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ORGANOS DE LA OFICINA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA


Enviado por   •  14 de Enero de 2016  •  Ensayos  •  4.295 Palabras (18 Páginas)  •  247 Visitas

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NOMBRE: LIC HAYDE ZETINA GORDILLO

CATEDRÁTICO: MARCO FLORENCIO MOLINA MANCERA

ASIGNATURA: TEORIA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA.

TEMA: ORGANOS DE LA OFICINA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.

MAESTRIA: 1 CUATRIMESTRE DE LA MAESTRIA EN ADMINISTRACIÓN PUBLICA

TUXTLA GUTIERREZ CHIAPAS

 21 DE MARZO DEL 2015

ORGANOS DE LA OFICINA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

El 26 de marzo de 2013, el Presidente Peña Nieto firmó el Reglamento de la Oficina con el cual le dio su composición actual, Se mantiene la Coordinación de Asesores e incorpora nuevamente la Secretaría Particular del Presidente y la Coordinación de Comunicación Social, adicionalmente se genera la Jefatura de la Oficina y concentra, por primera vez en la Oficina, la Secretaría Técnica del Consejo de Seguridad Nacional, todas ellas sin preeminencia de una sobre otra; los titulares de dichas unidades tienen misma jerarquía, con lo que se rompe el esquema de titular de Oficina de la Presidencia acordado en el gobierno anterior. Adicionalmente desaparece la Coordinación de Gabinete para convertirla en la Secretaría Técnica del Gabinete y crea las coordinaciones de Estrategia y Mensaje Gubernamental, de Vinculación, de Estrategia Digital Nacional, de Ciencia, Tecnología e Innovación y de Crónica Presidencial, todo ello dentro de la Jefatura de la Oficina.

La Oficina de la Presidencia cuenta con cinco unidades, sin preeminencia de ninguna sobre otra por lo que no hay titular de la Oficina de la Presidencia de la República, y el Presidente contará con el apoyo directo de la Oficina de la Presidencia, la cual se integra por las unidades siguientes:

I. Jefatura de la Oficina de la Presidencia;

II. Secretaría Particular del Presidente;

III. Coordinación de Asesores del Presidente;

IV. Coordinación de Comunicación Social, y

V. Secretaría Técnica del Consejo de Seguridad Nacional.

Los titulares de las unidades antes referidas, tendrán igual jerarquía entre sí y serán nombrados y removidos libremente por el Presidente y dependerán directamente de él.

Las unidades de la Oficina de la Presidencia se auxiliarán del personal que sea necesario para el debido ejercicio de sus funciones, de conformidad con las disposiciones aplicables.

JEFATURA DE LA OFICINA (Aurelio Nuño Mayer)

El Jefe de la Oficina de la Presidencia tiene entre sus obligaciones acordar con el Presidente los asuntos de su competencia y los que le sean encomendados; asistir a las reuniones de gabinete que se convoquen; dar seguimiento a las políticas públicas y realizar su evaluación periódica para aportar elementos para la toma de decisiones, a las órdenes y acuerdos del Presidente, a los avances y al cumplimiento de los programas, proyectos y responsabilidades de la Administración Pública Federal; brindar asesoría al Presidente en los asuntos que éste le encomiende; mantener las relaciones interinstitucionales de la Oficina de la Presidencia con los sectores público, social y privado; así como dirigir y organizar las unidades de apoyo a su cargo y establecer sistemas de coordinación y colaboración de éstas con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Las unidades técnicas de apoyo del Jefe de la Oficina son la Secretaría Técnica de Gabinete y las Coordinaciones de Opinión Pública, de Estrategia y Mensaje Gubernamental, de Vinculación, de Estrategia Digital Nacional, de Ciencia, Tecnología e Innovación y de Crónica Presidencial.

La Jefatura de la Oficina de la Presidencia deberá:

  1. Acordar con el Presidente los asuntos de su competencia y los que estén encomendados a sus unidades de apoyo técnico;
  2.  Asistir a las reuniones de gabinete a las que convoque el Presidente o el Secretario de Gobernación, en términos de lo dispuesto en la Ley Orgánica;
  3. Dar seguimiento a las políticas públicas y realizar su evaluación periódica, con el apoyo de las unidades que establece el presente Reglamento, con objeto de aportar elementos para la toma de decisiones;
  4.  Dar puntual seguimiento a las órdenes y acuerdos del Presidente y solicitar los informes consecuentes;
  5.  Brindar asesoría al Presidente en los asuntos que éste le encomiende;
  6.  Dar seguimiento a los avances y al cumplimiento de los programas, proyectos y demás responsabilidades a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que le encomiende el Presidente;
  7.  Mantener, en coordinación con las áreas competentes, las relaciones interinstitucionales de la Oficina de la Presidencia con los sectores público,  social y privado;
  8.  Dirigir y organizar las unidades de apoyo técnico a su cargo y establecer sistemas de coordinación y colaboración de éstas con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para el debido ejercicio de sus funciones, y
  9.  Las demás inherentes a sus funciones y las que le encomiende el Presidente.

