MANUAL DE PROCEDIMIENTOS COMERCIALES CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS DE ENERGÍA ELÉCTRICA
marcogarcia101Trabajo30 de Octubre de 2015
14.202 Palabras (57 Páginas)471 Visitas
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS COMERCIALES CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS DE ENERGÍA ELÉCTRICA
HOJA DE FORMALIZACIÓN | |||||
CLAVE DEL ÁREA D 2000 C000-A 1 | DIRECCIÓN DE OPERACIÓN | ||||
DIA | MES | AÑO | COORDINACIÓN COMERCIAL | ||
28 | 06 | 2005 | |||
AUTORIZACIÓN | |||||
ING. JOSÉ ABEL VALDEZ CAMPOY Subdirector de Distribución | ING. ENRIQUE VARGAS NIETO Coordinador Comercial | ||||
REVISIÓN | |||||
LIC. MARCO ANTONIO AYON ESCUDERO Subgerente de Sistemas Comerciales | ING. MIGUEL RAMOS DE LA ROSA Jefe del Depto. de Facturación y Cobranza | ||||
VIGENCIA El presente documento entra en vigencia a partir de su autorización. En el caso de que no se presenten cambios, seguirá vigente. | |||||
OBSERVACIONES Este documento es de carácter obligatorio para todas las áreas de CFE | |||||
CRÉDITOS | |||||
Nombres | Cargo | ||||
C. P. Matías Bermúdez Guerra | Subgerente Comercial Div. Peninsular | ||||
Lic. Gerardo Haro Valle | Jefe Depto de Supervisión, Div. Norte | ||||
Ing. Genaro Matéu Lazcano | Jefe Depto. Estadística, Div. Oriente | ||||
Sr. Carlos Guzmán Hernández | Supervisor Comercial, Div. Jalisco | ||||
Ing. Miguel Ramos de la Rosa | Jefe Depto. Facturación y Cobranza | ||||
CONTROL DE ACTUALIZACIONES | |||||
Revisión No. | Fecha: | Motivo o Causa | Página No. | ||
3 | 28-06-2005 | Actualización | de |
I N D I C E
PAG.
1. ANTECEDENTES……………………….………………..…………... 5
- OBJETIVO……………………………………….……..…..…….…... 5
- MARCO LEGAL………………………………….……..…..……….... 5
- POLÍTICA………………………………………..…..……….……..... 7
- NORMAS……………………………………………………….…....... 7
5.1 DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS ………………… 7
5.2 DE LA COMUNICACIÓN CON LAS DIFERENTES ÁREAS… 7
5.3 DE LA MODIFICACIÓN AUTOMÁTICA DE LOS CONTRATOS 7
5.4 DE LA TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES DE SERVICIO….... 7
5.5 DE LA CONTRATACIÓN TELEFÓNICA……………………….. 8
5.6 DE LA DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE PRESENTAR … 8
5.7 DEL PAGO DEL DEPÓSITO DE GARANTÍA………………… 9
5.8 DE LOS CERTIFICADOS DE APROBACIÓN DE
INSTALACIONES ELÉCTRICAS………………………………. 9
5.9 DE LA CONTRATACIÓN DE LOS ALUMBRADOS
PÚBLICOS………………………………………………………… 10
5.10 DEL PAGO DE APORTACIONES U OBRAS
ESPECÍFICAS…………………………………………………... 10
5.11 DEL CONTROL DE SOLICITUDES DE SERVICIO……….. 10
5.12 DE LA ASIGNACIÓN DE EJECUTIVOS DE SERVICIO…... 10
5.13 DE LA CONTRATACIÓN POR TEMPORADAS…..……….. 10
6. DESCRIPCIÓN………………….………………………...………...... 11
6.1 REQUISITOS DE CONTRATACIÓN………………….…………. 11
6.2 CONTRATACIÓN …………………………………………………. 22
6.3 SOLICITUDES DE SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA…. 27
6.4 ASIGNACIÓN DE TARIFAS………………………….…………. 28
6.5 DEPÓSITOS DE GARANTÍA ……………………………………. 29
6.6 REFORMAS DE CONTRATOS………………………………….. 31
6.7 CONTROL DE SOLICITUDES DE SERVICIO DE ENERGÍA
ELÉCTRICA Y ALTAS AL SISTEMA……………….…………. 37
7. DIAGRAMA DE FLUJO ……….………………………..………........ 38
8. MECANISMOS DE CONTROL .………………………..………........ 41
9. ANEXOS………………………………………………………………… 42
1. ANTECEDENTES La contratación de los suministros de energía eléctrica, es la primera etapa del proceso comercial, es ahí donde se establece y se registra gran parte de la información que servirá de base para desarrollar adecuadamente las etapas subsecuentes del proceso, así como la futura relación con nuestros usuarios. El presente procedimiento reúne y actualiza las disposiciones normativas relacionadas con esta etapa, con el propósito de que todo el personal involucrado en la contratación de los servicios, cuente con una guía de orientación y consulta para realizar correctamente la contratación del suministro de energía eléctrica. 2. OBJETIVO Establecer la metodología y la normatividad que deben observarse en el proceso de contratación, para que éste se realice en forma eficiente y eficaz, delimitando las actividades y responsabilidades de quienes deben intervenir en el mismo. 3. MARCO LEGAL
