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TRABAJO FINAL: REQUISITOS PARA PODER IMPORTAR Y EXPORTAR (PROCESO ADUANERO)


Enviado por   •  2 de Diciembre de 2015  •  Trabajos  •  1.196 Palabras (5 Páginas)  •  195 Visitas

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TRABAJO FINAL: REQUISITOS PARA PODER IMPORTAR Y EXPORTAR (PROCESO ADUANERO)

LEGISLACIÓN ADUANERA I

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Requisitos para poder importar y exportar (proceso aduanero)

Como ya sabemos todas las mercancías que ingresen o que salen del territorio nacional  deben clasificarse y destinarse a un régimen aduanero, el cual es  establecido por el contribuyente de acuerdo con la función que se le va a dar en territorio nacional o en el extranjero.

Para este proceso es importante que se realice una inspección en la cual se supervisen todos aquellos requisitos que son requeridos por la autoridad para importación como para exportación.

Entre los requisitos generales encontramos los siguientes:

  1. Estar inscritos en el padrón de importadores a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para lo cuales importante:

  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
  • Comprobar ante las autoridades aduaneras que se encuentran inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes.
  • Cumplir con las disposiciones legales que regulan el ingreso y salida de las mercancías.

  1. Llevar un sistema de control de inventarios registrado en contabilidad, que permita distinguir las mercancías nacionales de las extranjeras.
  1. Definir los productos y fracción arancelaria de acuerdo con el catalogo establecido.
  1. Contar con la información, documentación y aquellos medios de prueba necesarios para comprobar el país de origen y de procedencia de las mercancías para efectos de preferencias arancelarias, marcado de país de origen, aplicación de cuotas compensatorias, cupos y otras medidas que al efecto se establezcan conforme a la Ley de Comercio Exterior y tratados internacionales de los que México sea parte y proporcionarlos a las autoridades aduaneras cuando éstas lo requieran.
  1. Se debe de hacer entrega al agente o apoderado aduanal que promueva el despacho de las mercancías una manifestación por escrito, y bajo protesta de decir verdad, con los elementos que permitan determinar el valor en aduana de las mercancías.
  1. Entregar al agente aduanal el documento que compruebe el encargo conferido para realizar sus operaciones. Es importante resaltar que toda información que se presente ante la autoridad aduanera deberá transmitirse por medio de un documento electrónico (pedimento o cove) o documento en digital, que es un documento digitalizado o escaneado y se transmite (Art. 5).
  1. El importador deberá conservar copia de dicha manifestación, obtener la información, documentación y otros medios de prueba necesarios para comprobar que el valor declarado ha sido determinado de conformidad con las leyes mexicanas y proporcionarlos a las autoridades aduaneras cuando éstas lo requieran.
  1. Se deberá registrar electrónicamente ante la Administración General de Aduanas el documento mediante el cual se confiere el encargo a los agentes aduanales para que actúen como sus consignatarios o mandatarios y puedan realizar sus operaciones, utilizando el formato electrónico denominado “Encargo conferido al agente aduanal para realizar operaciones de comercio exterior o la revocación del mismo” (Art. 5).
  1. Anexo a las mercancías se deberá presentar ante la aduana, un pedimento en la forma oficial aprobada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En los casos de las mercancías sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias cuyo cumplimiento se demuestre a través de medios electrónicos, el pedimento deberá incluir la firma electrónica que demuestre el descargo total o parcial de esas regulaciones o restricciones.
  1. Definir el régimen aduanero, el cual lo podemos encontrar como definitivo o temporal.
  1. Pagar los impuestos al comercio exterior por las mercancías adquiridas ya que en caso de no hacerlo no podrá salir del territorio.
  1. Pagar, cuotas compensatorias o medidas de transición si así lo requirieran, así como al cumplimiento de las demás obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias y de las formalidades para su despacho.
  1. Cumplir con todas las disposiciones arancelarias y no arancelarias requeridas para la importación de la mercancía o bienes.

Si la mercancía que desea ingresar no es para su venta o comercialización, o desea realizar la importación de mercancía por una sola ocasión, puede realizar la importación sin estar inscrito en el padrón de importadores; asimismo cuando se trate de operaciones vía mensajería, paquetería o servicio postal.

IMPORTAR

EXPORTAR

  • El régimen aduanero al que se pretendan destinar las mercancías.
  • Otorga la autorización para la exportación de mercancías de acuerdo a las fracciones arancelarias de los diversos sectores.

  • Los datos suficientes para la determinación y pago de los impuestos al comercio exterior y, en su caso, de las cuotas compensatorias.
  • De conformidad con el Art. 19, fracción XI de LIESPS, únicamente están obligados a solicitar la inscripción en el padrón quienes exporten bebidas alcohólicas y cerveza, alcohol y mieles incristalizables, cigarros, puros y tabacos, refrescos, bebidas hidratantes o re hidratantes, y jarabes o concentrados para preparar refrescos.

  • Los datos que comprueben el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias (permisos, autorizaciones o normas oficiales), el origen de la mercancía, el peso o volumen y la identificación individual, como lo son el número de serie, parte, marca, modelo o especificaciones técnicas.
  • Al inscribirse al padrón se otorga un beneficio en la exención del pago del IESPS a la exportación de estos bienes.
  • El código de barras, número confidencial o firma electrónica que determinen el despacho por el agente aduanal.
  • Es necesario tomar en cuenta que:El precio para exportar productos es muy distinto al precio del mercado interno.
  • Para tales efectos, el agente o apoderado aduanal puede verificar previamente la mercancía con objeto de cerciorarse de que los datos asentados en el pedimento de importación son correctos. Esta acción comúnmente se conoce como previo.
  • Realizar cotizaciones para exportación
  • Una vez fijado un precio de exportación, hay otras variables a considerar para ofrecer una cotización de exportación de acuerdo a los términos y condiciones deseados.
  • Concepto de padrón de exportadores.

IMPORTACIÓN DE MATERIAS PRIMAS

Sección

Materiales textiles

Descripción

Filamentos sintéticos o artificiales

País de importación

Israel

Tratado con el país

Si, se podrá exportar esta mercancía del país de Israel siempre que cumpla con las disposiciones de los anexos 2-03.8 y 3-03(3) del tratado, siempre que el importador adjunte el pedimento de importación certificado de elegibilidad, expedido por la SE.

Arancel

10%

IVA

16%

Tipo de aduana

Terrestre, aérea, fluvial y marítima, no cuenta con alguna restricción ya que no se trata de un material peligroso ni perecedero.

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