A/B/M) y al stock de beneficios,

considerando lo indicado precedentemente y la posibilidad de establecer revisiones de

razonabilidad o revisiones por muestreo en oportunidad de producirse la liquidación mensual

-sin obviar como una posibilidad los controles de reprocesamiento -.

3. La circularización de beneficiarios realizada llevó a la convicción de la necesidad de

actualizar y completar la base de datos de los mismos, dado que se comprobó que algunas

direcciones son inexistentes o incorrectas, que existen diferencias entre los datos aportados

por los beneficiarios y los que se encuentran en la base (número de documento, fecha de

nacimiento, organismos en el que prestó servicios al tiempo de acceder al beneficio, etc.) y

que los beneficiarios aportaron datos que no se encontraban en la base del organismo

(apoderado, cargas familiares, organismo, etc.)

4. De la revisión de expedientes de otorgamiento de beneficios, se detectó documentación

faltante (fotocopia del documento de identidad, fotocopia de la partida de nacimiento, recibos

24

del último año, certificación de servicios, planilla de novedades, etc.), la cual es necesaria

para la constatación de los extremos necesarios para acceder al beneficio.

Debemos aclarar que expedientes de beneficios otorgados recientemente contemplan una

mejor estructuración en su confección y en la incorporación de antecedentes que hacen a los

requisitos normativos. No obstante, los procedimientos han de considerar en forma

permanente puntos de control que eviten reiterar prácticas pasadas.

5. Como se expresó en el informe especial, no se ha podido obtener evidencia respecto de la

implementación de un proceso periódico de detección de beneficios previsionales acordados

que tuvieran alguna incompatibilidad (inicial o sobreviniente en forma posterior) con otros

beneficios, en especial en otras jurisdicciones, y de reingreso a la actividad laboral

incompatible legalmente.

De las tareas que se han desarrollado, se advirtió la existencia de un conjunto de beneficiarios

del IPAUSS que poseen beneficios a nivel nacional, de carácter previsional o no contributivo,

como de beneficios múltiples en la entidad. Ello fue puesto a disposición del ente para la

evaluación de la posible incompatibilidad (Nota N°17/02 AGN - IPAUSS).

Sobre el particular, se entiende necesario evaluar la posibilidad de realizar acuerdos con otros

institutos previsionales provinciales y con la ANSeS, para compartir información tanto de

pasivos como de antecedentes y estado de situación de activos. Por esto último se podrán

realizar tratativas con la AFIP.

6. A partir de los procedimientos ejecutados, se ha advertido que el tratamiento de aspectos

del otorgamiento o cuantía de los beneficios, en muchos casos se basa en los antecedentes de

decisorios de alcance individual previos del Instituto. Frente a ello, se entiende que detectada

la necesidad del establecimiento de normas de carácter general será recomendable que la

entidad haga uso de las facultades reglamentarias y dicte la regulación del caso, a fin de

clarificar la aplicación armónica y uniforme de las normas.

25

Se entiende que podrá ser de utilidad la creación de un área técnica que proyecte las normas

reglamentarias y cuya misión contemple la detección de dichas necesidades.

7. Cabe mencionar que el esquema de pago bancario no fue del alcance de nuestro trabajo,

no obstante la experiencia en la materia permite puntualizar algunas cuestiones a tener en

cuenta:

• La rendición bancaria deberá contemplar los pagos y los impagos -con la restitución de

fondos-.

• La rendición bancaria deberá ser global por un lado, y en detalle por otro. La entidad

deberá reprocesar los datos en detalle para efectuar el cruce con la rendición global y el

ingreso de fondos. Además, resguardar la información analítica de pago e impago (e

incluso su pago posterior), todo ello como historial del beneficio.

• El sistema contable podrá utilizar cuentas intermedias o en su caso regularizadoras que

establezcan un control contable sobre el proceso de pago (devengamiento – transferencia

– rendición – pago o impago).

• No deberá centralizarse el contacto de remisión y recepción de información al banco en un

solo sector de la entidad.

8. Respecto de la pensión fueguina de arraigo, en orden a que no fué aportada la información

requerida, no se realizó consideración sobre su pago y recupero.

G. LIQUIDACIÓN DE HABERES Y ADELANTOS

1. En cuanto al proceso de liquidación periódico de haberes del personal, dadas las

características similares al vinculado a haberes previsionales, en mérito a la brevedad y en

cuanto corresponda se remite al apartado precedente.

26

2. A partir del control por muestreo de liquidación y documentación respaldatoria, se ha

advertido la ausencia de documentación en los legajos personales que hacen a la relación

laboral y el haber percibido.

Así, por ejemplo, en algunos casos no obraba documentación que acredite deducción por

préstamos, cuota sindical, seguros facultativos, seguros familiares e incluso respecto de la

designación de beneficiario de seguro de vida obligatorio.

Por otra parte, si bien la presentación del legajo no amerita observaciones significativas en

cuanto al orden o prolijidad, en la mayoría de los casos faltaba foliatura.

