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ANARQUÍA ENFERMEDAD SOCIAL

anapadilla18 de Febrero de 2015

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“ANARQUÍA ENFERMEDAD SOCIAL”

Desechos de basura arrojados sin control, reiteradas violaciones a las normas de tránsito, violencia desbordada en las calles del país, irrespeto a la leyes, impunidad y falta de control son tan solo parte del panorama de un país, que según los expertos en la materia, se sumerge cada día más en la anomia social. Especialistas en materia jurídica, como el Dr. Carlos Simón Bello hacen énfasis en que “frente a la cantidad de leyes que regulan toda la vida de los ciudadanos en Venezuela, uno de los temas que más preocupa a la población es la crisis económica, seguido por la inseguridad y los problemas asistenciales en el sector salud” por lo que al parecer, de acuerdo con este jurista, “el marco legal en el país no garantiza bienestar común”.

Es innegable que muchos motorizados incurren a diario en cualquier cantidad de infracciones que atentan no solo contra otros conductores y peatones, sino contra ellos mismos. Estoy de acuerdo con la reglamentación, pero dudo mucho de la capacidad de las autoridades nacionales (INTTT, CTVTT, GNB, PNB) para poder hacerlo cumplir. Demás está decir que los primeros transgresores son los policías motorizados.

NORMA ESTIPULA 30 PROHIBICIONES DE CIRCULACIÓN PARA MOTORIZADOS

El texto de 60 artículos autoriza a desplazarse por las autopistas, pero sólo por el hombrillo, y además prohíbe circular entre canales para esquivar las colas.

Prácticas comunes para muchos motorizados como transitar por aceras, ir en contra del sentido de la vía, circular entre dos canales, conducir sin casco o zigzaguear para esquivar las colas, quedaron prohibidas desde este miércoles, con la entrada en vigencia de las normas que regulan el desplazamiento de motociclistas.

La Gaceta Oficial 39.771 que circula, publicó el Reglamento parcial de la Ley de Transporte Terrestre sobre el uso y circulación de motocicletas en la red vial nacional y el transporte público de personas en la modalidad individual Moto Taxis. El texto legal, con el que por primera vez se especifican reglas a los motorizados, es claro al delimitar la forma de conducirse en dos ruedas, pero deja un vacío sobre cómo se castigará la violación de la norma.

A lo largo de sus 60 artículos, el reglamento establece 30 restricciones relativas a la circulación vial, entre las que destacan las prohibiciones “especiales” de transitar entre canales; circular en paralelo a otro vehículo en el mismo canal, cambiar frecuentemente de vía y conducir usando dispositivos reproductores de sonido o de telefonía celular.

Agrega que no se puede transportar niños menores de 10 años, mujeres embarazadas y adultos mayores de 60 años; llevar equipaje que dificulte la maniobra o que pese más de 15 kilos; usar las motos en cortejos fúnebres o circular fuera del hombrillo cuando se transite por las autopistas.

El decreto que fue firmado por el presidente Hugo Chávez el pasado sábado, además estipula las características técnicas de las motocicletas (peso, motor). El alcance de los deberes contrasta con los controles, ya que no se especifican sanciones por infracción, sino que se faculta en la disposición final segunda, al Instituto Nacional de Transporte Terrestre (Intt) para “adoptar las medidas necesarias con el objeto de asegurar el fiel cumplimiento” del reglamento.

Rechazo legal

La forma ideada por la normativa para organizar a los motociclistas es mediante un registro. Se indica que éste asignará un carnet para habilitar la circulación, y dejará constancia sobre la motocicleta y su uso. El artículo 33 legaliza la actividad de Moto Taxi, al precisar que para esta práctica se debe tener mínimo 21 años y se requiere la certificación de la prestación del servicio, la cual tendrá vigencia de un año renovable.

Las obligaciones de

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