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AVANCES TECNOLÓGICOS AMENAZA AL DERECHO


Enviado por   •  9 de Marzo de 2020  •  Trabajos  •  3.274 Palabras (14 Páginas)  •  102 Visitas

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Universidad Católica “Santa Rosa” [pic 1]

Ministerio del Poder Popular Para la Educación

Escuela de Derecho.

Cátedra: Lógica Jurídica

AVANCES TECNOLÓGICOS

AMENAZA AL DERECHO

Profesora:                                                                                 Alumnas:

Daniela Chacón.

  • Damelis  Rivero CI: 24205457

                     

Caracas, noviembre 2019.

Introducción:

Este trabajo analiza el papel de la amenaza del  Derecho en el proceso de desarrollo de la tecnología, La informática está hoy presente en casi todos los campos de la vida moderna. Con mayor o menor rapidez todas las ramas del saber humano se rinden ante los progresos tecnológicos, y comienzan a utilizar los sistemas de información, para ejecutar tareas que en otros tiempos realizaban manualmente. Vivimos en un mundo que cambia rápidamente. La explosión de las industrias computacionales y de comunicaciones ha permitido la creación de un sistema, que puede guardar grandes cantidades de información de una persona y transmitirla en muy poco tiempo. Cada vez más y más personas tienen acceso a esta información, sin que las legislaciones sean capaces de regularlos. Podríamos decir que más bien estamos frente a la “ERA DE LA INFORMÁTICA”. Y A efectos del  presente, se entenderá por:

Amenaza: Es una causa potencial de un incidente no deseado, el cual puede resultar en daño a un sistema o a los activos de la seguridad del venezolano.

Activos de Tecnologías de la Información: Cualquier dato, información, elemento de una infraestructura tecnológica, tangible, intangible, que tenga valor para un individuo, organización o gobierno.

El pensamiento jurídico, desde  finales pasado siglo, no fue insensible a la urgencia de tomar en serio la tarea de construir una teoría del derecho abierta, y  responsablemente comprometida con la respuesta a las nuevas necesidades y exigencias de los hombres que viven en la era de la informática. Esa nueva coyuntura reclama de los juristas, los filósofos y los teóricos del derecho una "consciencia tecnológica", para apelar a una actitud reflexiva, crítica y responsable ante los nuevos problemas que, en las diversas esferas del acontecer social, suscita la tecnología, y ante los que ni el derecho, ni quienes lo aplican o lo estudian pueden permanecer insensibles. Esa exigencia complica sobremanera la labor de los operadores jurídicos y los teóricos del derecho, porque les obliga a ampliar el angosto horizonte de las auto-referencias normativas, con la apertura hacia los estímulos de la ciencia y la tecnología.

La teoría del derecho tendrá pleno sentido, Las repercusiones de la informática en el derecho están siendo cada vez más extensas e intensas. Dar cuenta de todas ellas resulta una tarea prácticamente inviable, entre otras cosas, por el carácter abierto y dinámico que reviste esa proyección. Baste pensar que, en el horizonte tecnológico del presente, muchos de los problemas y de las soluciones jurídicas tradicionales aparecen irremediablemente caducos. Esa nueva situación impele al pensamiento jurídico a diseñar nuevos instrumentos de análisis y marcos conceptuales prontos para adaptarse a las exigencias de una sociedad en transformación. Para responder a esas exigencias se han forjado dos nuevas disciplinas. El derecho informático o derecho de la informática es una materia inequívocamente jurídica, conformada por el sector normativo de los sistemas jurídicos contemporáneos integrado por el conjunto de disposiciones dirigido a la regulación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, es decir, la informática y la telemática. Mientras que la Informática jurídica tiene por objeto la aplicación de la tecnología de la información al derecho. Es una disciplina bifronte en la que se entrecruzan una metodología tecnológica con su objeto jurídico que, a su vez, condiciona las propias posibilidades o modalidades de tal aplicación. La Informática jurídica estudia el tratamiento automatizado de: las fuentes de conocimiento jurídico, a través de los sistemas de documentación legislativa, jurisprudencial y doctrinal  (Informática jurídica documental ); las fuentes de producción jurídica, a través de la elaboración informática de los factores lógico-formales que concurren en el proceso legislativo y en la decisión judicial (Informática jurídica decisional); y los procesos de organización de la infraestructura o medios instrumentales con los que se gestiona el derecho (Informática jurídica de gestión ).

Como respuesta a la "contaminación tecnológica" de las libertades se ha formulado el derecho a la autodeterminación informativa, construcción de la doctrina y la jurisprudencia germanas, que tiene su equivalente en los países latinos en el derecho a la libertad informática. Tal derecho tiene una importancia decisiva en las sociedades tecnológicas del presente. Su función se cifra en garantizar a los ciudadanos unas facultades de información, acceso y control de los datos que les conciernen almacenados en ficheros informatizados
El derecho a la libertad informática constituye una modalidad de libertad personal reconocida a los ciudadanos tendente a proteger jurídicamente su "identidad informática". Para el ejercicio del derecho a la libertad informática se precisa reconocer a los ciudadanos las facultades de conocimiento y acceso a sus propios datos personales. Para ello, se postula una nueva acción procesal, que por analogía al tradicional habeas corpus, se denomina habeas data. El habeas data constituye, un cauce procesal para salvaguardar la libertad de la persona en la esfera informática, que cumple una función paralela, en el seno de los derechos humanos de la tercera generación, a la que en los de la primera generación correspondió al habeas corpus  respecto a la libertad física o de movimientos de la persona.

Un aspecto insoslayable de las repercusiones tecnológicas en el derecho de la hora presente, es el que se refiere al desarrollo y utilización de la red. No parece lícito dudar que Internet está siendo el fenómeno estelar de las Nuevas Tecnologías de la información y la comunicación a partir de la década de los noventa. En el nuevo milenio, Internet se presenta como un paso decisivo en el avance de los sistemas de información y comunicación a escala planetaria. Gracias a Internet, cada ciudadano, sin moverse de su casa, puede acceder a los centros de documentación más importantes del mundo, puede realizar las más diversas operaciones financieras y comerciales, gozar de una enorme oferta de entretenimientos de la más diversa especie, y se puede comunicar con otros usuarios de la red sin limitaciones de número ni distancia. Si hace algunos años parecía que la "aldea global" era el gran reto del futuro, hoy Internet ha convertido en realidad presente el "hogar global", en la medida en que cada domicilio de los usuarios de la red constituye la terminal de un sistema integrado universal.
No obstante, junto con esas incuestionables ventajas derivadas de las inmensas posibilidades de conocimiento, actuación y comunicación que permite la navegación por el ciberespacio, Internet ha hecho surgir en los últimos tiempos graves motivos de inquietud. La red ha sido utilizada como vehículo de contenidos nocivos e ilícitos. Se han producido numerosos escándalos  que han agitado a la opinión pública.
Como la mayoría de las grandes conquistas científicas y tecnológicas que registra la historia, Internet es una realidad ambivalente. Parece que renunciar a sus logros sería hoy una pretensión imposible, porque se trata de un avance irrenunciable y un signo del progreso de nuestro tiempo. Pero ello no debe conducir a aceptar pasivamente o a claudicar ante los riesgos de "abordaje" criminal que amenazan la navegación por el ciberespacio.

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