Respecto de las cuestiones enunciadas, el responsable expresó que se encontraba en instancia

de su regularización, no obstante es recomendable que un instructivo interno contemple:

• El orden que han de poseer los legajos de IPAUSS (aunando los criterios de los ex

Institutos).

• La documentación básica que ha de poseer.

• Los procesos periódicos de actualización de información promovidos por la entidad, más

allá de la que realice el agente por impulso propio.

H. RECUPERO DE ANTICIPO DE HABERES (PREVISIONALES Y DE PERSONAL

ACTIVO)

1. El esquema actual de recupero de anticipos de haberes -práctica habitual en la entidad- no

se encuentra soportado por registros adecuados y documentación que impida la alterabilidad

de la información contenida y no posee el debido control contable.

Incluso la información de adelantos aportada por la División Haberes muestra discrepancias

con la información de pago que surge del libro banco, y el saldo de la versión preliminar del

Estado Contable no contiene la totalidad de anticipos hasta la fecha de corte (algunos de ellos

informados por Tesorería a dicha División con posterioridad).

27

Efectivizado el desembolso de los haberes su recupero dependerá esencialmente de la gestión

de la División Haberes, aspecto no apto para un sistema de control interno eficiente.

En este estado de situación el circuito implementado no garantiza el oportuno recupero de los

adelantos acordados, por lo que se entiende indispensable implementar un sistema de

seguimiento de adelantos que permita relacionar el otorgamiento, con las erogaciones

producidas y los descuentos en las liquidaciones de haberes, buscando no centralizar toda la

gestión en un sector -con controles por oposición o revisiones especiales externas al área de

liquidación- y con el control contable necesario (que vincule desembolsos y recuperos).

2. Por otra parte, hemos tenido la limitación de no poder contar con la liquidación de haberes

pasivos de setiembre del 2001, producto de problemas en el back up realizado por el área de

sistemas, ello conlleva la necesidad de revisar la política de resguardo para evitar posibles

perdidas de información, más allá de poseer los datos en soporte de papel.

I. RECAUDACIÓN DE APORTES Y CONTRIBUCIONES (PREVISIONALES Y

ASISTENCIALES)

1. Las acciones a desplegar respecto a la presente temática deberán considerar el cobro de las

acreencias, no obstante se entiende que posee importancia significativa el rediseño del circuito

administrativo de cobro, que aporte información completa ,global y analítica.

Se ha observado que la entidad utiliza un esquema de cobro basado en boletas de depósito

bancarias con datos elementales con firma del depositante, y sin indicar el carácter de

declaración jurada del documento y el responsable que debe suscribirlo (Resolución IPAUSS

N° 25/02).

28

En este caso podrá optarse por la generación del pago con información digitalizada estándar y

la presentación de declaración jurada, ello junto al depósito, suscripta por el responsable del

servicio administrativo financiero del empleador.

Por otra parte, obtiene información de la nómina salarial por distintos medios no

estandarizados, ya sea por planillas de liquidación de haberes (con o sin firma de

responsable), soporte magnético con diversos formatos (sin elementos de control o de

comprobación originados en el emisor) o medios informales.

Ello imposibilita la existencia de un esquema de control automático y oportuno, limita las

facultades recaudatorias propias de la entidad y evidencia un incumplimiento no sancionado

de los obligados.

Se entiende que la generación de un programa liquidador que permita importar datos de los

sistemas de las entidades obligadas y que el Banco actúe como receptor junto con el pago,

constituye un accionar recomendable.

Considerando el número limitado de empleadores, establecer un cronograma de mediano

plazo tendiente a la incorporación de todas los organismos al esquema informativo será lo

adecuado, a fin de buscar una solución a la falta de datos, ello enmarcado en un proceso de

coordinación con personal de sistemas de la entidad.

Los datos recibidos por el ente, deberá ser sometidos a su validación básica, para luego

generar reportes para el área contable que poseerá información de factura propia, e

información de declaración jurada suscripta por responsable y de pago (la cual deberá ser

coincidente).

Con dicha información, asimismo, se habrá de soportar la carga del historial laboral de los

cotizantes, además de poseer información respecto de cobros de préstamos y coseguros, entre

otros conceptos.

29

Todo lo aquí expuesto exige, en una primera instancia, una actitud proactiva de la entidad en

busca de obtener la información deseada. Así, se propone un acercamiento a los empleadores,

no con un requerimiento formal y compulsivo de datos, sino con un conjunto de soluciones

posibles para que éste se encuentre en condiciones de dar cumplimiento a sus obligaciones

legales de información y aporte los elementos que en el futuro ayudarán a obtener a sus

agentes el beneficio previsional.

Amén de lo expuesto, cabe analizar la posibilidad de establecer un esquema sancionatorio en

materia de incumplimiento de obligaciones formales, como adicional a la recomendación

precedente.

2. La información aludida en el apartado anterior, junto a la información de pago, habrá de

aportar datos para que el sistema contable posea una cuenta corriente por obligado. Sin dejar

de contemplar los montos provisorios por situaciones de falta de pagos pero simultáneamente

falta de información, generado por un control de cumplimiento de obligaciones.

