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Constitución.- se define a partir de los órganos y procedimientos que intervienen en su adopción.


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2016  •  Informes  •  2.559 Palabras (11 Páginas)  •  190 Visitas

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Constitución.- se define a partir de los órganos y procedimientos que intervienen en su adopción.

Organización política que determina la competencia de los diversos poderes, a los principios conciernen a los estatutos de las personas en general.

Clasificación.- según su forma jurídica. Constituciones escritas o consuetudinarias o no escritas

Constituciones escritas: Contenidas en un documento: y

Consuetudinario o no escritas: escritura más compleja, dependen cierta medida de la costumbre, pero también de otras fuentes de derecho.

Según su reformabilidad.- constituciones flexibles y constituciones rígidas-.

Constituciones flexibles.- La naturaleza de una constitución de este género la hace susceptible de modificación en todo momento, tanto en su aplicación como en su misma restricción.

Constituciones rígidas: La que es modificada por un procedimientos especial, señalando en el mismo texto fundamental.

Según su nacimiento u origen..- constituciones otorgadas o constituciones impuestas.

Constituciones otorgadas. Aquellos en los que se concebía que el titular de la soberanía era el monarca: consideraba como constitución obligada a aquella que esta concebía a su pueblo.

Constituciones impuestas: son aquellas constituciones políticas que el rey se verá obligado a aceptar por imposición generalmente del parlamento.

Parlamento: Conjunto de personas que crean las leyes (actualmente senado)

Constituciones pactas o contractuales: se consideraban a las constituciones qe se fundan con la teoría del pacto social.

Constituciones ratificadas: son aquellas en las que se necesita de otro órgano que confirmen o ratifiquen el documento elaborado por distinto ente.

Constitución: norma fundamental de un estado soberano, establecida o aceptada para regirlo. Fija los límites y define las relaciones entre los poderes del estado y de estas con sus ciudadanos estableciendo las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se asientan: y buscan al pueblo su derecho y libertades.

Democrático, representativo, federal: son las formas de gobierno.

Derecho constitucional: disciplina que estudia las normas que configuran la forma y sistema de gobierno y garantiza al individuo un mínimo de seguridad jurídica y económica.

Tema II:

Poder constituyente: Es el órgano que constituye o establece un ordenamiento legal, en el que se origina una serie de normas que han de regir la vida jurídica de una comunidad, bien porque se trate de un reducido grupo o porque se refiera a una nación.

Poder constituido: Los poderes constitutivos emergen de la voluntad suprema del poder constituyente para darle al pueblo en su conjunto una organización política y como consecuencia de ello, estos son derivados, están limitados y regulados normativamente por la voluntad del poder constituyente.

Soberanía nacional : La soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.

Principio de supremacía constitución. Ser la máxima en la cual se derivan todas las normas, Como resultado inequívoco de la soberanía de su pueblo, la constitución se convierte en un estado de derecho, en la ley primera o ley fundamental (suprema)De la cual dependen otras … (posible pregunta del examen) art,133 de la (peum)

Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de las entidades federativas.

Principios de la inviolabilidad de la constitución: La “inviolabilidad” de la constitución, significa la imposibilidad jurídica de que la constitución sea desconocida, cambiada o sustituida por fuerzas que no emanen del poder

Constituyente o por grupos o personas que no expresen la voluntad mayoritaria del partido. Art.136. (cpeum).

Principio de la rigidez de la constitución: Refiere que la constitución para ser modificado, requiere de un procedimiento especial, señalado en el mismo texto fundamental. Art.135 (cpeum).

Formas de gobierno. Democracia, democracia pura o directa, democracia representativa, democracia semidirecta.

Democracia: es una forma de gobierno un modo de organizar el poder político en el que lo decisivo

Es que el pueblo no es solo el objeto del gobierno si no también el sujeto que gobierna. (art.3.cpeum)

Democracia “pura” o directa: es el régimen en el que el propio pueblo se gobierna a si mismo.

Se basa en el principio de autogobierno, en el cual las funciones gubernamentales son ejercitadas por todos los ciudadanos.

Democracia representativa: es aquella en la actividad política no se desarrolla directamente por el pueblo, si no a través de sus representantes. Implica tres grandes principios: la separación de poderes, la existencia de partidos políticos; y el sufragio.

Democracia semidirecta: Es una combinación de la democracia directa y representativa que facilita la intervención del pueblo en el proceso por medio del cual se elaboran las decisiones del poder estatal, a través del referéndum, la iniciativa popular, el plebiscito, revocación popular y la apelación de sentencia.

Plebiscito.- un plebiscito es una resolución tomada por un pueblo a partir de la pluralidad de votos. Se trata de una consulta realizada por los poderes públicos para que la ciudadanía se exprese mediante el voto popular directo respecto a una determinada propuesta.

• Resumando

Art.40 CPUM.- “Es la voluntad del pueblo mexicano constituirse en una republica representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.

Tema III CONSTITUCIONALISMO MEXICANO.

*constitución de cadíz (18 de marzo de 1812).

*sentimientos de la nación (14 de sept. 1813).

*constitución de Apatzingan (22 de oct.1814).

*plan de iguala (24 de febrero 1821)

*tratados de Córdova. (24 de agosto de 1821)

*Acta de independencia (28 de sept.1821)

*constitución de 1824

*constitución 1857

*plan de san Luis de 1910(5 oct.) Francisco I Madero.

Constitución

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