Tipos De Comprobantes Que Emite Una Persona Fisica
rockr1319 de Octubre de 2011
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1. ¿Qué tipo de comprobante emite una persona física con actividad empresarial?
Que se dedica o tiene su régimen como:
a) pequeño contribuyente: deben entregar a sus clientes copias de notas de ventas y conservar ellos las originales.
b) Régimen intermedió: deben entregar por cada cobro que se realice a sus clientes el comprobante con todos los requisitos fiscales.
c) Régimen general: comprobante clase “A” sin limite de cantidad, comprobante clase “A” con leyenda de pago CBU y comprobante de clase “M” la impresión se limitara a un total de 100 (cien) comprobantes.
2. ¿Cuáles son los requisitos para ser considerado?
a) pequeño contribuyente:
Inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (darse de alta).
Aviso de opción para ser pequeño contribuyente.
Entregar notas de venta a sus clientes.
Solicitar facturas.
Declaraciones informativas de ingresos.
Llevar contabilidad.
Hacer retenciones de impuesto.
Pagar crédito al salario a los trabajadores.
Entregar constancias de pagos y retenciones a los trabajadores.
Presentar declaraciones informativas.
Calcular el impuesto anual de sus trabajadores.
En este régimen no se pueden llevar a cabo las actividades a través de fideicomisos.
b) Régimen intermedio:
Deben de tener o dedicarse al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, etc.…
Régimen general
Este régimen resulta aplicable cuando no lo sea ninguno de los especiales o bien, cuando se haya renunciado o se quede excluido del simplificado o del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
-En qué consiste el régimen general
Se repercutirá a los clientes el IVA que corresponda según el importe de la operación y el tipo aplicable 16%, 7% ó 4%, salvo que la misma esté exenta del impuesto.¬¬
3. ¿Cuándo se considera que una persona física tiene ingresos por sueldos y salarios? Y ¿Cuál es la manera de comprobarlo?
Tengan ingresos acumulables distintos de sueldos y salarios.
• Comuniquen por escrito a su patrón que presentarán su declaración anual.
• Dejen de prestar servicios a más tardar el 31 de diciembre del año de que se trate.
• Se hubieran prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.
• Obtengan ingresos de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones de ISR.
• Tengan ingresos anuales mayores a $300,000.00.
Fundamento Legal: Artículo 117 fracción III, de la LISR.
Y Su manera de comprobar es por Comprobantes (facturas o recibos) de los gastos personales.
4. ¿Qué se considera actividades profesionales?
Cuando se perciban ingresos por salarios, servicios profesionales, rentar bienes inmuebles a personas morales debe solicitarse constancia de pagos y retenciones, ya que es importante para elaborar la declaración anual debido a que contiene el monto de los pagos y retenciones que efectuaron durante el año, así como datos personales del retenedor, al ser asalariado estos datos servirán para generar el (CIEC) clave de Identificación electrónica confidencial. Se debe obtener con anticipación para elaborar la declaración a tiempo.
5. De acuerdo al código fiscal de la federación ¿Qué son actividades empresariales?
El artículo 120 en la fracción I de la LISR menciona que actividad empresarial se refiere a “ingresos por actividades empresariales, los provenientes de la realización de actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícola.”
El artículo 16 del código Fiscal de la Federación señala que se entenderá por actividades empresariales las siguientes:
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