De suyo surge la necesidad de intervención de distintas áreas, buscando que la información no

posea un único punto de procesamiento, sino que sea motivada por la intervención de varios

sectores según la materia de su trato (v.g.: sistemas, tesorería, verificaciones y contabilidad)

procurando un control por oposición de intereses, en la actualidad inexistente.

De esta forma, se obtendrá un control primario de la recaudación soportado en registración

contable y en documentación con un grado superior de confiabilidad que el que se posee en la

actualidad para respaldar el crédito expuesto en la información bajo consideración.

3. Como se expresó en el informe especial, no se obtuvo evidencia respecto de un proceso

formal y periódico de control, reclamo y conciliación con las entidades deudoras, que

conlleve el conocimiento acabado por ambas partes de las partidas que se incluyen en los

montos totales reclamados.

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Con los datos sometidos a controles básicos o con la información de incumplimiento, la

entidad se encontrará en condiciones de generar reclamos automáticos, con periodicidad

preestablecida y, según el caso, procesos de conciliación con las entidades.

No obstante, ello exige la normatización de un procedimiento con las formalidades, controles

e intervenciones precisas para acceder, si fuera necesario, a la ejecución de las acreencias.

Bajo este u otro esquema, se entiende necesario la incorporación de un procedimiento de

control de aportes y contribuciones que considere la integridad de los recursos, basado, entre

otras pautas, en la disponibilidad de información, la adecuada imputación de pagos, el control

por oposición de intereses en los procesos internos, el registro bajo un esquema de cuenta

corriente de cada empleador, la formalidad de los procesos de reclamos y la adecuada

secuencia procedimental hasta acceder al cobro.

4. Simultáneamente, se ha observado como necesaria la determinación de planes de

inspección, a la luz de los recursos existentes y de la confección de un manual de inspección.

Dicho manual deberá contemplar la verificación del cumplimiento de la normativa aplicable

en la materia y la coordinación con otras áreas de la entidad con vinculación a la nómina

salarial (v.g.: afiliaciones, cómputo, recupero, etc.).

5. Dada la magnitud de los créditos por aportes y contribuciones existentes, no se estima que

la entidad pueda acceder a su cobro en forma inmediata, por lo que será una alternativa

razonable llegar a concluir un proceso de conciliación a una fecha determinada (como una

nueva consolidación) y establecer planes de regularización contemplando los intereses del

Instituto, la capacidad de pago del deudor y el establecimiento de pautas claras de carácter

general.

31

Asimismo, gestionar la solución de cuestiones conexas al reclamo principal buscando, en su

caso, asesoramiento de áreas jurídicas o de control de la hacienda pública, en procura que las

cuestiones accesorias, aunque se consideren materiales en su cuantía, no obstaculicen la

percepción de recursos.

Se entiende que será recomendable definir la real cuantía de las acreencias bajo este concepto

y la certidumbre en la información contable, determinar el nivel de cobrabilidad de las

mismas y establecer horizontes claros en materia de financiamiento de la entidad, siendo estas

acreencias cuestiones significativas.

Cabe aclarar,que lo que aquí se recomienda exigirá la intervención del área jurídica de la

entidad -para definir el encuadre jurídico de un plan de regularización de deudas- y de las

áreas técnicas en materia financiera y contable -tanto en los procesos conciliatorios como en

la determinación de los escenarios posibles de dichos planes-, a fin de someterlo a la decisión

competente.

La Ley N° 534 estableció un mecanismo de garantía del cobro de recursos de la entidad, en

los términos de los arts. 38/40 que prescriben el Fondo Especial para la Solvencia del Sistema

Previsional. Si bien por el período de su aplicación no es motivo del presente examen, habrá

de considerarse su utilización en la determinación de planes de regularización bajo un

esquema de adhesión.

6. Dadas las características registrales existentes, no basado en un sistema contable, no se ha

podido identificar la imputación de un conjunto de pagos de organismos, según el Anexo 1.

J. INVERSIONES - TITULOS Y COLOCACIONES A PLAZO - Y OTRAS

ACREENCIAS CON EL GOBIERNO

32

1. Respecto de los títulos de la entidad vinculados al Megacanje –Decreto Nro. 1387/2001-,

deberá actuarse en forma inmediata para obtener la nominatividad de las especies en cuestión,

máxime a la luz de las experiencias recientes.

2. Bajo el concepto Otras Acreencias con el Gobierno se encuentran los saldos excluidos del

Banco de Tierra del Fuego, los remanentes de Acuerdos Nación-Provincia y crédito de

convenios conexos, y otros convenios de compensación y cancelación de deudas recíprocas -

en especial con el Gobierno Provincial -.

En lo atinente a las colocaciones que han derivado en la exclusión de saldos del BTF, la

entidad deberá practicar un análisis de los distintos cursos de acción a seguir, considerando la

determinación de una estrategia tendiente a identificar las probabilidades de recupero, y la

posición frente a la exclusión y cada una de las partidas incluidas en ella.

Es por ello que se entiende recomendable un proceso de consultas y, de ser el caso, reclamos

debidamente formalizados considerando la responsabilidad de la entidad por la defensa de los

recursos de los aportantes.

