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Sociedades Mercantiles


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2012  •  17.371 Palabras (70 Páginas)  •  693 Visitas

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HISTORIA (antecedentes)

El origen de las sociedades mercantiles, lo encontramos en el transcurso del tiempo y en las grandes etapas económicas, las cuales podemos resumir en las siguientes:

Etapa Comercial:

a) Unión de personas con nexo familiar, ejerciendo el comercio en forma ocasional

b) Unión de personas sin nexo familiar, ejerciendo el comercio en forma permanente.

Etapa Industrial.

Poca Eotecnica, aparecen gremios artesanales, se emplea la energía hidráulica, etc.

Epoca Paleotécnica, se emplea la máquina de vapor, se explotan los yacimientos carboníferos, empieza la revolución industrial, etc.

Epoca Neotécnica, se acondiciona la turbina hidráulica, empieza la producción en serie, se aplica la energía hidroeléctrica, etc.

Etapa Financiera:

Se aplica la energía atómica, la fusión del hidrógeno; etc.; las empresas adquieren acciones de otras empresas para ejercer control administrativo y comercial.

Se emplean computadoras electrónicas, para el registro y control de operaciones; el comercio de acciones y títulos de crédito llega a su máximo florecimiento, etc.

En la etapa comercial, aparecen en forma rudimentaria la Sociedad en Nombre colectivo; el contrato de Commenda; antecedente de la Sociedad en Comandita Simple, etc.

En la etapa industrial, aparecen la sociedad de Responsabilidad Limitada y Sociedad Cooperativa, a fines de esta etapa, empiezan a florecer la Sociedad anónima.

En la etapa financiera, florece plenamente la Sociedad Anónima, Sociedad en Comandita por Acciones, etc.

La sociedad a través de la historia fue desarrollando sus distintas caracterizaciones hasta arribar al concepto actual, el cual si bien surge en la edad Media, se comenzó a labrar desde tiempos anteriores, aun precediendo a la aparición de la civilización romana. Algunos historiadores señalan que en los pueblos de la Antigua Mesopotamia; desde que el rey, los templos y personas privadas habían adquirido derechos de propiedad sobre los terrenos y el suelo; el legislador debía conceder especial atención a la agricultura. De esa manera las relaciones entre los propietarios de las tierras y aquellas personas que las trabajaban debían ser reguladas jurídicamente. Si bien existían codificaciones sobre la temática (código de Urukagina, de Urnammu, de Eshnunna y de Lipiteshtar), el tratamiento más detallado lo proporciona el Código de Hammurabi. Esta legislación considera como el más importante negocio jurídico en el campo de las relaciones agrarias el contrato de arrendamiento. El arrendatario estaba obligado a labrar y sembrar el campo, a regarlo regularmente y a llevar a cabo la recolección a su debido tiempo, así como a entregar la misma cantidad de cereal conseguida por su más cuidadoso vecino. El contrato se estipulaba por tres años y en el último de ellos debían entregar la parte de beneficio que se había acordado. Este aspecto es remarcado por Farina, siguiendo el criterio de algunos doctrinarios en materia histórico-legal, al considerarlo como un tipo de comandita. Existe otro antecedente de este tipo; se manifiesta en Grecia a través del nautikon dancion, el cual era un contrato de naturaleza asociativa, donde una persona adelantaba al armador de un buque una suma de dinero y éste, si las mercaderías llegaban a su destino, debía devolver el préstamo con más de un interés variable según el mayor o menor riesgo y duración del viaje. Otros factores como la aparición de la moneda en Lidia (siglo VI a. de C.) significó un gran impulso para el comercio y posibilitó la creación de las primeras figuras bajo la forma de habilitaciones, (esta forma contractual será explicada más adelante dentro de este trabajo).Se habrían encontrado asimismo antecedentes de la sociedad colectiva en ciertos agrupamientos en los que todos los socios eran responsables sin límites y participaban de la dirección. Las distintas apreciaciones respecto de los antecedentes antes del surgimiento de la civilización romana constan de un alto grado de subjetividad de parte de los investigadores ya que aún en la actualidad no se ha logrado descifrar lenguajes como el cretense, el cual es de una real importancia por la forma netamente comercial que desarrolló dicho pueblo. Ya en la sociedad romana aparece el contrato de sociedad con caracteres propios, pero distinto a las actuales sociedades mercantiles. La societas romanas era un contrato destinado a regular las relaciones internas entre los socios, no era sujeto de derecho, no poseía un patrimonio propio sino que los bienes continuaban de propiedad de los socios por tanto, los acreedores sociales no tenían un derecho preferente sobre los acreedores particulares de los socios. A su vez éstos respondían por su parte viril por las deudas de la sociedad sin poder oponer el beneficio de excusión (hoy legislado en el Art. 56 de la Ley de Sociedades Comerciales -L.S.C-, por el cual se permite ejecutar los bienes sociales y luego los de los socios en particular para hacer frente a las deudas). Cada socio podía administrar la sociedad aunque los otros tenían el derecho de oponerse al acto antes de la ejecución. Con la societates publicanorum o societates vectigalium surge la idea de organización corporativa de lasociedad, estas se encargaban del mantenimiento del ejército o de la realización de obras públicas, como el levantamiento o reparación de edificios, calzadas y puentes; tomaban en arriendo la explotación de las minas estatales, el cobro de tasas aduaneras y la recaudación de impuestos, de tal forma que no era posible prescindir de ellas. En sus comienzos estaban formadas por dos clases de socios: socios visibles y los socios ocultos que proporcionaban el capital para esta empresa. Esta sociedad se estructuró como una verdadera organización corporativa luego de permitir la posibilidad deseguir subsistiendo aun después de la muerte de cualquiera de los socios. Pero el principio de la personería jurídica admitida para estas sociedades se aceptaba no como consecuencia del contrato de sociedad sino en virtud de normas propias de derecho público, pues en Roma se reconocía personalidad al fisco y a los municipios y de ahí pasaba a las societatis publicanorum como por delegación. Las sociedades de "argentarii" (banqueros o prestamistas) no poseían personalidad jurídica; pero los socios respondían solidariamente por las obligaciones sociales por lo que se ha querido ver en ellas el origen remoto de las sociedades colectivas. En el comercio marítimo aparece la sociedad

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