Contabilidad
teffy2911 de Junio de 2014
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LEY DE ACTUALIZACIÓN DE LA LEY Nº 13253, DE
PROFESIONALIZACIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO Y DE CREACIÓN DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS
El Peruano - Lima, martes 16 de enero de 2007
LEY Nº 28951
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado la ley siguiente:
LEY DE ACTUALIZACIÓN DE LA LEY Nº 13253, DE PROFESIONALIZACIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO Y DE CREACIÓN DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS
Artículo 1°.- Título profesional de contador público
El título profesional de contador público es otorgado por las universidades del país creadas y reconocidas con arreglo a las leyes de la materia. Los títulos profesionales otorgados en el extranjero son reconocidos conforme a ley.
Interpretación:
Todos y cada uno de los egresados en contabilidad están en todo el derecho de recibir el título profesional de contador público, las cuales son otorgadas por las universidades a las que ellos pertenezcan. Siempre y cuando dichas universidades estén facultadas de expedir títulos profesionales de conformidad a la ley y sus reglamentos, los títulos son entregados después de haber cumplido ciertos requisitos, como es el de tener previamente el grado académico de bachiller, etc. Asimismo, los títulos que se entregan en el extranjero también tienen aceptación en el territorio nacional, siempre y cuando estén dentro de conformidad a la ley.
Artículo 2°.- Colegiación
Es obligatoria la colegiación para el ejercicio profesional del contador público.
La determinación de los requisitos para la colegiación y habilitación del contador público le corresponde al colegio departamentalrespectivo.
Interpretación:
La colegiación es un requisito indispensable para ejercer la profesión de contador público, es por eso que todo contador público titulado deberá colegiarse obligatoriamente para el ejercicio legal de su profesión y así actuar bajo conformidad a las leyes y sus reglamentos, de esta manera el contador público estará regido por las normas que rigen su profesión. Caso contario aquel contador público que no cumpla con la colegiación para el ejercicio de sus actividades, actuará como un contador ilegal.
Artículo 3°.- Competencias del contador público
Son las siguientes:
a. Planificar, organizar, supervisar y dirigir la contabilidad general y de costos de las actividades
económico-comerciales desarrolladas por personas naturales y/o jurídicas del ámbito privado,
público o mixto; y formular, autorizar y/o certificar los estados financieros correspondientes,
incluidos los que se incorporen a las declaraciones juradas y otros para fines tributarios.
b. Evaluar, asesorar y realizar consultoría en sistemas de contabilidad computarizada y de control,
y otros relacionados con el ejercicio de la profesión contable.
c. Realizar auditoría financiera, tributaria, exámenes especiales y otros inherentes a la profesión de
contador público.
d. Efectuar el peritaje contable en los procesos judiciales, administrativos y extrajudiciales.
e. Certificar el registro literal de la documentación contable incluyendo las partidas o asientos
contables de los libros o registros contables de las personas naturales y jurídicas.
f. Formular valuaciones y tasaciones de naturaleza contable. <
g.Ejercer la docencia contable en sus diversas especialidades en todos los niveles educativos
respectivos, de acuerdo a ley.
h. Ejercer la investigación científica sobre materias relacionadas a la contabilidad y a su ejercicio
profesional.
i. Otras relacionadas con la profesión contable y sus especializaciones.
Interpretación:
a)El contador público estará apto de llevar el control de una empresa, el proceso contable, así como planificar ,organizar, supervisar y dirigir todas y cada una de las operaciones y actividades que realizan la empresas, además podrá ser el respaldo de los estados financieros .
b) El contador público podrá actuar como asesor en cada una de las actividades relacionadas a la profesión.
c) todo contador público independiente podrá realizar las respectivas revisiones de los estados financieros para después dar su aprobación y constatar que todo esté en orden, es decir el contador público podrá participar como auditor, tanto financiero como tributario, entre otros.
El auditor financiero, es aquel que hace un examen de las operaciones de una entidad con la finalidad de evaluar, y elaborar informes que contengan el dictamen correspondiente.