3. Las revisiones que se han practicado respecto de otras acreencias, evidenciaron la

ausencia de respaldo documental con la contundencia que impida hesitación en cuanto al

derecho de cobro y a su cuantía. Es más, no ha surgido claramente el esquema de rentabilidad

aplicado por la entidad, lo cual limita la probabilidad de cobro en los términos en que se

exponen en la versión preliminar del Estado Contable.

Simultáneamente, no se ha advertido la existencia de procesos formales de evaluación de

cobrabilidad que permitan determinar previsiones.

Se entiende necesario, el relevamiento de toda la documental y de los registros extracontables

que la entidad posee a fin de establecer claramente la cuantía de acreencias, en especial en

aquellos casos en que existieron convenios respecto de los cuales existen dudas sobre su

33

ejecución. Todo ello para enmarcar los distintos pasos de reclamo en una estrategia de defensa

de los intereses de la entidad, sobre bases ciertas.

Por otra parte, en los casos de falta de acuerdo con el deudor, buscar la conciliación de

acreencias clarificando acuerdos y discrepancias, para poder establecer las bases de cobro.

En cuanto a una registración contable completa, se estima necesaria el asiento de cada uno de

los aspectos de las acreencias bajo criterios de prudencia y considerando el valor recuperable

del derecho como límite del reconocimiento.

K. RECUPERO DE OTRAS ACREENCIAS Y COSEGUROS

1. Los circuitos administrativos de recupero del ISSP no poseen registros con elementos de

seguridad que resguarden la información contenida, y las actividades de control son limitadas,

especialmente en cuanto a la integridad de partidas para obtener su reembolso.

Se ha advertido la centralización en un área de toda la gestión de cobro, dependiendo del

accionar de ella el efectivo recupero.

2. En cuanto a coseguros, el sistema posee cargado por áreas operativas lo correspondiente a

farmacias y ópticas, pero el resto de las prestaciones bajo este régimen son ingresadas a la

aplicación informática por el sector de recuperos. A partir de ello se emite el soporte de

coseguros mandados al cobro. En esta instancia el sistema actúa como registración del

derecho de cobro.

Al recibir la información de la nómina salarial de los organismos, el sector de recuperos

practica la revisión del descuento de haberes (considerando ésta la forma de cobro más

significativa) automáticamente por cuatro organismos y el resto en forma manual, soportando

su control en un registro en planilla de cálculo de escasa confiabilidad.

34

De no haberse producido el descuento solicitado al empleador, el sector de recuperos carga

nuevamente al sistema el coseguro bajo el concepto “otros”.

Esta mecánica implica:

• la inexistencia de control por oposición de interés entre sectores operativos de aprobación

de transacciones que genera el coseguro (excepto farmacia y óptica) y del área que

gestiona el recupero,

• no se posee el universo de transacciones que generan coseguros en el área operativa de

origen, y por tal no existe posibilidad de conciliación de ella con quien gestiona su cobro,

• un inadecuado universo de partidas de coseguros en el sistema informático por la

reincorporación bajo el concepto de “otros” (pudiendo ser en forma sucesiva por varios

meses), sólo controlable en forma externa por medios manuales. Ello se evidencia como

una falla grave, pues la aplicación informática no permite el seguimiento y reliquidación

de la acreencia, mostrando su historial,

• la ausencia del control contable que vincule información proveniente de distintas fuentes y

sectores.

En el estado administrativo actual, no se ha podido obtener evidencia de que existan

controles que aporten una seguridad razonable respecto de que la entidad perciba los

recuperos que le corresponden y que no existan omisiones de acreencias.

Adicionalmente, no se ha obtenido evidencia de que exista un control que vincule la

información de descuento con el efectivo ingreso de fondos, aspecto necesario para validar la

información utilizada.

En orden a lo expuesto, se entiende necesario el rediseño del circuito de recupero que

contemple:

• la adecuada separación entre quien origina la transacción de cobro (el área operativa) y

quien gestiona el cobro - considerándose parámetros distintos de una posible aplicación

informática-,

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• los controles de integridad de transacciones,

• el establecimiento de controles contables bajo el esquema de cuenta corriente - sea por

organismo o por obligado, definición a adoptarse-,

• el procesamiento de información digitalizada o manual de retenciones practicadas por los

empleadores - considerar lo expuesto respecto de aportes y contribuciones-,

• la constatación de la información analítica de retenciones con la información de efectivo

cobro,

• las reliquidaciones automáticas y el resguardo del historial,

• la emisión de información de situaciones de excepción y su tratamiento especial,

• la consideración de controles externos al sistema informático.

3. El proceso de recupero de otras acreencias asistenciales (como Rupe, Profe, Acción

Social, etc.), si bien posee un esquema de tramitación más elemental, adolece de idénticas

fallas conceptuales de control y provoca similares riesgos.