|
4. POLÍTICA Brindar las máximas facilidades a los usuarios, evitándoles en lo posible desplazamientos innecesarios para celebrar su contrato, atendiendo todas las solicitudes, aun aquellas que impliquen efectuar obra específica, ampliaciones o modificaciones en las instalaciones de C.F.E., ya sea que requieran o no el pago de aportaciones por parte del futuro usuario, asignando la tarifa específica o general que corresponda. |
5. NORMAS 5.1. Todas las solicitudes de suministro de energía eléctrica, previamente a su contratación, deberán cumplir con los requisitos señalados en la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, sus Reglamentos y demás Disposiciones Legales y Normativas emitidas al respecto. 5.2. El área Comercial en sus diferentes niveles de responsabilidad debe establecer una adecuada y permanente comunicación con las áreas de Distribución, Medición, Planeación y Electrificación Rural, para tener conocimiento oportuno de la terminación de trabajos que conlleven a la tramitación eficiente del servicio eléctrico, tales como: extensiones de líneas, tableros de concentración de medidores, servicios especiales y electrificación de nuevas poblaciones, colonias o fraccionamientos, entre otros. 5.3. De acuerdo con lo establecido en el Manual de Disposiciones Relativas al Suministro y Venta de Energía Eléctrica, en su Disposición Duodécima, para simplificar los trámites a los usuarios, los contratos quedarán modificados, sin necesidad de elaborar un nuevo contrato, en los siguientes casos: I. Por ajuste, modificación o reestructuración de las tarifas; II. Por cambio de nomenclatura o denominación de la vía pública correspondiente al domicilio donde se preste el suministro al usuario; III. Cuando el medidor de demanda máxima indique, en su caso, que se ha excedido la demanda contratada por tres meses consecutivos. 5.4. La tramitación de las solicitudes y la celebración de los contratos para el suministro de energía eléctrica, se efectuarán en las oficinas, módulos desconcentrados, CCC, CSC o Módulos de atención permanente (CFEmáticos), correspondientes a la localidad en que se requiera el suministro y se orientará al usuario para la aplicación de la tarifa que corresponda, de acuerdo a las características del servicio solicitado y conforme a las tarifas vigentes. El instalador verificará en el momento de la conexión del servicio, que las características del servicio corresponden a la tarifa asignada a la solicitud y reportará a su centro de trabajo las anomalías encontradas. 5.5. Cuando se tenga a disposición del público la contratación por la vía telefónica, CFEmáticos, Internet o cualquier otro medio de contratación indirecta, y en general para los servicios domésticos, el cargo por el depósito en garantía correspondiente será incluido en la primera facturación, misma que irá acompañada del clausulado del contrato. 5.6. Los documentos y copias que se solicitarán para la contratación del suministro de energía eléctrica deben ser los señalados en el Tramite Homoclave CFE-00-001-A inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios (RFTyS), a cargo de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER), siendo estos los siguientes:
Una vez entregada la documentación antes descrita, los solicitantes deberán cubrir el importe que se determine por los siguientes conceptos:
5.7. Todos los contratantes garantizarán las obligaciones derivadas del contrato, mediante el pago de un depósito de garantía, cuyo importe se fijará en las disposiciones tarifarias respectivas. Estarán exentas de otorgar garantías en relación con los contratos de suministro las Autoridades Federales y las Entidades de la Administración Pública Federal (Anexo 1). En los casos de notoria solvencia del interesado y previa solicitud del mismo, se aceptarán garantías distintas de los depósitos y, en el caso de autoridades estatales o municipales o sus entidades, se podrá convenir los términos y condiciones de las garantías. Para los casos que ocurran el supuesto del párrafo III de la Norma 5.3, se tomará el valor máximo de la demanda máxima medida en los meses previos, como la nueva demanda contratada, y en el siguiente Aviso–Recibo se cargará el importe de la diferencia del depósito de garantía que corresponda. En el caso de constituir el depósito con fianza, deberá solicitarse al usuario, que la fianza reúna las siguientes características (Anexo 2):
5.8. Para servicios en lugares de concentración pública, áreas peligrosas o servicios suministrados en media o en alta tensión, se requerirá la presentación de un certificado de aprobación de las instalaciones por parte de una Unidad de Verificación aprobada por la Secretaría de Energía (Anexo 3). En los servicios considerados como áreas peligrosas, el certificado de aprobación expedido por la UVIE, deberá actualizarse cada 5 años. Se exceptúan los siguientes casos independientemente de la carga instalada:
5.9. En contratos de alumbrado público que se conecten directos (sin medición), el horario de operación se fijará en 12 (doce) horas diarias, excepto los destinados a semáforos. (Ver Procedimiento B4 “Control de Servicios de Alumbrado Público”). 5.10. En los casos en que el suministro del servicio implique la ejecución de una obra específica, una ampliación o modificación en las instalaciones existentes, deberá cobrarse al usuario, previo a la contratación, la aportación que se determine. Cuando la aportación que se fije al usuario no implique la ejecución de una obra específica, podrán darse facilidades de pago por el monto de la aportación, cargando los intereses correspondientes. En ningún caso el plazo que se otorgue debe exceder de 6 meses. 5.11. Debe llevarse un control manual ó mecanizado que permita llevar un seguimiento de las solicitudes de servicio de energía eléctrica, normales y especiales, registrando los diferentes eventos que se deben cumplir desde la solicitud hasta la conexión. 5.12. En las solicitudes de servicio en donde corresponda aplicar tarifas horarias en alta tensión, se deberá asignar de inicio a un Ejecutivo de Servicio del programa Tarjeta CFEctiva Empresarial, con el fin de orientar debidamente al futuro usuario en el proceso de contratación. Esta misma acción deberá aplicarse a los usuarios de tarifa H-M y O-M, en la medida que lo permita la disponibilidad de Ejecutivos de Servicio. 5.13. Los usuarios en tarifas de media tensión contratados por tiempo indefinido podrán solicitar la suspensión temporal de su servicio en los periodos de actividad y receso durante ciertas épocas del año, conforme a lo establecido en el numeral 4 de las Disposiciones Complementarias de las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica. Durante el periodo de suspensión no se cobrará al usuario el cargo mínimo que establece la tarifa respectiva, y deberá celebrar un contrato en baja tensión para cubrir sus requerimientos; en caso de que no sea posible suministrar el servicio de la red de CFE, debe elaborarse un convenio para el suministro en baja tensión con subestación particular y se atenderá conforme a lo establecido en el Instructivo para la Interpretación y Aplicación de las Tarifas para el Suministro y Venta de Energía Eléctrica en vigor. |
...