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ACUERDO DE COMERCIO ÉTICO PARA PROVEEDOR DE INSUMOS


Enviado por   •  24 de Abril de 2020  •  Biografías  •  1.064 Palabras (5 Páginas)  •  124 Visitas

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Señor:

Gerente General de la empresa CORPORACIÓN SEALER´S S.A.

PROVEEDOR DE PRECINTOS DE SEGURIDAD

Av. José Galvez Barrenechea Nro. 1051 Dpto. 402 Urb. Corpac San Borja - Lima - Lima

Presente

ACUERDO DE COMERCIO ÉTICO PARA PROVEEDOR DE INSUMOS

Estimados Señores:

Nos dirigimos a ustedes para expresarles nuestra consideración y, nuestro deseo de crear un acuerdo de comercio ético a  fin de promover una acción conjunta entre organizaciones que permita fomentar comportamientos que mantengan y aumenten la integridad y la reputación de nuestras empresas siendo responsables en el desarrollo de los trabajos, respondiendo y velando por los intereses y las realidades de las comunidades y entornos en los que desarrollamos nuestras actividades.

Deseosos potenciar nuestros estándares de calidad en el mundo hemos tenido a bien, establecer con su distinguida empresa un:

ACUERDO DE COMERCIO ÉTICO

Conste por el presente, el acuerdo entre la empresa proveedora de seguridad, que brinda a la exportadora de espárragos que celebra de una parte, la empresa MORAVA S.A.C., con RUC Nº 20396260639 y domiciliada en Av. Camino Real S/N Alto Moche - Moche – Trujillo – La Libertad, debidamente representada por su Gerente General, Yela Nestorovic Gabuteau, Identificado con DNI Nº 40183749, a quien en adelante se le denominara PLANTA PROCESADORA y de la otra parte la Empresa Proveedora CORPORACIÓN SEALER´S S.A., con RUC Nº 20109464849, con domicilio legal en Av. José Galvez Barrenechea Nro. 1051 Dpto. 402 Urb. Corpac San Borja - Lima - Lima, con DNI Nº09932801, que en adelante se le denominara ASOCIADOS DE NEGOCIOS, comprometiéndose a los siguientes términos.

CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

  1. La PLANTA PROCESADORA se dedica a la producción de Frutas y Hortalizas Frescas para exportación para lo cual requiere de servicios de transporte nacional, agente de carga, agente de aduanas, mantenimiento de frío, eléctrico, pintado, entre otros, para acondicionar la planta en óptimas condiciones para la producción de exportación en contenedores marítimos o vía aéreos.

  1. La PLANTA PROCESADORA, garantiza la integridad física y moral de sus colaboradores, condiciones de trabajo que respeten la dignidad individual, las reglas de comportamiento propias de la buena educación y ambientes de trabajo seguro y saludable. Igualmente, actúa de tal modo que en el entorno laboral no se produzcan episodios de intimidación o acoso. Por ello, busca que sus asociados de negocio:
  1. Cumplan con las leyes laborales, derechos humanos, empleo de libre elección y la prohibición de trabajo forzoso obligatorio o involuntario, prohibiendo el trabajo infantil, juvenil y las horas extras no consentidas.
  1. Sean responsables del desarrollo de sus actividades, respondiendo y velando por los intereses y las realidades de la comunidad y el entorno en el que desarrolla sus actividades.
  1. Se le pueda evidenciar el cumplimiento de las medidas de control, mediante auditorias de 2da. parte.
  1. El ASOCIADO DE NEGOCIOS, es una empresa constituida, dedicada a la fabricación de toallas esparragueras para lo cual proporcionará la debida documentación para evidenciar el cumplimiento del código ético en sus procesos.

CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL ACUERDO

  1. El presente documento tiene por objeto cumplir con el Código básico de Iniciativa de Comercio Ético (ETI).

  1. Fomentar comportamientos que mantengan y aumenten la integridad y la reputación de MORAVA SAC. para potenciar los estándares de calidad de la firma en el mundo.
  1. Así mismo, garantizar una relación comercial que involucre el cumplimiento del Código ETI entre ambas partes.

CLAUSULA TERCERA: REQUISITOS MINIMOS DE COMERCIO ETICO PARA EL ASOCIADO DE NEGOCIOS

  1. Debe respetar los derechos humanos.
  2. Debe contar con personal en planilla.
  3. Debe evidenciar el cumplimiento de los requerimientos de pago de remuneraciones y otros derechos laborales según la legislación laboral peruana vigente.
  4. Las horas extras deben ser consentidas por el colaborador y no deben exceder a 12 horas semanales.
  5. Prohibir el trabajo infantil y juvenil.
  6. Brindar un ambiente de trabajo seguro, sano y productivo para sus colaboradores.
  7. No utilizar ningún tipo de castigo físico ni psicológico como practica disciplinaria que perjudique la salud física y/o mental de sus colaboradores.
  8. Incentivar un trato respetuoso y con dignidad entre sus colaboradores, evitando cualquier tipo de acoso sexual y comportamientos o discursos que puedan dañar la sensibilidad personal.
  9. Debe estar comprometido con la protección del medio ambiente, a fin de minimizar los impactos perjudiciales que puedan derivar de sus actividades.

CLAUSULA CUARTA: VIGENCIA

El presente acuerdo tendrá una vigencia mientras dure la relación comercial.

CLAUSULA QUINTA: LEGALIDAD

El presente acuerdo, no tiene carácter legal, es una alianza voluntaria que tiene como objetivo, establecer una cadena logística segura que beneficie a todos los participantes de la logística internacional y mejorar la imagen de la empresa peruana en el exterior, siendo responsables en el desarrollo de los trabajos, respondiendo y velando por los intereses y las realidades de las comunidades y entornos en los que desarrollamos nuestras actividades, por lo que agradeceremos nos devuelvan el presente documento debidamente sellado y firmado.

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