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ANÁLISIS ARTÍCULOS DEL 88 AL 104 RELACIONADOS AL SALARIO


Enviado por   •  2 de Junio de 2017  •  Documentos de Investigación  •  727 Palabras (3 Páginas)  •  228 Visitas

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Avy Celeste Aguilar Echeverria                          201323610

ANÁLISIS

ARTÍCULOS DEL 88 AL 104  RELACIONADOS AL SALARIO

 CÓDIGO DE TRABAJO DE GUATEMALA

  • Artículo 88: EL trabajador tiene derecho a un salario, que es la retribución económica por su trabajo o servicios realizados, debe ser justo para el trabajador de acuerdo al tiempo, la obra realizada y la participación que haya tenido en ella.

  • Artículo 89:Explica uno de los principios del derecho laboral que es el Principio Realista y Objetivo el cual estipula que el salario debe ser de acuerdo a las necesidades y condiciones de vida en la que se da la relación de trabajo.
  • Artículo 90: El patrono en su estado de no pagar lo que le corresponde al trabajador pretende que éste último acepte mercaderías, cupones entre otros, es por eso que el Código de trabajo establece que el salario debe pagarse en la moneda de curso legal en el país, ya que si no se hace el patrono cae en responsabilidad y será sancionado.
  • Artículo 91: El salario de los trabajadores debe ser el determinado por la ley, no debe ser menos y debe ser fijado por el patrono y el trabajador.
  • Artículo 92: El salario de acuerdo a las necesidades del empleado debe ser pagado en un plazo acordado, en un período justo y conveniente para el trabajador de acuerdo a las actividades laborales que realice.
  • Artículo 93: Los trabajadores no deben aceptar el salario incompleto y en especie, es decir no debe aceptar nada más que no sea lo que se haya acordado al iniciar a trabajar.
  • Artículo 94: El patrón no tiene por qué pagar a otra persona que no sea el trabajador por que puede crear conflictos, a no ser que el trabajador indique de manera escrita y legal que se le pague a una persona de su familia.
  • Artículo 95: El pago del salario debe hacerse en el lugar donde se realiza el trabajo y por ningún motivo debe hacerse en lugares destinados al recreo o donde se vendan bebidas alcohólicas, por la seguridad del patrono y el trabajador.
  • Artículo 96: Explica la forma de protección del salario ya que con él se deben cubrir necesidades principales, es por ello que no se puede embargar en cuando el salario mínimo no exceda ciertas cantidades.
  • Artículo 97: Las retenciones deben hacerse de acuerdo a la prioridad de las necesidades, y también se tendrá que establecer la prevención de quién deberá cubrir esos salarios.
  • Artículo 98: Otra manera de proteger al trabajador es que no se le pueden embargar sus utensilios de trabajo que son indispensables para que pueda realizar sus actividades.
  • Artículo 99: Si el trabajador tenga una deuda con él patrono por ningún motivo éste último debe tomar los salarios como formas de devengar intereses.
  • Artículo 100: Si el salario no excede de cien quetzales no podrá cederse a personas que no sean familiares que dependan económicamente del trabajador.
  • Artículo 101: Todos los trabajadores gozan de virtud de su carácter alimenticio para los créditos por salarios no pagados siempre que hayan sido reconocidos por los Tribunales de Trabajo y Previsión Social para que sean cobrados por vía especial o tienen carácter de créditos de primera clase.
  • Artículo 102 : Cuando el patrono tenga a su cargo diez o más trabajadores debe llevar con más detalle el pago de los salarios de éstos, para lo cual debe contar con un libro en el cuál se registren los salarios y éste libro debe estar autorizado por el Departamento Administrativo del Ministerio de Trabajo. Por el contrario, cuando el número de trabajadores sea menor que diez deberá presentar planillas por los salarios pagados.
  • Artículo 103: Se establece que el salario mínimo del trabajador debe ser aquel que le cubra las necesidades materiales, culturales y morales como jefe de familia, y lo debe recibir en un período de tiempo establecido que le favorezca; tomando en cuenta las condiciones de vida en las que se desenvuelve.
  • Artículo 104: Los trabajadores en el país deben recibir un salario justo, para ello se debe fijar de acuerdo al sistema que se establece en el Código de Trabajo, este sistema es aplicado a todos los trabajadores a excepción de los que sirvan al Estado.

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