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Banco Central

nsilvacc11 de Agosto de 2014

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¿Qué es el Banco Central?

El Banco Central de Chile es un organismo autónomo y de rango constitucional, de carácter técnico, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto velar por la estabilidad de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos en Chile; para ello tiene diversas atribuciones en materias monetarias, financieras, crediticias y de cambios internacionales.

El Banco tiene su domicilio en la ciudad de Santiago de Chile y puede abrir o cerrar agencias, oficinas o sucursales dentro o fuera del territorio del país. Desde diciembre de 2011, su presidente es Rodrigo Vergara.

Funciones

El Banco Central tiene como objetivo principal el velar por la estabilidad de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos. Para esos efectos, tiene atribuciones para la regulación de la cantidad de dinero y de crédito en circulación, la ejecución de operaciones de crédito y cambios internacionales, como, asimismo, la dictación de normas en materia monetaria, crediticia, financiera y de cambios internacionales.

a) Estabilidad de la moneda

La actual ley orgánica constitucional del Banco Central de Chile establece, en su artículo 3°, que uno de los objetivos básicos del Instituto Emisor es velar por la estabilidad de la moneda. Esto significa evitar que el valor de la moneda se deteriore como resultado de la inflación de precios. Así, es tarea del Banco Central preocuparse de que la inflación sea baja y estable.

La importancia del objetivo de estabilidad de la moneda radica en los costos que introduce la inflación. Por un lado, una mayor inflación tiende a distorsionar el sistema de precios en la economía, y por ende la información que éstos entregan no permite asignar eficientemente los recursos. Por otro lado, desde una perspectiva distributiva, la inflación tiende a perjudicar a aquellos que tienen una mayor proporción de su riqueza en dinero, es decir, los más pobres. De esta forma, una mayor tasa de inflación produce efectos negativos sobre el nivel de actividad económica y sobre el bienestar de la población.

Para estos efectos, las atribuciones del Banco Central dicen relación con la regulación de la cantidad de dinero y de crédito en circulación y la promulgación de normas en materia monetaria. Esto se debe a la relación directa que empíricamente se constata entre dinero y precios en el largo plazo. De tal forma que la aplicación de un estricto y ordenado control sobre la cantidad de dinero, constituye la única forma de asegurarse el logro de una tasa de inflación baja y estable en el tiempo.

La experiencia de los países en desarrollo, Chile incluido, sugiere que una de las causas fundamentales de la inflación es el financiamiento del gasto público por parte del Banco Central. Por esto la Constitución Política del año 1980 lo prohíbe expresamente. Asimismo, la ley orgánica constitucional del Banco Central establece que de manera alguna podrá el instituto emisor dar su garantía ni adquirir documentos emitidos por el Estado, sus organismos o empresas.

b) Normal funcionamiento de los pagos internos

El artículo 3° de la ley orgánica constitucional del Banco Central de Chile establece el segundo objetivo básico del instituto emisor, el velar por el normal funcionamiento de los pagos internos.

Se entiende por sistema de pagos internos el conjunto de instituciones e instrumentos que facilitan la realización de transacciones en la economía. Por lo general se incluyen como componentes principales dentro de éste el circulante y los depósitos a la vista (cheques) en los bancos. Estos son los instrumentos que más usados en las transacciones que realizan los agentes económicos; una falla en su normal funcionamiento afectaría todo el sistema de pagos, con graves daños reales para la economía.

Los depósitos en cuenta corriente representan aquella parte del sistema de pagos que está directamente ligada con el sistema financiero. En efecto, una de las funciones básicas del sistema bancario es proveer de medios de pago a la economía, para lo cual emite depósitos en cuenta corriente, los que pueden ser retirados en cualquier momento a su valor par. Si por alguna razón los documentos representativos de estos depósitos (cheques) perdieran su valor como medio de pago (por ejemplo, por una situación de desconfianza generalizada), entonces una parte importante del sistema de pagos se vería afectado.

