SISTEMA POLÍTICO Y LEGAL AMBIENTAL
Paula TrianaTarea14 de Marzo de 2016
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SISTEMA POLÍTICO Y LEGAL AMBIENTAL
El derecho a gozar de un ambiente sano es uno de los pilares del derecho social y Por medio de la sentencia C-519/94 la constitución se ocupa de regular otros temas de orden ecológico como es el caso de biodiversidad. La preservación de áreas naturales. El desarrollo sostenible que mediante la constitución política, el estado es obligado a planificar mediante el manejo y aprovechamiento de recursos. La calidad de vida, en el cual los derechos de las personas se encuentren protegidos por las autoridades y respetados por los demás ciudadanos. Ética y educación ambiental ya que Colombia es reconocida a nivel mundial como uno de los centros de mayor diversidad biológica.
Así mismo, en la LEY 162 Y 165 de 1994, por medio del cual se aprueba el “CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BILOGICA” hecho en Rio de Janeiro el 5 de Junio de 1992. Al afirmar que la conservación de la diversidad biológica es de interés común y de toda la humanidad.
TRATADO INTERNACIONAL
CONSENTIMIENTO PREVIO INFORMADO
Con referencia a el convenio 169 de OIT y la declaración de las naciones unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, tiene como eje principal su derecho a ser consultados por loso estados a través del consentimiento libre, previo e informado (CLPI) sobre todas aquellas leyes, proyectos, u obras que afecten sus territorios y sus vidas.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
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3. La revisión del tratado por el cual se aprueba al convenio sobre diversidad biológica seguido de la negociación y celebración del mismo, siendo deber constitucional la revisión de los tratados internacionales así como la leyes que los aprueben y de conformidad a el art 189 numeral 2 de la constitución política de Colombia, en el cual, el presidente de la república en su carácter de jefe de estado es el encargado de dirigir la relaciones internacionales y celebrar con otros estados tratados y convenios que luego serán sometidos a aprobación por parte del congreso de la república.
Ahora bien, de acuerdo con la certificación expedida por el jefe de la oficina jurídica de relaciones exteriores el 15 de septiembre de 1994, el convenio fue firmado el día 12 de junio de 1992 por el ex presidente Cesar Gaviria Trujillo.
Así mismo, en el congreso de la república se firma la ley 162 de 1994 publicado en la gaceta del congreso el 4 de agosto de 1994 en convenio de diversidad bilógica
4. la revisión del convenio y sus antecedentes proviene de la conferencia de las naciones unidas para el medio ambiente y el desarrollo (CNUMAD), conocida también como la “cumbre de la tierra” celebrada en Rio de Janeiro en 1992 el cual ha sido ratificado por más de 120 países en el mundo hasta el momento.
Por consiguiente, el preámbulo del convenio establecen los ideales bajo los cuales las partes intervinientes acordaron realizar un esfuerzo común en pro de la conservación de la diversidad biológica, adicionalmente se resalta que el estado tiene derechos y plena soberanía sobre los recursos biológicos, así como el deber de cooperar en la conservación de los ecosistemas a través de los recursos financieros, la tención de necesidades de países en desarrollo, aceptación del conocimiento tradicional indígena. Teniendo como objetivo del convenio la conservación biológica, el uso sostenible de recursos y los principios por el cual el estado tiene el derecho soberano de explotar sus propios recursos bajo sus propias políticas ambientales asegurándose de no perjudicar el medio ambiente de otros estados.
El estado colombiano tiene el deber de conservar las áreas de protección ecológica y de planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución ( art 79, 80 C.P.), así como también el preserva, mantener y respetar los conocimientos, prácticas e innovaciones tradicionales de las comunidades indígenas respecto de la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica ya que de acuerdo con el estudio “CONSERVACIÓN DE CONOCIMIENTOS AUTOCTÓNOS” Un 80% de la población mundial depende de dichos conocimientos para usos medicinales y cultivos para suministros alimentarios. Igualmente, en los art 12 y 13 del convenio se implementa el desarrollo de campañas y programas en materia de capacitación e investigación científica así como la responsabilidad que adquieren en cuanto a la conciencia enfocada a la protección y preservación del medio ambiente.
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