En este caso, al rediseñar los circuitos cabe evaluar, frente a la entrega al deudor de los

elementos primigenios generadores del crédito que le quita a la entidad el sustento relevante

del cobro perseguido, y a la luz de las prácticas habituales en la materia, la posibilidad de

conservar algunos de dichos documentos o información con el máximo nivel de detalle

(obsérvese que en muchos casos corresponden a troqueles de medicamentos de fácil lectura

por su código de barra o que han pasado por procesos de entrega de mercaderías soportados

informáticamente ,v.g.: farmacias ).

4. Por otra parte, se ha de aclarar que las cuestiones expuestas aunadas a la incompleta

información que poseen los registros de coseguros de la entidad, imposibilita la determinación

razonable del saldo de deuda de cada afiliado, cuestión que amerita una solución inmediata.

Cabe acotar, que se han observado inconsistencias entre la información de cobro del sector de

recupero y la información que surge de registros de banco, todo ello sin la disponibilidad de

información adicional que permita esclarecer las diferencias observadas.

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5. Respecto de las presentes acreencias se entiende necesario analizar la posibilidad de

depuración de algunos ítems del inventario de saldos contables de antigua data y, en su caso,

su vinculación con convenios oportunamente firmados por la entidad, y en consecuencia

definir cuál es la acreencia real.

Asimismo, es necesaria la implementación de una estrategia tendiente al reclamo del pago,

que al mismo tiempo aporte datos de posible cobrabilidad, con la consecuente necesidad de

previsión contable o, en su caso, su cargo a resultado definitivo.

Para el caso de producirse adelantos de fondos de otras entidades, como tales deberían ser

registrados contablemente y sobre ellos imputados los consumos, informando periódicamente

el estado de cuenta al organismo con el cual se firmara el respectivo acuerdo.

6. A la luz de las características de las prácticas de la entidad en la materia, se debe

recomendar la implementación de una adecuada política de Backup para evitar posibles

pérdidas de información a nivel PC, por aplicaciones descentralizadas y sin conexión a

sistemas centrales.

L. BIENES DE USO

1. Se ha advertido que la gestión de inventarios de Bienes de Uso es deficiente, así las bases

de datos de inventario contienen inconsistencias, algunos bienes no poseen identificación y no

existe una política de inventarios físicos periódicos.

Se entiende necesaria la generación de un plan de regularización que permita el

establecimiento de un inventario unificado que refleje la existencia de bienes de uso. Ello

deberá contemplar:

• Unificar criterios de clasificación e identificación de los bienes que poseían los ex

Institutos.

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• Elaborar un plan de inventario y pautas claras del proceso.

• Practicar un inventario físico de bienes con la intervención de las áreas poseedoras y de

terceras. En esa instancia identificar claramente los bienes, su estado y si poseen código

identificador. Optar por el otorgamiento de una nueva numeración a todos los bienes o la

asignación a aquellos sin la codificación adherida.

• Intentar una depuración de la información recibida de los ex Institutos para efectuar un

cruce con la información relevada en el inventario, buscando apreciar desvíos, anticuación

de partidas y otros elementos disponibles a fin de justipreciar los bienes.

• Desarrollar un sistema de inventario que permita resguardar la información (con controles

de consistencia) y realizar las modificaciones posteriores necesarias (altas, bajas y

modificación de responsable).

• Reasignar formalmente a los responsables, los bienes.

• Actualizar los procedimientos para la gestión futura.

Asimismo, deberán mantenerse actualizados los inventarios de bienes a través del registro de

los movimientos patrimoniales en tiempo real, el cual deberá contener información de vida

útil residual y las amortizaciones acumuladas.

2. Para la cuantificación de los bienes (instalaciones, muebles y útiles, y otros de menor

valor), en función del estado de conservación y de los antecedentes de adquisiciones recientes,

podrá establecerse el valor de inicio y la estimación de vida útil, frente a lo expuesto en la

nota al Estado Contable preliminar.

3. Para el caso de inmuebles, se entiende necesaria su incorporación al registro referido en el

punto 1, con la totalidad de datos que hagan a su identificación y su destino (bien de uso o

inversión).

Asimismo, deberán reconsiderarse las valuaciones teniendo en cuenta los antecedentes de

adquisición, la tasación de la Dirección de Catastro de la Provincia o una tasación contratada

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con entidad reconocida de plaza, todo ello acordado con la Contaduría General de la

Provincia.

Se debe resaltar que la tasación realizada por la citada Dirección incluye un inmueble valuado

en $124 mil que no pudo identificarse en la información que proporcionara la entidad.

Asimismo, se resalta que el Anexo II y las Nota 2.6 exhibe una diferencia de $71 mil, con lo

expuesto en la versión preliminar del Estado Contable.

4. Establecer una política de seguros que contemple los riesgos a que la entidad se encuentra

sometida, con una adecuada registración que permita controlar las vigencias.

M. BIENES DE CAMBIO

1. Tal cual lo que se ha expuesto en el informe especial y como se expresa en nota al Estado

Contable preliminar, no se ha obtenido evidencia de que la entidad posea saldos de bienes de

cambio al 09/01/02, aspecto que no se entiende razonable en el marco del necesario control de

stock.

Puede ocurrir que por cuestiones circunstanciales la entidad no hubiera realizado inventario

físico a la fecha de corte, pero como se ha expuesto ello dista de que no cuente con el detalle

histórico de existencias.