El objetivo de velar por el normal funcionamiento de los pagos internos está muy relacionado con el objetivo antiinflacionario, por cuanto si la moneda pierde su valor muy rápidamente (alta inflación) el dinero doméstico dejará de ser utilizado, causando un daño al sistema de pagos. Sin embargo, la necesidad de velar por el sistema de pagos no sólo radica en las externalidades negativas que su eventual falla provocaría sobre la economía, sino también en su fragilidad intrínseca. En efecto, los bancos invierten los recursos provenientes de depósitos a la vista en activos de menor liquidez, por lo que si todos esos depósitos fueran retirados simultáneamente, los bancos enfrentarían un problema de liquidez. Si éste se generaliza y se produce desconfianza en el sistema financiero, los efectos negativos sobre la actividad económica en general podrían transformar a este problema inicial de liquidez en uno de solvencia del sistema bancario.

Para evitar esto, la ley orgánica constitucional confiere al Banco Central las atribuciones para actuar como “prestamista de última instancia”, es decir, para proveer de liquidez a aquellas instituciones que estén temporalmente con problemas de caja. Además, se le entregan facultades regulatorias en relación con el sistema financiero, principalmente (aunque no exclusivamente) en aquellos aspectos relacionados con el sistema de pagos, tales como las tasas de encaje a los depósitos, la facultad de autorizar a las empresas bancarias para pagar intereses por las cuentas corrientes, la facultad de autorizar a las empresas bancarias para otorgar créditos en relación con las cuentas corrientes y para consentir sobregiros en las mismas, entre otras.

Por último, la ley general de bancos precisa que, en caso de declararse la liquidación forzosa de una institución, los depósitos y obligaciones a la vista se pagarán con los recursos que se encuentren en caja, depositados en el Banco Central o de reserva técnica. De esta forma, los depósitos a la vista están totalmente garantizados y su pago se hace en forma inmediata al declararse la liquidación de una entidad bancaria. Así, el rol del Banco Central es mantener en funcionamiento el sistema de pagos, proveyendo los fondos que hagan falta para hacer frente a las obligaciones a la vista de la institución en problemas.

c) Normal funcionamiento de los pagos externos

El artículo 3° de la ley orgánica constitucional establece, finalmente, que el Banco Central de Chile debe velar por el normal funcionamiento de los pagos externos.

Se entiende por pagos externos el conjunto de transacciones que los residentes de un país realizan con no residentes, las que a su vez se registran en la balanza de pagos. Luego, el velar por su normal funcionamiento significa evitar crisis de balanza de pagos que interrumpan dichas transacciones.

El normal funcionamiento de los pagos externos es de vital importancia para una economía como la chilena, abierta al comercio internacional de bienes, servicios y activos. Una parte importante de la producción nacional se exporta, a la vez que una parte importante de los insumos y bienes de capital necesarios para la producción interna se importa desde el resto del mundo. Además, la economía chilena está integrada financieramente a la economía mundial, con el consiguiente alto intercambio de activos financieros entre nacionales y extranjeros. Si por un problema de financiamiento estas transacciones entre residentes y no residentes se interrumpieran, se produciría un grave daño a la economía nacional.

Con este objetivo, la ley faculta al Banco Central para a determinar la política cambiaria del país. Actualmente, esto se traduce en que el mercado determina el tipo de cambio de referencia, en un contexto de flotación cambiaria libre. El Banco Central tiene facultades para intervenir en circunstancias excepcionales en el mercado cambiario, ante las cuales justifica e informa públicamente estas intervenciones.

Por otro lado, la ley orgánica constitucional establece como escenario óptimo la ausencia de restricciones cambiarias. No obstante, se faculta al Banco Central para establecer restricciones de carácter temporal. Desde abril de 2001, cuando se eliminaron las últimas restricciones cambiarias, existe plena libertad para realizar operaciones cambiarias y de movimientos de capitales internacionales.

El Banco Central tiene la facultad exclusiva de emitir billetes y acuñar monedas *(acuñar es fabricar, verificar una inexactitud legislativa), conforme al artículo 28.º y siguientes de su Ley Orgánica Constitucional, teniendo la propiedad intelectual sobre los diseños de los billetes y monedas en actual circulación, según consta la inscripción N° 115.594 del Departamento de Propiedad Intelectual, por lo que se encuentra prohibida la publicación o reproducción de ellos en forma total o parcial sin su consentimiento.

En resumen, las funciones de esta entidad son:

1. Emisión de billetes y monedas

2. Regulación de la cantidad de dinero en circulación y de crédito

3. Regulación

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