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Registro De Una Marca


Enviado por   •  8 de Octubre de 2014  •  1.921 Palabras (8 Páginas)  •  264 Visitas

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Marca (registro)

Una marca registrada determina la identidad gráfica/física/operativa de un producto o servicio. Incluye elementos gráfico-visuales propios que diferencian el artículo de sus competidores, proporcionándole cierta identidad en el sector comercial. Además, se trata de una identidad registrada, protegida por las leyes correspondientes que puede utilizarse con exclusividad.

Tipos de marcas[editar]

Denominativas: identifican un producto o servicio a partir de una palabra o un conjunto de palabras.

Figurativas: Son imágenes o logotipos que distinguen visualmente una marca.

Mixtas: Son el resultado de la combinación de tipos definidos en los dos párrafos anteriores.

Registro de la marca

• Inicio de los trámites

Se inicia con una solicitud de marca y se solicita en la oficina de patentes y marcas de cada país, o autoridad que aplica las leyes y tratados que rigen la materia. Una vez ingresada la solicitud se obtiene un derecho de prioridad hasta que después de un tiempo se publique en un boletín o gaceta oficial para notificar a quienes podrían ver amenazados sus intereses.

Desde su publicación los terceros que consideren que la marca solicitada afecta sus intereses o simplemente que incumple la normativa vigente, tienen derecho a realizar una oposición dentro de los 30 días siguientes a la mencionada publicación. La solicitud que no tiene oposición, continúa un complejo procedimiento hasta que llega al último estadio, el estudio de fondo, que determinará si la marca cumple los requisitos necesarios para otorgarse.

De no existir oposiciones ni observaciones, el procedimiento avanza hacia el registro definitivo siempre que no existan solicitudes de prioridad derivadas del Convenio de París ni se encuentre dentro de las causales de rechazo que cada ley nacional establece. Una vez otorgada tiene un plazo de vigencia y se puede renovar indefinidamente.

• Clasificación

Los diferentes productos y servicios se clasifican de acuerdo con la Clasificación Internacional de Productos y Servicios en 45 clases (desde la 1 a la 34 incluyen productos, y desde la 35 a la 45 servicios). La idea de este sistema es especificar y limitar la extensión del derecho, determinando los productos o servicios que son cubiertos por la marca, y al mismo tiempo unificando el sistema de clasificación en todo el mundo.

• Causales de rechazo

Si la marca es descriptiva o constituye un término común, la solicitud es rechazada. Lo mismo ocurre si otras marcas similares se encuentran previamente registradas. O la falta de documentación necesaria para el registro en el momento de la solicitud. Otra causal es la presentación de solicitudes de registro de marcas notorias, es decir marcas ampliamente conocidas en sus países de origen independientemente de su existencia en el registro de la oficina doméstica.

• Agentes de la propiedad industrial

Los agentes de la Propiedad Industrial son especialistas en la materia que generalmente impulsan el procedimiento registral de la marca, evaluando no sólo la conveniencia de como se debe iniciar el trámite sino que también resuelven los distintos inconvenientes que puedan existir.

Por regla general, los Agentes de la Propiedad Industrial custodian las marcas solicitadas por quien instruyó su registro, notificándole las posibles marcas que puedan ser similares, idénticas, que provoquen alguna clase de confusión o simplemente agredan derechos legítimos; además, realizan la oposición a la nueva marca solicitada. Presentan estas observaciones no sólo si consideran que una solicitud puede afectar los intereses de sus clientes, sino también cuando desean obtener un beneficio económico para dejar de obstruir el trámite.

¿QUÉ ES EL IMPI?

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial es un Organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio y con la autoridad legal para administrar el sistema de propiedad industrial en nuestro país.

“Garantizar que la intervención del Estado en el campo de la protección de los derechos de propiedad industrial, otorgue a sus titulares la seguridad jurídica necesaria para que el aprovechamiento legítimo de su capacidad creativa e inventiva promueva la inversión privada, la creación de empleos, el desarrollo económico, y en general, la competitividad del país”.

TARIFAS MARCAS, AVISOS Y NOMBRES COMERCIALES

Los precios que aquí se muestran son en pesos mexicanos y no incluyen IVA.

