ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Riesgos Profesionales En El código De Trabajo De ES


Enviado por   •  23 de Octubre de 2012  •  7.470 Palabras (30 Páginas)  •  450 Visitas

Página 1 de 30

Riesgos

profesionales

CAPITULO I

Disposiciones generales

Riesgos profesionales

(Definición)

Art. 316.- Se entienden por riesgos profesionales, los

accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales

a que están expuestos los trabajadores a causa, con ocasión,

o por motivo del trabajo.

Accidente de trabajo

(Definición)

Art. 317.- Accidente de trabajo es toda lesión orgánica,

perturbación funcional o muerte, que el trabajador sufra

a causa, con ocasión, o por motivo del trabajo. Dicha

lesión, perturbación o muerte ha de ser producida por la

acción repentina y violenta de una causa exterior o del

esfuerzo realizado.

Se consideran accidentes de trabajo los que sobrevengan

al trabajador:

1) En la prestación de un servicio por orden del patrono

o sus representantes, fuera del lugar y horas de

trabajo;

2) En el curso de una interrupción justificada o descanso

del trabajo, así como antes y después del mismo, siempre

y cuando la víctima se hallare en el lugar de trabajo

o en los locales de la empresa o establecimiento;

3) A consecuencia de un delito, cuasi delito, o falta, imputables

al patrono, a un compañero de trabajo, o a un

tercero, cometido durante la ejecución de las labores.

En tales casos el patrono deberá asumir todas las obligaciones

que le impone el presente Título; pero le quedará

su derecho a salvo para reclamar del compañero

CR: Art. 43

CR: Art. 43

P 155: Art. 1. a)

152 Código de Trabajo de la República de El Salvador Código de Trabajo de la República de El Salvador 153

o tercero, responsables, conforme al derecho común,

el reembolso de las cantidades que hubiere gastado

en concepto de prestaciones o indemnizaciones; y

4) Al trasladarse de su residencia al lugar en que desempeñe

su trabajo, o viceversa, en el trayecto, durante

el tiempo y por el medio de transporte, razonables.

Daño en los miembros artificiales2 del trabajador

Art. 318.- Se entenderá comprendido en la definición de

accidente de trabajo, todo daño que el trabajador sufra

en las mismas circunstancias, en sus miembros artificiales

y que les disminuya su capacidad de trabajo.

Enfermedad profesional

(Definición)

Art. 319.- Se considera enfermedad profesional cualquier

estado patológico sobrevenido por la acción mantenida,

repetida o progresiva de una causa que provenga

directamente de la clase de trabajo que desempeñe o

haya desempeñado el trabajador, o de las condiciones

del medio particular del lugar en donde se desarrollen

las labores, y que produzca la muerte al trabajador o le

disminuya su capacidad de trabajo.

Trabajadores excluídos

Art. 320.- No se aplicará lo dispuesto en este Título:

a) A los trabajadores a domicilio; y

b) A los trabajadores que fueren contratados para labores

que no excedan de una semana ni requieran el

empleo de más de cinco personas.(7)

Responsabilidad del empleador

Art. 321.- Los riesgos profesionales a que se refiere este

Título, acarrearán responsabilidad para el patrono, salvo

aquellos producidos por fuerza mayor extraña y sin relación

alguna con el trabajo y los provocados intencionalmente

por la víctima. También estará exento de responsabilidad

el patrono, cuando el riesgo se hubiere producido

encontrándose la víctima en estado de embriaguez o bajo

la influencia de un narcótico o droga enervante.

2 Prótesis: NOTA DE LOS EDITORES.

Accidente in itinere

CR: Art. 43

PCADH: Art. 9.2

Supuestos excluyentes

Se considera accidente de trabajo

CR: Art. 43

P 155: Art. 1. b)

Cuando el trabajador preste sus servicios a un sub-contratista,

se aplicará lo dispuesto en el inciso último del

Art. 5.

Requisitos adicionales para establecer

la responsabilidad del empleador

Art. 322.- Para que la enfermedad profesional de un

trabajador acarree responsabilidad

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (56.6 Kb)  
Leer 29 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com