LA UNION INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (UIT)
Oskar GarciaDocumentos de Investigación5 de Septiembre de 2017
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LA UNION INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (UIT)
Aspectos históricos
En 1865 fue fundada la UIT en Francia, en un principio como Unión Telegráfica Internacional. En 1932 adoptó el nombre con el que actualmente se conoce, y en 1947 se convierte en organismo especializado de las Naciones Unidas, contando actualmente con sede en Ginebra, Suiza y teniendo 12 oficinas regionales.
La organización se especializó inicialmente en el telégrafo, pero actualmente ésta organización tiene la facultad de abarcar todo el sector de las TIC, desde la radiodifusión digital a Internet, y de las tecnologías móviles a la TV 3D. Contando siempre con las asociaciones tanto sectores públicos como privado, contando hoy con 193 países miembros y unas 700 entidades del sector privado.
Desde su creación gestiona redes telegráficas internacionales y con el paso del tiempo;“se ha ampliado para cubrir la invención de la telefonía de voz, el de desarrollo de las radiocomunicaciones, el lanzamiento de los primeros satélites de comunicaciones, la era de la información basada en las telecomunicaciones”.
Con la expansión de la telefonía, la UIT se preocupó por la conformación de una legislación que rige la misma en el ámbito internacional. Se convoco múltiples conferencias de radio para la discusión de normas internacionales para las comunicaciones radiotelegráficas, las cuales desde entonces se han ampliado y revisado por numerosas conferencias de radio, y son conocidas como el Reglamento de Radiocomunicaciones.
Fue en la convension de Madrid en 1932 en la cual se decidió fusionar el Convenio Telegráfico Internacional de 1865 y la Convención Internacional de Radiotelegrafía de 1906 para así formar el Convenio Internacional de Telecomunicaciones. Se decide que para el año de 1934 se cambia el nombre de la Unión Telegráfica Internacional por la Unión Internacional de Telecomunicaciones, esto para denotar el adecuado alcance que ahora tendría la Unión con todas las formas de comunicación alámbrica e inalámbrica. En el año de 1949, se realiza el reconocimiento oficial de la Unión Internacional de las Telecomunicaciones como organismo especializado de las Naciones Unidas. Algunos eventos que marcaron el desarrollo de las funciones de la UIT, tales como: el lanzamiento del primer satélite artificial, el Sputnik-1, y con esto el verdadero comienzo de la era espacial; posterior a esto, en 1963, el primer satélite de comunicaciones geoestacionario, Syncom-1, el cual fue puesto en órbita, confirmando la teoría que los satélites podrían ser utilizados para la transmisión de información.
Visión General: Definición y funciones
La Unión Internacional de Telecomunicaciones es “El organismo especializado de las Naciones Unidas para las tecnologías de la información y la comunicación – TIC”. Dentro de sus funciones está el atribuir el espectro radioeléctrico y las órbitas de satélite a escala mundial. Otra es la de la elaboración de normas técnicas que garanticen la interconexión continua de las redes y las tecnologías, con el fin de lograr un mejor acceso a las TIC de las comunidades menos desarrolladas.
En esencia, la Unión contribuye al desarrollo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y el desarrollo de los países. Pues las Tecnologías de la Información y la Comunicación “contribuyen a organizar y a controlar los servicios de emergencia, el abastecimiento de agua, las redes eléctricas y las cadenas de distribución de alimentos. Se utilizan como soporte para la atención médica, la enseñanza, los servicios públicos, los mercados financieros, las redes de transporte y la gestión medioambiental”.
La UIT en la actualidad
Uno de los cambios más drásticos que ha sufrido la UIT fue en 1992, tras la “Conferencia de Plenipotenciarios Adicional”, la cual se llevó a cabo en Ginebra y remodeló drásticamente a la Unión, con la intención única de poder otorgar una mayor flexibilidad a la organización y de ésta manera, poder adaptarse al entorno cada vez más complejo, interactivo y competitivo de la actualidad. Como resultado de lo que se denominó una “reorganización de la UIT”, la Unión se dividió en tres sectores:
1) Normalización de las Telecomunicaciones (UIT-T)
2) Normalización de Radiocomunicaciones (UIT-R)
3) El Desarrollo de las Telecomunicaciones (UIT-D).
Esta organización trajo consigo un ciclo regular de conferencias para contribuir a que la Unión Internacional de Telecomunicaciones logre responder con rapidez a los nuevos avances tecnológicos. De ahí que resulte relevante mencionar la Conferencia de Plenipotenciarios de Kioto de 1994, la cual permite la adopción de un plan estratégico que “abogó por un enfoque orientado al cliente superior y un programa de actividades centradas en los papeles cambiantes, las necesidades y funciones de los miembros de la UIT”. Por otra parte, fue en esta conferencia que se establece el Foro Mundial de Política de las Telecomunicaciones (FMPT), “una reunión ad hoc que fomenta el libre intercambio de ideas e información sobre las nuevas cuestiones normativas derivadas del entorno cambiante de las telecomunicaciones”.
