Memoramdum De Control Interno
Enviado por • 15 de Abril de 2014 • 11.801 Palabras (48 Páginas) • 363 Visitas
MEMORANDUM DE CONTROL INTERNO Y RECOMENDACIONES
En el marco de las tareas ejecutadas respecto de la revisión de la versión preliminar del
Estado de Situación Patrimonial de inicio del INSTITUTO PROVINCIAL AUTARQUICO
UNIFICADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (IPAUSS) al 9 de enero de 2002, se han
analizado los principales aspectos del sistema de control interno imperante en los Institutos
predecesores (IPPS e ISSP) - en su mayoría vigentes en el IPAUSS-, sin haber sido ello el
objetivo principal de la labor, oportunamente convenida con el organismo
En orden a ello, se describen distintas cuestiones significativas que se han advertido, como así
también se ponen a consideración de la Dirección un conjunto de recomendaciones que
podrán ayudar a superar las debilidades de control interno que afectan la gestión de la entidad.
I. ASPECTOS GENERALES
A. FUSION DE LOS EX INSTITUTOS EN EL IPAUSS
La entidad se encuentra en un proceso de reorganización generado por la fusión de los ex-
Institutos. La existencia de signos marcados de confrontación entre dos culturas
organizacionales hace indispensable que la conducción continúe su intervención en busca de
puntos en común entre ambas, si bien se han observado indicios de mejora desde las tareas
iniciales de esta Auditoría.
Aspectos tan básicos como el uniforme utilizado por el personal o la identificación de los
edificios con los ex-Institutos, con carteles que incluso versan: “Ingreso exclusivo de personal
del IPPS”, dificultan una adecuada gestión de una entidad única.
2
Si bien la conducción ha actuado en la determinación de una nueva estructura y la reubicación
del personal, han quedado las áreas operativas marcadamente separadas en dos Direcciones,
sintiéndose más afectado, por el proceso en cuestión, el personal de las áreas administrativas
de apoyo, toda vez que la fusión unificó esencialmente estas actividades.
Con la existencia de dos Direcciones, una previsional y otra asistencial bajo el criterio de
estructuración por líneas de actividad plasmado en la legislación, prevalece en la actualidad la
identificación con los ex-Institutos por sobre el sentimiento de pertenencia al IPAUSS.
Tómese por ejemplo, que la comisión de verificación de deudas del ISSP en la práctica recayó
esencialmente en un agente proveniente del IPPS -pudiendo considerarse una “comisión
unipersonal”-, sin intervención material de agentes de extracción ISSP.
Agréguese a la cuestión planteada, la sensación del personal del ex ISSP en cuanto a que la
fusión en realidad constituyó una absorción..Lo expuesto, como sensación del personal, es
una variable organizacional que ha de contemplarse para la gestión, toda vez que por algunos
hechos esa cuestión podría verse involuntariamente abonada, como, entre otros, por el
establecimiento del centro de toma de decisión en el edificio del ex IPPS.
Hasta aquí se ha expuesto una realidad claramente tangible que ha de ser gestionada, por eso
se estima necesario establecer una estrategia de corto y mediano plazo que busque la
generación de una cultura IPAUSS, sin un rechazo directo a las culturas predecesoras que
provocaría el efecto contrario.
En el establecimiento de dicha estrategia podrían contemplarse las siguientes cuestiones:
• un sistema de capacitación continua del personal como esencial en cuanto a la
culturización del mismo, sobre temas generales como específicos,
• el desarrollo de talleres de trabajo con funcionarios y agentes de distinta extracción para el
tratamiento de cuestiones comunes (v.g.: presupuesto, normativa general, circuitos
administrativos y operativos, capacitación, etc.),
3
• la visualización horizontal de la organización -hacia los procesos- (sobre lo cual nos
explayaremos),
• la generación de puntos de acuerdo para la toma de decisiones con participación de
funcionarios de distinta extracción,
• la reversión de signos elocuentes de exteriorización de diferenciaciones y/o separaciones.
B. AMBIENTE DE CONTROL
1. No se ha visualizado en la política organizacional de la entidad un tratamiento de
relevancia de los aspectos vinculados al establecimiento de un sistema de control interno.
Asimismo, en la gestión de los mandos medios no se observa una consideración de
materialidad respecto del establecimiento de actividades de control en forma sistémica dentro
de las áreas de su responsabilidad, e incluso en el personal, en general, no es evidenciable una
cultura del control.
Como dato adicional, cabe mencionar lo expresado por varios miembros de dichos mandos
medios, que señalaron que era necesario que el Directorio estableciera los circuitos
administrativos del ente con los respectivos manuales que contemplen actividades de control,
omitiendo de hecho, la responsabilidad propia por el control interno en las áreas bajo su
mando.
Resulta conveniente un compromiso de la totalidad de la organización respecto de la
necesidad del control, el cual se integre con sus tareas habituales (el control en los procesos),
para el cumplimiento de la misión de la entidad.
Para ello, debe determinarse una estrategia hacia el control y la concientización del personal
en la materia, siendo recurrente en este caso la necesidad de capacitar sobre esta temática.
4
Cabe aclarar que esa capacitación sólo puede dar los frutos esperados si se la enmarca en una
estrategia de control que contemple el rediseño de los procesos que involucren las actividades
de control acordes.
2. Por otra parte, se ha corroborado un estilo de conducción del máximo nivel organizacional
de la entidad que contempla dos facetas claramente marcadas: formalismo en la toma de
decisiones, que lo lleva a intervenir en decisiones de dispar relevancia -tanto políticas como
administrativas-, y una proximidad estrecha con la línea, favorecida por la disposición de la
construcción de oficinas bajo la posible concepción de “puertas abiertas”.
Ello puede poseer un efecto no deseado en cuanto al mantenimiento de las líneas jerárquicas
que establece la estructura burocrática adoptada, si no se toman los recaudos necesarios,para
evitar influencias inadecuadas.
En tal sentido, se genera una mezcla entre la formalidad extrema y la flexibilidad amplia
generada por el contacto habitual entre las líneas y los miembros del ámbito de los estamentos
superiores.
De esta forma a niveles inferiores se llega a decir respecto de cuestiones de decisión de
segundo y tercer nivel (planificación y ejecución) que las mismas debían ser definidas por los
niveles altos de la conducción, lo cual impacta directamente sobre las decisiones no tomadas
por la línea que claramente son técnicas.
La presente cuestión dificulta expresar una recomendación de efecto directo. Señalando que el
reconocimiento por parte del máximo nivel de autoridad del impacto que esta cuestión posee
sobre niveles inferiores, actúa como la mejor recomendación, y en orden a ello la
consideración del grado de conveniencia del acceso descendente sin respetar el nivel
jerárquico, hará al respeto del nivel jerárquico ascendente.
5
C. EVALUACIÓN DE RIESGO
No se ha comprobado la existencia de procesos de evaluación de riesgo de la actividad y de la
organización, debidamente estructurados y formalizados.
Si bien la entidad realiza dicha evaluación en forma implícita , se torna esencial en esta
instancia la clara identificación de las líneas de actividad de la entidad y la consideración
explícita de los riesgos asociados, para el rediseño de los procedimientos y la adopción de las
actividades de control acordes.
D. ACTIVIDADES DE CONTROL
La entidad no posee manuales de procedimientos, con circuitos operativos y administrativos
debidamente formalizados.
Se ha relevado la existencia de algunos procesos específicos regidos por actos
administrativos, en general, del Directorio, pero no contempla en la existencia de manuales
de procedimiento.
En ese marco, se ha observado la existencia de determinadas actividades de control
implementadas en forma aisladas, o con alcance limitado si no se articulan en un sistema con
otras actividades de control y con los otros elementos de un sistema de control interno
(ambiente de control, evaluación de riesgo, información y monitoreo).
Bajo criterios de control interno del modelo aceptado en el ámbito provincial, se entiende que
es necesario el rediseño de los procesos administrativos y operativos, sustentado en los
manuales respectivos.
Dichos manuales, entre otros aspectos , han de considerar:
6
• una metodología para su elaboración previamente adoptada, buscando un esquema claro
de transmisión de su contenido al usuario, y una participación activa del mismo y de las
áreas de control en su preparación,
• la estandarización de las actividades de la entidad limitando las cuestiones excepcionales,
• la definición en detalle de los niveles de decisión dentro de los procesos, concordando con
las misiones y funciones de la estructura orgánica funcional,
• la previsión de la mayor cantidad posible de decisiones programadas, con el
establecimiento de procesos de tratamiento de las decisiones no programadas,
• la eliminación de posibles duplicidades de tareas que pudieran hoy existir (v.g.: el
tratamiento de afiliados y cotizantes),
• la elección de actividades de control (v.g.: líneas de autoridad -con niveles de autorización
- y responsabilidad definidas, separación de funciones, oposición de intereses,
restricciones de acceso, revisiones específicas, reprocesamiento, etc.).
En el estado actual de los procesos del ente, la confección de los manuales constituye una
instancia del mentado rediseño de circuitos, que exige una muy relevante etapa inicial de
análisis que permita un conocimiento completo de la entidad.
Recién tras ese conocimiento y la consecuente evaluación de riesgo, se podrá iniciar el
rediseño propiamente dicho, y la elaboración de manuales acordes y su presentación adecuada
ante los usuarios.
Cabe enfatizar, que si bien los manuales han de ser autorizados por el nivel alto de la jerarquía
de la institución, el rediseño y la elaboración de aquellos constituye una tarea vinculada a
decisiones técnicas, con participación de las distintas áreas involucradas y de los sectores
proveedores de servicios (como informática) y de control.
