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ANALISIS ACCESOS A DISCAPACITADOS

karimoteo2 de Mayo de 2014

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Accesibilidad de Las Personas al Medio Físico. Edificios.

Rampas Fijas.

Establece las dimensiones mínimas y las características generales que deben cumplir las rampas que se construyan en edificaciones para facilitar el acceso a todas las personas.

Área de aplicación

En todos los espacios con desniveles mayores a 0.15 m éste debe ser resuelto mediante un elemento que conecta los dos niveles.

Aspectos constructivos

Contar con un bordillo a todo lo largo de la rampa.

Disponer de pasamanos en ambos sentidos de la circulación, colocados a 0.60 y 0.90 m del piso, de diámetro anatómico (0.05 m), y prolongado 0.30m mas allá del extremo de cada tramo.

Para el gálibo vertical bajo rampa disponer de una altura mínima de 2.20 m

Disponer al final y el inicio de la rampa de cada tramo de un descanso de longitud de 1.5 m en el sentido de la circulación.

Su piso al inicio y final de la rampa, debe tener textura y/o color que haga contraste con el resto de la superficie.

El piso de circulación debe ser antideslizante en seco o mojado.

Dimensiones

Longitud de desarrollo 1-1.5 m, pendiente longitudinal 12%

Longitud de desarrollo 1.5 -3 m, pendiente longitudinal 10%

Longitud de desarrollo 3 -10 m, pendiente longitudinal 8%

Longitud de desarrollo 10-15 pendiente longitudinal 6%

Pendiente transversal 2%

Ancho minino: .90 m

Descanso de longitud mínima: 1.20 m

Área de aproximación al inicio y final de la rampa: circulo de 1.2 m diámetro.

Alto libre de obstáculos: 2.20 m

Aspectos Positivos

Se puede combinar con la implantación de escaleras.

Su implantación facilita en especial la movilidad de usuarios en silla de ruedas y personas con coches de bebé.

Aspectos Negativos

Su implantación requiere de un área mayor, que la requerida por las escaleras.

RAMPAS PEATONALES-NTC

Las rampas peatonales que se proyecten en las edificaciones deben cumplir con las siguientes condiciones de diseño:

I. Deben tener una pendiente máxima de 8% con las anchuras mínimas y las características que se establecen para las escaleras en el inciso 4.1.3; la anchura mínima en edificios para uso público no podrá ser inferior a 1.20 m.

II. Se debe contar con un cambio de textura al principio y al final de la rampa como señalización para invidentes (ciegos y débiles visuales); en este espacio no se colocará ningún elemento que obstaculice su uso.

III. Siempre que exista una diferencia de nivel entre la calle y la entrada principal en edificaciones públicas, debe existir una rampa debidamente señalizada.

IV. Las rampas con longitud mayor de 1.20 m. en edificaciones públicas, deben contar con un borde lateral de 0.05 m. de altura, así como pasamanos en cada uno de sus lados, debe haber uno a una altura de 0.90 m. y otro a una altura de 0.75 m.

V. La longitud máxima de una rampa entre descansos será de 6.00 m.

VI. El ancho de los descansos debe ser cuando menos igual a la anchura reglamentaria de la rampa

VII. Las rampas de acceso a edificaciones contarán con un espacio horizontal al principio y al final del recorrido de cuando menos el ancho de la rampa.

VIII. Los materiales utilizados para su construcción deben ser antiderrapantes.

ESPECIFICACIONES:

1. Rampa con superficie firme y antiderrapante.

2. Espacio para colocar señalización e impedir que los autos suban a la banqueta.

3. Líneas de cruce peatonal.

4. Área libre de obstáculos para utilizar la rampa.

5. Pendiente lateral en rampa máximo del 10%.

6. Los criterios de diseño y construcción de rampas estarán de acuerdo con las dimensiones y peralte de las banquetas, pero siempre respetando un ancho mínimo de 100 cm.

7. Raya de alto

Recomendaciones.

• En exteriores evitar la acumulación de agua en descansos, al inicio y al final de las rampas.

• IDEAL: Si la pendiente es del 6%, la longitud máxima será de 600 cm. 15

• Si la pendiente es del 5%, la longitud máxima será de 1000 cm. 16

• Si la pendiente es del 8%, la longitud máxima será de 600 cm. 17

• El ancho de los descansos deberá ser igual o mayor al ancho de la rampa.

Nota: La pendiente (z) es la relación entre la altura de la pendiente (x) y la longitud (y) y se expresa en %. Z = x/y

Ejemplo: Altura x = 20 cm.

Longitud y = 250 cm.

Pendiente z = x/y = 20/250 = 0.08

Es decir: La pendiente es del 8%.

