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TRABAJO: CERTIFICACION S.A


Enviado por   •  10 de Junio de 2019  •  Tareas  •  506 Palabras (3 Páginas)  •  147 Visitas

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 Nombre: Cristina Colcha González

Grupo # 6

Máster Universitario en Prevención de Riesgo Laboral

TRABAJO: CERTIFICACION S.A

Empresa multinacional líder en el sector de la certificación de sistemas y gestión de calidad, medio ambiente y seguridad y salud, desea implantarse en todas las 17 ciudades autónomas con una sede central formada por 70 trabajadores, cuatro centros de trabajo con un número superior a 50 en cada uno de ellos y los restantes centros de trabajo con un total de 360 trabajadores.

Responde las siguientes cuestiones:

1.-  Indica las modalidades preventivas que puede adoptar esta empresa.

Según el total de trabajadores (360) y lo dispuesto en el artículo 10 de las Modalidades organizativas de prevención del RD 39/1997, el empresario podrá designar a uno o varios trabajadores para que se ocupen de la actividad preventiva de la empresa, de los cuales cumplan como mínimo dos especialidades, las restantes serán asumidas por un servicio de prevención ajeno. Los trabajadores designados deberán tener la capacitación suficiente en las especialidades que tendrán a su cargo, como mínimo funciones de nivel básico. La empresa no realiza actividades del Anexo I por tanto no podrá tener un servicio de prevención propio.

2.- Indica si existe la necesidad de constituir el comité de seguridad y salud, en su caso señala su composición y cómo debería constituirse.

Según lo establecido en el artículo 31 de la ley 31/ 1995 de prevención riesgos laborales el Comité de seguridad y salud se establecerá en empresas que cuenten con más de 50 o más trabajadores.  El comité estará formado por Delegados de prevención por parte de los trabajadores y en número igual por parte del empresario.

3.- Señala la formación preventiva que debería tener los miembros del comité de seguridad y salud, así como las personas que se responsabilicen de la prevención en la empresa.

Según lo señalado en el artículo 37 de la ley de PRL en el punto 2 nos indica que el empresario deberá proporcionar a los Delegados de prevención los medios y la formación necesaria en materia preventiva. Esta formación será facilitada por el empresario por sus propios medios o mediante concierto con organismos especializados en la materia, adaptándose a la evolución de riesgos o aparición de otros nuevos repitiéndose periódicamente si fuese necesario. Esto no debe representar de ninguna forma, costo para los trabajadores.  Las personas que se responsabilicen de la prevención designadas por el empresario deberán cumplir con funciones de nivel básico, con una formación no inferior a 50 horas si son empresas que cumplen según lo que se refiere el anexo I o de 30 horas en los demás casos, del RD 39/1997.

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