Dada la dimensión que ha asumido la nueva entidad, se estima conveniente la constitución de
un área que entienda en la materia de organización y métodos, e incluso en materia de
normativa general, no sólo inicialmente sino en forma habitual a la luz de la flexibilidad que
7
han de poseer los manuales y la necesidad de nuevos procedimientos frente a nuevas
actividades o modificación de actividades preexistentes.
E. INFORMACIÓN
1. Cabe expresar que la entidad no posee un sistema de información acorde a la característica
de su misión.
El esquema de registración de transacciones de la entidad, que contempla el uso de
herramientas informáticas y el soporte de papel (con distintos niveles de seguridad) sin
conexión, confiabilidad y disponibilidad de información de acceso amigable y oportuno, no
puede considerarse un sistema de información.
Se ha practicado una circularización interna respecto de los registros utilizados, que si bien
no fue cumplimentado por toda la organización, muestra por un lado la existencia de datos
registrados por impulso de agentes actuantes, la inexistencia de otros que podrían ser
indispensables y la falta de conciliación de datos de distintas fuentes (se encuentra a
disposición de la entidad el listado de circularización).
2. No se ha obtenido evidencia de que exista en la entidad información gerencial para toma
de decisiones o para control, emitida en forma periódica o por excepción.
Por otra parte, no se pudo advertir que la conducción posea, con la periodicidad necesaria,
información básica confiable de la gestión de la entidad. En términos generales, se observó
que a ella accede por solicitudes puntuales, cuando la solicitud debería reservarse para la
información de excepción.
3. Cuando se plantea en apartados previos la necesidad de rediseños de procesos, de suyo se
incorpora la necesidad de establecer un sistema de información, que contemple a la entidad en
8
su “totalidad” y sus transacciones en conjunto, y que aporte información confiable tanto de
tipo contable como de uso gerencial.
La definición de nuevos procesos y sus actividades de control, debe incluir la selección de
Sensores que aporten información del estado de situación de los mismos y dé las alarmas para
la toma de decisiones inmediatas.
De esta forma se contempla la posibilidad de que la entidad, en última instancia, pueda
acceder a tableros de comando.
F. MONITOREO
Las limitaciones que se han indicado respecto de los cuatro elementos de control precedentes,
trae aparejada la ausencia de un adecuado esquema de monitoreo tanto gerencial como de
unidad de auditoría interna.
Se ha tomado conocimiento de la intención de constituir una unidad de auditoría interna,
considerando conveniente su participación proactiva en los procesos de rediseño que se
pudieran establecer en cuanto a la materia de su competencia, y la inclusión, dentro del plan
de auditoría dispuesto, de la realización de auditorías operativas de procesos.
9
II. ASPECTOS ESPECIFICOS
A. SISTEMA DE REGISTRACIÓN CONTABLE
1. Los Institutos predecesores del IPAUSS no poseían contabilidad patrimonial, por ende no
existía un control contable sobre las operaciones y en consecuencia no poseía el área contable
una participación relevante en los circuitos administrativos existentes.
En ese orden de ideas, se ha observado una limitada intervención de dicha área en los
procesos existentes. Fundamentalmente participa en instancia de cancelación de obligaciones
-momento en que en muchos casos toma conocimiento de cuestiones de efecto económico
financiero, a veces en forma tardía-, y todo aquello vinculado a la elaboración y ejecución de
presupuestos y rendiciones de cuentas, pero como se ha indicado sin una presencia con el
objetivo del control contable bajo un esquema de análisis de cuentas.
Es por ello, que se entiende la necesidad de la implementación de un sistema contable
inmerso en un rediseño de circuitos administrativos y operativos que recomendamos en el
presente documento.
2. Asimismo, se estima necesaria la integración de la contabilidad presupuestaria y
patrimonial que se establezca. Si ella fuera informática exigiría la determinación de interfaz
entre partidas presupuestarias y cuentas contables procurando el registro de la transacción una
sola vez.
Cabe señalar que es indispensable que la determinación de un manual de cuentas con los
asientos estándares que surjan de un conocimiento adecuado de la actividad de la entidad (que
pudiera enmarcarse en el rediseño sugerido), recordando que la contabilidad patrimonial
refleja en su totalidad las cuestiones económicas, financieras y patrimoniales de la misma.
10
3. Por otra parte, es necesario involucrar a la organización en la definición del presupuesto,
identificando los productos presupuestarios, los procesos, las actividades, los esquemas de
medición física y, en condiciones óptimas, la determinación de estándares de producción.
Simultáneamente, en instancias futuras, podrá trabajarse en la implementación de una
contabilidad de costos, bajo la metodología que se estime razonable para el caso, tras un
rediseño inicial de procesos (considerando que la contabilidad de costos puede dar lugar a
nuevos rediseños).
B. SISTEMAS INFORMÁTICOS
1. Los comentarios que realizamos respecto de los sistemas informáticos deben enmarcarse
en la concepción del papel estratégico que posee este herramental en entidades de las
características del IPAUSS, en las cuales la paulatina masificación de transacciones tienden a
limitar los procesos manuales y exigen elementos que permitan un mejor control e
información bajo la condición de oportunidad.
Asimismo, se considera necesario una concepción integrada de aplicaciones informáticas bajo
un único sistema y un alcance integral del mismo a todas las transacciones de la entidad.
Bajo el esquema indicado en el párrafo previo, podrán dirigirse las acciones en la materia
hacia la definición de una base de datos de “personas” que posea las distintas instancias de su
situación en relación al IPAUSS (v.g.: aportante previsional, afiliado a servicios sociales,
pasivo, afiliado adicional, aportante en varios empleos, beneficiario de otros regímenes
previsionales, etc.).
Por otra parte, entendemos necesario trabajar sobre la cultura informática de la entidad,
considerando a la informática como herramienta diferenciadora para la gestión.
11
2. Como cuestión inicial respecto de las disfunciones en materia informática, debemos
resaltar la inexistencia de un plan de sistemas, con lo que él exige para su elaboración -desde
el conocimiento de la entidad y la evaluación de riesgo hasta las definiciones de prioridades- y
las implicancias en las tareas de corto, mediano y largo plazo. Difícil es desarrollar
aplicaciones informáticas razonables si no se cuenta con un esquema de prioridades, como el
que debe aportar el plan de sistemas.
3. Enmarcado en lo indicado en los párrafos previos, puntualizamos un conjunto de
cuestiones que ameritan su consideración futura, en orden a que se ha advertido deficiencias
que ubican a la cuestión informática como de riesgo relevante para la entidad.
Así, distinguimos los comentarios entre los ex Institutos, puesto que en términos generales el
IPAUSS ha heredado sus aplicaciones informáticas, a saber:
• Sistemas del ex ISSP:
a. La necesidad de un estándar propio de desarrollo que contemple el ciclo de las
aplicaciones (análisis, diseño, programación, prueba y puesta en operación), la
documentación y esencialmente la relación con los usuarios. Esta última cuestión
asume importancia esencial a efectos de planificar las acciones del área informática.
b. El establecimiento de una estructura del área de sistemas adecuada con la distinción de
responsabilidades (v.g.: analistas, programadores, administradores -de sistema / red,
base de datos-, etc.).
c. La definición formalizada de una política de seguridad física y lógica, que contemple,
entre otras cosas, los accesos a los sistemas, a la información y a los equipos, los
controles de versiones de software y la política general de back up de la entidad,
además del establecimiento de un plan de contingencia.
d. La separación adecuada del ambiente de desarrollo y el de operación. La intervención
de personal de sistemas en esta última área debe limitarse - esencialmente a cambios
de versiones de software o tareas sobre contingencias-, registrarse y monitorear.
12
e. La limitación del acceso del personal del área de sistemas a información de usuarios,
evitando la generación de informes especiales elaborados por dicha área a
requerimiento específico de usuarios (opción: establecimiento de informes estándares
o aportar datos básicos para proceso en PC), ello sólo limitado a casos excepcionales
debidamente autorizado y no como práctica habitual. La información debe estar a
disposición del usuario en la forma en que ellos determinen - en el marco del
desarrollo del software y no por solicitudes ocasionales- y en virtud de las facultades
que le confiera sus funciones y posición en la estructura.
f. El establecimiento de actividades de control (ej.: seguridad de acceso, niveles de
operación, autorización y aprobación, validaciones de datos, campos exigidos,
controles referenciales, control por oposición de interés, etc.), incluyendo cortes de
control con revisión externa.
g. Como se indicó, la generación de un plan de sistemas, estableciendo módulos de
desarrollo en orden a la estrategia informática del ente, un relevamiento de recursos
informáticos y las posibilidades de inversión en equipamiento y software.
h. La evaluación de la performance de los soportes actuales (físicos y lógicos) y de otros
existentes en el mercado, a la luz de las decisiones estratégicas asumidas y de las
proyecciones futuras. Incluyendo el mayor uso de las herramientas de los gestores de
base de datos -entre ellas las de consulta- y limitando el uso de programación sobre el
lenguaje adoptado para las aplicaciones.
i. El uso de los controles de integridad relacional que poseen los gestores de base de
datos.
j. La definición de una estrategia de capacitación del personal en materia de seguridad
informática y de uso de los recursos disponibles.
k. El uso del sistema informático como herramienta de operación y no sólo de registro.
l. Si bien se planteó la necesidad de que los sistemas abarquen la operatoria en su
conjunto, debería considerarse, en esta instancia, que el sistema contemple
íntegramente las transacciones soportadas por él, incluso, si es del caso,
complementándose con operaciones manuales.
m. La elaboración de informes gerenciales estándares periódicos y por excepción.
