Farmacia Magistral
jjjl3 de Abril de 2013
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ENSAYO SOBRE LA LAS MODIFICACIONES MENCIONADAS EN EL DECRETO NÚMERO 2330 DE 2006
El 12 de julio del 2006 el presidente de la república de Colombia en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas por el numeral 11 de artículo 189 de la constitución política, la ley 23 de 1962 y demás normas que la desarrollan o modifican, el numeral 42.3 del artículo 42 de la ley 715 de 2001 y el literal c) del artículo 154 de la ley 100 de 1993 decreto que modifica en lo pertinente los artículos 3., 11. Y 14. Del Decreto 2200 de 2005 y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.
Artículo 1°. Modificase el artículo 3. Del Decreto 2200 de 2005, en el siguiente
Aspecto: La definición de "Preparación Magistral", quedará así:
"preparación magistral”
El medicamento destinado a un paciente individualizado, preparado por el farmacéutico o bajo su dirección para complementar expresamente una prescripción facultativa detallada de las sustancias medicinales que incluye, según las normas técnicas y científicas del arte farmacéutico, dispensado en su farmacia o servicio farmacéutico y con la debida información al usuario
“Artículo N° 2, Modificase el numeral 1. Del artículo 11. Del Decreto 2200 de 2005, el cual quedará así:
"1. Farmacias y droguerías, estos establecimientos se someterán a los procesos de:
a) Recepción y Almacenamiento.
b) Dispensación.
c) Preparaciones Magistrales.
La dirección técnica de estos establecimientos estará a cargo del Químico Farmacéutico. Cuando las preparaciones magistrales que se elaboren consistan en preparaciones no estériles y de uso tópico, tales como: polvos. Ungüentos, pomadas. Cremas, geles, lociones, podrán ser elaboradas por el Tecnólogo en Regencia de Farmacia, en cuyo caso, la dirección técnica podrá estar a cargo de este último
Artículo N°3, Derogase el parágrafo cuarto del artículo 11. Del Decreto 2200 de 2005.
Artículo N°4, Modificase el artículo 14. Del Decreto 2200 de 2005, el cual quedará así:
Artículo N°14. Modelo de gestión. Créase el Modelo de Gestión del servicio farmacéutico, como el conjunto de condiciones esenciales, técnicas de planeación y gestión del servicio, procedimientos. Para cada uno de los procesos del servicio farmacéutico y la elaboración de guías para actividades críticas el modelo de gestión será determinado por el Ministerio de la protección social.
Tomando como base este documento legal se han consultado y recabado todos los textos legales que han ido engrosando y desarrollando toda la normativa referente a la formulación magistral que ha culminado con la modificación delos artículos en mención ya que en esta una época en la que la sociedad se encuentra inmersa en procesos de continuos cambios, donde lo que hoy se considera innovador mañana debe dejar paso a nuevas concepciones, tendencias y teorías que se hacen sitio abruptamente, convirtiendo en desecho lo que ayer era recibido como novedoso, esto sin ninguna duda no es ajeno a la ciencia experimental y más concretamente, la correspondiente a la farmacia magistral. El farmacéutico, se encuentra presente en múltiples sectores, donde colabora con otros profesionales, médicos, biólogos, químicos, veterinarios sin embargo, existe un ámbito que es privativo de la profesión farmacéutica, es el caso del ejercicio farmacéutico en oficina de farmacia, donde el farmacéutico es exclusivo e irreemplazable. La Formulación Magistral, o la elaboración de fórmulas magistrales es el origen de esta profesión, cultivada desde hace miles de años por los tradicionales boticarios, cuya función, prácticamente exclusiva, fue la elaboración de medicamentos, según arte, con sus propias manos y en respuesta a una prescripción médica. Pero ésta
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