LOS EDIFICIOS Y ESPACIOS ABIERTOS DE USO PÚBLICO, deberán contar con rampas para la comunicación entre los diferentes niveles de acceso al

público y estar debidamente señalizados. Todos los edificios de uso público deberán proporcionar alternativas de comunicación vertical

(elevadores y/o rampas) a las personas con discapacidad.

Siempre que exista una diferencia de nivel entre la calle y la entrada principal, deberá existir una rampa debidamente señalizada

Especificaciones:

1. Cambio de textura al principio y final de la rampa para señalización a ciegos. En este espacio no se colocará mobiliario urbano ni otro elemento. Estas áreas deberán estar libres de encharcamiento.

2. Ancho mínimo de 1.20 m. cuando exista otra alternativa de circulación vertical (ascensor) y un ancho mínimo de 1.50 m cuando sea la única alternativa de circulación vertical.

3. Piso firme uniforme. Pendiente adecuada del 6% con longitud máxima de 6.00 m. que se podrá incrementar hasta el 8%.

4. Bordes laterales de 5 cm. de altura en rampas.

5. Barandales a ambos lados en rampas, uno a 90 cm. y otro a 75 cm. de alto para niños, personas de talla baja y en silla de ruedas.

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 4143

4

4.1.1.3 Rampa escalonada

Cuando se presenten condiciones topográficas que exijan superar niveles mayores a 20°

4.1.2 Pendiente transversal. Rampas ubicadas en edificios y espacios urbanos

La pendiente transversal máxima aplicable a los niveles de accesibilidad adecuado y básico, debe ser del 2 % para tramos y descansos.

4.1.3 Ancho. Rampas ubicadas en edificios y espacios urbanos

El ancho mínimo libre de las rampas ubicadas en espacios urbanos aplicableal nivel de accesibilidad adecuado debe ser 1,20 m y aplicable al nivel básico debe ser 0,90 m para tramos de hasta 4 m en proyección horizontal.

El ancho mínimo libre de las rampas ubicadas en los edificios aplicable al nivel de accesibilidad adecuado debe ser 0,90 m para tramos de hasta 4 m en proyección horizontal y aplicable al nivel básico debe ser 0,90 m

4.1.4 Descansos

Los descansos se colocarán entre tramos de rampa, cuando exista la posibilidad de un giro y frente a cualquier tipo de acceso. El largo del descanso para las rampas ubicadas en los edificios y espacios urbanos, aplicable al nivel de accesibilidad adecuado debe tener una dimensión mínima de 1,50 m y para el nivel de accesibilidad básico de 1,20 m. cuando exista la posibilidad de un giro a 90°, el descanso debe tener un ancho mínimo libre de1,20 m aplicable para el nivel de accesibilidad adecuado y un ancho mínimo de 1 m aplicable para el nivel de accesibilidad básico; si el ángulo de giro supera los 90°, la dimensión mínima del descanso debe ser de 1,20 m. Cuando una puerta abra hacia el descanso, la dimensión mínima de éste debe incrementarse de acuerdo al barrido de la puerta, evitando que el mismo se produzca invadiendo el ancho mínimo de la rampa.

4.1.5 Superficie de aproximación a rampas

Al comienzo y al final de las rampas ubicadas en edificios y espacios públicos, se debe disponer de una superficie de aproximación que permita inscribir un círculo de 1,50 m de diámetro mínimo aplicable al nivel de accesibilidad adecuado y de 1,20 m de diámetro mínimo aplicable al nivel de accesibilidad básico. Esta superficie no debe ser invadida por elementos fijos, móviles o desplazables o por el barrido de puertas.

4.2 CARACTERÍSTICAS GENERALES

4.2.1Cuando las rampas salven desniveles superiores a 0,25 m deben llevar pasamanos según la NTC 4201.

4.2.2Cuando se diseñen rampas con anchos superiores al doble del mínimo (véase el numeral 4.1.3),se debe colocar pasamanos intermedios espaciados como mínimo a 0,90 m y a 1,20 m según corresponda.

4.2.3Cuando las rampas salven desniveles superiores a 0,10 m deben llevar bordillos según la NTC 4201.

4.2.4El pavimento de las rampas debe ser firme, antideslizante y sin accidentes.

4.2.5Las rampas deben estar libres de obstáculos en todo su ancho mínimo y desde su piso terminado hasta un plano paralelo a él ubicado a 2,05 m de altura. Dentro de ese espacio no se debe disponer de elementos que la invadan

EJEMPLO Luminarias, carteles, equipamientos.

4.2.6Se deben proteger los espacios bajo las rampas que tengan altura inferior a 2,05 m, detal modo que se eviten accidentes.

4.2.7Las rampas deben disponer de un nivel de iluminación mínimo de 100 lx continua y uniforme durante todo

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