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Régimen Impositivo Simplificado


Enviado por   •  14 de Enero de 2014  •  1.755 Palabras (8 Páginas)  •  321 Visitas

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Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano

El RISE es un nuevo régimen de incorporación voluntaria, reemplaza el pago del IVA y del Impuesto a la Renta a través de cuotas mensuales y tiene por objeto mejorar la cultura tributaria en el país.

¿Qué beneficios ofrece el RISE?

• No necesita hacer declaraciones, por lo tanto se evita los costos por compra de formularios y por la contratación de terceras personas, como tramitadores, para el llenado de los mismos

• Se evita que le hagan retenciones de impuestos

• Entregar comprobantes de venta simplificados en los cuales solo se llenará fecha y monto de venta

• No tendrá obligación de llevar contabilidad

• Por cada nuevo trabajador que incorpore a su nómina y que sea afiliado en el IESS, ud. podrá solicitar un descuento del 5% de su cuota, hasta llegar a un máximo del 50% de descuento.

¿Cuáles son las condiciones y requisitos que debe cumplir una persona que quiera acogerse al RISE?

Condiciones:

• Ser persona natural

• No tener ingresos mayores a USD 60,000 en el año, o si se encuentra bajo relación de dependencia el ingreso por este concepto no supere la fracción básica del Impuesto a la Renta gravada con tarifa cero por ciento (0%) para cada año, para el año 2011 equivale a 9210 USD

• No dedicarse a alguna de las actividades restringidas

• No haber sido agente de retención durante los últimos 3 años.

Requisitos:

• Presentar el original y copia de la cédula de identidad o ciudadanía

• Presentar el último certificado de votación

• Presentar original y copia de una planilla de agua, luz o teléfono, o contrato de arrendamiento, o comprobante de pago del impuesto predial, o estado de cuenta bancaria o de tarjeta de crédito (de los 3 últimos meses).

• Las personas naturales nacionales o extranjeras que ejerzan actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y profesionales a excepción de los artesanos calificados por la Junta Nacional de Defensa del Artesano deben presentar el original y copia del pago de la patente municipal.

¿Si me inscribo en el RISE que tipo de comprobante de venta debo entregar?

• Un contribuyente RISE entregará comprobantes de venta simplificados, es decir notas de venta o tiquete de máquina registradora autorizada por el SRI, para los requisitos de llenado solo deberá registrarse la fecha de la transacción y el monto total de la venta (no se desglosará el 12% del IVA).

• Los documentos emitidos sustentarán costos y gastos siempre que identifiquen al consumidor y se detalle el bien y/o servicio transferido. Un contribuyente inscrito en el RISE tiene la obligación de emitir y entregar comprobantes de venta por transacciones superiores a US$ 12,00, sin embargo a petición del comprador, estará en la obligación de entregar el comprobante por cualquier valor.

• Al final de las operaciones de cada día, se deberá emitir una nota de venta resumen por las transacciones realizadas por montos inferiores o iguales a US$ 12,00 por lo que no se emitió un comprobante.

Formato o modelo de Nota de Venta

• Las notas de venta no tienen un formato establecido, este depende de las necesidades del contribuyente, sin embargo estos documentos deberán contener como mínimo los requisitos de impresión y de llenado que se detallan a continuación.

Convenio de débito automático

• A través del convenio de débito automático, Usted autoriza para que se le debite mensualmente el valor de su cuota en la fecha de vencimiento de acuerdo a su noveno dígito del RUC, sin necesidad de que se acerque a las Instituciones del Sistema Financiero a realizar el pago. Para esto, deberá firmar (por una sola vez) previamente un Convenio de Débito Automático, el mismo que debe ser entregado en las oficinas del SRI a nivel nacional.

ACTIVIDADES EXCLUIDAS DEL RÉGIMENIMPOSITIVO SIMPLIFICADO

• No podrán acogerse al Régimen Simplificado (RS) las personas naturales que hayan

• sido agentes de retención de impuestos en los últimos tres altos o que desarrollen las

• siguientes actividades:

• 1) De agenciamiento de Bolsa;

• 2) De propaganda y publicidad;

• 3) De almacenamiento o depósito de productos de terceros;

• 4) De organización de espectáculos públicos;

• 5) Del libre ejercicio profesional que requiera título terminal universitario;

• 6) De agentes de aduana;

• 7) De producción de bienes o prestación de servicios gravados con el Impuesto a

• los Consumos Especiales:

• 8) De personas naturales que obtengan ingresos en relación de dependencia, salvo

• lo dispuesto en esta Ley;

• 9) De comercialización y distribución de combustibles;

• 10) De impresión de comprobantes de venta, retención y documentos

• complementarios realizadas por establecimientos gráficos autorizados por el SRI;

• 11) De casinos, bingos y salas de juego; y,

• 12) De corretaje de bienes raíces;

• 13) De arrendamiento de Bienes muebles e inmuebles

• 14) De comisionistas.

.- Comprobantes de venta

Son documentos autorizados previamente por el SRI, que respaldan las transacciones efectuadas por los contribuyentes en la transferencia de bienes o por la prestación de servicios o la realización de otras transacciones gravadas con tributos, a excepción de los documentos emitidos por las instituciones del Estado que prestan servicios administrativos y en los casos de los trabajadores en relación de dependencia. Los comprobantes de venta podrán ser llenados

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