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De las Relaciones del Contador Público con la Sociedad y el Estado


Enviado por   •  11 de Febrero de 2014  •  Tesis  •  386 Palabras (2 Páginas)  •  311 Visitas

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De las Relaciones del Contador Público con la Sociedad y el Estado

ARTICULO 68. Constituye falta contra la ética sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles o penales a que haya lugar, la presentación de documentos alterados o el empleo de recursos irregulares para el registro de títulos o para la inscripción de Contadores Públicos.

ARTICULO 69. El certificado, opinión o dictamen expedido por un Contador Público deberá ser claro, preciso y ceñido a la verdad.

ARTICULO 70. Para garantizar la confianza pública en sus certificaciones, dictámenes u opiniones, los Contadores Públicos deberán cumplir estrictamente las disposiciones legales y profesionales y proceder en todo tiempo en forma veraz, digna, leal y de buena fe, evitando actos simulados, así como prestar su concurso a operaciones fraudulentas o de cualquier otro tipo que tiendan a ocultar la realidad financiera de sus clientes, en perjuicio de los intereses del Estado o del patrimonio de particulares, sean estas personas naturales o jurídicas.

El Contador Público no permitirá la utilización de su nombre para encubrir a personas que ilegalmente ejerzan la profesión.

CAPÍTULO QUINTO

ARTICULO 72. DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS : Se respetaran las situaciones jurídicas concretas y los derechos adquiridos por los Contadores Públicos inscritos ante la Junta Central de Contadores y por las sociedades que hayan obtenido la conformidad o autorización para el ejercicio de las actividades propias de la Contaduría Pública antes de la vigencia de la presente ley. Además, gozarán de todas las garantías otorgadas en esta ley.

ARTICULO 73. El Gobierno Nacional procederá a dictar las normas a que haya lugar, con el único fin de evitar el desequilibrio ente el número de profesionales de la Contaduría Pública y la demanda de tales profesionales dentro de parametros establecidos en la presente ley.

Para tal efecto intervendrá por mandato de la ley en los términos del ordinal 11 del artículo 76 de la Constitución Nacional, en todos los aspectos de formación profesional de la Contaduría Pública. <Declarado inexequible por la Sentencia C-530 de 10/05/2000>

ARTICULO 74. Para propósito de esta ley, cuando se haga referencia a salario mínimo, se entenderá que es el salario mínimo mensual.

ARTICULO 75. DE LA VIGENCIA : Esta ley rige desde su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Dada en Santa Fe de Bogotá D.E., a los 13 días del mes de diciembre de mil novecientos noventa (1990).

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