13
n. La identificaciones unívocas de transacciones (ejemplo ND y NC).
o. La cancelación completa de transacciones, caso contrario emitir informes de
excepción automáticos para su tratamiento especial.
• Sistemas del ex IPPS- (le son aplicables las consideraciones generales expuestas respecto
del ex ISST):.
a. La integración de las distintas aplicaciones de materia previsional.
b. El uso de las aplicaciones como herramienta de gestión y no sólo de registro, buscando
el otorgamiento asistido de los beneficios.
c. No debe existir discrepancia entre la realidad de los beneficios que surge de los
expedientes y la que surge de la aplicación informática. De existir cuestiones
operativas que dificultan la registración, debe adaptarse la aplicación y no el dato.
d. El control del stock de beneficios no debe depender exclusivamente de la gestión del
área de sistemas. Establecer controles externos al sistema sobre el stock y novedades
(el uso del tablero de control y las revisiones especiales por muestreo pueden ser de
utilidad).
e. La definición de un plan, con metas claras predefinidas, para la validación o
actualización de información histórica que el ente posee de los aportantes. Asimismo,
la exigencia de que toda información rectificativa o adicional recibida en oportunidad
de tramitar el otorgamiento de un beneficio sea cargada al sistema según parámetros
de intervención específica de las áreas actuantes y bajo criterio de excepción con
niveles de autorización especial.
C. DISPONIBILIDADES Y TESORERÍA
1. Respecto del esquema de cancelación de obligaciones de la entidad, hemos observado un
número limitado de firmantes de las órdenes de pago (OP) y, en su caso, las órdenes de
entrega (OE).
14
Más allá de la normativa que pudiera existir en la jurisdicción, un saludable circuito
administrativo exigiría la explícita intervención de las áreas y funcionarios actuantes en
cuanto a: la liquidación, la registración presupuestaria, la aprobación del responsable del
servicio administrativo financiero, la liberación de fondos y, ya producida la erogación, la
registración contable del pago.
2. No se ha advertido como práctica normal la anulación de la totalidad de la documentación
respaldatoria de las erogaciones realizadas, lo cual exige explícitas instrucciones en la
materia.
3. El uso de OE, como un medio de puesta al pago utilizado por el ISSP, no contemplaba un
esquema posterior de seguimientos y conclusión lo suficientemente efectivo para evitar la
existencia de un significativo número de OE pendientes de cancelación, con impacto en el
ejercicio presupuestario, el control de imputación bajo el concepto adelanto a las OP
definitivas, e incluso el desconocimiento de la imputación definitiva de pagos (hemos
advertido transferencias internas a Río Grande para pago de OE no canceladas en el sistema).
En términos del uso dado por el organismo de este medio de excepción, en la práctica se ha
convertido en un medio habitual de cancelación de deudas, que no cuenta con un circuito de
control acorde a la magnitud de los montos que con ellas se han cancelado.
Su utilización se vincula a la necesidad, por razones de continuidad de servicios, de
efectivizar pagos sin contar con los tiempos necesarios para el proceso de elaboración,
autorización y aprobación de la OP. Esta situación podría ser compatible con el uso de fondos
permanentes o rotatorios - con la cuantía necesaria para hacer frente a las erogaciones-, que ha
de contemplar la obligación del responsable de rendir cuentas “periódicamente”, único medio
para lograr su reposición.
4. Hemos apreciado como constante en la gestión de pago, la anulación de OP, aspecto que
debe considerarse de excepción, con tratamiento especial y con una limitada existencia.
15
Es habitual que esa anulación se produzca por reparos del Tribunal de Cuenta Provincial
(TCP) en su intervención previa y se emita una nueva OP. En realidad dicha observación no
hace más que “limitar el pago”, vale decir autorizar el remanente. En casos que se han
sometido a revisión la limitación se producía por montos de poca materialidad en relación al
importe “no observado”.
En consecuencia, estimamos que con la OP con el monto limitado se podrá efectuar el pago,
sin iniciar nuevamente el proceso de emisión y autorización de la OP, con el dispendio
administrativo consecuente y el posible perjuicio a terceros.
Luego, continuar con el tratamiento de la observación, ya sea aportando nuevos elementos al
Órgano Superior de Control o mediante la definitiva desafectación presupuestaria del monto
limitado y, de ser del caso, la notificación al acreedor.
Es más, no se ha advertido que la entidad posea el conocimiento del universo de las
observaciones del TCP, pues ellas sólo existen en el expediente y se torna difícil su
seguimiento desde la gerencia.
5. La tesorería muestra un limitado esquema de seguridad física. Sus riesgos inherentes
exigen un régimen de acceso restringido al sector, ya sea por la existencia de efectivo (aunque
con el pago bancario de beneficios previsionales se limita), como por la documentación que
implica erogaciones, identificación de proveedores y sus representantes o las chequeras en
uso.
6. Las entidades predecesoras al IPAUSS poseían cuentas bancarias de movimientos
relevantes de doble propósito, recaudadoras y pagadoras, que percibían fondos de terceros
como de cuentas propias. Como pauta de control interno recomendable, se considera
conveniente el uso de cuentas recaudadoras y pagadoras, y no cuentas mixtas que dificultan el
seguimiento de partidas y su reflejo contable.
16
La entidad ha practicado una reestructuración de las cuentas bancarias heredadas de los ex
Institutos, cuestión que no fue motivo de la presente revisión, no obstante, a partir de lo
sometido a revisión es que se entiende menester realizar la presente recomendación.
7. Los partes de Tesorería no guardaban las formalidades necesarias (v.g.: numeración y
firma) que exigen estos documentos.
Asimismo, tanto la recepción de extractos como las conciliaciones eran efectuadas por dicha
área, que si bien puede ser de utilidad para el sector, no posee la entidad en cuanto a elemento
de control que aporta la conciliación realizada por un sector independiente.
La rigurosidad respecto a cuestiones formales, la consideración permanente de la integridad
de recursos y egresos, y la consecuente existencia de controles por oposición de intereses en
los procesos vinculados al manejo de fondos, constituyen elementos claves que el organismo
debe considerar en forma permanente.
Incluso, la depuración de partidas de antigua data (por ej.: depósitos no acreditados en cuenta
corriente desde el año 1992 en la cuenta BTF 171001 ISSP, depósitos no acreditados desde
1994 y débitos bancarios no registrados desde 1992 de la cuenta BTF 371005/4 ISSP) con
intervención del área contable es indispensable para evitar el manejo discrecional de los
fondos por parte de la Tesorería. Asimismo, respecto de ellas cabe su investigación a la luz de
la normativa provincial sobre el particular.
En un esquema de falta de control adecuado, la integridad de los recursos de la entidad
depende exclusivamente de las características personales de los agentes afectados al manejo
de fondos, aspecto no admisible para un sistema de control interno.
8. El uso de la cuenta corriente N° 1710198/3 del BTF (IPPS) en la que depositan los
haberes previsionales impagos debería ser suplido por un adecuado esquema contable y no
17
por la inmovilización de saldos bancarios. Es más, si bien el ente incluye en la versión
preliminar del Estado Contable al presente conceptos como “Fondos de Terceros”, dichos
fondos son del Instituto, el que posee un pasivo con los beneficiarios.
9. Los registros de bancos que posee la entidad no contemplan una adecuada identificación
de los conceptos que generan movimientos.
La simple lectura de un registro debe permitir al usuario la comprensión de aquello asentado,
sin depender de las aclaraciones de quien efectuó el registro del movimiento.
La presente cuestión ha de considerarse en la implementación de registros contables
patrimoniales, que puede hacer uso de subdiarios o de mayores auxiliares.
D. PRÉSTAMOS PERSONALES
1. De las evaluaciones realizadas en vinculación al régimen de préstamos otorgados por el
IPPS, hemos observado que la aplicación informática de registro, seguimiento y control de los
préstamos otorgados por el organismo posee importantes limitaciones, como la ausencia de
información en campos importantes que no son exigidos por la misma (ej.: vencimiento de la
primer cuota), o la ausencia de información relevante, como el efectivo pago de las cuotas, lo
que exige controles externos.
El sistema debería proporcionar una adecuada actualización de la deuda por afiliado y por
organismo, que actúe como inventario de los saldos que debería poseer contaduría.
Esta distinción surge como relevante y debe considerarse a efectos del proceso de análisis
contable del saldo de la operatoria, a fin de acceder a una adecuada exposición en el Estado
Contable y no omitir acreencias, como el caso de deudas de afiliados por dificultad en la
retención, cuyo importe, aunque no sería relevante, no pudo identificarse en la información
sujeta a revisión.
18
2. El circuito administrativo y operativo debería permitir el control contable de la gestión de
préstamos.
Para ello es recomendable que el área contable reciba en forma directa la información de
otorgamiento y desembolso de crédito, y de cancelaciones realizadas por las entidades que
actúan como agentes de retención.
Y por otra parte, se complemente con la información recibida periódicamente del área
operativa de préstamos, respecto de la ejecución de los planes individuales de préstamos, que
cuente con la información en detalle de retenciones realizadas por los empleadores (ver
recomendación respecto de aportes y contribuciones).
3. Dado que hemos comprobado, al realizar la circularización de préstamos, que algunas
direcciones que la entidad posee eran inexistentes o incorrectas, es que debería actualizarse la
base de datos de los beneficiarios de los préstamos, en orden a resguardar la posibilidad de
cobro.
4. Se han advertido, en las pruebas realizadas, que la cantidad de préstamos por resolución
que se encuentra en la base es inferior, en algunos casos, a los que figuran en el acto
aprobatorio.
