ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Sociedad Colectiva


Enviado por   •  24 de Agosto de 2013  •  736 Palabras (3 Páginas)  •  353 Visitas

Página 1 de 3

Resumen

El código de comercio es un conjunto unitario ordenado y sistematizado de normas del derecho mercantil. Este cuerpo legal regula las relaciones mercantiles de la nación. Es así como el código de comercio en el Titulo III (Artículo 294 al 322) Regula a la SOCIEDAD COLECTIVA.

Responsabilidad de los socios:

Responden solidaria e ilimitadamente por las operaciones de la sociedad. Cualquier estipulación contraria se tendrá por no escrita.

Compañía Mercantil como socia de sociedad colectiva –Requisitos –:

Cualquier sociedad mercantil puede formar parte de sociedades colectivas cuando lo decida la asamblea o la junta de socios con el voto unánime de los asociados. Se anula el ingreso de la sociedad cuando se infrinja esta disposición.

Actos que requieren autorización expresa:

Ceder total o parcialmente o total su interes en la sociedades

Delegar a un extraño funciones de Admon o de vigilancia de la sociedad

Explotar por cuenta propia o ajena directa o por interpuesta persona la misma clase de negocios dela compañía.(d) Formar parte de sociedades por cuotas o partes de interés, intervenir en su administración o en las compañías por acciones que exploten el mismo objeto social.

“Art. 296”

Efectos por infracción de solicitud de autorización en la Sociedad colectiva:

los dos numerales iniciales del articulo anterior no tienen efecto alguno respecto a los socios. Los dos siguientes tendrán como efecto la exclusión del consocio responsable, la incorporación al patrimonio social y el resarcimiento de los daños ocasionados. El Representante legal de la compañía solemnizará la correspondiente reforma estatutaria.

Causales para la Exclusión de un asociado en la Sociedad Colectiva:

El socio que retire cualquier clase de bienes de la sociedad o que utilice la firma social en negocios ajenos a ella será excluido de la compañía perdiendo a favor de ésta su aporte y debiendo indemnizarla si fuere el caso.

Será embargable por acreedores personales de los socios, pero no se enajenara en subasta pública si uno o mas socios lo adquieren por el avalúo judicial del mismo, la cesión del interés embargado será autorizada por el juez con previa consignación de su valor

Las reuniones de las junta de socios se sujetaran a lo previsto en el contrato social. A falta de estipulación expresa, podrá deliberarse con la mayoría numérica de los asociados cualquiera que sea su aporte y podrán adoptarse las decisiones con el voto de no menos de la mayoría, salvo las reformas del contrato que requerirán el voto unánime

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (4.8 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com