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FARMACIA MAGISTRAL


Enviado por   •  30 de Marzo de 2013  •  1.675 Palabras (7 Páginas)  •  800 Visitas

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INTRODUCCION

En el presente trabajo individual del trabajo colaborativo 1 de farmacia magistral, estudiare y realizare las actividades correspondientes de los capítulos 1 y 2 de la unidad 1, en donde desarrollare el contenido de la rúbrica de actividades.

1. Según la legislación farmacéutica en Colombia definir cada uno de los siguientes términos y referenciar en donde se define.

TERMINO DEFINICIÓN LEGISLACIÓN

ejemplo:

Preparación magistral. Es el preparado o producto farmacéutico elaborado por un químico farmacéutico para atender una prescripción médica, de un paciente individual, que requiere de algún tipo de intervención técnica de variada complejidad. la preparación magistral debe ser de dispensación inmediata. decreto numero 2200 de

2005

Buenas prácticas de manufactura. Conjunto de acciones y previsiones orientadas a garantizar la sanidad e inocuidad de los alimentos, evitando su contaminación, deterioro o adulteración. comprende todos los procedimientos necesarios para garantizar la calidad y seguridad de un alimento y su adecuada manipulación en cada una de las etapas del proceso.

Son las normas, procesos y procedimientos de carácter técnico que aseguran la calidad de los medicamentos, los cosméticos y las preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales. decreto 3075 de 1997

decreto 677 de 1995

Nosodes Son medicamentos homeopáticos preparados a partir de fluidos o tejidos patológicos o de microorganismos, con el cumplimiento de los requisitos técnicos de fabricación para ello.

son productos de origen patológico empleados a titulo de medicamento

homeopático. de tal manera que dichos medicamentos pueden prepararse partiendo

de un exudado, un pus, un microbio, un trozo de tejido enfermo, un parásito, etc, no son únicamente aquellos productos de origen patológico que hayan pasado por la experimentación pura, previa atenuación, sino todos aquellos que reúnan los dos requisitos que definen esta clase de medicamentos, es decir, ser producto de origen patológico y usarse en diluciones o atenuaciones según el principio de similitud, ya sea sintomática o etiológica. decreto 3554 de 2004

Ley 29 2006 (26 julio)

Establecimientos

expendedores de

materias primas. Son aquellos establecimientos que importan, almacenan, acondicionan, comercializan y expenden materias primas empleadas para la elaboración de los productos fitoterapéuticos.

Son aquellos establecimientos que importan, almacenan, acondicionan, comercializan y expenden materias primas para medicamentos y cosméticos. decreto 2266 de 2004, 15 de julio 2004

decreto 677 de 1995

Cosmético. Es una formulación de aplicación local, fundamentada en conceptos científicos, destinada al cuidado y mejoramiento de la piel humana y sus anexos, sin perturbar las funciones vitales, sin irritar, sensibilizar, o provocar efectos secundarios indeseables atribuibles a su absorción sistémica. Los champúes indicados como tratamiento sintomático contra la psoriasis y la caspa se consideran como cosméticos. el ministerio de salud a través del instituto nacional de vigilancia de medicamentos y alimentos - invima -, previo concepto de la comisión revisora de productos farmacéuticos, señalará aquellos casos específicos en que por su composición o efectos especiales deban registrarse como medicamentos.

decreto 677 de 1995

Medicamento homeopático. Es el preparado farmacéutico obtenido por técnicas homeopáticas, conforme a las reglas descritas en las farmacopeas oficiales aceptadas en el país, con el objeto de prevenir la enfermedad, aliviar, curar, tratar y/o rehabilitar un paciente. los envases, rótulos, etiquetas y empaques hacen parte integral del medicamento, por cuanto estos garantizan su calidad, estabilidad y uso adecuado. decreto 3554 de 2004

Excipiente Es aquel compuesto o mezcla de compuestos que en las concentraciones presentes en una forma farmacéutica, no presenta actividad farmacológica significativa. el excipiente sirve para dar forma, tamaño y volumen a un producto y para comunicarle estabilidad, biodisponibilidad, aceptabilidad y facilidad de administración del preparado homeopático

Aplicable a los medicamentos y las preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales. es aquel compuesto o mezcla de compuestos que en las concentraciones presentes en una forma farmacéutica, no presenta actividad farmacológica significativa. el excipiente sirve para dar forma, tamaño y volumen a un producto y para comunicarle estabilidad, biodisponibilidad, aceptabilidad y facilidad de administración de uno o más principios activos. en la medida en que los excipientes afectan la liberación del principio activo, ellos pueden afectar la actividad farmacológica del producto a través de cambios en su biodisponibilidad decreto 3554 de 2004

decreto 677 de 1995

Lote piloto industrial Es aquel fabricado bajo condiciones que permitan su reproducibilidad a escala industrial, conservando las especificaciones de calidad

decreto 677 de 1995

decreto 2266 de 2004, 15 de julio 2004

3. La siguiente es una formulación de un preparado magistral en forma

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