Para el despacho de los asuntos de la Jefatura de la Oficina de la Presidencia, ésta contará con las unidades de apoyo técnico siguientes:

  1. Secretaría Técnica de Gabinete; (Roberto Padilla Domínguez)

  1.  Coordinación de Opinión Pública; (Luis Rodrigo Gallart Juárez)
  1.  Coordinación de Estrategia y Mensaje Gubernamental; (Andrés Massieu Fernández)
  1.  Coordinación de Vinculación; (Jesús Ramírez Stabros)
  1. Coordinación de Estrategia Digital Nacional; (Alejandra Lagunes Soto Ruiz)
  1.  Coordinación de Ciencia, Tecnología e Innovación, (Francisco Bolívar Zapata)
  1.  Coordinación de Crónica Presidencial. ( Héctor Herrera Hernández)

Al frente de cada una de las unidades de apoyo técnico habrá un titular que será nombrado y removido libremente por el Presidente.

Las unidades de apoyo técnico se auxiliarán del personal que requieran para el eficaz despacho de sus asuntos.

Corresponde a la Secretaría Técnica de Gabinete.

  1. Atender las acciones de apoyo técnico que le encomiende el Jefe de la Oficina de la Presidencia;
  2. Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos e instrucciones dictados por el Presidente en las sesiones de gabinete y, en su caso, apoyar al Secretario de Gobernación en la convocatoria a éstas, de conformidad con las normas aplicables;
  3. Mantener informado al Jefe de la Oficina de la Presidencia de la situación que guarde el cumplimiento de los compromisos, acuerdos e instrucciones dictados en las sesiones de gabinete, así como de las órdenes y directrices cuyo seguimiento se le encomiende;
  4. Emitir opinión sobre la mejor operación y funcionamiento de los gabinetes que instruya el Presidente;
  5. Orientar las acciones de los gabinetes de acuerdo con las políticas, lineamientos y prioridades que fije el Presidente y, en términos de las normas aplicables, en colaboración y apoyo del Secretario de Gobernación;
  6. Proponer al Jefe de la Oficina de la Presidencia temas de interés sustantivo que puedan ser abordados en las reuniones de gabinete y, en su caso, sugerir se convoque a las sesiones respectivas;  
  7. Verificar el cumplimiento de los programas e instrucciones que expresamente señale el Presidente y que no estén encomendados a otras áreas;
  8. Registrar y verificar el cumplimiento de los acuerdos del Presidente con los titulares de los otros Poderes de la Unión, de los órganos con autonomía constitucional y de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con servidores públicos de las entidades federativas y de los municipios, de conformidad con lo que instruya el Jefe de la Oficina de la Presidencia, o cuando no estén encomendados a otras áreas;
  9. Identificar, dar seguimiento y verificar el cumplimiento de la agenda política y de gestión gubernamental sobre temas relevantes y estratégicos del quehacer público que deban ser considerados en las sesiones de gabinete;
  10. Realizar el registro y seguimiento de los compromisos asumidos por el Presidente;
  11. Dar seguimiento a los programas de alto impacto social que promuevan las dependencias de la Administración Pública Federal e informar de los resultados obtenidos al Jefe de la Oficina de la Presidencia;
  12.  Elaborar estudios y análisis especializados que permitan anticipar escenarios o situaciones específicas de orden económico, social y político, en coordinación con las unidades competentes y, sugerir al Jefe de la Oficina de la Presidencia, estrategias y políticas alternativas para su atención oportuna;
  13. Proporcionar al Jefe de la Oficina de la Presidencia y a los miembros del gabinete información de naturaleza económica, social y política que permita apoyar la oportuna y adecuada toma de decisiones, y
  14. Las demás inherentes a sus funciones y las que le encomiende el Presidente o el Jefe de la Oficina de la Presidencia.

Corresponde a la Coordinación de Opinión Pública:

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