TALLER DE MOTOS
alejandra878823 de Septiembre de 2013
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Titulo: plan de negocio Tienda de motos con taller
La Tienda de motos con taller será un establecimiento multimarca (genérico o independiente), en el que el cliente pueda elegir entre diferentes marcas, tipos, modelos, calidades y precios de ciclomotores y motocicletas; que incluya un taller en el que se arreglen tanto las motos vendidas en la propia tienda como las motos que, aunque no se hayan vendido allí, pertenezcan a las mismas marcas ofrecidas por la empresa. Entre las funciones esenciales del taller estará diagnosticar, reparar y verificar averías o anomalías de funcionamiento, así como realizar el mantenimiento apropiado, en cada caso, en condiciones idóneas en cuanto a calidad y a seguridad, interpretar los documentos técnicos, solicitar y recepcionar pedidos y gestionar sus existencias.
Descripción
Descripción del Negocio
En este proyecto se describe una empresa dedicada a la venta de motos y cascos y a ofrecer servicios de reparación de dichos vehículos.
Aspectos Jurídicos
La legislación básica que hay que observar a la hora de desarrollar este proyecto es la que hace referencia al comercio minorista. Esta normativa se recoge principalmente en:
• Ley 1/1996, de 10 de enero, de Comercio Interior de Andalucía.
• Ley 2/1996, de 15 de enero, complementaria de la de Ordenación del Comercio Minorista .
• Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.
• Ley 6/2002, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior de Andalucía, y se crea la Tasa por Tramitación de Licencias Comerciales.
• Ley 47/2002, de 19 de diciembre, de reforma de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista , para la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 97/7/CE, en materia de contratos a distancia, y para la adaptación de la Ley a diversas Directivas comunitarias.
• Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales.
En cuanto a la actividad de venta de motos también habrá que tener en cuenta:
• Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
El hecho de que el negocio vaya a incluir un taller implica que debamos atender a las diferentes normativas de Seguridad e higiene en el trabajo, muchas de ellas comunes al resto de actividades industriales y que son de obligado cumplimiento. A continuación se presentan las referencias de las mismas:
• Real Decreto 1457/1986 de 10 de enero, por el que se regula la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles.
• Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos.
• Ley 10/1998 de Residuos Urbanos.
• Ley de Prevención de Riesgos Laborales, de 8 de noviembre de 1995.
• Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
• Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
• Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
• Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores.
• Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.
• Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de Seguridad relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
• Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
• Modificación Ley 50/1998, de 30 de diciembre. Modificación Ley 39/1999, de 5 de noviembre.
• Modificación por Real Decreto 780/1998, de 30 de abril.
• Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la seguridad y salud de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
• Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
• Ley 39/2002, de transposición al ordenamiento jurídico español de diversas directivas comunitarias en materia de protección de los consumidores y usuarios.
• Proyecto de Ley sobre Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, aprobado en noviembre de 2002.
• Real Decreto 1.383/2002, de 20 de diciembre de 2002, sobre Vehículos al Final de su Vida Útil o Vehículos Fuera de Uso (VFU), por el que se traspone la Directiva Europea 2000/53 a la legislación española.
Numerosas disposiciones de diverso rango normativo, reguladoras de la protección de la seguridad y salud de los trabajadores frente a los riesgos específicos y aplicables con carácter general a todos los sectores de actividad, entre las que se encuentran:
• Orden 31 mayo 1982 Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIE-AP5 del Reglamento de Aparatos a Presión, sobre extintores de incendios.
• Real Decreto 1.316/89, de 27 de octubre, sobre protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo.
• Real Decreto 1.495/86, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad en las máquinas, modificado por Real Decreto 830/1991. Y Real Decreto 1.435/1992, de27 de noviembre, modificado por Real Decreto 56/1995.
• Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, sobre notificación sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, cuya última modificación viene dada por la Orden del Ministerio de la Presidencia de fecha 5 de abril de 2001, publicada en el BOE de 19 de abril de 2001.
• Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias.
• Normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y se revisa el anexo 1 y los apéndices del mismo
• Orden de 16 de abril de 1998 sobre normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y se revisa el anexo 1 y los apéndices del mismo.
• Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.
• Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.
• Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIE-AP-5, sobre Extintores de Incendios.
Como marco jurídico general, esta normativa es aplicable a todas las actividades empresariales necesarias para el desarrollo productivo, independientemente del objeto social empresarial. A dicha normativa general habría que añadir las normas UNE de aplicación voluntaria, tanto las referidas a prevención de riesgos, como a medio ambiente y calidad.
Así mismo, hay que contemplar las disposiciones de las diferentes ordenanzas municipales sobre "Características constructivas particulares de los establecimientos industriales, talleres y/o depósitos industriales", y conseguir la correspondiente licencia de apertura y el registro de la actividad.
Además, habrá que tener en cuenta el Real Decreto 64/2008, de 25 de enero, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo.
Perfil del Emprendedor
La persona que desee poner en marcha un negocio de estas características no tiene, en principio, que poseer una formación específica, aunque es adecuado que posea alguna experiencia en el sector y conocimiento de los productos que se van a vender con el objetivo de asesorar a los clientes de la forma más óptima posible. Es importante que la persona tenga una buena orientación al cliente y un claro perfil comercial.
Análisis del Mercado
El Sector
La historia del sector de las dos ruedas en España está marcada por dos profundas recesiones experimentadas a principio de la década de los 90 y a principios de la década actual. Este sector tiene un carácter cíclico lo que condiciona la evolución del mercado y de la industria.
En el año 1999 se produjo un cambio que afectó principalmente a la industria local, ya que, a pesar de la evolución positiva de las ventas, se experimentó una caída de aproximadamente un 11 % en los niveles productivos de la industria que se mantuvo hasta 2003.
Esta etapa de recesión afectó en mayor medida al ciclomotor debido, en primer lugar a la desaparición de la oferta de seguros de los ciclomotores que impedía al cliente a acceder a cualquier tipo de seguro y las empresas que los mantuvieron incrementaron el precio considerablemente. Y en segundo lugar, la aparición de otras medidas de carácter administrativo como la matriculación obligatoria, la imposición de un examen para obtener la licencia o la implantación de un impuesto de circulación y la aplicación del tipo normal
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