La definición de la aplicación informática de registro y control debería exigir la incorporación
a la base respectiva de todos los préstamos aprobados, ya sea que se efectivicen o que en
última instancia se desista de su desembolso.
5. Hemos observado la existencia de créditos aprobados que nunca fueron liquidados sin
identificar los motivos en la base de datos. Es así que el otorgamiento de préstamos ha de
vincularse a la existencia de remanentes financieros que surjan de los análisis de flujos de
19
fondos de la entidad, aspecto este a tener en consideración previo a la emisión del acto
administrativo de otorgamiento de préstamos.
6. De las pruebas por muestreo realizadas se observó la inexistencia de un criterio uniforme
para el análisis de la relación Cuota / Ingreso para el otorgamiento de los préstamos. A ello
ha de agregarse la falta de documentación predeterminada que refleje el cálculo que se
efectuara con el adecuado detalle de los conceptos considerados.
Asimismo, se ha observado que, en la mecánica de confección de los formularios
estandarizados no todos los campos fueron completados y, por ende, controlados dentro del
circuito de otorgamiento del préstamo.
En la elaboración de formularios estandarizados es relevante que si se determina la necesidad
de ciertos datos, se exija, en todos los casos, su incorporación puesto que de no ser así (como,
por ejemplo, en el caso de “destino del préstamo”) las prácticas adoptadas le quitan al
formulario la “seriedad” otorgada por la formalidad frente a los usuarios, con efecto en el
debilitamiento del proceso de otorgamiento.
7. En lo atinente al importe del pagaré suscripto como garantía del crédito no se ha advertido
un criterio uniforme. De la documentación relevada se observaron que en algunos casos el
monto incorporado corresponde al capital del préstamo y en otros al total de cuotas a pagar
(sistema francés).
8. En cuanto a préstamos por turismo acordados por el ISSP -cuyo saldo no fue identificado
en la versión preliminar del Estado Contable sujeto a revisión-, se ha comprobado que la
información aportada por la entidad de la aplicación informática que poseía no permitía un
adecuado seguimiento y control de los préstamos otorgados, y que no proporcionaba el
respectivo saldo.
20
Las limitaciones de la información imposibilitaron la determinación del saldo vigente a la
fecha de inicio del IPAUSS.
Entre los aspectos resaltables de la inconsistencia de la información aportada, se ha observado
la ausencia de datos relevantes en la base, como la fecha de vencimiento de la primera cuota
para el seguimiento de la evolución del plan.
Además de ello, de la información relevada no se pudo determinar un criterio uniforme para
establecer la fecha de vencimiento de la primera cuota, que al mismo tiempo sea consistente
con el esquema normativo aplicable.
En cuanto a la documentación de los legajos de otorgamiento, se ha apreciado la ausencia de
documentación necesaria para analizar la relación Cuota-Ingreso y de datos relevantes en los
formularios estándares utilizados, por ejemplo: firmas de funcionarios actuantes e incluso de
solicitante en algún caso (firma inexistente pero certificada por funcionario actuante).
Las recomendaciones respecto del presente programa son similares a las indicadas
previamente en relación a otros planes de crédito, no obstante la instancia de conclusión del
mismo hace que el esfuerzo de la entidad deberá avocarse a la validación del saldo pendiente
de recupero.
9. La entidad ha decidido el autoaseguramiento para los programas de préstamos,
aplicándole un adicional sobre la cuota. No se incorporó a la versión del Estado Contable bajo
revisión una reserva sobre el particular, ni se advirtió la existencia de información de seguros
percibidos, riesgo en curso y siniestralidad.
Es importante considerar que a los efectos contables no ha de considerarse la percepción del
seguro como utilidad y la siniestralidad afectando directamente al resultado del ejercicio,
puesto que de esta forma se estaría realizando un reconocimiento inapropiado de resultados.
21
Asimismo, se torna indispensable contar con una base de datos de siniestralidad para el uso
futuro en la evaluación de adicionales -incluidos los actuariales- y en el análisis de la
conveniencia del autoseguro o su tercerización.
E. PRÉSTAMOS A ORGANISMOS
1. Respecto de los saldos expuestos de Inversiones en Préstamos a Organismos, se ha
advertido una inadecuada deducción de comisiones bancarias, toda vez que ellas no
constituyen gasto incluido como recupero en el monto de cuota determinada.
2. Se omitió la inclusión en el saldo contable del interés corrido de la cuota a pagar por la
Dirección Provincial de Puertos con vencimiento 10/01/02 por $49 mil.
En el caso del crédito con la Dirección Provincial de Energía, el saldo no contempló un cobro
de $157 mil.
3. Respecto de la intervención del Banco de Tierra del Fuego (BTF) en el proceso de cobro,
no se ha obtenido respuesta de la circularización realizada. Es por ello que se estima
necesario, considerando la morosidad de la Dirección Provincial de Puertos, continuar con los
reclamos y pedidos de información, actuando explícitamente respecto de la responsabilidad
que le cabe a la entidad bancaria frente a lo oportunamente convenido.
F. OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS PREVISIONALES Y LIQUIDACIONES
PERIÓDICAS
1. No se ha advertido en el circuito administrativo de otorgamiento que existan controles de
materialidad, en especial por oposición de intereses o revisiones específicas. El control se
basa en aprobaciones jerárquicas y en el dictamen legal, es así que no se observaron controles
posteriores respecto del cómputo o de la determinación del haber previsional original.
22
Asimismo, el circuito posee una limitada participación de procesos informáticos en el
otorgamiento de beneficios, como la falta de actualización de datos del historial de activos.
Tal situación afecta tanto al proceso de cómputo como al de determinación del haber
previsional, actividades que en última instancia constituyen un proceso esencialmente manual.
De la revisión de expedientes realizada, se ha observado que el beneficio puede poseer una
realidad informática y otra en el soporte de papel. Vale decir, que se constataron datos
individuales del beneficiario (como categoría -jubilación por cargo político con número de
categoría-, antigüedad, permanencia en la categoría, años de servicio y título, entre otros) que
no eran coincidentes con la información digitalizada, y que evidenciaba la ausencia de
consideración de estos datos para la liquidación por la aplicación informática y la poca
confiabilidad de la misma como proveedora de información.
En este esquema, la liquidación del haber es manual y su incorporación al sistema es relevante
para la liquidación periódica del haber, con limitados controles posteriores.
Es por ello que se estima necesario definir como objetivo en la materia acceder a un
otorgamiento asistido por el sistema. En las condiciones actuales de la entidad, se entiende
que es el momento adecuado para actuar en esa dirección, considerando:
• La actualización de información del historial de activo.
• La incorporación paulatina al sistema de liquidaciones estandarizadas.
• La limitación de liquidaciones manuales a casos excepcionales con tratamiento
especial.
• La parametrización en el sistema de la intervención de distintos sectores bajo los
criterios de niveles de aprobación y de control por oposición de intereses.
En ese orden de ideas habrá de incorporarse a la base de beneficiarios, todos los datos
necesarios para determinar el haber bruto y el importe de los descuentos, de acuerdo a los
legajos de otorgamiento y las leyes de aplicación.
23
2. Asimismo, respecto de la liquidación mensual, el IPPS practicaba revisiones manuales
con escasa documentación respaldatoria de la intervención realizada, y fue informado que
respecto del stock de beneficios el IPAUSS implementó el control desde sistemas (aspecto no
relevado por no formar parte de nuestra tarea directa).
De producirse la modificación sin la intervención de un sector externo al de procesamiento
informático, se está frente a una situación que calificamos de alto riesgo por la dependencia
que las áreas usuarias poseen de dicho sector.
De no producirse ello, la gestión de control de stock deberá quedar documentada de forma tal
de permitir revisiones posteriores sobre el funcionamiento de la actividad de control
desplegada.
Entendemos que cabe revisar los procesos actuales, tendiente a detectar la necesidad de
actividades de control vinculadas a las novedades (A/B/M) y al stock de beneficios,
considerando lo indicado precedentemente y la posibilidad de establecer revisiones de
razonabilidad o revisiones por muestreo en oportunidad de producirse la liquidación mensual
-sin obviar como una posibilidad los controles de reprocesamiento -.
3. La circularización de beneficiarios realizada llevó a la convicción de la necesidad de
actualizar y completar la base de datos de los mismos, dado que se comprobó que algunas
direcciones son inexistentes o incorrectas, que existen diferencias entre los datos aportados
por los beneficiarios y los que se encuentran en la base (número de documento, fecha de
nacimiento, organismos en el que prestó servicios al tiempo de acceder al beneficio, etc.) y
que los beneficiarios aportaron datos que no se encontraban en la base del organismo
(apoderado, cargas familiares, organismo, etc.)
4. De la revisión de expedientes de otorgamiento de beneficios, se detectó documentación
faltante (fotocopia del documento de identidad, fotocopia de la partida de nacimiento, recibos
24
del último año, certificación de servicios, planilla de novedades, etc.), la cual es necesaria
para la constatación de los extremos necesarios para acceder al beneficio.
Debemos aclarar que expedientes de beneficios otorgados recientemente contemplan una
mejor estructuración en su confección y en la incorporación de antecedentes que hacen a los
requisitos normativos. No obstante, los procedimientos han de considerar en forma
permanente puntos de control que eviten reiterar prácticas pasadas.
5. Como se expresó en el informe especial, no se ha podido obtener evidencia respecto de la
implementación de un proceso periódico de detección de beneficios previsionales acordados
que tuvieran alguna incompatibilidad (inicial o sobreviniente en forma posterior) con otros
beneficios, en especial en otras jurisdicciones, y de reingreso a la actividad laboral
incompatible legalmente.
