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TRABAJO DE RECONOCIMIENTO GENERAL Y ACTORES

Pamme5521 de Octubre de 2013

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TRABAJO DE RECONOCIMIENTO GENERAL Y ACTORES

Presenta

Margie Dariana Martínez Aldana C.C 1117525405

Tutora

Ana María Ramírez

UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA CEAD FLORENCIA

ESCUELA DE CIENCIAS SOCIALES ARTES Y HUMANIDADES

PROGRAMA DE PSICOLOGIA

INTERVENCION PSICOSOCIAL EN EL CONTEXTO JURIDICO_301139 – 142

Septiembre 2013

Introducción.

El presente trabajo tiene como objetivo el reconocimiento general de curso mediante la revisión del protocolo e información anexa, para ello se realizó una presentación personal en el foro, para la identificación de cada integrante del grupo y así estar en contacto para una realización conjunta de las actividades, posteriormente, se realizó una lectura del contenido de las Diapositivas “Regulación Legal en la Intervención Psicojurídica”, en base a ello se dio respuesta a la pregunta orientadora: ¿Cuáles son los parámetros profesionales que debe tener en cuenta un Psicólogo al momento de hacer una Intervención en el campo Jurídico y Forense?, y se realizó una argumentación con referencias teóricas a los comentarios que realizo cada integrante.

¿Cuáles son los parámetros profesionales que debe tener en cuenta un Psicólogo al momento de hacer una Intervención en el campo Jurídico y Forense?

La Psicología Jurídica es un área de trabajo e investigación psicológica especializada cuyo objeto es el estudio del comportamiento de los actores jurídicos en el ámbito del Derecho, la Ley y la Justicia. Esta área está reconocida por Asociaciones y Organizaciones de nivel nacional e internacional de Psicología Jurídica y/o Forense.

Las funciones del Psicólogo Jurídico en el ejercicio de su Rol Profesional incluyen entre otras, las siguientes funciones:

1. Evaluación y diagnóstico: En relación a las condiciones psicológicas de los actores jurídicos.

2. Asesoramiento: Orientar y/o asesorar como experto a los órganos judiciales en cuestiones propias de su disciplina.

3. Intervención: Diseño y realización de Programas para la prevención, tratamiento, rehabilitación e integración de los actores jurídicos bien en la comunidad, bien en el medio penitenciario, tanto a nivel individual como colectivo.

4. Formación y educación: Entrenar y/o seleccionar a profesionales del sistema legal (jueces y fiscales, policías, abogados, personal de penitenciarías, etc.) en contenidos y técnicas psicológicas útiles en su trabajo.

5. Campañas de prevención social ante la criminalidad y medios de comunicación: Elaboración y asesoramiento de campañas de información social para la población en general y de riesgo.

6. Investigación: Estudio e investigación de la problemática de la Psicología Jurídica.

7. Victimología: Investigar y contribuir a mejorar la situación de la víctima y su interacción con el sistema legal.

8. Mediación: Propiciar soluciones negociadas a los conflictos jurídicos, a través de una intervención mediadora que contribuya a paliar y prevenir el daño emocional, social, y presentar una alternativa a la vía legal, donde los implicados tienen un papel predominante.

Esto es posible y es regido gracias a los PRINCIPIOS GENERALES DEL CÓDIGO DEONTOLÓGICO Y BIOÉTICO PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE PSICOLOGÍA, el cual expone en el siguiente artículo:

ARTÍCULO 13. El presente Código Deontológico y Bioético, está destinado a servir como regla de conducta profesional, en el ejercicio de la psicología en cualquiera de sus modalidades,

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