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Farmacia Magistral


Enviado por   •  3 de Abril de 2013  •  771 Palabras (4 Páginas)  •  909 Visitas

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ENSAYO SOBRE LA LAS MODIFICACIONES MENCIONADAS EN EL DECRETO NÚMERO 2330 DE 2006

El 12 de julio del 2006 el presidente de la república de Colombia en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas por el numeral 11 de artículo 189 de la constitución política, la ley 23 de 1962 y demás normas que la desarrollan o modifican, el numeral 42.3 del artículo 42 de la ley 715 de 2001 y el literal c) del artículo 154 de la ley 100 de 1993 decreto que modifica en lo pertinente los artículos 3., 11. Y 14. Del Decreto 2200 de 2005 y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.

Artículo 1°. Modificase el artículo 3. Del Decreto 2200 de 2005, en el siguiente

Aspecto: La definición de "Preparación Magistral", quedará así:

"preparación magistral”

El medicamento destinado a un paciente individualizado, preparado por el farmacéutico o bajo su dirección para complementar expresamente una prescripción facultativa detallada de las sustancias medicinales que incluye, según las normas técnicas y científicas del arte farmacéutico, dispensado en su farmacia o servicio farmacéutico y con la debida información al usuario

“Artículo N° 2, Modificase el numeral 1. Del artículo 11. Del Decreto 2200 de 2005, el cual quedará así:

"1. Farmacias y droguerías, estos establecimientos se someterán a los procesos de:

a) Recepción y Almacenamiento.

b) Dispensación.

c) Preparaciones Magistrales.

La dirección técnica de estos establecimientos estará a cargo del Químico Farmacéutico. Cuando las preparaciones magistrales que se elaboren consistan en preparaciones no estériles y de uso tópico, tales como: polvos. Ungüentos, pomadas. Cremas, geles, lociones, podrán ser elaboradas por el Tecnólogo en Regencia de Farmacia, en cuyo caso, la dirección técnica podrá estar a cargo de este último

Artículo N°3, Derogase el parágrafo cuarto del artículo 11. Del Decreto 2200 de 2005.

Artículo N°4, Modificase el artículo 14. Del Decreto 2200 de 2005, el cual quedará así:

Artículo N°14. Modelo de gestión. Créase el Modelo de Gestión del servicio farmacéutico, como el conjunto de condiciones esenciales, técnicas de planeación y gestión del servicio, procedimientos. Para cada uno de los procesos del servicio farmacéutico y la elaboración de guías para actividades críticas el modelo de gestión será determinado por el Ministerio de la protección social.

Tomando como base este documento legal se han consultado y recabado todos

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