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Mercado Del Dinero

MiiKeeL27 de Enero de 2015

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El sistema financiero es la expresión más importante del capitalismo moderno en él se reflejan todas las posibilidades de expansión y crecimiento con que cuenta cualquier sistema económico.

El sistema financiero tiene que ver con el financiamiento de la economía, con la creación de medios de pagos legal y bancario, con la liquidez y el volumen de crédito posible

Dependiendo de su manejo se pueden crear e inducir determinadas actividades económicas que conduzcan hacia niveles superiores de desarrollo

A estructura del sistema financiero abarca un conjunto de instituciones de inversión-financiamiento que hace posible la intermediación financiera

El sistema financiero consta de instituciones públicas y privadas por medio de las cuales capta, administran, regulan y dirigen los recursos financieros que se negocian entre los diversos agentes económicos, dentro del marco de la legislación correspondiente.

El sistema financiero mexicano esta integrados por instituciones reguladoras o normativas, entidades operativas (intermediarios financieros, grupos financieros e inversionistas) y entidades de apoyo, además de las normas y mecanismos que hacen posible el intercambio de títulos inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios y Aprobados por la Bolsa de Valores.

La importancia de cualquier sistema financiero radica en que permite llevar a cabo la captación de recursos económicos de algunas personas u organizaciones para ponerlo a disposición de otras empresas o instituciones gubernamentales que lo requieren para invertirlo. Éstas últimas harán negocios y devolverán el dinero que obtuvieron además de una cantidad extra (rendimiento), como pago, lo cual genera una dinámica en la que el capital es el motor principal del movimiento dentro del sistema. Esto conlleva a que se pueda alcanzar un mayor desarrollo y crecimiento económico, a través de la generación de un mayor número de empleos, derivado de la inversión productiva que realizan las empresas o instituciones gubernamentales con el financiamiento obtenido a través del sistema financiero.

INSTITUCIONES REGULADORAS

Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)

Es la autoridad máxima del Sistema Financiero Mexicano que ejerce sus funciones de supervisión y control por medio de la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público, así como de las comisiones nacionales correspondientes.

Banco de México (BANXICO)

Es el banco central del país, encargado de la política monetaria. A partir de 1993 goza de autonomía. Sus funciones principales son:

• Regular la emisión y circulación de la moneda, los cambios, la intermediación y los servicios financieros, así como los sistemas de pago

• Operar con las instituciones de crédito como banco de reserva

• Prestar servicios de tesorería al gobierno federal

• Fungir como asesor del gobierno federal en materia económica y financiera

• Participar en el Fondo Monetario Internacional y en otros organismos de cooperación financiera internacional

Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)

Es un órgano desconcentrado de la SHCP, con autonomía técnica y facultades ejecutivas. Su objeto es supervisar y regular a las entidades financieras de su competencia, (instituciones de crédito, organizaciones y actividades auxiliares de crédito y organismos bursátiles) a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo del sistema financiero en su conjunto, en protección de los intereses del público.

Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF)

Es un órgano desconcentrado de la SHCP y goza de las facultades y atribuciones que le confiere la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, así como otras leyes, reglamentos y disposiciones administrativas aplicables al mercado asegurador y afianzador mexicano.

Su misión es garantizar al público usuario de los seguros y las fianzas, que los servicios y actividades que las instituciones y entidades autorizadas realizan, se apeguen a lo establecido por las leyes.

Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR)

Es un órgano desconcentrado de la SHCP y goza de las facultades y atribuciones que le confiere la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro.

Se encarga de la coordinación, regulación, supervisión y vigilancia de los sistemas de ahorro para el retiro.

Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

Es un Organismo Público Descentralizado, cuyo objeto es promover, asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de las personas que utilizan o contratan un producto o servicio financiero ofrecido por las Instituciones Financieras que operen dentro del territorio nacional, así como también crear y fomentar entre los usuarios una cultura adecuada respecto de las operaciones y servicios financieros.

Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB)

El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado con fundamento en la Ley de Protección al Ahorro Bancario el 21 de mayo de 1999.

Tiene como prioridad el mantener la confianza y la estabilidad del sistema bancario, además de establecer los incentivos necesarios para que exista mayor disciplina en el mercado.

ORGANISMOS OPERATIVOS

Instituciones de crédito

Banca múltiple

La banca múltiple, también conocida como banca de primer piso o banca comercial, son sociedades anónimas de propiedad privada a los que se les considera como intermediarios financieros indirectos, que se dedican a prestar el servicio de banca y crédito, ya que captan recursos del público ahorrador a través de certificados de depósito, pagarés, etc. (operaciones pasivas) y otorgan diferentes tipos de créditos (operaciones activas).

Banca de desarrollo

Las instituciones de banca de desarrollo son entidades de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonios propios, constituidas con el carácter de sociedades nacionales de crédito, en los términos de sus correspondientes leyes orgánicas y de la Ley de Instituciones de Crédito.

También es conocida como banca de segundo piso o banca de fomento (que también incluye órganos que no son propiamente bancos). Su finalidad es apoyar y promover el desarrollo de las fuerzas productivas del país y el crecimiento de la economía nacional, fomentando determinadas actividades económicas así como el ahorro en todos los sectores y regiones de la República, canalizando adecuadamente los recursos para tener una amplia cobertura regional que propicie la descentralización del sistema.

Sociedades financieras de objeto limitado (SOFOLES)

Estas sociedades están contempladas en la Ley de Instituciones de Crédito. Tienen sus antecedentes históricos en la banca mexicana especializada que operó en nuestro país hasta 1970.

Son sociedades anónimas, que tienen por objeto captar recursos provenientes de la colocación de instrumentos inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, con el propósito de otorgar créditos a determinada actividad o sector (consumo, refaccionario, hipotecario, etc.)

ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DE CRÉDITO

Almacenes generales de depósito

De acuerdo a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, tienen por objeto el almacenamiento, guarda o conservación, manejo, control, distribución o comercialización de bienes o mercancías bajo su custodia o que se encuentren en tránsito, amparados por certificados de depósito y el otorgamiento de financiamientos con garantía de los mismos.

Están facultados para expedir los certificados de depósito, los cuales acreditan la propiedad de las mercancías o bienes depositados en el almacén, así como los bonos de prenda que acreditan la constitución de un crédito prendario sobre las mercancías o bienes indicados en el certificado correspondiente.

Arrendadoras financieras

La Ley general de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito señala que son las organizaciones encargadas de celebrar contratos de arrendamiento financiero, mediante los cuales la arrendadora financiera se obliga a adquirir ciertos bienes y a conceder su uso o goce temporal, a plazo forzoso, a una persona física o moral, la cual se obliga a hacer pagos parciales a la arrendadora para cubrirle el valor de adquisición de los bienes, las cargas financieras y de otro tipo. Al vencimiento del contrato, el arrendatario puede adoptar una de las siguientes tres opciones:

1. Comprar los bienes a un precio inferior al de su adquisición

2. Prorrogar el plazo para continuar con el uso o goce temporal, pagando una renta inferior.

3. Participar con la arrendadora financiera en el precio de venta de los bienes a un tercero.

Empresas de factoraje financiero

La Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito señala que este tipo de empresas compran con descuento a un cliente, llamado cedente, que es proveedor de bienes y servicios, su cartera vigente de clientes, documentada con facturas, listados, contra recibos o documentos por

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