Operaciones Fundamentales Y Accesorias De Los Bancos Centrales
nhancy19 de Mayo de 2015
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Enviado por: Jodance11 09 noviembre 2014
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UNIDAD VIII
OPERACIONES FUNDAMENTALES Y ACCESORIAS DE LOS BANCOS CENTRALES.
Operaciones Pasivas. Operaciones Activas. Operaciones accesorias o secundarias.
LOS INSTRUMENTOS DE REGULACIÓN MONETARIA.
Operaciones de crédito. Financiación al Gobierno. Operaciones de Mercado Abierto. Encajes Legales. Tasas de Interés, etc.
LA POLÍTICA DE LOS ENCAJES LEGALES.
Concepto e importancia. Encajes mínimos y encajes flexibles. Objetivo de ésta política. Régimen legal vigente.
POLÍTICA CREDITICIA Y CONTROL SELECTIVO Y CUANTITATIVO DEL CRÉDITO.
Concepto. Control selectivo del crédito. Control cuantitativo del crédito.
Registro contable práctico de las operaciones fundamentales de los Bancos Centrales
OPERACIONES FUNDAMENTALES Y SECUNDARIAS DE LOS BANCOS CENTRALES
Las operaciones de los bancos centrales se clasifican en operaciones fundamentales (Activas- Pasivas) y en operaciones secundarias o accesorias.
Operaciones Pasivas.
Emisión de billetes.
La emisión de billetes en monopolio. El billete tiene curso legal y fuerza cancelatoria ilimitada en todo el territorio de la República, art. 4o inc. b) y art. 39° de la Ley N° 489/95.
Depósitos.
Recibe depósitos de los otros bancos (encajes - cuentas corrientes G y M/E) y de los gobiernos; y en algunos casos hasta del público (Depósitos judiciales). No paga intereses por estos depósitos. No es su función, y además, evita la competencia, art. 4o inc. c. y art. 71°/75o de la Ley N° 489/95.
Otras.
Contrae deudas con corresponsales en el exterior, con organismos financieros internacionales, como el F.M.I., el BID y el BIRF.
Operaciones Activas.
Redescuentos.
Consiste en la operación de descuento de documentos de créditos endosables de la cartera de los bancos, art. 65° de la Ley N° 489/95.
Requisitos: deben ser a corto plazo, garantizados y con liquidación automática.
Importancia: Moviliza la cartera cambiaría de los ban
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cos ordinarios.
• Facilita disponibilidad para hacer frente a las necesidades estacionales.
• Mejora la iliquidez y no encarece el costo.
• Actúa como una reserva para los bancos para casos de retiros extraordinarios.
• Descongestiona la cartera de los bancos. Cuando está muy abultada, le dá al sistema bancario más libertad de acción, firmeza, flexibilidad y así ejerce una acción reguladora del mercado crediticio.
Adelantos.
Puede conceder préstamos al gobierno como al sistema financiero nacional.
A los gobiernos y a los bancos, art. 58°, 65° y 66° de la Ley N° 489/95, mediante letras de Tesorería a no más de 30 días de plazo. Para solucionar operaciones de caja relacionadas única y exclusivamente con las variaciones estacionales en las entradas fiscales. En ningún caso deberá exceder del 10% del promedio de los ingresos de caja del Tesoro Nacional presupuestado para ese ejercicio, art. 58° de la Ley N° 489/95.
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