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Presidencia de la república México

Carlos SalinasEnsayo14 de Septiembre de 2015

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Universidad Tecnológica de México

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Materia: Derecho Administrativo.

Alumno: Salinas Pérez Juan Carlos.

Profesor: Samuel Abelardo Cerqueda Salinas.

Nombre del entregable: Ensayo sobre la presidencia de la república.

Fecha de entrega: 11 de junio del 2015.


Introducción.

El siguiente ensayo es con base a la Presidencia de la Republica, en el cual se abarcaran temas, como son la estructura de gobierno, cuales son los órganos que componen a la presidencia y cuáles son las funciones de cada uno de ellos, las normas que rigen para su funcionamiento. Pero a todo esto surge una pregunta ¿Qué es la presidencia de la república? Es la concentración de los tres niveles de gobierno, y principalmente el gabinete de la Presidencia de la República Mexicana. Una vez resuelto esto podemos adentrarnos de lleno a los temas anteriormente mencionados.

Presidencia de la Republica.

Conforme su estructura de gobierno se conforma de 19 secretarias que son las siguientes:

- Secretaria de Gobernación.  Es una dependencia del Ejecutivo Federal la cual es responsable de atender el desarrollo político del país y de facilitar la relación con los otros poderes de la unión y de los niveles gobierno  para fomentar el desarrollo y bienestar de la nación, algunas de sus funciones son el presentar ante el Congreso de la Unión las iniciativas de ley o decreto del Ejecutivo, publicar las leyes y decretos del Congreso y los reglamentos que expida el Presidente de la República, administrar y publicar el Diario Oficial de la Federación, compilar y sistematizar las leyes, tratados internacionales, reglamentos, decretos, acuerdos y disposiciones federales, estatales y municipales y las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos. El sustento legal que establece sus atribuciones está en el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

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- Secretaría de Relaciones Exteriores. La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) es la dependencia encargada de la ejecución de la política exterior de México. Además de coordinar las acciones que realicen las dependencias del gobierno federal en el extranjero. Otra de sus funciones se centra dirigir el servicio exterior mexicano e interviene en toda clase de tratados, acuerdos y convenciones de los que México sea parte. Tiene a su cargo las atribuciones y el despacho de los asuntos que expresamente le encomiendan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley del Servicio Exterior Mexicano, la Ley sobre la Celebración de Tratados, la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo y otras leyes, así como los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes relativos que expida el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. El sustento legal que marca sus funciones es el Artículo 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

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- Secretaría de la Defensa Nacional. La Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) es, junto con la Secretaria de Marina, la Secretaría de Estado encargada de la defensa de México y de la educación militar. La SEDENA organiza, administra y prepara al Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos desplegados a lo largo y ancho del país y que tiene entre sus misiones “Defender la integridad, la independencia y la soberanía de la nación”; con una visión capaz de hacer frente a amenazas externas e internas, que pongan en riesgo la consecución y/o mantenimiento de los objetivos nacionales. El sustento legal que marca sus atribuciones es el Artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos nos indica sus funciones. 

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- Secretaría de Marina. La Secretaría de Marina de México es la secretaría de Estado que organiza la Armada de México y vigila las aguas mexicanas, además de lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal como por ejemplo: Organizar, administrar y preparar la Armada; Ejercer la soberanía en el mar territorial, su espacio aéreo y costas del territorio; la vigilancia de las zonas marinas mexicanas, etc. El sustento legal que marca sus atribuciones es el Artículo 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

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- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Esta es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, que en materia del Sistema financiero se encarga principalmente de planear y delinear la estructura y funcionamiento de éste, de otorgar o revocar autorizaciones para la operación de diversos intermediarios financieros, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a cuyo encargo se encuentra todo lo relacionado a la recaudación tributaria, administración financiera y fiscalización de recursos del gasto público, así como la regulación y vigilancia de las instituciones bancarias y de valores del país. El sustento legal que marca sus atribuciones es el Artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

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- Secretaría de Desarrollo Social. Según la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal a la Secretaría de Desarrollo Social le corresponde las labores de dirección y el aporte de ideas para el combate de la pobreza, además de la coordinación de los diferentes organismos para trabajar todos en la misma línea de interés del Estado; mediante la coordinación de los otros organismos de la administración pública buscará el desarrollo de planes de construcciones de viviendas para el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos. El sustento legal que marca sus atribuciones es el Artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Según el Artículo 32 BIS de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales le corresponden las siguientes labores: 1) Fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas, recursos naturales, bienes, servicios ambientales, con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable. 2) Formular y conducir la política nacional en materia de recursos naturales, siempre que no estén áreas cuando su administración recaiga en gobiernos estatales y municipales o en personas físicas o morales. 3) Promover el ordenamiento ecológico del territorio nacional, en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, y con la participación de los particulares. 4) Evaluar y dictaminar las manifestaciones de impacto ambiental de proyectos de desarrollo que le presenten los sectores público, social y privado; resolver sobre los estudios de riesgo ambiental, así como sobre los programas para la prevención de accidentes con incidencia ecológica. 5) Conducir las políticas nacionales sobre cambio climático y sobre protección de la capa de ozono. 6) Dirigir los estudios, trabajos y servicios meteorológicos, climatológicos, hidrológicos y geo-hidrológicos, así como el sistema meteorológico nacional, y participar en los convenios internacionales sobre la materia. 7) Regular y vigilar la conservación de las corrientes, lagos y lagunas de jurisdicción federal, en la protección de cuencas y proteger el medio ambiente.

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- Secretaría de Energía. Según la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su numeral 33 a la Secretaría de Energía debe de despachar las siguientes labores: 1) Conducir la política energética del país. 2) Ejercer los derechos de la nación en materia de petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos y gaseosos; energía nuclear; así como respecto del aprovechamiento de los bienes y recursos naturales que se requieran para generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. 3) Conducir la actividad de las entidades paraestatales cuyo objeto esté relacionado con la explotación y transformación de los hidrocarburos y la generación de energía eléctrica y nuclear, con apego a la legislación en materia ecológica. 4) Participar en foros internacionales respecto de las materias competencia de la Secretaría, con la intervención que corresponda a la Secretaría de Relaciones Exteriores, y proponer a ésta la celebración de convenios y tratados internacionales en tales materias. 5) Promover la participación de los particulares, en los términos de las disposiciones aplicables, en la generación y aprovechamiento de energía, con apego a la legislación en materia ecológica. 6) Llevar a cabo la planificación energética a mediano y largo plazos, así como fijar las directrices económicas y sociales para el sector energético paraestatal. 7) Otorgar concesiones, autorizaciones y permisos en materia energética, conforme a las disposiciones aplicables. 8) Realizar y promover estudios e investigaciones sobre ahorro de energía, estructuras, costos, proyectos, mercados, precios y tarifas, activos, procedimientos, reglas, normas y demás aspectos relacionados con el sector energético, y proponer, en su caso, las acciones conducentes 9) Regular y en su caso, expedir normas oficiales mexicanas sobre producción, comercialización, compraventa, condiciones de calidad, suministro de energía y demás aspectos que promuevan la modernización, eficiencia y desarrollo del sector, así como controlar y vigilar su debido cumplimiento. 10) Regular y en su caso, expedir normas oficiales mexicanas en materia de seguridad nuclear y salvaguardas, incluyendo lo relativo al uso, producción, explotación, aprovechamiento, transportación, enajenación, importación y exportación de materiales radiactivos, así como controlar y vigilar su debido cumplimiento. 11) Llevar el catastro petrolero. 

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