En general, la UIT ha propendido porque actualmente se reduzca la brecha digital internacional, con el fin de facilitar el progreso y desarrollo tanto de las redes como de los servicios que se encuentran interconectados.
El ROE, siglas que denotan “Recurso Orbita Espectro”, definido en la Decisión 654 de la CAN, la cual establece el marco regulatorio para la utilización comercial del recurso órbita-espectro de los países miembros de la Comunidad Andina, como: “el Recurso Natural constituido por las posiciones orbitales en la órbita de los satélites geoestacionarios, y el espectro radioeléctrico atribuido o adjudicado a los servicios de radiocomunicaciones por satélite por la Unión Internacional de Telecomunicaciones”.
El ROE comprende dos conceptos esenciales: primero, la órbita de satélites geoestacionarios, y segundo, el espectro de frecuencias radioeléctricas adjudicado.
La órbita de los satélites geoestacionarios
La órbita de los satélites geoestacionarios es definido como un fenómeno natural y hecho físico de la anulación de fuerzas y elementos que se ubican específicamente a la altura de 35.786 km sobre el plano ecuatorial de la tierra. Ésta órbita ha sido reconocida por la UIT y por la Comunidad Internacional, como un recurso natural limitado. Natural, puesto que es generado por un hecho físico vinculado a nuestro planeta, y limitado, por su finitud para la disponibilidad de posiciones orbitales para su utilización eficiente, es decir, el número de satélites que pueden ser localizados se ve restringido por las interferencias físicas y radiales.
El espectro electromagnético y su utilización
Las teorías sobre la propagación de ondas electromagnéticas fueron propuestas por el físico británico James Clerk Maxwell. Posteriormente, diferentes científicos logran desarrollar esta tecnología en lugares como Rusia, Estados Unidos y el Reino Unido. El avance mas significativo en la materia se produce en 1901 con el primer sistema práctico de comunicación mediante ondas de radio se diseñado por Guillermo Marconi, mediante el cual se realizó la primera emisión trasatlántica radioeléctrica.
En un principio se entendió por espectro electromagnético el desdoblamiento de la luz blanca en luces de diferentes colores, es decir, según sus diferentes longitudes de onda (como el paso de la luz blanca por un prisma). Este término de “espectro electromagnético” se comenzo a aplicar a todas las ondas electromagnéticas, comprendiendo las ondas radioeléctricas tanto largas, medias, cortas, ultracortas, microondas, luz infrarroja, luz visible, ultravioleta, rayos X, rayos gamma y rayos cósmico. Se entiende por espectro electromagnético, como “la distribución energética del conjunto de las ondas electromagnéticas”.
Es importante distinguir entre los conceptos de espectro radioeléctrico y espectro electromagnético, puesto que se tiende a confundir. El primero es definido como el conjunto de las ondas electromagnéticas utilizadas en las radiocomunicaciones. Resumiendo, el espectro radioeléctrico hace parte del espectro electromagnético. La UIT define al espectro radioeléctrico como “las frecuencias del espectro electromagnético usadas para los servicios de difusión, servicios móviles, de policía, bomberos, radioastronomía, meteorología y fijos”. Las frecuencias radioeléctricas gozan de un régimen jurídico especifico, donde se les considera cosas muebles por su portabilidad. Sobre éstas no consta título de dominio que puedan estar sujetas a un tráfico jurídico, los únicos actos los actos jurídicos permitidos son los de reserva de uso y guarda permanente, y reglada a favor de un tercero, al que solo se le puede “asignar” si previamente existió la adjudicación y la atribución por la UIT.
La administración del ROE
Dentro de las funciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) está la de atribuir el espectro radioeléctrico y las órbitas de satélite a escala mundial, de tal manera que la responsabilidad de la administración de este recurso (el ROE) se atribuyó a las administraciones (los Estados), desde la conferencia de plenipotenciario de la UIT en Nairobi y por ello tiene como particularidad el no ser susceptible de apoderarse por personas particulares o estados, como un derecho real y a ningún Estado se le reconoce facultades para interferir frecuencias de radio que surjan su propio espacio aéreo y que son originadas y destinadas a terceros desde y hacia territorios de otros Estados (también desarrollado en Conferencias de Atlantic City en 1947 y de Buenos Aires en 1952). Dentro de las funciones de la UIT está la de asignar las frecuencias radioeléctricas así como también las posiciones orbitales de los satélites geoestacionarios, para lo cual emplea el respectivo registro “a fin de evitar toda interferencia perjudicial entre las estaciones de radiocomunicación de los distintos países.” Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, y complementado con lo establecido en los reglamentos administrativos de la UIT para la regulación del uso de las telecomunicaciones.
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