SEGURO DE EXEQUIAS
nairovihernandez22 de Noviembre de 2013
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SEGURO INDIVIDUAL DE GASTOS DE EXEQUIAS
Esta póliza garantiza al asegurado el apoyo y la tranquilidad económica frente a todos los trámites y actividades que conlleva la partida de un ser querido.
Objeto del seguro:
es garantizarte, mediante una red exclusiva de servicios exequibles un soporte y la tranquilidad económica en todas las diligencias y actividades ligadas al fallecimiento de un ser querido.
Riesgo cubierto
El riesgo cubierto por esta póliza es la muerte
Cobertura
Servicios Funerarios
Inhumación:
-Trámite de derechos de inhumación
-Inhumación
-Lote en alquiler por el tiempo definido en cada región
-Exhumación al término del tiempo de alquiler
-Ubicación de restos o auxilio para la ubicación
Cremación:
-Trámite de derechos de cremación -Cremación
-Urna cenizaria
-Ubicación de restos o auxilio para la ubicación.
Exclusiones
Suicidio durante el primer año de contratación de la póliza o de la fecha de su rehabilitación de la inclusión de los asegurados en la misma.
Preexistencias: La Compañía, no otorga cobertura al asegurado cuando la muerte es consecuencia de patologías preexistentes al momento se suscribir el seguro.
Beneficiario
El asegurado principal puede designa a sus beneficiarios en la oportunidad de la celebración del contrato de seguro, siempre que no exista cesión alguna de la póliza o en un momento posterior, mediante declaración escrita al asegurado.
Personas asegurables
a) el tomador de la póliza o asegurado principal o la persona con la cual mantenga unión estable de hecho con edad (65) años.
b) el cónyuge del asegurado principal o la persona con la cual mantenga unión estable de hecho, con edad comprendida entre dieciocho (18) años.
c) los hijos y hermanos del asegurado principal y de su cónyuge, con edad comprendida entre los treinta (30) días de nacidos y los sesenta y cinco (65) años.
d) los padres del asegurado principal y los de su cónyuge con edad menor o igual a sesenta y cinco (65) años.
e) cualquier otra persona, con filiación distinta a las anunciadas anteriormente con edad comprendida entre los treinta (30) días y los sesenta y cinco (65) años.
Cobertura familiar
Cuando la póliza es adquirida para el grupo familiar, los grupos quedan sujetos a un máximo de seis (6) personas dentro de los cuales solo se aceptan como máximo dos (2) ascendientes. a los solicitante adicionales se les aplica la tarifa individual acorde con la edad y plan elegido.
Pago de la suma asegurada en caso de siniestro
El pago de la suma asegurada o del remanente a que hubiere lugar por esta póliza se efectuara en la moneda indicada en el cuadro de póliza – recibido
La solicitud de liquidación de los siniestros cubiertos por esta póliza se podrá efectuar utilizando más modalidades siguientes
a) servicio funerario directo
Inmediatamente de producirse el fallecimiento de uno de los asegurados inscritos en la paliza, el asegurado principal o un representante de este debe comunicarse mediante el servicio telefónico o fax con el ente encargado por el asegurador de la coordinación de prestar el servicio funerario mediante los números de acceso al servicio indicado en el cuadro de paliza – recibido.
b) reembolso
en caso de no haber logrado la comunicación con el ente encargado por el asegurador de la condición del servicio funerario; ante la ocurrencia del fallecimiento de un asegurado, el asegurado principal u in representante de este debe notificar al asegurador dentro de los veinte (20) días continuo siguientes a la fecha en que se produjo el siniestro, indicando la fecha, el lugar, la hora, y la circunstancia
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