El auditor tributario, es el encargado de verificar el cumplimiento de las obligaciones formales de los contribuyentes.
d) El contador público podrá ser participe en casos relacionados con procesos judiciales, es decir que podrá intervenir en la solución de cualquier acto que esté en disconformidad con la ley y en la solución que tenga implicancias con hechos dolosos, de esta manera el contador público podrá actuar como perito contable.
E) Elcontador público podrá realizar la certificación de los documentos contables, es decir de respaldar y constatar que todos los documentos, como los pagares, facturas, letras de cambio, etc., no estén falseados. Es por eso que el contador público tiene que tomar todo las previsiones de caso para no incurrir en equivocación.
f) El contador público podrá realizar la valuación donde dará valor a cada uno de los bienes correspondientes, además realizará la tasación en donde mostrará el resultado de ese valor, pero añadiéndole algunas condiciones como el material, ubicación y antigüedad de ese bien. El contador público puede pedir el apoyo de los ingenieros u otros profesionales competentes, es decir que en este tipo de operaciones, el contador público solo intervendrá en el ámbito comercial, puesto que él no es experto por ejemplo: en caso de ingeniería civil (en caso de tasaciones de un departamento)
g) El contador público podrá ejercer la docencia, cumpliendo con los reglamentos dispuestos en el código de ética profesional.
h) El contador público deberá mantenerse actualizado e informado de cualquier acontecimiento que pueda tener relación con su carrera.
Artículo 4°.- Sociedades de auditoría
Las sociedades de auditoría estarán conformadas por contadores públicos colegiados e inscritas en el Registro de Sociedades de los Colegios de Contadores Públicos. Se constituirán bajo cualquiera de las formas establecidas en la Ley General de Sociedades.
Interpretación:
El conjunto de contadores públicos colegiados conforman las sociedades de auditoría, las cuales son personas jurídicas calificadas eindependientes en la realización de labores de control y son contratados por las entidades para evaluar y examinar actividades económicas, así como hacer una revisión general de los estados financieros. Las sociedades de auditoría deben registrarse en el registro de sociedades de los colegios de contadores públicos las cuales estarán regidas por la ley general de sociedades.
Artículo 5°.- Colegios de contadores públicos: naturaleza y fines
Los colegios de contadores públicos son instituciones autónomas con personería de derecho público interno, su decano es integrante de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú creada por Decreto Ley Nº 25892, que tienen su sede en la capital de cada departamento (Región) del país, cuyos fines son los siguientes:
a. Velar por el prestigio, desarrollo y competencias de la profesión.
b. Fomentar el estudio, la actualización, capacitación permanente y la especialización de sus
miembros.
c. Cautelar el ejercicio profesional y su defensa, dentro de estrictos criterios éticos y legales
denunciando el ejercicio ilegal de la profesión.
d. Velar por el respeto y cumplimiento de las normas de ética profesional.
e. Promover la investigación relacionada con la profesión contable.
f. Promover el espíritu de solidaridad y las acciones orientadas a la previsión social que procuren el
bienestar de sus miembros colegiados y de sus familias.
g. Promover la vinculación entre sus miembros y el establecimiento de relaciones
interinstitucionales permanentes con los Colegios de Contadores Públicos Departamentales, así
como con los demás Colegios Profesionales del paísy/o equivalentes de otros países.
h. Prestar asesoramiento a los organismos públicos, cuando les sean requeridos formalmente.
i. Brindar orientación profesional mediante campañas coordinadas con los organismos
competentes del Estado.
j. Otros establecidos en su estatuto, dentro del marco de la Constitución y la ley.
Interpretación:
Los colegios de contadores públicos son instituciones que tienen existencia legal cuyos fines son:
a) Sancionar cualquier acto que desprestigie a la profesión.
b) Promover la educación continua de cada uno de sus miembros con aspectos relacionados a su profesión.
c) Emitir pronunciamientos a nombre de la profesión contable frente a aquellos actos que afecten el ejercicio de la profesión contable.
d) Velar para que el ejercicio de la profesión se desarrolle de acuerdo a los principios y normas del código ético.
e) Identificar se con la investigación científica.
f) Con un buen desenvolvimiento
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