MARCAS, AVISOS Y NOMBRES COMERCIALES

Conforme al Título Cuarto de la Ley

14 Por los servicios que presta el Instituto en materia de marcas, avisos y nombres comerciales, se pagarán las siguientes tarifas:

14 a Por el estudio de una solicitud nacional para el registro de una marca hasta la conclusión del trámite o, en su caso, la expedición del título; $2,303.33

14 b Por la renovación de un registro de marca nacional, por cada clase; $2,433.41

14 c Por el estudio de una solicitud para el registro de un aviso comercial hasta la conclusión del trámite o, en su caso, la expedición del título; $614.77

14 d Por la renovación de un registro de aviso comercial; $730.24

14 e Por el estudio de una solicitud de nombre comercial hasta la conclusión del trámite o, en su caso, la publicación, y $528.37

14 f Por la renovación de la publicación de un nombre comercial. $654.81

14 g Por el estudio de la solicitud de la estimación o declaración de marca notoriamente conocida; $2,578.63

14 h Por el estudio de la solicitud de la estimación o declaración de marca famosa; $2,466.77

14 i Por la emisión de la declaración de marca notoriamente conocida, por cada clase en la que se reconoce; $955.95

14 j Por la emisión de la declaración de marca famosa; $44,722.35

14 k Por la actualización de una declaración de marca notoriamente conocida, por cada clase en la que se reconozca la notoriedad; $1,167.89

14 l Por la actualización de una declaración de marca famosa; $44,722.35

24 Por el informe que se proporcione a personas que lo soliciten por escrito sobre si una marca o aviso comercial ha sido registrado, o si un nombre comercial ha sido publicado, por cada uno. $98.26

24 BIS.- Consulta del banco de datos de marcas vía modem:

24 BIS a) Búsqueda de anteioridades fonéticas Derogado

24 BIS b) Consulta a marca en particular accesada por cualquier vía. Derogado

24 BIS c) Consulta a lista de 10 marcas por titular o fracción de 10. Derogado

25 Por suscripción anual a la Gaceta de la Propiedad Industrial, relativa a patentes y marcas, incluyendo el costo del envío por correo a nivel nacional: Derogado

25 a A los tres volúmenes de la gaceta, incluyendo el costo de envío por correo; Derogado

25 b Al volumen de patentes concedidas; Derogado

25 c Al volumen de marcas registradas; Derogado

25 d Al volumen de solicitudes de patentes, y; Derogado

25 e Por ejemplar suelto de la edición corriente de cualquiera de los volúmenes proporcionado en las oficinas del Instituto. Derogado

En el caso de siscripciones del extranjero se cotizarán de acuerdo al medio de envío que elija el suscriptor. En el caso de suscriptores nacionales en el interior de la República Mexicana que elijan un medio diferente al correo, el envío se cotizará por separado de acuerdo al medio seleccionado.

25 c Al volumen de marcas registradas; Derogado

36 Cuando se presenten solicitudes de registro internacional de marca conforme al Protocolo Concerniente al Arreglo de Madrid Relativo al Registro Internacional de Marcas, se pagarán las siguientes tarifas, sin perjuicio de lo dispuesto en dicho Instrumento y en el Reglamento Común del Arreglo y del Protocolo de Madrid:

36 a Tarifas Individuales. Se pagarán directamente a la Oficina Internacional, en FRANCOS SUIZOS.

36 a 1 Por el estudio de una solicitud internacional o, en su caso, una designación posterior, cuando México haya sido designado, hasta la conclusión del trámite, por cada clase, y 193 (Incluye IVA)

36 a 2 Por la renovación de un registro de marca internacional, cuando México haya sido designado, por cada clase. 204 (Incluye IVA)

36 b Tarifas Nacionales. Se pagarán directamente al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en PESOS MEXICANOS.

