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La Sociedad Civil


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2014  •  840 Palabras (4 Páginas)  •  192 Visitas

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01/07/2014, Artículo Actualizado, Por Infoautónomos

La Sociedad Civil es un contrato privado de colaboración entre dos o más personas que desean realizar conjuntamente una actividad con ánimo de lucro. Estas personas podrán optar entre aportar trabajo, lo cual les convierte en “socios industriales”, y/o bienes o dinero, lo que les convierte en “socios capitalistas”.

A pesar de llamarse “sociedad”, una sociedad civil carece de personalidad jurídica propia y no se considera una sociedad mercantil, por lo que sus miembros deben tributar por el IRPF y no por el impuesto de sociedades. Aunque atención, la reforma fiscal aprobada en junio de 2014 va a a cambiar esta situación de manera que las sociedades civiles con fines mercantiles si van a tener que tributar por el impuesto de sociedades.

Sin embargo, la Sociedad Civil, aunque también tiene un patrimonio comunitario, se constituye "expresamente" para su intervención en el tráfico mercantil con el fin de obtener beneficios, aportando cada uno de los socios los bienes, dinero o trabajos necesarios.

Al igual que las Comunidades de Bienes, es una opción recomendable en pequeños negocios que no exijan apenas inversiones y en los que se prefiera optar por una gestión sencilla. No obstante, es una opción poco extendida.

Características de la Sociedad Civil

Contrato privado de sociedad civil, en el que se detallan la actividad del negocio, las aportaciones de cada socio, que podrán ser en dinero o en especie, el porcentaje de participación que cada socio tiene en las pérdidas y ganancias, el sistema de administración y representación y las causas de liquidación y disolución. Se recomienda su constitución en escritura pública, necesaria cuando se aporten inmuebles o derechos reales. En Infoautónomos ponemos a tu disposición un modelo gratuito de contrato de sociedad civil

Descargar Contrato Sociedad Civil

Mínimo de dos socios.

La responsabilidad de los socios por deudas frente a terceros es personal e ilimitada, es decir, una vez liquidado el patrimonio de la sociedad, si no llega para cubrir las deudas, responden con sus bienes presentes y futuros. Y lo hacen de forma mancomunada ante todos los deudores que pueda haber.

Los socios tributan, por separado, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La sociedad civil no tributa por el impuesto de sociedades. Con la entrada en vigor de la reforma fiscal aprobada en 2014 sí que tendrán que tributar por el impuesto de sociedades.

Régimen de la Seguridad Social: los socios deben darse de alta en autónomos, salvo en casos excepcionales.

La Sociedad Civil carece de personalidad jurídica propia.

Se rige por el Código de Comercio en materia mercantil y por el Código Civil

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