Requisitos Para Importar
Lizethlr12 de Septiembre de 2011
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Requisitos para importar
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Padrón General de Importadores
Padrón Sectorial
Agentes y Apoderados Aduanales
Quienes importen mercancías están obligados al cumplimiento de las siguientes disposiciones:
Estar inscritos en el padrón de importadores a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para lo cual deben encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, comprobar ante las autoridades aduaneras que se encuentran inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes y cumplir con las disposiciones legales que regulan el ingreso y salida de las mercancías.
a)
Llevar un sistema de control de inventarios registrado en contabilidad, que permita distinguir las mercancías nacionales de las extranjeras
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b)
Contar con la información, documentación y aquellos medios de prueba necesarios para comprobar el país de origen y de procedencia de las mercancías para efectos de preferencias arancelarias, marcado de país de origen, aplicación de cuotas compensatorias, cupos y otras medidas que al efecto se establezcan conforme a la Ley de Comercio Exterior y tratados internacionales de los que México sea parte y proporcionarlos a las autoridades aduaneras cuando éstas lo requieran
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c)
Entregar al agente o apoderado aduanal que promueva el despacho de las mercancías una manifestación por escrito, y bajo protesta de decir verdad, con los elementos que permitan determinar el valor en aduana de las mercancías
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d)
Entregar al agente aduanal el documento que compruebe el encargo conferido para realizar sus operaciones
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e)
El importador deberá conservar copia de dicha manifestación, obtener la información, documentación y otros medios de prueba necesarios para comprobar que el valor declarado ha sido determinado de conformidad con las leyes mexicanas y proporcionarlos a las autoridades aduaneras cuando éstas lo requieran.
Pequeña importación
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Es aquella operación de comercio exterior, cuyo valor no excede del equivalente en moneda nacional o extranjera a tres mil dólares de los Estados Unidos de América, así como de aquellas efectuadas por las empresas que cuenten con registro para operar al amparo de los Decretos de la Franja o Región Fronteriza, o en cualquier otro instrumento legal que se aplique en lugar de éstos y el valor de estas operaciones sean de hasta cinco mil dólares de los Estados Unidos de América y se utilice un pedimento simplificado y no se clasifiquen arancelariamente las mercancías.
Es necesario que se utilicen los servicios de un Agente o Apoderado Aduanal
Es importante que conservar los comprobantes de compra, ya que éstos servirán para calcular el valor de las mercancías
Las mercancías que se pretenda importar de no deberán de estar sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias
No es necesario clasificar arancelariamente las mercancías
Muy importante:
Las mercancías sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias varían constantemente; la información actualizada la puedes solicitar en la aduana, ya que este tipo de mercancías no pueden ser importadas bajo este procedimiento
La mercancía importada por este conducto no es deducible de impuestos
El tráfico ilegal de armas o municiones es un delito federal en México, sancionado con prisión
Ley Aduanera:
Artículo 160. El agente aduanal deberá cubrir los siguientes requisitos para operar:
IX. Ocuparse, por lo menos, de 15% de las operaciones de importación y exportación con valor
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