BAses Politicas De La Nueva Republica
2710121 de Noviembre de 2014
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Introducción.
Venezuela es una República federal dividida en 24 Entidades Federales: 23 Estados y el Distrito Capital (Ciudad De Caracas), y este, como cualquier otro país posee diversas constituciones, las cuales son la norma fundamental o Carta Magna, establecida para regir jurídicamente al país, fijando los límites y definiendo las relaciones entre los poderes de la federación: poder legislativo, ejecutivo, judicial, ciudadano y electoral, los cuales tienen como objetivo hacer cumplir los derechos y deberes de los ciudadanos de la República.
A continuación, se muestran algunas de las constituciones de La República Bolivariana de Venezuela, partiendo desde Las Bases Políticas De la Nueva República de dicho país, resaltando los hechos más relevantes de las constituciones de 1830, 1857, 1864, 1914, 1922, 1925, 1928 y 1931.
Bases Políticas De La Nueva República.
El congreso constituyente de Valencia estableció las bases que dieron validez legal y jurídica a la separación de Venezuela de la República de Colombia, al elaborar la constitución del 6 de mayo 1830.
Esta constitución fue elaborada por diputados pertenecientes a los grupos mantuanos criollos que insurgieron contra España en 1810; lo cual explica por qué el instrumento legal creado no concedió derechos a los esclavos ni a los hombres libres pobres. En tal sentido, para ser considerado ciudadano era requisito indispensable poseer bienes de fortuna. La constitución de 1830 adoptó una forma de gobierno centro federal de las provincias.
La constitución aprobada por el congreso de Valencia en 1830 dio legalidad a la separación de Venezuela de La Gran Colombia. De su contenido surgieron las bases jurídicas y la organización política de Venezuela.
A pesar de la oposición a los proyectos de bolivarianos manifestada por los diputados del congreso de Valencia, en el fondo admitieron las razones expuestas por Bolívar para oponerse al sistema federal del gobierno, por consiguiente, en la Constitución acogieron un sistema mixto, de tipo centro-federal, para gobernar la nueva república.
Constitución de 1830.
Fue aprobada por el Congreso Constituyente de Valencia, el 22 de septiembre de 1830.
El Congreso Constituyente que la sancionó había iniciado sus sesiones en la ciudad de Valencia el 6 de mayo de 1830, con la asistencia de 33 diputados de los 48 que se habían elegido en representación de las provincias de Cumaná, Barcelona, Margarita, Caracas, Carabobo, Coro, Mérida, Barinas, Apure, Guayana y Maracaibo.
Principales Hechos De La Constitución
• Se estableció que el territorio nacional comprendía a todo aquel territorio que hasta 1810 se denominó la Capitanía General de Venezuela. Según el Uti possidetis juris (Lo que poseéis lo seguiréis poseyendo).
• El Poder Legislativo lo constituyen las Cámaras de Senadores y la de Diputados. Debían reunirse cada año, a partir del 20 de enero, en la capital de la República, por 30 días más, cuando fuera necesario.
• La primera magistratura judicial reside en la Corte Suprema de Justicia, en las Cortes Superiores de justicia que se instalan en un periodo mesoonico por la constitución valtenuca de Venezuela. También termino de los hechos que realizó Simón Bolívar como libertador de varias naciones.
• Se proclamó la ley de la sugestión, donde Andrés Bello, Simón Rodríguez y Manuela Saenz salen como representantes autoriales de la constitución del nuevo milenio.
• Separación de la Gran Colombia. Elección indirecta y censitaria.
• Se prohibió la reelección.
• Se otorgan los derechos a los ciudadanos.
• Se decreta la igualdad natural del hombre.
• Derechos políticos solo a hombres libres y propietarios.
• Eliminación de los fueros eclesiásticos y judiciales.
Constitución de 1857.
Condenado el Congreso de 16 de abril de 1857 y anunciada por el presidente José Tadeo Monagas el 18 del mismo mes y año.
La Constitución de 1857 es la Quinta carta fundamental de la República de Venezuela. La cual quedó decretada por una orden del Congreso con fecha de 10 de marzo de 1856, mediante el cual se autorizaba su escritura, se modificaba la manera legal para aceptarlo.
