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“Trabajo Seguro, producción sin pérdidas”


Enviado por   •  6 de Junio de 2021  •  Informes  •  623 Palabras (3 Páginas)  •  70 Visitas

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“Trabajo Seguro, producción sin pérdidas”

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ÁREA DE RESPONSABILIDAD: VOLADURA

ESTÁNDAR: TRANSPORTE DE EXPLOSIVOS 

CÓDIGO

EST-VOL-12

SISTEMA DE SEGURIDAD COMARSA “SISCO”

VERSIÓN:

1

PÁGINA

  de

  1. OBJETIVO
  • Es Establecer normas  generales que deben cumplirse para  transporte de explosivos.

  1. DESCRIPCIÓN
  • Conjunto de reglas a para transportar explosivos.
  1. ALCANCE
  • Están afectos al cumplimiento de este reglamento, todos los trabajadores de minera que transportan explosivos.
  1. REFERENCIAS
  • Reglamento de Seguridad e Higiene Minera  - CMSR.
  • DS-019-71/IN  (DIGSCAMEC)
  • Reglamento ambiental – CMSR.
  1. DESARROLLO / ESPECIFICACIÓN DEL ESTÁNDAR
  • Siempre asegúrese de que los vehículos utilizados para el transporte de explosivos estén en buenas condiciones de funcionamiento, dotados de pisos de madera bien ajustados y sin grietas, o de algún material que no produzca chispas. Los costados y los extremos deben ser suficientemente altos para impedir la caída de la carga. Los explosivos deben mantenerse lejos de fuentes de calor, tales como tubos de escape del motor. Deben aislarse debidamente todos los alambres para prevenir los cortos circuitos, debiendo llevarse al menos un extintor de incendios y una cadena a tierra para la descarga estática.
  • Se dará preferencia al despacho al material que ha permanecido más tiempo almacenado y al que ha sido devuelto en buen estado.(primera entrada – primera salida)
  • Nunca se deberá permitir que las cajas de explosivos estén en contacto con algún metal, salvo en las carrocerías de vehículos construidos con un metal aprobado.
  • No deben transportarse sustancias metálicas, inflamables o corrosivas con los explosivos.
  • Siempre se procederá con sumo cuidado al cargar y descargar los explosivos, nunca golpear las cajas.
  • Siempre asegurarse de que otros explosivos, incluyendo el cordón detonante, estén separados de todo tipo de detonantes cuando el transporte en un mismo vehículo sea permitido.
  • Los accesorios de voladura se transportarán sólo en los envases originales correspondientes. No deben transportarse explosivos sueltos.
  • El explosivo retirado del polvorín para los lugares de trabajo debe ser sólo la cantidad necesaria y calculada para la voladura, evitando en lo posible material sobrante.
  • Cuando se empleen camiones u otros vehículos para el transporte de explosivos en la operación minera, la distancia mínima entre dos de éstos, será de cien (100) metros y su velocidad será aquella que permita al conductor mantener siempre el control del vehículo ante cualquier contingencia que se presente.
  • Los detonadores corrientes deben transportarse aparte del explosivo y permanecerán en cajas especiales hasta el momento en que se van usar.
  • La persona que opera el vehículo que transporta explosivos, debe cumplir lo siguiente:
  • Mantener en condiciones operativas el vehículo.
  • Mantener al día la documentación exigida por la ley de tránsito y reglamentos internos de la Mina COMARSA.
  • Estar en posesión de la licencia de manipulación de explosivos.
  • Estar entrenado para actuar en situaciones de emergencias e instruido en el Reglamento de Transportes, Manejo y Uso de Explosivos.
  1. ENTRENAMIENTO Y CONOCIMIENTO
  • El personal de Voladura  será capacitado y entrenado  en las técnicas propias del transporte de explosivos y accesorios de voladura, el cual será impartido por el departamento de Perforación y Voladura, evaluando al personal  en todo momento.
  1. REGISTROS DE CONTROLES Y DOCUMENTACIÓN
  • Contar con archivo de inspecciones, programas de capacitación y otros
  • Se mantendrá una guía de seguridad para trabajos con explosivos, para inspecciones.
  1. CONTROLES
  • Ejecución de Inspecciones
  • Ejecución de auditorias
  • IPER
  1. FRECUENCIA DE INSPECCIONES
  • Cada vez que se de una ocurrencia.
  1. REVISIÓN Y MEJORAMIENTO CONTINUO
  • Las revisiones se hará en forma anual y/o se produzcan cambios en la normatividad legal vigente relacionada a las operaciones mineras sufran cambios y/o modificaciones.

PREPARADO POR:

REVISADO POR

JEFE  DE ÁREA

APROBADO POR

SUPERINTENDENTE GENERAL

COMPILADO POR

SEGURIDAD E HIG. MINERA

FECHA: ENERO – 2011

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