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Sociedades Mercantiles


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2013  •  1.507 Palabras (7 Páginas)  •  333 Visitas

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Tipos de sociedades mercantiles

Sociedad Anónima (S.A.)

Según la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Sociedad Anónima es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones, su denominación o nombre se determinará libremente, pero será distinta de la de cualquiera otra sociedad y al emplearse irá siempre seguida de las palabras “Sociedad Anónima” o en su defecto, de las siglas “S.A.”

Para iniciar la constitución de una sociedad anónima se requiere que haya 2 socios como mínimo, y que cada uno suscriba una acción como mínimo, además el capital social no debe ser menor de $50,000.00.

Además de los puntos requeridos para la constitución de toda sociedad, la estructura constitutiva de una Sociedad Anónima deberá contener: la parte exhibida del capital social, la participación en las utilidades concedidas a los fundadores, el nombramiento de uno o varios comisarios, las facultades de la Asamblea General y las condiciones para la validez de sus deliberaciones, así como para el ejercicio del derecho de voto, entre otros puntos.

La sociedad anónima puede constituirse por la comparecencia ante Notario, de las personas que otorguen la escritura social, o por suscripción pública Cuando la sociedad anónima haya de constituirse por suscripción pública, los fundadores redactarán y depositarán en el Registro Público de Comercio un programa que deberá contener el proyecto de los estatutos, con los requisitos que marca el artículo 6º de ésta ley.

Cada suscripción se recogerá por duplicado en ejemplares del programa y deberá contener nombre, nacionalidad y domicilio del suscriptor, el número, expresado con letras de las acciones suscritas, su naturaleza y valor, la forma y términos en que el suscriptor se obligue a pagar la primera exhibición, cuando las acciones hayan de pagarse con bienes distintos del numerario, la determinación de éstos, La forma de hacer la convocatoria para la Asamblea General Constitutiva y las reglas conforme a las cuales deba celebrarse, entre otros puntos.

Es importante mencionar que todas las acciones deberán quedar suscritas dentro del término de un año, contado desde la fecha del programa, a no ser que en éste se fije un plazo menor y en el caso de que se cumpla dicho plazo y el capital no está íntegramente suscrito o por alguna otra razón no se llegara a constituir la sociedad, los suscriptores quedarán desligados y tendrán el derecho de retirar las cantidades que hubieren depositado

La Asamblea General Constitutiva se ocupará de entre otros asuntos, comprobar la existencia de la primera exhibición prevenida en el proyecto de estatutos, de realizar el nombramiento de los administradores y comisarios que hayan de fungir durante el plazo señalado por los estatutos.

Es imprescindible señalar que toda operación realizada por los fundadores de una sociedad anónima, con excepción de las necesarias para constituirla, será nula con respecto a la misma, si no fuere aprobada por la Asamblea General, y es aquí donde se puede observar claramente la importancia de la Asamblea General para toda Sociedad Anónima.

Otro aspecto importante para la constitución de Sociedades Anónimas es que sus fundadores pueden ser las personas que depositan en el Registro Público de Comercio un programa que contenga el proyecto de los estatutos de la misma o bien, pueden ser fundadores los otorgantes del contrato constitutivo social.

La participación concedida a los fundadores en las utilidades anuales no excederá del diez por ciento, ni podrá abarcar un período de más de diez años a partir de la constitución de la sociedad, además, la participación no se cubrirá, sino después de pagar a los accionistas un 5% sobre el valor exhibido de sus acciones.

En una Sociedad Anónima, las acciones son de igual valor y proporcionan iguales derechos a los accionistas, además, cada acción tiene derecho sólo a un voto. Todas las Sociedades Anónimas deben llevar un registro de las acciones para un mejor control orden en la organización.

Los administradores y comisarios de una Sociedad Anónima pueden ser socios o personas extrañas a la sociedad, son revocables y pueden ser uno o más, formándose así, en el caso de los administradores un Consejo de Administración, los dos son nombrados por la Asamblea General de Accionistas y tendrán las responsabilidades y autoridad que el puesto les permita. Los administradores, por lo general, darán un informe periódico respecto de la situación de la empresa, mientras que los comisarios, deberán recibir un informe periódico, generalmente mensual o en su caso anual y que debe contener mínimo un estado de situación financiera y un balance general de las operaciones de la organización.

Sociedad de Responsabilidad

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