De las tareas que se han desarrollado, se advirtió la existencia de un conjunto de beneficiarios
del IPAUSS que poseen beneficios a nivel nacional, de carácter previsional o no contributivo,
como de beneficios múltiples en la entidad. Ello fue puesto a disposición del ente para la
evaluación de la posible incompatibilidad (Nota N°17/02 AGN - IPAUSS).
Sobre el particular, se entiende necesario evaluar la posibilidad de realizar acuerdos con otros
institutos previsionales provinciales y con la ANSeS, para compartir información tanto de
pasivos como de antecedentes y estado de situación de activos. Por esto último se podrán
realizar tratativas con la AFIP.
6. A partir de los procedimientos ejecutados, se ha advertido que el tratamiento de aspectos
del otorgamiento o cuantía de los beneficios, en muchos casos se basa en los antecedentes de
decisorios de alcance individual previos del Instituto. Frente a ello, se entiende que detectada
la necesidad del establecimiento de normas de carácter general será recomendable que la
entidad haga uso de las facultades reglamentarias y dicte la regulación del caso, a fin de
clarificar la aplicación armónica y uniforme de las normas.
25
Se entiende que podrá ser de utilidad la creación de un área técnica que proyecte las normas
reglamentarias y cuya misión contemple la detección de dichas necesidades.
7. Cabe mencionar que el esquema de pago bancario no fue del alcance de nuestro trabajo,
no obstante la experiencia en la materia permite puntualizar algunas cuestiones a tener en
cuenta:
• La rendición bancaria deberá contemplar los pagos y los impagos -con la restitución de
fondos-.
• La rendición bancaria deberá ser global por un lado, y en detalle por otro. La entidad
deberá reprocesar los datos en detalle para efectuar el cruce con la rendición global y el
ingreso de fondos. Además, resguardar la información analítica de pago e impago (e
incluso su pago posterior), todo ello como historial del beneficio.
• El sistema contable podrá utilizar cuentas intermedias o en su caso regularizadoras que
establezcan un control contable sobre el proceso de pago (devengamiento – transferencia
– rendición – pago o impago).
• No deberá centralizarse el contacto de remisión y recepción de información al banco en un
solo sector de la entidad.
8. Respecto de la pensión fueguina de arraigo, en orden a que no fué aportada la información
requerida, no se realizó consideración sobre su pago y recupero.
G. LIQUIDACIÓN DE HABERES Y ADELANTOS
1. En cuanto al proceso de liquidación periódico de haberes del personal, dadas las
características similares al vinculado a haberes previsionales, en mérito a la brevedad y en
cuanto corresponda se remite al apartado precedente.
26
2. A partir del control por muestreo de liquidación y documentación respaldatoria, se ha
advertido la ausencia de documentación en los legajos personales que hacen a la relación
laboral y el haber percibido.
Así, por ejemplo, en algunos casos no obraba documentación que acredite deducción por
préstamos, cuota sindical, seguros facultativos, seguros familiares e incluso respecto de la
designación de beneficiario de seguro de vida obligatorio.
Por otra parte, si bien la presentación del legajo no amerita observaciones significativas en
cuanto al orden o prolijidad, en la mayoría de los casos faltaba foliatura.
Respecto de las cuestiones enunciadas, el responsable expresó que se encontraba en instancia
de su regularización, no obstante es recomendable que un instructivo interno contemple:
• El orden que han de poseer los legajos de IPAUSS (aunando los criterios de los ex
Institutos).
• La documentación básica que ha de poseer.
• Los procesos periódicos de actualización de información promovidos por la entidad, más
allá de la que realice el agente por impulso propio.
H. RECUPERO DE ANTICIPO DE HABERES (PREVISIONALES Y DE PERSONAL
ACTIVO)
1. El esquema actual de recupero de anticipos de haberes -práctica habitual en la entidad- no
se encuentra soportado por registros adecuados y documentación que impida la alterabilidad
de la información contenida y no posee el debido control contable.
Incluso la información de adelantos aportada por la División Haberes muestra discrepancias
con la información de pago que surge del libro banco, y el saldo de la versión preliminar del
Estado Contable no contiene la totalidad de anticipos hasta la fecha de corte (algunos de ellos
informados por Tesorería a dicha División con posterioridad).
27
Efectivizado el desembolso de los haberes su recupero dependerá esencialmente de la gestión
de la División Haberes, aspecto no apto para un sistema de control interno eficiente.
En este estado de situación el circuito implementado no garantiza el oportuno recupero de los
adelantos acordados, por lo que se entiende indispensable implementar un sistema de
seguimiento de adelantos que permita relacionar el otorgamiento, con las erogaciones
producidas y los descuentos en las liquidaciones de haberes, buscando no centralizar toda la
gestión en un sector -con controles por oposición o revisiones especiales externas al área de
liquidación- y con el control contable necesario (que vincule desembolsos y recuperos).
2. Por otra parte, hemos tenido la limitación de no poder contar con la liquidación de haberes
pasivos de setiembre del 2001, producto de problemas en el back up realizado por el área de
sistemas, ello conlleva la necesidad de revisar la política de resguardo para evitar posibles
perdidas de información, más allá de poseer los datos en soporte de papel.
I. RECAUDACIÓN DE APORTES Y CONTRIBUCIONES (PREVISIONALES Y
ASISTENCIALES)
1. Las acciones a desplegar respecto a la presente temática deberán considerar el cobro de las
acreencias, no obstante se entiende que posee importancia significativa el rediseño del circuito
administrativo de cobro, que aporte información completa ,global y analítica.
Se ha observado que la entidad utiliza un esquema de cobro basado en boletas de depósito
bancarias con datos elementales con firma del depositante, y sin indicar el carácter de
declaración jurada del documento y el responsable que debe suscribirlo (Resolución IPAUSS
N° 25/02).
28
En este caso podrá optarse por la generación del pago con información digitalizada estándar y
la presentación de declaración jurada, ello junto al depósito, suscripta por el responsable del
servicio administrativo financiero del empleador.
Por otra parte, obtiene información de la nómina salarial por distintos medios no
estandarizados, ya sea por planillas de liquidación de haberes (con o sin firma de
responsable), soporte magnético con diversos formatos (sin elementos de control o de
comprobación originados en el emisor) o medios informales.
Ello imposibilita la existencia de un esquema de control automático y oportuno, limita las
facultades recaudatorias propias de la entidad y evidencia un incumplimiento no sancionado
de los obligados.
Se entiende que la generación de un programa liquidador que permita importar datos de los
sistemas de las entidades obligadas y que el Banco actúe como receptor junto con el pago,
constituye un accionar recomendable.
Considerando el número limitado de empleadores, establecer un cronograma de mediano
plazo tendiente a la incorporación de todas los organismos al esquema informativo será lo
adecuado, a fin de buscar una solución a la falta de datos, ello enmarcado en un proceso de
coordinación con personal de sistemas de la entidad.
Los datos recibidos por el ente, deberá ser sometidos a su validación básica, para luego
generar reportes para el área contable que poseerá información de factura propia, e
información de declaración jurada suscripta por responsable y de pago (la cual deberá ser
coincidente).
Con dicha información, asimismo, se habrá de soportar la carga del historial laboral de los
cotizantes, además de poseer información respecto de cobros de préstamos y coseguros, entre
otros conceptos.
29
Todo lo aquí expuesto exige, en una primera instancia, una actitud proactiva de la entidad en
busca de obtener la información deseada. Así, se propone un acercamiento a los empleadores,
no con un requerimiento formal y compulsivo de datos, sino con un conjunto de soluciones
posibles para que éste se encuentre en condiciones de dar cumplimiento a sus obligaciones
legales de información y aporte los elementos que en el futuro ayudarán a obtener a sus
agentes el beneficio previsional.
Amén de lo expuesto, cabe analizar la posibilidad de establecer un esquema sancionatorio en
materia de incumplimiento de obligaciones formales, como adicional a la recomendación
precedente.
2. La información aludida en el apartado anterior, junto a la información de pago, habrá de
aportar datos para que el sistema contable posea una cuenta corriente por obligado. Sin dejar
de contemplar los montos provisorios por situaciones de falta de pagos pero simultáneamente
falta de información, generado por un control de cumplimiento de obligaciones.
De suyo surge la necesidad de intervención de distintas áreas, buscando que la información no
posea un único punto de procesamiento, sino que sea motivada por la intervención de varios
sectores según la materia de su trato (v.g.: sistemas, tesorería, verificaciones y contabilidad)
procurando un control por oposición de intereses, en la actualidad inexistente.
De esta forma, se obtendrá un control primario de la recaudación soportado en registración
contable y en documentación con un grado superior de confiabilidad que el que se posee en la
actualidad para respaldar el crédito expuesto en la información bajo consideración.
3. Como se expresó en el informe especial, no se obtuvo evidencia respecto de un proceso
formal y periódico de control, reclamo y conciliación con las entidades deudoras, que
conlleve el conocimiento acabado por ambas partes de las partidas que se incluyen en los
montos totales reclamados.
30
Con los datos sometidos a controles básicos o con la información de incumplimiento, la
entidad se encontrará en condiciones de generar reclamos automáticos, con periodicidad
preestablecida y, según el caso, procesos de conciliación con las entidades.
No obstante, ello exige la normatización de un procedimiento con las formalidades, controles
e intervenciones precisas para acceder, si fuera necesario, a la ejecución de las acreencias.
