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Régimen De Incorporacion


Enviado por   •  6 de Abril de 2014  •  1.742 Palabras (7 Páginas)  •  220 Visitas

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Introducción

A partir del año 2014 en México entra en vigor una nueva reforma hacendaria misma que generara cambios trascendentes en las actividades tributarias del país.

De mano del presidente Enrique Peña Nieto y en conjuntos con las cámaras del pleno y la secretaria de hacienda y crédito público La nueva reforma hacendaria llegar para dar nuevo manejo al control tributario del país.

El presente trabajo muestra una de las variantes nuevas importantes de analizar y conocer a la medida de lo posible y esto es el nuevo régimen de incorparacion que a continuación se explica

Régimen de incorporación fiscal

¿Quiénes se integran a este nuevo régimen?

A través de este régimen, podrán incorporarse durante unos 10 años las personas físicas con poca capacidad económica y administrativa.

Entonces, la idea es que durante dicho periodo sólo deban presentar de forma bimestral sus declaraciones de pago e informativas para efectos del impuesto sobre la renta. De esta manera se espera que se logre cumplir adecuadamente con sus obligaciones e incorporarse al régimen general de la citada ley.

El Régimen de Incorporación se convierte entonces en el nuevo esquema de tributación al que pueden acceder las personas físicas con actividad empresarial con ingresos menores de dos millones de pesos.

Obligaciones de los nuevos contribuyentes pertenecientes al régimen de incorporación fiscal

Los contribuyentes que ejerzan la opción durante el periodo que permanezcan en el régimen previsto deberán calcular el impuesto al valor agregado de forma bimestral por los periodos comprendidos de enero y febrero; marzo y abril; mayo y junio; julio y agosto; septiembre y octubre, y noviembre y diciembre de cada año y efectuar el pago del impuesto a más tardar el día 17 del mes siguiente al bimestre que corresponda, mediante declaración que presentarán a través de los sistemas que disponga el Servicio de Administración Tributaria en su página de Internet.

El pago bimestral será la diferencia entre el impuesto que corresponda al total de las actividades realizadas en el bimestre por el que se efectúa el pago, a excepción de las importaciones de bienes tangibles.

Entre otros detalles, los contribuyentes de este régimen no estarán obligados a presentar las declaraciones informativas siempre que presenten la información de las operaciones con sus proveedores en el bimestre inmediato anterior.

¿Qué pasará con los Repecos?

La reforma hacendaria eliminará el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) y será sustituido por el régimen de incorporación fiscal, en el que podrán estar por diez años.

¿Cómo facturarán las personas del Régimen de Incorporación Fiscal?

Como se ha dicho reiteradamente, los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal tendrán la obligación de emitir CFDI. Sin embargo, tendrán algunas facilidades en los casos de ventas al público en general.

Si eres parte del Régimen de Incorporación Fiscal y efectúas ventas al público en general, podrás seguir usando las notas de venta o tickets. Pero, a final del día o de la semana, o del mes, tendrás que realizar un registro global, a través del Sistema de Registro Fiscal de Facturación Global, por lo cual, evitarías darle un CFDI a cada cliente. El sistema llamado “Mis Cuentas” ya está disponible en este enlace para que puedas facturar de forma particular o global y llevar tu contabilidad online.

Es importante indicar que fiscalmente las notas de venta no tendrán valor alguno.

¿Existe un mínimo para emitir CFDI?

No hay un importe mínimo para la expedición de comprobantes, por lo cual todo debe ser facturado.

¿Qué impuestos se pagará en el Régimen de Incorporación Fiscal?

Como parte de la promoción de este régimen se otorgarán varios beneficios a los contribuyentes, como un descuento del 100% en el pago de ISR en el primer año, que irá disminuyendo paulatinamente a lo largo de los siguientes diez que dura el esquema.

Período Reducción de ISR en Régimen de Incorporación

Año 1 100%

Año 2 90%

Año 3 80%

Año 4 70%

Año 5 60%

Año 6 50%

Año 7 40%

Año 8 30%

Año 9 20%

Año

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