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Reclamo De Deudas E Impagos

Germannt19 de Enero de 2014

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Deudas, agencias de calificación, inversores y crisis

Según hemos podido saber reclamatudeuda.com a través de la prensa, uno de los factores que podría influir en la nota que a España otorgan las agencias de calificación o rating, es el origen de los fondos europeos de ayuda a la banca. Los socios europeos todavía no han explicado si el préstamo para recapitalizar la banca española provendrá del fondo de rescate temporal -Fondo Europeo de Estabilidad Financiera (FEEF)- o del permanente -Mecanismo de Estabilidad (MEDE).

En caso de que el crédito provenga del fondo temporal no habría una gran diferencia con la situación actual, pero si procede del permanente, esta institución tendría la categoría de "acreedor privilegiado". Esto implica que la deuda que existía antes de pedir esas ayudas estará subordinada a la deuda privilegiada del fondo europeo. Otros factores que determinarán la futura calificación de España son el crecimiento, las reformas y "por supuesto", el déficit y la deuda.

Pero, ¿Qué papel juegan las agencias de calificación en los mercados? Las calificaciones crediticias tienen un papel importante dentro de los mercados, pero limitado al medir la capacidad de una empresa de hacer frente al pago de su deuda en tiempo y en su totalidad.

Además, se asegura que la metodología de la agencias de calificación es transparente y que no hay influencias externas a la hora de otorgar una calificación, porque su misión es ayudar a los inversores a tomar decisiones sobre dónde colocar su dinero. Aun así, los inversores no deben utilizar estas notas como único instrumento de análisis.

¿Qué opinas de las agencias de calificación? ¿Pueden poner sobre las cuerdas a un país mediante la calificación de su deuda soberana? En reclamatudeuda.com seguiremos contestando y dando solución a las dudas planteadas por nuestros clientes y amigos, analizando todo aquello que sobre este particular vaya aconteciendo.

Situación de quiebra, crisis económica y reclamo de deudas

Hoy en reclamatudeuda.com analizaremos un término que tristemente se ha convertido en habitual: la quiebra. En nuestro día a día y en los medios de comunicación, vemos como muchas empresas, hasta ahora indestructibles, se van declarando en quiebra, desmoronándose el castillo de naipes en el que se ha convertido nuestra economía.

La quiebra es la situación en la que un comerciante cesa su actividad al no tener liquidez para pagar sus deudas. En esta tesitura, una persona o empresa no puede hacer frente a los pagos que debe realizar a sus acreedores, puesto que estos son mayores que los recursos económicos que posee.

La persona que se declara en quiebra se denomina quebrado" o "fallido.

Cuando se declara legalmente una quiebra, la empresa va a concurso de acreedores (o proceso concursal) donde se examina si el patrimonio del quebrado puede liquidarse con la intención de hacer frente a sus obligaciones.

Una de las características principales de la quiebra, que la diferencia de otras situaciones como la suspensión de pagos, es el carácter permanente de la bancarrota. Puesto que las dificultades de pago serán duraderas, es necesario tomar medidas, Cuando hablamos de quiebra, hablamos de una insolvencia definitiva.

Proceso de quiebra

El Código de Comercio regula está situación en la que, en primer lugar, el empresario se declara en quiebra y se produce automáticamente el cese de los pagos a los acreedores. Durante ese tiempo estos acreedores no pueden desarrollar acciones legales individualmente para el cobro de las deudas y durante ese plazo, el quebrado procede a la venta de su patrimonio para hacer frente a las ventas.

La finalidad del proceso es

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