En consecuencia, se entiende indispensable el inmediato establecimiento de un sistema de

control de stock de la totalidad de bienes de cambio de la entidad.

2. Respecto de bienes de farmacia, se ha observado la imposibilidad de vincular en forma

indubitable, a partir de los registros informáticos, las notas de pedido de provisión, el proceso

de adquisición -con su expediente-, las notas de recepción y el consecuente inventario. Ello

impidió la reconstrucción histórica de un saldo de farmacia.

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Dicha vinculación es indispensable para el acceso directo a información de la gestión de

compra – venta de farmacias.

Asimismo, por otra parte, a partir de las tareas que se ha desarrollado se advirtió que la

aplicación informática utilizada genera inventarios que poseen importes negativos que pueden

vincularse a descuentos adicionales obtenidos, aspecto de posible carácter financiero que no

tiene vinculación con las existencias físicas.

Por otra parte, el inventario por muestreo realizado evidenció discrepancias (en cuanto a la

presentación de algunos medicamentos), que la responsable justificó en las deficiencias de la

aplicación de facturación, registro e inventario que genera determinados errores “no

humanos”, pues da de baja productos que no son los que fueron leídos por sus códigos de

barras y facturados. Dichos errores implican la corrección habitual en forma manual a efectos

de ajustar el inventario. Sobre el particular la responsable aportó notas en las que pone en

conocimiento de las áreas pertinentes la situación planteada.

Las presentes limitaciones ameritan su consideración en la adaptación de la aplicación

existente o en una nueva aplicación.

3. Respecto del giro comercial de farmacia, se han advertido movimientos de stock de

relevancia que habrá de ser considerados a fin de evitar los posibles desabastecimientos y la

necesidad de derivar a los afiliados a farmacias privadas, con el efecto que ello probablemente

provoca en cuanto a los ingresos de la entidad y el servicio al beneficiario.

En conversaciones mantenidas con funcionarios, se han planteado dificultades normativas

para la provisión oportuna de las farmacias. En este caso, frente a la norma actual o la

modificación que estaría en trato, cabe evaluar la posibilidad de generar contrataciones marco

de “tipo abierta” con droguerías y/o laboratorios.

40

Ello, a partir de un estudio técnico de las necesidades habituales, contemplando la posibilidad

de ajustes de precios dada la situación económica actual y puntos de control de dichos ajustes

con intervención del órgano jurisdiccional (TCP), reduciendo la posibilidad de contrataciones

directas a cuestiones de excepción.

De esta forma se podrá generar una red de contrataciones que respondiera a la normativa

vigente, y que será recomendable someter a la consideración, a nivel proyecto, del Tribunal de

Cuentas de la Provincia.

4. Respecto de ópticas, no han sido aportados los elementos de juicio requeridos para

observar las características de registración y control.

N. ALQUILERES

En cuanto a los Inmuebles para alquiler, deben identificarse como tales en la información

contable.

Asimismo, es necesario establecer una estrategia tendiente al cobro de alquileres en mora, que

en varios casos son de antigua data, y evaluar su cobrabilidad, practicando de ser del caso la

previsión contable o en última instancia su cargo directo a resultados.

Deberá establecerse una registración confiable de la evolución de los contratos, sus

cancelaciones y, de ser necesario, los adicionales.

O. PRESTACIONES ASISTENCIALES Y DEUDA DEL EX ISSP

1. Tal cual lo que se ha expuesto en el informe especial, el circuito administrativo de

recepción de documentación (v.g.: facturas, notas de crédito, notas de débito, recibos, etc.),

registración, revisión y liquidación de acreencia de proveedores y prestadores por bienes y

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servicios del ex ISSP, posee debilidades de control interno de tal magnitud que lo caracteriza

de “alto riesgo”.

Las limitaciones, que someramente se detallan, poseen efecto en el control de la prestación, el

reconocimiento de deudas, la integridad de las mismas, la efectivización adecuada del pago, la

cancelación de notas de débito, la imputación de notas de crédito, y la minimización de la

posibilidad de duplicidad de facturación o refacturación de conceptos previamente

rechazados, impidiendo acceder al saldo razonable de las deudas.

El circuito en su conjunto, entre otras, posee las siguientes debilidades:

• Las áreas operativas de control (v.g.: auditoría médica) no poseen un esquema de

registración que permita determinar el universo de intervenciones que se vincule con

información de otros sectores y que facilite el control de la integridad de transacciones en

todo el circuito administrativo y operativo.

• La emisión de notas de débito (ND) y de crédito (NC) internas no posee controles de

integridad que relacione la necesidad de su emisión con la efectiva emisión e imputación.

• El registro de ND y NC (considerando Ushuaia), si bien surge como necesidad de control,

no es confiable mostrando deficiencias formales y errores que contradicen el concepto de

registración determinado para su implementación.

• En el caso de ND por prestaciones cruzadas la entidad no posee registración que vincule el

expediente de la prestación original, con la ND y el expediente de imputación definitiva.