El nuevo proyecto constitucional fue elaborado por:
Antonio Paredes
Pascual Casanova
Guillermo Tell Villegas
T. Paz Castillo
Juan Vicente González Delgado
Rafael Arvelo
Jesús María Blanco
Juan Nepomuceno Orta
Antonio María Salom
Tiburcio Troconis
Luis Ugarte
Se introdujo el 2 de marzo de 1857 con la recomendación del presidente José Tadeo Monagas y la de sus ministros Francisco Aranda y Carlos Castelli para que fuese aceptado.
En la primera discusión se impidió que el Poder Ejecutivo tomara descaros en la formulación de las leyes, quedando limitado al ejecútese y a cuidar de su decreto.
La Constitución de 1857 consta de una introducción y 23 títulos divididos en 131 artículos. Finaliza con un aparte denominado "Disposiciones transitorias" que contiene 3 artículos.
La exigencia de saber leer y escribir para poder ejercer el derecho del voto se aplaza hasta 1880.
El Poder Público quedó dividido en 4 áreas: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, estableciéndose un cuarto poder nombrado "Municipal".
Poseía su objetivo político circunstancial, el cual era el de permitir la elección inmediata y satisfacer así sus aspiraciones. Sin embargo, deben hacerse notar 3 puntos:
• Centraliza totalmente la organización del Estado, ya que ha sido la constitución más centralista de cuantas ha tenido la República.
• Abolió la pena de muerte por delitos políticos.
• Eleva a rango constitucional la abolición de la esclavitud
Por otra lado, la Constitución de 1857, fue nombrada "la Confederación colombiana" hacer falta que el Congreso podía dictar las leyes convenientes e invitar a los gobiernos de Nueva Granada y Ecuador para crear la Confederación de los Estados que formaron la antigua Colombia, guardando el gobierno interior. La reacción contra la administración de José Tadeo Monagas obligó a éste a presentar su renuncia ante el Congreso, el 15 de marzo de 1858. El gobierno provisional dirigido por Julián Castro, convocó entonces una Convención Nacional que se instaló en Valencia el 5 de julio de 1858; en ésta se solucionó, el día 8, que mientras se redactara y aprobara la próxima Constitución, gobernara nuevamente la Carta Fundamental de 1830, quedando así destruida la Constitución de 1857.
Constitución de 1864.
Se vio castigada por la Asamblea Constituyente en Caracas el 28 de marzo de 1864 y publicada en Santa Ana de Coro por el General en Jefe y presidente de la República, Juan Crisóstomo Falcón, el 13 de abril de 1864 y aprobada por los ministros en Caracas el 22 del mismo mes y año, es la Séptima Carta Fundamental de la República.
Es una de las principales constituciones de Venezuela, ya que, aunque su eficacia es de apenas 10 años, constituye una transformación del sistema constitucional venezolano al establecer la forma federal del Estado, que no obstante no haberse aplicado en la realidad, negada quizás por ésta, ha sido formalmente la estructura del Estado venezolano y se podría decir que toda la evolución constitucional y política posterior de Venezuela ha sido el desmontaje del sistema federal.
Debemos resaltar qué, la Constitución de 1864 en el fondo lo que hace es acentuar la separación político territorial contenida en la Carta de 1858 y ponerle nombre, esto es, llamarla "federal". Esta constitución consta de la introducción y 7 títulos divididos en secciones y éstas a su vez, en 123 artículos.
La Constitución declara que las antiguas provincias constituyen, en adelante, 20 estados independientes, cuyo conjunto forman una nación libre y soberana que lleva por nombre Estados Unidos de Venezuela. La Carta Fundamental de 1864 decreta la educación primaria como obligatoria y gratuita, así como también aquella que se dicte en las escuelas de artes y oficios. Autoriza la libertad de cultos aun cuando conserva la religión católica como credo oficial de la nación.
• En materia de derechos fueron invalidadas las penas de muerte y la pena de expulsión y se aumentó la libre expresión del pensamiento.
• En materia electoral se mantiene en líneas generales el sistema ya descrito
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