Bajo este u otro esquema, se entiende necesario la incorporación de un procedimiento de
control de aportes y contribuciones que considere la integridad de los recursos, basado, entre
otras pautas, en la disponibilidad de información, la adecuada imputación de pagos, el control
por oposición de intereses en los procesos internos, el registro bajo un esquema de cuenta
corriente de cada empleador, la formalidad de los procesos de reclamos y la adecuada
secuencia procedimental hasta acceder al cobro.
4. Simultáneamente, se ha observado como necesaria la determinación de planes de
inspección, a la luz de los recursos existentes y de la confección de un manual de inspección.
Dicho manual deberá contemplar la verificación del cumplimiento de la normativa aplicable
en la materia y la coordinación con otras áreas de la entidad con vinculación a la nómina
salarial (v.g.: afiliaciones, cómputo, recupero, etc.).
5. Dada la magnitud de los créditos por aportes y contribuciones existentes, no se estima que
la entidad pueda acceder a su cobro en forma inmediata, por lo que será una alternativa
razonable llegar a concluir un proceso de conciliación a una fecha determinada (como una
nueva consolidación) y establecer planes de regularización contemplando los intereses del
Instituto, la capacidad de pago del deudor y el establecimiento de pautas claras de carácter
general.
31
Asimismo, gestionar la solución de cuestiones conexas al reclamo principal buscando, en su
caso, asesoramiento de áreas jurídicas o de control de la hacienda pública, en procura que las
cuestiones accesorias, aunque se consideren materiales en su cuantía, no obstaculicen la
percepción de recursos.
Se entiende que será recomendable definir la real cuantía de las acreencias bajo este concepto
y la certidumbre en la información contable, determinar el nivel de cobrabilidad de las
mismas y establecer horizontes claros en materia de financiamiento de la entidad, siendo estas
acreencias cuestiones significativas.
Cabe aclarar,que lo que aquí se recomienda exigirá la intervención del área jurídica de la
entidad -para definir el encuadre jurídico de un plan de regularización de deudas- y de las
áreas técnicas en materia financiera y contable -tanto en los procesos conciliatorios como en
la determinación de los escenarios posibles de dichos planes-, a fin de someterlo a la decisión
competente.
La Ley N° 534 estableció un mecanismo de garantía del cobro de recursos de la entidad, en
los términos de los arts. 38/40 que prescriben el Fondo Especial para la Solvencia del Sistema
Previsional. Si bien por el período de su aplicación no es motivo del presente examen, habrá
de considerarse su utilización en la determinación de planes de regularización bajo un
esquema de adhesión.
6. Dadas las características registrales existentes, no basado en un sistema contable, no se ha
podido identificar la imputación de un conjunto de pagos de organismos, según el Anexo 1.
J. INVERSIONES - TITULOS Y COLOCACIONES A PLAZO - Y OTRAS
ACREENCIAS CON EL GOBIERNO
32
1. Respecto de los títulos de la entidad vinculados al Megacanje –Decreto Nro. 1387/2001-,
deberá actuarse en forma inmediata para obtener la nominatividad de las especies en cuestión,
máxime a la luz de las experiencias recientes.
2. Bajo el concepto Otras Acreencias con el Gobierno se encuentran los saldos excluidos del
Banco de Tierra del Fuego, los remanentes de Acuerdos Nación-Provincia y crédito de
convenios conexos, y otros convenios de compensación y cancelación de deudas recíprocas -
en especial con el Gobierno Provincial -.
En lo atinente a las colocaciones que han derivado en la exclusión de saldos del BTF, la
entidad deberá practicar un análisis de los distintos cursos de acción a seguir, considerando la
determinación de una estrategia tendiente a identificar las probabilidades de recupero, y la
posición frente a la exclusión y cada una de las partidas incluidas en ella.
Es por ello que se entiende recomendable un proceso de consultas y, de ser el caso, reclamos
debidamente formalizados considerando la responsabilidad de la entidad por la defensa de los
recursos de los aportantes.
3. Las revisiones que se han practicado respecto de otras acreencias, evidenciaron la
ausencia de respaldo documental con la contundencia que impida hesitación en cuanto al
derecho de cobro y a su cuantía. Es más, no ha surgido claramente el esquema de rentabilidad
aplicado por la entidad, lo cual limita la probabilidad de cobro en los términos en que se
exponen en la versión preliminar del Estado Contable.
Simultáneamente, no se ha advertido la existencia de procesos formales de evaluación de
cobrabilidad que permitan determinar previsiones.
Se entiende necesario, el relevamiento de toda la documental y de los registros extracontables
que la entidad posee a fin de establecer claramente la cuantía de acreencias, en especial en
aquellos casos en que existieron convenios respecto de los cuales existen dudas sobre su
33
ejecución. Todo ello para enmarcar los distintos pasos de reclamo en una estrategia de defensa
de los intereses de la entidad, sobre bases ciertas.
Por otra parte, en los casos de falta de acuerdo con el deudor, buscar la conciliación de
acreencias clarificando acuerdos y discrepancias, para poder establecer las bases de cobro.
En cuanto a una registración contable completa, se estima necesaria el asiento de cada uno de
los aspectos de las acreencias bajo criterios de prudencia y considerando el valor recuperable
del derecho como límite del reconocimiento.
K. RECUPERO DE OTRAS ACREENCIAS Y COSEGUROS
1. Los circuitos administrativos de recupero del ISSP no poseen registros con elementos de
seguridad que resguarden la información contenida, y las actividades de control son limitadas,
especialmente en cuanto a la integridad de partidas para obtener su reembolso.
Se ha advertido la centralización en un área de toda la gestión de cobro, dependiendo del
accionar de ella el efectivo recupero.
2. En cuanto a coseguros, el sistema posee cargado por áreas operativas lo correspondiente a
farmacias y ópticas, pero el resto de las prestaciones bajo este régimen son ingresadas a la
aplicación informática por el sector de recuperos. A partir de ello se emite el soporte de
coseguros mandados al cobro. En esta instancia el sistema actúa como registración del
derecho de cobro.
Al recibir la información de la nómina salarial de los organismos, el sector de recuperos
practica la revisión del descuento de haberes (considerando ésta la forma de cobro más
significativa) automáticamente por cuatro organismos y el resto en forma manual, soportando
su control en un registro en planilla de cálculo de escasa confiabilidad.
34
De no haberse producido el descuento solicitado al empleador, el sector de recuperos carga
nuevamente al sistema el coseguro bajo el concepto “otros”.
Esta mecánica implica:
• la inexistencia de control por oposición de interés entre sectores operativos de aprobación
de transacciones que genera el coseguro (excepto farmacia y óptica) y del área que
gestiona el recupero,
• no se posee el universo de transacciones que generan coseguros en el área operativa de
origen, y por tal no existe posibilidad de conciliación de ella con quien gestiona su cobro,
• un inadecuado universo de partidas de coseguros en el sistema informático por la
reincorporación bajo el concepto de “otros” (pudiendo ser en forma sucesiva por varios
meses), sólo controlable en forma externa por medios manuales. Ello se evidencia como
una falla grave, pues la aplicación informática no permite el seguimiento y reliquidación
de la acreencia, mostrando su historial,
• la ausencia del control contable que vincule información proveniente de distintas fuentes y
sectores.
En el estado administrativo actual, no se ha podido obtener evidencia de que existan
controles que aporten una seguridad razonable respecto de que la entidad perciba los
recuperos que le corresponden y que no existan omisiones de acreencias.
Adicionalmente, no se ha obtenido evidencia de que exista un control que vincule la
información de descuento con el efectivo ingreso de fondos, aspecto necesario para validar la
información utilizada.
En orden a lo expuesto, se entiende necesario el rediseño del circuito de recupero que
contemple:
• la adecuada separación entre quien origina la transacción de cobro (el área operativa) y
quien gestiona el cobro - considerándose parámetros distintos de una posible aplicación
informática-,
35
• los controles de integridad de transacciones,
• el establecimiento de controles contables bajo el esquema de cuenta corriente - sea por
organismo o por obligado, definición a adoptarse-,
• el procesamiento de información digitalizada o manual de retenciones practicadas por los
empleadores - considerar lo expuesto respecto de aportes y contribuciones-,
• la constatación de la información analítica de retenciones con la información de efectivo
cobro,
• las reliquidaciones automáticas y el resguardo del historial,
• la emisión de información de situaciones de excepción y su tratamiento especial,
• la consideración de controles externos al sistema informático.
3. El proceso de recupero de otras acreencias asistenciales (como Rupe, Profe, Acción
Social, etc.), si bien posee un esquema de tramitación más elemental, adolece de idénticas
fallas conceptuales de control y provoca similares riesgos.
En este caso, al rediseñar los circuitos cabe evaluar, frente a la entrega al deudor de los
elementos primigenios generadores del crédito que le quita a la entidad el sustento relevante
del cobro perseguido, y a la luz de las prácticas habituales en la materia, la posibilidad de
conservar algunos de dichos documentos o información con el máximo nivel de detalle
(obsérvese que en muchos casos corresponden a troqueles de medicamentos de fácil lectura
por su código de barra o que han pasado por procesos de entrega de mercaderías soportados
informáticamente ,v.g.: farmacias ).
4. Por otra parte, se ha de aclarar que las cuestiones expuestas aunadas a la incompleta
información que poseen los registros de coseguros de la entidad, imposibilita la determinación
razonable del saldo de deuda de cada afiliado, cuestión que amerita una solución inmediata.
Cabe acotar, que se han observado inconsistencias entre la información de cobro del sector de
recupero y la información que surge de registros de banco, todo ello sin la disponibilidad de
información adicional que permita esclarecer las diferencias observadas.
