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Código De Etica Y Disciplina


Enviado por   •  25 de Enero de 2015  •  335 Palabras (2 Páginas)  •  373 Visitas

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CÓDIGO DE ÉTICA Y DISCIPLINA

El Colegio Dominicano de Psicólogos (CODOPSI) presenta el conjunto de principios éticos que regulan la práctica de la psicología en la República Dominicana, conforme a la Ley No. 22-01, de fecha 1ro. de febrero del año 2001, que crea el CODOPSI y regula el ejercicio de la profesión de psicólogo.

El Código de Ética y Disciplina del CODOPSI provee a los profesionales de la psicología los principios éticos que le permitan conducirse y enfrentar situaciones de su competencia, procurando siempre el bienestar y la protección de los individuos y de los grupos con quienes interrelacionan en su quehacer profesional.

Artículos mas importantes:

• Art. 2. Los/as psicólogos/as no deben denigrar a otros profesionales ni hacer uso de aspectos de su vida privada que puedan ir en detrimento de su prestigio.

• Art. 32. Los materiales de evaluación psicológica deben estar bajo el estricto control de psicólogo psicólogos/as, orientadores/as o técnicos en psicometría. El uso y la aplicación de los mismos deben ser realizados por profesionales debidamente entrenados en el manejo especifico de ella, de acuerdo a la clasificación siguiente:

Categoría A: Las pruebas estructuradas de inteligencia, intereses y hábitos de estudios, entre otras, deben ser aplicadas e interpretadas por psicólogos/as, orientadores/as o técnicos en psicometría. Ejemplos: Otis, Kuder, PIP.

Categoría B: Las pruebas estructuradas para la evaluación neuropsicológica, de la personalidad, la conducta y el aprendizaje deben ser aplicadas e interpretadas solamente por psicólogos/as. Ejemplos: Escalas Wechsler, Bender, Woodcock-Johnson, 16 FP, MMPI, Millon Test.

Categoría C: Las pruebas proyectivas deben ser aplicadas e interpretadas solamente por psicólogos/as clínicos/as. Ejemplos: TAT, Rorschach, CAT, Pata negra.

• Art. 33. Cuando se informa al cliente o paciente, a sus familiares o a profesionales de otras áreas sobre una evaluación psicológica solo deberá darse una interpretación de los resultados que sea comprensible a la persona a quien va dirigida.

Párrafo. Cuando se informa a un/a psicólogo/a sobre una evaluación psicológica realizada a un cliente o paciente se debe incluir los resultados y la interpretación de los mismos.

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