Ello, agregado a la inexistencia de un registro que permita determinar razonablemente, las

partidas pendientes de recupero (ND), implica desde el desconocimiento de crédito hasta

la ausencia de garantía del recupero de fondos por pagos realizados.

• La confección del documento de ND o NC es inadecuada. .se ha advertido que algunos no

poseen firma o fecha y contienen enmiendas o tachaduras, además no se implementó la

numeración preimpresa ni un régimen de suscripción con diversos niveles de intervención

en el mismo. Esto imposibilita la definición de un universo de NC/ND emitidas y le resta

la formalidad necesaria de un documento que implica manejo de fondos a recuperar o

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fondos a entregar. De más está indicar que no se producen cortes de documentación ni

recuentos físicos de estos formularios.

• La devolución de facturas estimadas incorrectas es práctica de la entidad, cuando surge

como razonable el requerimiento de la emisión de una nota de crédito total o parcial por

parte del prestador.

• La aplicación de las NC y ND sobre expedientes de pago surge como consecuencia de una

decisión discrecional sin parámetros que la limiten, y no como la normal evolución de una

cuenta corriente.

• El proceso en su conjunto no cuenta con control por oposición de intereses, el área que

emite la NC o ND, en la oportunidad que decide emitirla, es quien aprueba los pagos

generales y dispone la aplicación de la NC o ND emitida a un determinado expediente.

• Las NC y ND emitidas no poseen un resguardo físico adecuado, lo que aunado a lo ya

expuesto en cuanto a su control de integridad, no limita la posibilidad de su no aplicación.

• La intervención tardía del área contable, sólo en la instancia de pago, en las condiciones

indicadas por las áreas operativas y sin el correspondiente control contable.

• No se ha advertido la existencia de controles sistemáticos que impidan la duplicidad de

facturación de prestaciones (no cápita) o de refacturación de prestaciones rechazadas.

La conclusión adecuada de las transacciones en el circuito en cuestión depende

fundamentalmente de las cualidades personales de los agentes actuantes, que si bien es un

aspecto relevante, la gestión no puede soportarse casi exclusivamente en ello.

Por otra parte, con la misma fecha del Estado Contable de inicio se ha accedido a distintos

detalles analíticos del saldo contable proporcionado por el sistema informático, producto que

el corte temporal de transacciones realizado en el proceso se vinculó esencialmente con la

presentación de comprobantes por el acreedor.

2. Por su parte, se ha advertido que el sistema informático no contempla la totalidad de

actividad de la entidad en la materia, tal el caso de cuestiones tan relevantes como la gestión

de ND o NC (sólo incluye su aplicación) o los procesos de intervención operativa.

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El sistema posee datos de validez limitada, como por ejemplo:

• La cuantificación de lo que es llamado “deuda sin auditoría”, que dista de llegar a

considerarse deuda y no posee controles para la carga de importes, que en última instancia

sólo podrá considerarse como un posible preventivo.

• La existencia simultánea de movimientos bancarios digitalizados y en libros de banco, sin

puntos evidentes de conciliación entre ambas fuentes de información de un mismo tenor.

• La falta de cancelación de transacciones como las transferencias internas de fondos para la

aplicación a pagos (sobre lo cual el área de sistemas se encuentra avocado) o de órdenes

de entregas por pagos parciales o totales sin cancelación definitiva.

• El conocimiento de la existencia de NC y ND en oportunidad de su aplicación, con una

identificación numérica de escasa utilidad (se reiteran los números y su utilidad posterior

en el sistema es nula).

3. Las cuestiones que se han indicado hacen a la necesidad del rediseño de los circuitos

administrativos operativos existentes, considerando los siguientes aspectos:

• La debida separación de funciones entre áreas de control operativo y áreas de gestión

administrativa contable.

• La deseable incorporación en un sistema informático de la gestión completa de la entidad

en la materia, con la existencia de parámetros de las distintas instancias -con el control por

oposición- que permitan la conclusión de las transacciones.

• La registración de la totalidad de las transacciones operativas o administrativas en todas

las instancias, buscando la definición de universos de las distintas actividades y los

controles de integridad relacional entre ellos.

• La programación de decisiones rutinarias limitando la discrecionalidad de los funcionarios

y el establecimiento de procesos decisorios de excepción.

• La debida formalización y autorización de la documentación utilizada, con los respectivos

controles de integridad.

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• El establecimiento de cuentas corrientes por prestadores, como debido control contable,

con intervención del servicio administrativo financiero central en la instancia inicial de la

presentación de la documentación de pago y no como simple gestor del pago.

• La definición de reportes gerenciales periódicos y por excepción.

4. Respecto al régimen de cápita adoptado para la atención de salud de los afiliados, a la luz

de la experiencia de la entidad que se ha advertido en relación a la licitación ejecutada, se

consignan un conjunto de aspectos para su consideración futura:

• El establecimiento de normas procedimentales completas que contemplen la relación

operativa entre la entidad y los efectores públicos y privados, y entre ellos.

• La evaluación de la conveniencia de establecer un esquema de ponderación de

prestaciones que busque discriminar el peso específico que poseen en las estadísticas

finales que determinan la cuantía de la cápita distribuida por efector.