36
5. Respecto de las presentes acreencias se entiende necesario analizar la posibilidad de
depuración de algunos ítems del inventario de saldos contables de antigua data y, en su caso,
su vinculación con convenios oportunamente firmados por la entidad, y en consecuencia
definir cuál es la acreencia real.
Asimismo, es necesaria la implementación de una estrategia tendiente al reclamo del pago,
que al mismo tiempo aporte datos de posible cobrabilidad, con la consecuente necesidad de
previsión contable o, en su caso, su cargo a resultado definitivo.
Para el caso de producirse adelantos de fondos de otras entidades, como tales deberían ser
registrados contablemente y sobre ellos imputados los consumos, informando periódicamente
el estado de cuenta al organismo con el cual se firmara el respectivo acuerdo.
6. A la luz de las características de las prácticas de la entidad en la materia, se debe
recomendar la implementación de una adecuada política de Backup para evitar posibles
pérdidas de información a nivel PC, por aplicaciones descentralizadas y sin conexión a
sistemas centrales.
L. BIENES DE USO
1. Se ha advertido que la gestión de inventarios de Bienes de Uso es deficiente, así las bases
de datos de inventario contienen inconsistencias, algunos bienes no poseen identificación y no
existe una política de inventarios físicos periódicos.
Se entiende necesaria la generación de un plan de regularización que permita el
establecimiento de un inventario unificado que refleje la existencia de bienes de uso. Ello
deberá contemplar:
• Unificar criterios de clasificación e identificación de los bienes que poseían los ex
Institutos.
37
• Elaborar un plan de inventario y pautas claras del proceso.
• Practicar un inventario físico de bienes con la intervención de las áreas poseedoras y de
terceras. En esa instancia identificar claramente los bienes, su estado y si poseen código
identificador. Optar por el otorgamiento de una nueva numeración a todos los bienes o la
asignación a aquellos sin la codificación adherida.
• Intentar una depuración de la información recibida de los ex Institutos para efectuar un
cruce con la información relevada en el inventario, buscando apreciar desvíos, anticuación
de partidas y otros elementos disponibles a fin de justipreciar los bienes.
• Desarrollar un sistema de inventario que permita resguardar la información (con controles
de consistencia) y realizar las modificaciones posteriores necesarias (altas, bajas y
modificación de responsable).
• Reasignar formalmente a los responsables, los bienes.
• Actualizar los procedimientos para la gestión futura.
Asimismo, deberán mantenerse actualizados los inventarios de bienes a través del registro de
los movimientos patrimoniales en tiempo real, el cual deberá contener información de vida
útil residual y las amortizaciones acumuladas.
2. Para la cuantificación de los bienes (instalaciones, muebles y útiles, y otros de menor
valor), en función del estado de conservación y de los antecedentes de adquisiciones recientes,
podrá establecerse el valor de inicio y la estimación de vida útil, frente a lo expuesto en la
nota al Estado Contable preliminar.
3. Para el caso de inmuebles, se entiende necesaria su incorporación al registro referido en el
punto 1, con la totalidad de datos que hagan a su identificación y su destino (bien de uso o
inversión).
Asimismo, deberán reconsiderarse las valuaciones teniendo en cuenta los antecedentes de
adquisición, la tasación de la Dirección de Catastro de la Provincia o una tasación contratada
38
con entidad reconocida de plaza, todo ello acordado con la Contaduría General de la
Provincia.
Se debe resaltar que la tasación realizada por la citada Dirección incluye un inmueble valuado
en $124 mil que no pudo identificarse en la información que proporcionara la entidad.
Asimismo, se resalta que el Anexo II y las Nota 2.6 exhibe una diferencia de $71 mil, con lo
expuesto en la versión preliminar del Estado Contable.
4. Establecer una política de seguros que contemple los riesgos a que la entidad se encuentra
sometida, con una adecuada registración que permita controlar las vigencias.
M. BIENES DE CAMBIO
1. Tal cual lo que se ha expuesto en el informe especial y como se expresa en nota al Estado
Contable preliminar, no se ha obtenido evidencia de que la entidad posea saldos de bienes de
cambio al 09/01/02, aspecto que no se entiende razonable en el marco del necesario control de
stock.
Puede ocurrir que por cuestiones circunstanciales la entidad no hubiera realizado inventario
físico a la fecha de corte, pero como se ha expuesto ello dista de que no cuente con el detalle
histórico de existencias.
En consecuencia, se entiende indispensable el inmediato establecimiento de un sistema de
control de stock de la totalidad de bienes de cambio de la entidad.
2. Respecto de bienes de farmacia, se ha observado la imposibilidad de vincular en forma
indubitable, a partir de los registros informáticos, las notas de pedido de provisión, el proceso
de adquisición -con su expediente-, las notas de recepción y el consecuente inventario. Ello
impidió la reconstrucción histórica de un saldo de farmacia.
39
Dicha vinculación es indispensable para el acceso directo a información de la gestión de
compra – venta de farmacias.
Asimismo, por otra parte, a partir de las tareas que se ha desarrollado se advirtió que la
aplicación informática utilizada genera inventarios que poseen importes negativos que pueden
vincularse a descuentos adicionales obtenidos, aspecto de posible carácter financiero que no
tiene vinculación con las existencias físicas.
Por otra parte, el inventario por muestreo realizado evidenció discrepancias (en cuanto a la
presentación de algunos medicamentos), que la responsable justificó en las deficiencias de la
aplicación de facturación, registro e inventario que genera determinados errores “no
humanos”, pues da de baja productos que no son los que fueron leídos por sus códigos de
barras y facturados. Dichos errores implican la corrección habitual en forma manual a efectos
de ajustar el inventario. Sobre el particular la responsable aportó notas en las que pone en
conocimiento de las áreas pertinentes la situación planteada.
Las presentes limitaciones ameritan su consideración en la adaptación de la aplicación
existente o en una nueva aplicación.
3. Respecto del giro comercial de farmacia, se han advertido movimientos de stock de
relevancia que habrá de ser considerados a fin de evitar los posibles desabastecimientos y la
necesidad de derivar a los afiliados a farmacias privadas, con el efecto que ello probablemente
provoca en cuanto a los ingresos de la entidad y el servicio al beneficiario.
En conversaciones mantenidas con funcionarios, se han planteado dificultades normativas
para la provisión oportuna de las farmacias. En este caso, frente a la norma actual o la
modificación que estaría en trato, cabe evaluar la posibilidad de generar contrataciones marco
de “tipo abierta” con droguerías y/o laboratorios.
40
Ello, a partir de un estudio técnico de las necesidades habituales, contemplando la posibilidad
de ajustes de precios dada la situación económica actual y puntos de control de dichos ajustes
con intervención del órgano jurisdiccional (TCP), reduciendo la posibilidad de contrataciones
directas a cuestiones de excepción.
De esta forma se podrá generar una red de contrataciones que respondiera a la normativa
vigente, y que será recomendable someter a la consideración, a nivel proyecto, del Tribunal de
Cuentas de la Provincia.
4. Respecto de ópticas, no han sido aportados los elementos de juicio requeridos para
observar las características de registración y control.
N. ALQUILERES
En cuanto a los Inmuebles para alquiler, deben identificarse como tales en la información
contable.
Asimismo, es necesario establecer una estrategia tendiente al cobro de alquileres en mora, que
en varios casos son de antigua data, y evaluar su cobrabilidad, practicando de ser del caso la
previsión contable o en última instancia su cargo directo a resultados.
Deberá establecerse una registración confiable de la evolución de los contratos, sus
cancelaciones y, de ser necesario, los adicionales.
O. PRESTACIONES ASISTENCIALES Y DEUDA DEL EX ISSP
1. Tal cual lo que se ha expuesto en el informe especial, el circuito administrativo de
recepción de documentación (v.g.: facturas, notas de crédito, notas de débito, recibos, etc.),
registración, revisión y liquidación de acreencia de proveedores y prestadores por bienes y
41
servicios del ex ISSP, posee debilidades de control interno de tal magnitud que lo caracteriza
de “alto riesgo”.
Las limitaciones, que someramente se detallan, poseen efecto en el control de la prestación, el
reconocimiento de deudas, la integridad de las mismas, la efectivización adecuada del pago, la
cancelación de notas de débito, la imputación de notas de crédito, y la minimización de la
posibilidad de duplicidad de facturación o refacturación de conceptos previamente
rechazados, impidiendo acceder al saldo razonable de las deudas.
El circuito en su conjunto, entre otras, posee las siguientes debilidades:
• Las áreas operativas de control (v.g.: auditoría médica) no poseen un esquema de
registración que permita determinar el universo de intervenciones que se vincule con
información de otros sectores y que facilite el control de la integridad de transacciones en
todo el circuito administrativo y operativo.
• La emisión de notas de débito (ND) y de crédito (NC) internas no posee controles de
integridad que relacione la necesidad de su emisión con la efectiva emisión e imputación.
• El registro de ND y NC (considerando Ushuaia), si bien surge como necesidad de control,
no es confiable mostrando deficiencias formales y errores que contradicen el concepto de
registración determinado para su implementación.
• En el caso de ND por prestaciones cruzadas la entidad no posee registración que vincule el
expediente de la prestación original, con la ND y el expediente de imputación definitiva.
Ello, agregado a la inexistencia de un registro que permita determinar razonablemente, las
partidas pendientes de recupero (ND), implica desde el desconocimiento de crédito hasta
la ausencia de garantía del recupero de fondos por pagos realizados.
