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Providencias Administrativas


Enviado por   •  13 de Abril de 2015  •  896 Palabras (4 Páginas)  •  933 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Defensa

Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada

UNEFA – Nueva Esparta

Providencias Administrativas

Profesor: Bachiller:

Orangel Narváez

C.I.: 24597670

Lic. Administración y Gestión Municipal

01- M

Juangriego, marzo de 2015

Providencias Administrativas

La providencia administrativa es un concepto jurídico que corresponde al área del Derecho Administrativo; este acto es llevado a cabo cuando las decisiones de la Administración Pública no tienen el carácter de decretos o resoluciones, es decir se consideran como un trámite o comunicado sin sustento jurídico ni justificación legal alguna.

Las providencias administrativas también han de denominarse, como normas o reglar, establecidas y hechas públicas por un cuerpo de trabajo encargado de analizar y debatir dichas providencias que cumplirán funciones de ordenamientos en los ámbitos administrativos que a estas le competan. Este tipo de acto aunque no sea de justificación legal tiene su fin autoritario ante la sociedad administrativa con la finalidad de implementarle un bien a la patria.

Este tipo de normativa, es establecida para todas las actividades administrativas que se desarrollen en el país, para así llevar el control necesario de la administración pública de la nación. Por ejemplo; estas pueden dirigirse al campo de las telecomunicaciones, de alimentación, de sanidad, de comercio, entre otros.

Un ejemplo claro de las Providencias Administrativas, es la Providencia Nº 069-06, la cual establece los requisitos necesarios con los que deben cumplir las asociaciones cooperativas y organismo de integración ante la Superintendencia Nacional de Cooperativas para poder tramitar la obtención de la reserva de denominación y constancia de inscripción de las mismas, fijando un conjunto de artículos y normas que deben ser llevadas a cabo por las asociaciones cooperativas y organismos de integración para poder obtener los documentos antes mencionados. En sus artículos, a manera de síntesis, esta providencia manifiesta la importancia de la Superintendencia Nacional de Cooperativas como ente que rige la administración y desarrollo de las cooperativas de nuestro país, así mismo establece los requisitos con que deben cumplir las asociaciones cooperativas para poder tramitar la solicitud de reserva de denominación y su respectiva constancia de inscripción. Al mismo tiempo esta Providencia establece el tiempo de vigencia que tendrán las reservas de denominación.

Finalmente la Providencia Nº 069-06, en los artículos finales establece la derogación de la Providencia Nº 026-05 y así mismo da fe pública de la fecha en que entrara en vigencia la providencia antes definida.

Es importante resaltar, que muchas providencias son consecutivas o más bien, dirigidas originalmente al mismo campo. Ejemplo de ello son las Providencias Nº 033-66; 039-05 y 079-06, todas dirigidas la sociedad de cooperativas y asociaciones de integración que se mantengan en ejercicio y vigentes en el país. Pues la Providencia Nº 039-05, indica la importancia de la educación y capacitación de todos los asociados como proceso de liberación analfabética y como proceso de culturización y enseñanza para el pueblo venezolano, con la finalidad de fomentar en los asociados el estudio y la preparación necesaria para desarrollar de forma más completa su trabajo en dichas cooperativas y asociaciones integradas. Esta providencia establece los procesos que se deben llevar a cabo para poder cumplir con las exigencias inmersas en la misma, para así conseguir la capacitación necesaria de los asociados y poder tener un pueblo más culto. En esta providencia la Superintendencia Nacional de Cooperativas cumple el papel de órgano supervisor de todos los procesos fijados en esta providencia, queriendo así conseguir el correcto cumplimiento a cabalidad de lo establecido en dicho acto. En líneas generales esta providencia manifiesta los lineamientos sobre la formación, capacitación y convalidación educativa, señalando los requerimientos por parte de la Superintendencia Nacional de Cooperativas para llevar el control total de los asociados que han de recibir la educación necesaria por parte de la corresponsabilidad entre la cooperativa o asociación integrada y la Superintendencia Nacional de Cooperativas.

De igual manera, la Providencia Nº 079-06, pone en manifiesto los procedimientos que se deben seguir con respecto al registro de cooperativas en el Registro Nacional de Cooperativas a partir del momento que sea publicada esta providencia en gaceta oficial, siendo creado dicho registro a partir de la puesta en marcha de la actual providencia, suministrando así mismo la información sobre los requisitos que deben ser presentados ante la Superintendencia Nacional de Cooperativa por las asociaciones cooperativas y organismos integrados para poder registrarse de forma exitosa en el registro nacional, pidiendo al mismo tiempo la actualización de los datos de las cooperativas a registra, algunos datos como; la información social, económica, financiera y educativa. En esta providencia también se establece el procedimiento de sanciones que se implementaran a las asociaciones cooperativas y organismos integrados de no cumplir con lo expuesto en dicha providencia. Todo esto hecho en función de conseguir la organización de un servicio de información sobre las Cooperativas con el objeto de facilitar el control de las mismas.

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