• La revisión del régimen de cancelación de prestaciones cruzadas en cuanto a evaluar si las

prestaciones pagadas por tercerización de un efector a otro se encuentran informadas en

las estadísticas de prestación (podrá dar lugar a un doble pago).

• Si se opta por la continuidad del régimen de cancelación directa de prestaciones cruzadas

por IPAUSS, poseer una intervención proactiva, en orden a la responsabilidad que le cabe

a la entidad en la materia, por ejemplo en la determinación de las características de

auditoría conjunta a fin de evitar dudas sobre personerías de actuantes o en el formato de

las actas a emitir a fin de evitar redacciones ambiguas.

• Bajo la hipótesis del punto anterior, considerar la inmediata aplicación del débito al

prestador por el cual la entidad se hace cargo del pago, a fin de evitar un financiamiento

incorrecto a un efector.

• La fortificación de la actividad del ente en cuanto a la auditoría de la información aportada

por los efectores, el control de correspondencia de prestaciones y la evaluación de calidad

del servicio (auditoría de calidad). La formalización de la intervención de auditoría

médica no sólo a través del dictamen, sino por medio de registros.

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• La auditoría de derivaciones y tiempos de demora (incluido en el concepto de auditoría de

calidad precitado), evitando la derivación directa por el Instituto.

• El establecimiento de registros que individualicen prestaciones extracápita (cruzadas o

excepcionales) que permita tanto determinar el universo de las mismas, como el

seguimiento de los cursos de acción programados por la entidad según el caso (incluyendo

el control de posibles refacturaciones indebidas).

• La búsqueda de la eliminación de atenciones médicas en otras jurisdicciones a través de

obras sociales provinciales, considerando el alcance del régimen.

5. En cuanto al proceso de verificación iniciado y aún no finalizado, se ha advertido que

adoleció de algunas deficiencias, por ejemplo:

• La comisión instituida ha funcionado, esencialmente, con una persona que actuaba

firmando los respectivos informes.

• No se adoptaron los recaudos formales de registración de reclamos y de aprobación o

rechazo, con la posibilidad de establecer un punto de partida para la consideración del

estado de relación de la entidad con sus proveedores y prestadores.

• No se vislumbró una filosofía de trabajo vinculado “al acreedor y sus acreencias”, sino se

entiende que el tratamiento se enfocó en los expedientes por bienes y servicios

presumiblemente impagos.

• No se obtuvo evidencia de rechazos formales que den lugar a la prosecución de los

trámites por la vía de los recursos que proporciona la normativa de procedimientos

administrativos, logrando que ésta fuera la única vía de reclamo de deuda por bienes y/o

servicios anteriores al 9/1/02.

Se debe resaltar que a los aspectos enunciados cabe agregar lo dicho respecto de los circuitos

existentes, lo cual limitan la posibilidad de que el proceso de verificación actúe como un

punto de partida en la materia.

6. A partir de la circularización de proveedores y prestadores realizada (según el padrón de

proveedores del ente), se ha constatado la existencia de datos incorrectos en las bases de datos

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de la entidad que impidieron la entrega postal, incluyendo a empresas a las que el IPAUSS

reconoce como acreedores.

Por otra parte, de las respuestas recibidas se obtuvieron nuevos datos que en su mayoría no

eran coincidentes con la información aportada por la entidad de deuda procesada por el

sistema o de la verificación -incluso por montos menores-, y de la información procesada por

esta AGN (se encuentra a disposición de la entidad la información procesada y remitida por

proveedores).

P. GESTION JUDICIAL

A los efectos de practicar las previsiones contables y presupuestarias, la entidad deberá

practicar la evaluación de probabilidad de éxito o fracaso en las causas administrativas y

judiciales, dando lugar, asimismo a la proyección de su valuación monetaria, como una

mecánica habitual de trabajo esencialmente del área jurídica.

BUENOS AIRES, 30 de setiembre de 2002.

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ANEXO 1

Fecha Organismo Concepto Importe Tipo de

boleta

03/04/2001 Mun. Río Grande Feb-01 16.792,59 verde

30/07/2001 Mun. Río Grande Aportes 1 empleado 560,88 s/ boleta

23/07/2001 Mun. Río Grande Abr-01 386,74 azul

23/07/2001 Mun. Río Grande Abr-01 29.189,59 azul

20/09/2001 Mun. Río Grande Ago-01 66,95 azul

13/11/2001 Mun. Río Grande Oct-01 66.91 azul

15/10/2001 Mun. Río Grande Sep-01 66,90 azul

22/02/2001 Mun. Ushuaia Ene 2001 patronales (1) 11.685,01 amarilla

17/05/2001 Mun. Ushuaia 51.099,49 verde

28/11/2001 Mun. Ushuaia Int. resarc. Hab julio 2001 138,90 amarillo

11/04/2001 Sup. Trib Justicia Hab. marzo 01 y Sac 2 sem 70.779,43 amarillo

180.833,39

(1) esta imputado por $ 116,859,61. Verificar importe.

...

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