• La confección del documento de ND o NC es inadecuada. .se ha advertido que algunos no
poseen firma o fecha y contienen enmiendas o tachaduras, además no se implementó la
numeración preimpresa ni un régimen de suscripción con diversos niveles de intervención
en el mismo. Esto imposibilita la definición de un universo de NC/ND emitidas y le resta
la formalidad necesaria de un documento que implica manejo de fondos a recuperar o
42
fondos a entregar. De más está indicar que no se producen cortes de documentación ni
recuentos físicos de estos formularios.
• La devolución de facturas estimadas incorrectas es práctica de la entidad, cuando surge
como razonable el requerimiento de la emisión de una nota de crédito total o parcial por
parte del prestador.
• La aplicación de las NC y ND sobre expedientes de pago surge como consecuencia de una
decisión discrecional sin parámetros que la limiten, y no como la normal evolución de una
cuenta corriente.
• El proceso en su conjunto no cuenta con control por oposición de intereses, el área que
emite la NC o ND, en la oportunidad que decide emitirla, es quien aprueba los pagos
generales y dispone la aplicación de la NC o ND emitida a un determinado expediente.
• Las NC y ND emitidas no poseen un resguardo físico adecuado, lo que aunado a lo ya
expuesto en cuanto a su control de integridad, no limita la posibilidad de su no aplicación.
• La intervención tardía del área contable, sólo en la instancia de pago, en las condiciones
indicadas por las áreas operativas y sin el correspondiente control contable.
• No se ha advertido la existencia de controles sistemáticos que impidan la duplicidad de
facturación de prestaciones (no cápita) o de refacturación de prestaciones rechazadas.
La conclusión adecuada de las transacciones en el circuito en cuestión depende
fundamentalmente de las cualidades personales de los agentes actuantes, que si bien es un
aspecto relevante, la gestión no puede soportarse casi exclusivamente en ello.
Por otra parte, con la misma fecha del Estado Contable de inicio se ha accedido a distintos
detalles analíticos del saldo contable proporcionado por el sistema informático, producto que
el corte temporal de transacciones realizado en el proceso se vinculó esencialmente con la
presentación de comprobantes por el acreedor.
2. Por su parte, se ha advertido que el sistema informático no contempla la totalidad de
actividad de la entidad en la materia, tal el caso de cuestiones tan relevantes como la gestión
de ND o NC (sólo incluye su aplicación) o los procesos de intervención operativa.
43
El sistema posee datos de validez limitada, como por ejemplo:
• La cuantificación de lo que es llamado “deuda sin auditoría”, que dista de llegar a
considerarse deuda y no posee controles para la carga de importes, que en última instancia
sólo podrá considerarse como un posible preventivo.
• La existencia simultánea de movimientos bancarios digitalizados y en libros de banco, sin
puntos evidentes de conciliación entre ambas fuentes de información de un mismo tenor.
• La falta de cancelación de transacciones como las transferencias internas de fondos para la
aplicación a pagos (sobre lo cual el área de sistemas se encuentra avocado) o de órdenes
de entregas por pagos parciales o totales sin cancelación definitiva.
• El conocimiento de la existencia de NC y ND en oportunidad de su aplicación, con una
identificación numérica de escasa utilidad (se reiteran los números y su utilidad posterior
en el sistema es nula).
3. Las cuestiones que se han indicado hacen a la necesidad del rediseño de los circuitos
administrativos operativos existentes, considerando los siguientes aspectos:
• La debida separación de funciones entre áreas de control operativo y áreas de gestión
administrativa contable.
• La deseable incorporación en un sistema informático de la gestión completa de la entidad
en la materia, con la existencia de parámetros de las distintas instancias -con el control por
oposición- que permitan la conclusión de las transacciones.
• La registración de la totalidad de las transacciones operativas o administrativas en todas
las instancias, buscando la definición de universos de las distintas actividades y los
controles de integridad relacional entre ellos.
• La programación de decisiones rutinarias limitando la discrecionalidad de los funcionarios
y el establecimiento de procesos decisorios de excepción.
• La debida formalización y autorización de la documentación utilizada, con los respectivos
controles de integridad.
44
• El establecimiento de cuentas corrientes por prestadores, como debido control contable,
con intervención del servicio administrativo financiero central en la instancia inicial de la
presentación de la documentación de pago y no como simple gestor del pago.
• La definición de reportes gerenciales periódicos y por excepción.
4. Respecto al régimen de cápita adoptado para la atención de salud de los afiliados, a la luz
de la experiencia de la entidad que se ha advertido en relación a la licitación ejecutada, se
consignan un conjunto de aspectos para su consideración futura:
• El establecimiento de normas procedimentales completas que contemplen la relación
operativa entre la entidad y los efectores públicos y privados, y entre ellos.
• La evaluación de la conveniencia de establecer un esquema de ponderación de
prestaciones que busque discriminar el peso específico que poseen en las estadísticas
finales que determinan la cuantía de la cápita distribuida por efector.
• La revisión del régimen de cancelación de prestaciones cruzadas en cuanto a evaluar si las
prestaciones pagadas por tercerización de un efector a otro se encuentran informadas en
las estadísticas de prestación (podrá dar lugar a un doble pago).
• Si se opta por la continuidad del régimen de cancelación directa de prestaciones cruzadas
por IPAUSS, poseer una intervención proactiva, en orden a la responsabilidad que le cabe
a la entidad en la materia, por ejemplo en la determinación de las características de
auditoría conjunta a fin de evitar dudas sobre personerías de actuantes o en el formato de
las actas a emitir a fin de evitar redacciones ambiguas.
• Bajo la hipótesis del punto anterior, considerar la inmediata aplicación del débito al
prestador por el cual la entidad se hace cargo del pago, a fin de evitar un financiamiento
incorrecto a un efector.
• La fortificación de la actividad del ente en cuanto a la auditoría de la información aportada
por los efectores, el control de correspondencia de prestaciones y la evaluación de calidad
del servicio (auditoría de calidad). La formalización de la intervención de auditoría
médica no sólo a través del dictamen, sino por medio de registros.
45
• La auditoría de derivaciones y tiempos de demora (incluido en el concepto de auditoría de
calidad precitado), evitando la derivación directa por el Instituto.
• El establecimiento de registros que individualicen prestaciones extracápita (cruzadas o
excepcionales) que permita tanto determinar el universo de las mismas, como el
seguimiento de los cursos de acción programados por la entidad según el caso (incluyendo
el control de posibles refacturaciones indebidas).
• La búsqueda de la eliminación de atenciones médicas en otras jurisdicciones a través de
obras sociales provinciales, considerando el alcance del régimen.
5. En cuanto al proceso de verificación iniciado y aún no finalizado, se ha advertido que
adoleció de algunas deficiencias, por ejemplo:
• La comisión instituida ha funcionado, esencialmente, con una persona que actuaba
firmando los respectivos informes.
• No se adoptaron los recaudos formales de registración de reclamos y de aprobación o
rechazo, con la posibilidad de establecer un punto de partida para la consideración del
estado de relación de la entidad con sus proveedores y prestadores.
• No se vislumbró una filosofía de trabajo vinculado “al acreedor y sus acreencias”, sino se
entiende que el tratamiento se enfocó en los expedientes por bienes y servicios
presumiblemente impagos.
• No se obtuvo evidencia de rechazos formales que den lugar a la prosecución de los
trámites por la vía de los recursos que proporciona la normativa de procedimientos
administrativos, logrando que ésta fuera la única vía de reclamo de deuda por bienes y/o
servicios anteriores al 9/1/02.
Se debe resaltar que a los aspectos enunciados cabe agregar lo dicho respecto de los circuitos
existentes, lo cual limitan la posibilidad de que el proceso de verificación actúe como un
punto de partida en la materia.
6. A partir de la circularización de proveedores y prestadores realizada (según el padrón de
proveedores del ente), se ha constatado la existencia de datos incorrectos en las bases de datos
46
de la entidad que impidieron la entrega postal, incluyendo a empresas a las que el IPAUSS
reconoce como acreedores.
Por otra parte, de las respuestas recibidas se obtuvieron nuevos datos que en su mayoría no
eran coincidentes con la información aportada por la entidad de deuda procesada por el
sistema o de la verificación -incluso por montos menores-, y de la información procesada por
esta AGN (se encuentra a disposición de la entidad la información procesada y remitida por
proveedores).
P. GESTION JUDICIAL
A los efectos de practicar las previsiones contables y presupuestarias, la entidad deberá
practicar la evaluación de probabilidad de éxito o fracaso en las causas administrativas y
judiciales, dando lugar, asimismo a la proyección de su valuación monetaria, como una
mecánica habitual de trabajo esencialmente del área jurídica.
BUENOS AIRES, 30 de setiembre de 2002.
47
ANEXO 1
Fecha Organismo Concepto Importe Tipo de
boleta
03/04/2001 Mun. Río Grande Feb-01 16.792,59 verde
30/07/2001 Mun. Río Grande Aportes 1 empleado 560,88 s/ boleta
23/07/2001 Mun. Río Grande Abr-01 386,74 azul
23/07/2001 Mun. Río Grande Abr-01 29.189,59 azul
20/09/2001 Mun. Río Grande Ago-01 66,95 azul
13/11/2001 Mun. Río Grande Oct-01 66.91 azul
15/10/2001 Mun. Río Grande Sep-01 66,90 azul
22/02/2001 Mun. Ushuaia Ene 2001 patronales (1) 11.685,01 amarilla
17/05/2001 Mun. Ushuaia 51.099,49 verde
28/11/2001 Mun. Ushuaia Int. resarc. Hab julio 2001 138,90 amarillo
11/04/2001 Sup. Trib Justicia Hab. marzo 01 y Sac 2 sem 70.779,43 amarillo
180.833,39
(1) esta imputado por $ 116,859,61. Verificar importe.
...