36 b 1 Por el estudio de certificación de la solicitud internacional cuando México sea Oficina de Origen, por cada clase; $ 1,145.69

36 b 3 Por la transformación de un registro en una solicitud nacional, y $ 2,016.38

36 b 4 Por la toma de nota de la sustitución de un registro nacional por un registro internacional. $ 503.45

36 b 2 Por la transmisión o presentación de solicitudes, peticiones u otros documentos correspondientes a trámites internacionales ante la Oficina Internacional; $ 772.41

PATENTE

Una patente es un conjunto de derechos exclusivos concedidos por un Estado al inventor de un nuevo producto o tecnología susceptibles de ser explotados comercialmente por un período limitado de tiempo, a cambio de la divulgación de la invención. La patente se enmarca dentro de la propiedad industrial, que a su vez forma parte del régimen de propiedad intelectual.

Este derecho permite al titular de la patente impedir que terceros hagan uso de la tecnología patentada. El titular de la patente es el único que puede hacer uso de la tecnología que reivindica en la patente o autorizar a terceros a implementarla bajo las condiciones que el titular fije. Las patentes son otorgadas por los Estados por un tiempo limitado que actualmente, según normas del ADPIC1 es de veinte años. Después de la caducidad de la patente cualquier persona puede hacer uso de la tecnología de la patente sin la necesidad del consentimiento del titular de ésta. La invención entra entonces al dominio público.

El titular de una patente puede ser una o varias personas nacionales o extranjeras, físicas o jurídicas, combinadas de la manera que se especifique en la solicitud, en el porcentaje ahí mencionado. Los derechos de las patentes caen dentro de lo que se denomina propiedad industrial y, al igual que la propiedad inmobiliaria, estos derechos se pueden transferir por actos entre vivos o por vía sucesoria, pudiendo: rentarse, licenciarse, venderse, permutarse o heredarse. Las patentes pueden también ser valoradas, para estimar el importe económico aproximado que debe pagarse por ellas.

Las patentes constituyen incentivos para las personas, ya que les ofrece reconocimiento por su creatividad y recompensas materiales por sus invenciones comercializables. Estos incentivos alientan la innovación, que garantiza la mejora constante de la calidad de la vida humana.

Las invenciones patentadas han invadido todos los aspectos de la vida humana, desde la luz eléctrica (cuyas patentes detentaban Edison y Swan) al plástico (cuyas patentes detentaba Baekeland), pasando por los bolígrafos (cuyas patentes detentaba Biro) y los microprocesadores (cuyas patentes detentaba Intel), por ejemplo.

Todos los titulares de patentes deben, a cambio de la protección de la patente, publicar información sobre su invención, a fin de enriquecer el cuerpo total de conocimiento técnico del mundo. Este creciente volumen de conocimiento público promueve una mayor creatividad e innovación en otras personas. Así pues, las patentes proporcionan no sólo protección para el titular sino asimismo información e inspiración valiosa para las futuras generaciones de investigadores e inventores.

El primer paso para obtener una patente consiste en presentar una solicitud de patente. La solicitud de patente contiene, por lo general, el título de la invención, así como una indicación sobre su ámbito técnico; debe incluir los antecedentes y una descripción de la invención, en un lenguaje claro y con los detalles suficientes para que una persona con un conocimiento medio del ámbito en cuestión pueda utilizar o reproducir la invención. Estas descripciones están acompañadas, generalmente, por materiales visuales como dibujos, planos o diagramas que contribuyen a describir más adecuadamente la invención. La solicitud contiene asimismo varias "reivindicaciones", es decir, información que determina el alcance de protección que concede la patente.

Una invención debe, por lo general, satisfacer las siguientes condiciones para ser protegida por una patente: debe tener uso práctico; debe presentar asimismo un elemento de novedad; es decir, alguna característica nueva que no se conozca en el cuerpo de conocimiento existente en su ámbito técnico. Este cuerpo de conocimiento existente se llama "estado de la técnica". La invención debe presentar un paso inventivo que no podría ser deducido por una persona con un conocimiento medio del ámbito técnico. Finalmente, su materia debe ser aceptada como "patentable" de conformidad a derecho. En numerosos países, las teorías científicas, los métodos matemáticos, las obtenciones vegetales o animales, los descubrimientos de sustancias naturales, los métodos comerciales o métodos para el tratamiento médico (en oposición a productos médicos) por lo general, no son patentables.

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