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RESUMEN SOBRE LA NORMATIVIDAD DE LA GESTION ADUANERA

AaronEgureEnsayo8 de Marzo de 2022

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CENTRO DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS[pic 5]

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA.

LICENCIATURA EN COMERCIO INTERNACIONAL

OCTAVO SEMESTRE

GESTIÓN ADUANERA.

NORMATIVIDAD DE LA GESTIÓN ADUANERA.

ALUMNO:

ALVARADO EGURE RAMÓN AARÓN.

        PROFESOR:

MTRO. KARINA DÍAZ BERNAL.

Fecha de entrega: domingo, 30 de enero de 2021. Aguascalientes, Ags.

La normatividad de la gestión aduanera se resume en lo establecido a los siguientes artículos:

Artículo 70 de la constitución mexicana: establece todas las facultades   otorgadas al Congreso General de Estados Unidos Mexicanos de los cuales los referentes a la gestión aduanera se encuentran la regularización del comercio, la asignación de contribuciones y para la penalización en situaciones donde no se cumple lo establecido a la ley.

Artículo 89 de la constitución mexicana:  establece las facultades del presidente de la república respecto al nombramiento de los diversos jefes de secretarias o algunas otras organizaciones públicas y así mismo, dirige la política exterior y el fomento de los tratados internacionales.

Artículo 131 de la constitución mexicana: establece que la federación puede gravar las mercancías que se importen o exporten y reglamentarla en todo momento.

Artículo 1 de la ley aduanera: regulan la entrada al territorio nacional y la salida de mercancías y de los medios en que se transportan o conducen, así mismo respecto a su despacho aduanero.

Artículo 2 de la ley aduanera: define los términos señalados en la ley, sin embargo, las referentes a gestión aduanera son la fracción II. El cual define a la autoridad aduanera siempre y cuando cumpla con los requisitos de la secretaria y la fracción XV.  Da el examen aduanero para allegarse de elementos que ayuden a cerciorarse de la veracidad de lo declarado ante la autoridad aduanera 

Artículo 35 de la ley aduanera: define al despacho aduanero como el conjunto de actos y relativos a la entrada de mercancías, que, de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros, deben realizar ante la aduana y a las autoridades aduaneras.

Artículo 36 de la ley aduanera: establece que se debe presentar un pedimento a todo aquellos quienes introduzcan o extraigan mercancías del territorio nacional destinándolas a un régimen aduanero

Artículo 36-A de la ley aduanera: establece que se debe presentar una serie de documentos considerados anexos al pedimento de acuerdo a la importación o exportación. Entre alguno de ellos se menciona factura, lista de empaque, lista de valor, certificado de origen, entre otros.  

Artículo 37 de la ley aduanera: se puede entregar un pedimento consolidado en los casos de operaciones de exportación, en importaciones en amparo, los establecidos por el SAT.

Artículo 37-A de la ley aduanera: establece los detalles para poder realizar el articulo anterior.

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