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AFECTACIÓN DE LOS JUICIOS PARALELOS A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS PARTES EN EL PROCESO PENAL, UNA PERSPECTIVA DESDE LA TEORIA GARANTISTA DE LUIGO FERRAJOLI.


Enviado por   •  30 de Marzo de 2016  •  Reseñas  •  1.455 Palabras (6 Páginas)  •  307 Visitas

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AFECTACIÓN DE LOS JUICIOS PARALELOS A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS PARTES EN EL PROCESO PENAL, UNA PERSPECTIVA DESDE LA TEORIA GARANTISTA DE LUIGO FERRAJOLI.

2016


CONVOCATORIA INTERNA PARA  LA CONFORMACIÓN DE UN BANCO DE ELEGIBLES DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN  Y DESARROLLO TECNOLOGICO,

FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROYECTOS  

FECHA DE PRESENTACIÓN:22/02/2016

  1. GENERALIDADES DEL PROYECTO                                                                                        

TITULO DEL PROYECTO

AFECTACIÓN DE LOS JUICIOS PARALELOS A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS PARTES EN EL PROCESO PENAL, UNA PERSPECTIVA DESDE LA TEORIA GARANTISTA DE FERRAJOLI.

Grupo de investigación proponente

Línea (s) de Investigación

Derecho publico

Unidad Académica

Investigador principal (Nombres y apellidos completos)                              

JUAN MIGUEL VILLALBA TAPIA

C.C: 1100683051

Email:juan.villalba@cecar.edu.co Tel: 3013738032

Coinvestigador(es)

(Nombres y apellidos completos)                              

C.C:

E-mail - Tel

C.C:

E-mail- Tel

C.C:

E-mail- Tel

Lugar de ejecución del proyecto

Duración

  1. COMPONENTE CIENTÍFICO- TÉCNICO DEL PROYECTO

2.1 Resumen ejecutivo: El proyecto pretende plantear como los medios de comunicación tienden a vulnerar derechos fundamentales de los procesados penalmente valiéndose de aseveraciones que no gozan de ningún respaldo jurídico, restándole así importancia a la valoración jurídica del debate contradictorio que se realiza dentro del proceso penal con todas las garantías legales, llegando por lo        general a una situación de estigmatización que conduce a presumir la culpabilidad del imputado.

En el desarrollo del proyecto se realizara un análisis de jurisprudencia de la Corte Constitucional de Colombia y Corte Suprema de Justicia, además de alguna jurisprudencia comparada relacionada con el tema, el autor advierte la necesidad de reglamentar el derecho a la información sin tocar su calidad de derecho fundamental, todo con la única finalidad de proteger los derechos fundamentales de las partes en el proceso penal.

  1.  Palabras clave: Derechos fundamentales, proceso penal, reglamentar, derecho a la información, legitimidad, función judicial. 

     2.3 Planteamiento del problema de Investigación o de Desarrollo       Tecnológico

Aunque es verdad que el artículo 20 de nuestra carta magna profesa la libertad de informar y ser informados verazmente y que esta es una condición indispensable de la democracia, también es cierto que nuestra Constitución Política contempla en ese mismo título el derecho a la intimidad personal, el derecho al buen nombre, el derecho a la honra y aún más importante para los fines de este proyecto, el derecho a la presunción de inocencia. Entre la libertad de informar por un lado, y los derechos individuales de nivel constitucional por el otro, se establece un inestable equilibrio cuya forma como sea resuelto nos informa la forma de Estado que tenemos.

Es evidente que los medios de comunicación tienen gran influencia en la formación de la opinión pública. La información que los medios ofrecen debe ser veraz y en su medida ratificada y contrastada por los periodistas que la publican. No obstante, el poder de los medios de comunicación se puede traducir en un prejuzgamiento generalizado a partir del cual se hace imposible el juzgamiento imparcial de ciudadano procesado.

Este tipo de juicios emitidos por los medios afecta varios derechos contemplados en la ley 906 de 2004, tales como: protección a la intimidad de las victimas (Art. 11 Literal B), derecho a la intimidad de la que goza cualquier persona (Art 14), derecho a la defensa (Art 290), derecho a la contradicción (Art 15),  y por supuesto el más transgredido de todos, el derecho a la presunción de inocencia (Art 7).

En muchos casos los juicios paralelos van de la mano de acciones que los medios aplican para ejercer cierto tipo de presión sobre los jueces, esta presión puede consistir desde simples criticas jurídicas hasta detalles de la vida personal e intima de estos que amenazan con publicar si no adoptan la posición que los medios ya han presentado en la opinión con el resultado final del atropello de los derechos de las partes en el proceso penal y de la propia democracia.

El proceso penal en particular despierta muchos sentimientos y emociones al interior de la ciudadanía que encuentra en los juicios paralelos una forma de expresar sus emociones punitivas y vindicativas, en un juego circular de mutuas promociones, pues la ciudadanía encuentra en los medios de comunicación un lugar para expresar sus emociones punitivas, pero al mismo tiempo los medios de comunicación promueven en la ciudadanía múltiples expresiones punitivas. Además, otro factor que contribuye al impacto que estos “juicios” causan en la población tiene que ver con la tardanza en las decisiones judiciales; es decir, la tardanza de la sentencia del proceso, ya que esto genera cierto impulso en los medios a administrar justicia adelantándose a la decisión judicial.

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